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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE146

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Título del test:
146

Descripción:
Loading Procedimiento Título IV

Autor:
***
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Fecha de Creación:
30/09/2021

Categoría:
Personal

Número preguntas: 61
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A tenor del artículo 77.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija, el instructor del mismo acordará la apertura de un período de prueba por un plazo: No superior a treinta días ni inferior a diez. No superior a veinte días ni inferior a diez. No superior a quince días ni inferior a diez. No superior a diez días.
Según el artículo 80.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los informes en el procedimiento administrativo: Serán facultativos y no vinculantes salvo disposición expresa en contrario. Serán facultativos y vinculantes salvo disposición expresa en contrario. Serán no facultativos y vinculantes salvo disposición expresa en contrario. Serán preceptivos y no vinculantes.
Según el artículo 53 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, los interesados tienen derecho a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de: Prueba. Audiencia. Propuesta de resolución. Resolución.
Según el artículo 77 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, el instructor de un procedimiento podrá acordar la apertura de un período de prueba por un plazo: No superior a 30 días ni inferior a 10. No superior a 30 días ni inferior a 15. No superior a 20 días ni inferior a 15. No superior a 20 días ni inferior a 10.
Según el artículo 88 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, indique la respuesta correcta en relación a la resolución: La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo. Cuando se trate de cuestiones conexas que no hubieran sido planteadas por los interesados, el órgano competente deberá pronunciarse sobre las mismas. En los procedimientos tramitados a solicitud del interesado, la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste; no obstante, podrá agravar su situación inicial si resultasen otros terceros interesados. La Administración podrá abstenerse de resolver so pretexto de silencio administrativo.
Según el artículo 74 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en relación a las cuestiones incidentales, indique la respuesta correcta: Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, salvo las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo. Las cuestiones incidentales que se susciten después del procedimiento, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo las que se refieran a la nulidad de actuaciones y la recusación. Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la renuncia. Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.
Tal y como establece o artigo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las medidas provisionales acordadas antes de la iniciación del procedimiento administrativo: Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual no podrá ser objeto de recurso. Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda. Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual no podrá ser objeto de recurso, entendiéndose estas confirmadas en el caso que no se contenga un pronunciamiento expreso. Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda, entendiéndose estas confirmadas en el caso que no se contenga un pronunciamiento expreso.
De acuerdo con el artículo 59 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP., se entiende por inicio del procedimiento a propia iniciativa: la actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación. la propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano administrativo que no tiene competencia para iniciar el mismo y que ha tenido conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento, bien ocasionalmente o bien por tener atribuidas funciones de inspección, averiguación o investigación. el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo. la emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para la iniciación del procedimiento.
Según el artículo 90.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución que ponga fin al procedimiento sancionador será ejecutiva: Cuando así lo dispongan las normas reguladoras de cada procedimiento. Cuando no quepa contra ella ningún recurso ordinario en vía administrativa. Las dos respuestas anteriores son correctas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
El artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, permite prescindir del trámite de audiencia a los interesados: Cuando los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegatos. Cuando no exista más que un interesado. Cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. Nunca se puede prescindir del trámite de audiencia a los interesados, so pena de indefensión.
Según el artículo 80.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Los informes serán emitidos en el plazo de diez días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor. Los informes serán emitidos en el plazo de cinco días, salvo que una disposición legal permita u exija otro plazo mayor o menor. Los informes serán emitidos en el plazo de quince días, salvo que el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento exija otro plazo menor. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Los informes solicitados a efectos de resolución de un procedimiento administrativo: Serán facultativos y no vinculantes salvo disposición expresa en contrario. Serán emitidos electrónicamente, salvo excepciones. El plazo para su emisión será en principio de diez días pero éste podría ser menor o mayor si una disposición o el resto de los plazos del procedimiento lo permiten. Todas son ciertas.
