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Título del test:
e

Descripción:
9852489149

Autor:
d
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Fecha de Creación:
02/06/2022

Categoría:
Deportes

Número preguntas: 43
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Temario:
ochocientosochentayocho 22 anexo Clases de discapacidad Clase 0 Clase 1 Clase 2 Clase 3 Clase 4 Clase 5.
ochocientosochentayocho 22 anexo El Baremo de evaluación del desempeño / Baremo de Restricciones en la Participación (BRP-QD) establece criterios para la evaluación del desempeño para la realización de actividades que ha realizado en el último mes, pudiendo ampliarse este plazo a seis meses en las situaciones que así considere el técnico evaluador, tomando en consideración la influencia de los factores contextuales ambientales establece criterios para la evaluación del desempeño para la realización de actividades que ha realizado en el último mes, pudiendo ampliarse este plazo a seis meses en las situaciones que así considere el técnico evaluador, sin tomar en consideración la influencia de los factores contextuales ambientales establece criterios para la evaluación del desempeño para la realización de actividades que ha realizado en los últimos tres mes, pudiendo ampliarse este plazo a doce meses en las situaciones que así considere el técnico evaluador, tomando en consideración la influencia de los factores contextuales ambientales establece criterios para la evaluación del desempeño para la realización de actividades que ha realizado en los últimos tres mes, pudiendo ampliarse este plazo a doce meses en las situaciones que así considere el técnico evaluador, sin tomar en consideración la influencia de los factores contextuales ambientales.
ochocientosochentayocho 22 anexo nivel de discapacidad evaluado es insignificante y no justifica una dificultad evaluable en la realización de las actividades de la vida diaria Discapacidad leve Discapacidad nula Discapacidad moderada Discapacidad grave Discapacidad total.
ochocientosochentayocho 22 anexo la persona es independiente en la práctica totalidad de las AVD Discapacidad leve Discapacidad nula Discapacidad moderada Discapacidad grave Discapacidad total.
ochocientosochentayocho 22 anexo puede existir una limitación total o imposibilidad en la realización de las AVD, en cualquier dominio, incluidas las actividades de autocuidado Discapacidad leve Discapacidad nula Discapacidad moderada Discapacidad grave Discapacidad total.
ochocientosochentayocho 22 anexo puede existir una limitación total o imposibilidad en la realización de las AVD, en cualquier dominio, siendo independiente en las actividades de autocuidado Discapacidad leve Discapacidad nula Discapacidad moderada Discapacidad grave Discapacidad total.
ochocientosochentayocho 22 anexo imposibilidad en la realización de casi todas las AVD, incluidas las de autocuidado Discapacidad leve Discapacidad nula Discapacidad moderada Discapacidad grave Discapacidad total.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad nula, en los baremos BDGP, BLA y BRP 0% - 4% 0% - 5% 0% - 10% 0%.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad leve, en los baremos BDGP, BLA y BRP 5% - 24% 5% - 25% 4% - 25% 4% - 24%.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad moderada, en los baremos BDGP, BLA y BRP 25% - 49% 24% - 49% 25% - 50% 24% - 50%.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad grave, en los baremos BDGP, BLA y BRP 50% - 95% 51% - 95% 50% - 94% 51% - 75%.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad total, en los baremos BDGP, BLA y BRP 96% - 100% 