Según el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, todo interesado podrá desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico. En el supuesto de que el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados: El desistimiento sólo afectará a los que lo hubieran formulado. La renuncia afectará a todos los interesados. El desistimiento sólo podrá realizarse por escrito y dentro de los diez días siguientes a la solicitud. La Administración en ningún caso podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia.
Según el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que: Transcurridos dos meses se producirá la caducidad del procedimiento. Transcurridos tres meses se producirá la caducidad del procedimiento. Transcurrido un mes se producirá la caducidad del procedimiento. Transcurridos dos meses se producirá el sobreseimiento del procedimiento.
Según lo dispuesto en el artículo 86 da Ley 39/2015, do 1 de octubre, do Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos, pactos, convenios o contratos que las Administraciones Públicas celebren con personas tanto de derecho público como privado, que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento: Deberán establecer como contenido mínimo la identificación de las partes intervinientes y, en su caso, la alteración de competencias que suponga la celebración del acuerdo. Deberán publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados. Requerirán en todo caso aprobación expresa del Consejo de Ministros u órgano equivalente de las Comunidades Autónomas, cuando versen sobre materias no susceptibles de transacción. Deberán establecer como contenido mínimo necesario las actuaciones complementarias indispensables para el funcionamiento dos servicios.
Según el art. 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados pueden alegar defectos de tramitación: En todo momento. En cualquier momento anterior al trámite de audiencia. En cualquier momento anterior a la resolución. En el trámite de audiencia.
Con carácter general, los procedimientos administrativos, como se recoge en los artículos 54 y 84 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ordenamiento jurídico español: pueden iniciarse de oficio o la solicitud del interesado sólo se pueden iniciar de oficio y nunca la solicitud del interesado sólo se pueden iniciar la solicitud del interesado sólo se pueden iniciar la solicitud del interesado cuando la administración renuncie a iniciarlo por la imposibilidad material derivada de causas sobrevenidas.
A tenor del artículo 61 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para el inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos: Se entiende por petición razonada, la propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano administrativo que no tiene competencia para iniciar el mismo y que haya tenido conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento, bien ocasionalmente o bien por tener atribuidas funciones de inspección, averiguación o investigación. Se entiende por petición razonada la formulada por el órgano que tiene atribuida la competencia de la iniciación cuando su actuación derive del conocimiento directo o indirecto de circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento. Se entiende por petición razonada la emitida por un órgano superior jerárquico del competente para la iniciación del procedimiento. En los procedimientos de naturaleza sancionadora no podrá iniciarse el procedimiento por petición razonada de otros órganos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la adopción de medidas provisionales: Iniciado el procedimiento, serán acordadas por el órgano administrativo competente para resolver. Iniciado el procedimiento, serán acordadas por el órgano administrativo competente para instruir. Antes de la iniciación del procedimiento, serán acordadas por el órgano administrativo competente para resolver. Iniciado el procedimiento, serán acordadas por el órgano administrativo competente para su incoación.
Según el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Todo interesado podrá renunciar a sus derechos o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, desistir de su solicitud. Todo interesado podrá en cualquier momento desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. Los interesados directos podrán renunciar a sus derechos hasta que se realice el trámite de audiencia. Una vez producido este, no podrán desistir de su solicitud.
Según el artículo 56.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Publicas, iniciado un procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver podrá adoptar medidas provisionales para asegurar la eficacia de la resolución, de acuerdo con los principios de: Eficacia, eficiencia y seguridad Eficacia, suficiencia y simplicidad Proporcionalidad, eficacia y seguridad. Proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.
Según el artículo 55.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con anterioridad al inicio del procedimiento: El órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. El órgano competente deberá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto. El órgano competente deberá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto e iniciar el procedimiento. El órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto e iniciará el procedimiento.
Según el artículo 100 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, señala el medio por el cual NO se realiza la ejecución forzosa por las Administraciones Públicas: Apremio sobre el patrimonio. Ejecución subsidiaria. Multa coercitiva. Expropiación.
Según el artículo 77 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, el instructor de un procedimiento podrá acordar la apertura de un período de prueba por un plazo: No superior a 30 días ni inferior a 10. No superior a 30 días ni inferior a 15. No superior a 20 días ni inferior a 15. No superior a 20 días ni inferior a 10.
Tal y como establece o artigo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las medidas provisionales acordadas antes de la iniciación del procedimiento administrativo: Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual no podrá ser objeto de recurso. Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda. Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual no podrá ser objeto de recurso, entendiéndose estas confirmadas en el caso que no se contenga un pronunciamiento expreso. Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda, entendiéndose estas confirmadas en el caso que no se contenga un pronunciamiento expreso.
De acuerdo con el artículo 59 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, se entiende por inicio del procedimiento a propia iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación. La propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano administrativo que no tiene competencia para iniciar el mismo y que ha tenido conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento, bien ocasionalmente o bien por tener atribuidas funciones de inspección, averiguación o investigación. El acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo. La emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para la iniciación del procedimiento.
De conformidad con el artículo 96 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la decisión de desestimar la solicitud de tramitación de procedimiento simplificado: Recurso de alzada El nuevo recurso de tramitación Recurso de reposición No cabe recurso alguno.
Según el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación al inicio del procedimiento de responsabilidad patrimonial a solicitud del interesado, cuál de las siguientes afirmaciones es falsa: Los interesados solo podrán solicitar el inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial, cuando no haya prescrito su derecho a reclamar. El derecho a reclamar, en este caso, prescribirá al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde que se produjo el daño y no desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. En la solicitud que realicen los interesados se deberán especificar las lesiones producidas y la presunta relación de casualidad entre estas.
Según el artículo 81 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: En el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de 20 días el plazo de su emisión. En el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de un mes el plazo de su emisión En el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de tres meses el plazo de su emisión. Todas las anteriores respuestas son falsas.
El artículo 53.1 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, establece que los interesados tienen los siguientes derechos: A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan, o no, la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento posterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. Todas las anteriores son correctas.
Según el artículo 96.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de los procedimientos de naturaleza sancionadora, se podrá adoptar la tramitación simplificada del procedimiento: Cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con el previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve. Cuando el órgano competente para resolver el procedimiento considere que, de acuerdo con el previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve. Cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con el previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como grave. Cuando el órgano competente para resolver el procedimiento considere que, de acuerdo con el previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como grave.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el procedimiento de responsabilidad patrimonial se iniciará: De oficio por la administración o a solicitud del interesado. Siempre de oficio por la administración. Siempre a solicitud del interesado. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Según el artículo 81.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial: Será facultativo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de veinte días el plazo de su emisión. Será facultativo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de diez días el plazo de su emisión. Será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de veinte días el plazo de su emisión. Será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de diez días el plazo de su emisión.
Según el artículo 99 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones públicas podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de un órgano judicial. Este precepto recoge el principio de: Autotutela declarativa de la Administración Pública Ejecutividad de los actos administrativos. Ejecución forzosa de los actos administrativos. Discrecionalidad administrativa.
Señale cual, de los siguientes derechos, está configurado en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, como un derecho de los interesados en el procedimiento administrativo, y no en el artículo 13 de la misma norma jurídica como un derecho de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas: Derecho a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con el previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico. Derecho a exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente. Derecho a no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por estas. Derecho a ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
Los informes solicitados a efectos de resolución de un procedimiento administrativo: Serán facultativos y no vinculantes salvo disposición expresa en contrario. Serán emitidos electrónicamente, salvo excepciones. El plazo para su emisión será en principio de diez días, pero éste podría ser menor o mayor si una disposición o el resto de los plazos del procedimiento lo permiten. Todas son ciertas.
En los procedimientos de carácter sancionador el órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las actuaciones: Cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto la existencia de hechos que pudieran constituir infracción. Cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que los hechos resulten acreditados por un medio de prueba admitido en derecho. Cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que la persona responsable es imputable. Cuando se concluya, en cualquier momento, que ha prescrito la infracción.
La competencia para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial corresponderá en el caso de Entidades de Derecho público a: Los órganos previstos en las normas que determinen su régimen jurídico y en su defecto será de aplicación lo establecido en el artículo 92 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Los órganos que reglamentariamente se determinen en el desarrollo reglamentario de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en su defecto a los que resulten de la aplicación de las normas del Código Civil relativas a la capacidad de obrar de las personas jurídicas. El órgano competente del respectivo Ministerio y en su defecto a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas la cual no podrá delegar salvo que medie justa causa. El órgano correspondiente de las Entidades que integran la Administración Local pudiendo delegar tal competencia en el inferior jerárquico inmediato.
Según el artículo 104 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar: Se regirán por las normas del Libro Cuarto, Título Primero del Código Civil. No podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas. Podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas en los casos en que la ley lo autorice. Obligarán a resarcir los daños y perjuicios, a cuya liquidación y cobro se procederá por vía administrativa.
Según el artículo 81 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe: Del Consejo General del Poder Judicial, que será evacuado en el plazo máximo de un mes. Del Consejo de Estado, que será evacuado en el plazo máximo de un mes. Del Consejo General del Poder Judicial, que será evacuado en el plazo máximo de dos meses. Del Consejo de Estado, que será evacuado en el plazo máximo de dos meses.
La Administración podrá desestimar la solicitud por los interesados de la tramitación simplificada de un procedimiento, en virtud de las causas previstas en la normativa. ¿Qué recurso puede interponerse ante esta desestimación, según lo previsto en el artículo 96 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?: Contencioso-administrativo. Ninguno. Reposición. Revisión.
En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, de acuerdo a lo previsto en el artículo 81 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros o a la que se establezca en la correspondiente legislación autonómica, será preceptivo solicitar dictamen en Galicia: Del Consello de Contas de la Xunta. Del Tribunal Económico- Administrativo de la Xunta. Del Consello Consultivo de Galicia. De la Intervención General de la Xunta de Galicia.
Según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de procedimientos de naturaleza sancionadora las actuaciones previas se orientarán a determinar, con la mayor precisión posible: La identificación de la persona o personas que pudieran resultar responsables. El órgano competente para resolver el procedimiento. La identificación del instructor y, en su caso, secretario del procedimiento. El pliego de cargos, que será notificado a los interesados.
Según lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 39/2015, do 1 de octubre, do Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos, pactos, convenios o contratos que las Administraciones Públicas celebren con personas tanto de derecho público como privado, que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento: Deberán establecer como contenido mínimo la identificación de las partes intervinientes y, en su caso, la alteración de competencias que suponga la celebración del acuerdo. Deberán publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados. Requerirán en todo caso aprobación expresa del Consejo de Ministros u órgano equivalente de las Comunidades Autónomas, cuando versen sobre materias no susceptibles de transacción. Deberán establecer como contenido mínimo necesario las actuaciones complementarias indispensables para el funcionamiento dos servicios.
Según el art. 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común los interesados pueden alegar defectos de tramitación: En todo momento. En cualquier momento anterior al trámite de audiencia. En cualquier momento anterior a la resolución. En el trámite de audiencia.
La forma de iniciación de un procedimiento de reclamación por responsabilidad patrimonial es: Siempre de oficio, mediante acuerdo motivado del órgano competente. Siempre por reclamación de los interesados. De oficio o por reclamación de los interesados. De oficio o por reclamación del interesado en caso del procedimiento general y exclusivamente de oficio en el caso del abreviado.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.1 de la Ley 39/2015, do 1 de octubre, do Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial prescribe: A los seis meses de producido el hecho o acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. Al año de producido el hecho o acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. A los dos años de producido el hecho o acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. A los tres años de producido el hecho o acto que motive a indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
Según el artículo 81.3 de la Ley 39/2015, do 1 de octubre, do Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que en el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la administración de justicia será preceptivo el informe del: Consejo de Estado. Órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. Consejo General del Poder Judicial. Tribunal Supremo.
Según el artículo 80 de la Ley 39/2015, do 1 de octubre, do Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo disposición expresa en contrario, la emisión de informes será: Facultativa y no vinculante. Preceptiva y no vinculante. Facultativa y vinculante. Preceptiva y vinculante.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, será preceptivo solicitar el dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a: 10.000 euros. 20.000 euros. 50.000 euros. 100.000 euros.
Con carácter general, los procedimientos administrativos, como se recoge en los artículos 54 y 84 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ordenamiento jurídico español: Pueden iniciarse de oficio o la solicitud del interesado Sólo se pueden iniciar de oficio y nunca la solicitud del interesado Sólo se pueden iniciar la solicitud del interesado Sólo se pueden iniciar la solicitud del interesado cuando la administración renuncie a iniciarlo por la imposibilidad material derivada de causas sobrevenidas.
En el ámbito de la responsabilidad patrimonial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el derecho a reclamar a una administración por los daños causados prescribirá: Al plazo de un año Al plazo de dos años Al plazo de tres años Al plazo de seis meses.
La emisión de informes, según el artículo 80 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará con carácter general en el plazo de: Cinco días. Diez días. Quince días. Veinte días.
Conforme al artículo 60.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos de naturaleza sancionadora, la orden expresará, en la medida de lo posible: La persona o personas responsables; las conductas o hechos que constituyan infracción administrativa y su tipificación; así como el lugar y las fechas o período de tiempo continuado en que los hechos se produjeron. Las personas presuntamente responsables; las conductas o hechos que pudieran constituir infracción administrativa y su sanción; así como el lugar y las fechas o período de tiempo continuado en que los hechos se produjeron. La persona o personas presuntamente responsables; las conductas o hechos que pudieran constituir infracción administrativa y su tipificación; así como el lugar, la fecha, fechas o período de tiempo continuado en que los hechos se produjeron. Las personas presuntamente responsables; las conductas o hechos que constituyan infracción administrativa; así como la fecha, fechas o período de tiempo continuado en que los hechos se produjeron.
Según el artículo 70.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende por expediente administrativo: El conjunto ordenado de documentos que anteceden a las actuaciones y que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. El conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. El conjunto ordenado de documentos electrónicos que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. El conjunto ordenado de documentos técnicos y jurídicos que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.
Según el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pondrán fin al procedimiento: La resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud y la declaración de caducidad. La resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad. La resolución, el desistimiento y la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico. La resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, la declaración de caducidad y la recusación.
De acuerdo con el artículo 63 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los procedimientos de naturaleza sancionadora se iniciarán: Siempre de oficio por acuerdo del órgano competente. Habitualmente de oficio por acuerdo del órgano competente. A instancia del interesado por acuerdo del órgano competente. Por denuncia.
Según el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si antes del vencimiento del plazo del trámite de audiencia, los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones: Se dictará una resolución de caducidad del trámite. Se dictará una resolución de desistimiento del procedimiento. Se tendrá por no realizado el trámite. Se tendrá por realizado el trámite.
En los procedimientos sancionadores, en ciertos supuestos, es posible que el órgano competente para resolver el procedimiento aplique reducciones sobre la sanción pecuniaria propuesta. Según el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas reducciones serán: De, al menos, el 10 % sobre el importe de la sanción propuesta. De, al menos, el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta. De, como máximo, el 10 % sobre el importe de la sanción propuesta. De, como máximo, el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta.
Según el artículo 91 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuál es el plazo en el que debe notificarse la resolución en un procedimiento de responsabilidad patrimonial: Tres meses. Seis meses. Nueve meses. El que determine la normativa reguladora de la Unión Europea.
De acuerdo con el artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración podrá desistir de un procedimiento: Motivadamente, en los procedimientos iniciados a instancia del interesado, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes. Arbitrariamente, en los procedimientos iniciados de oficio, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes. Motivadamente, en los procedimientos iniciados de oficio, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes. En los procedimientos iniciados de oficio, la Administración nunca podrá desistir.
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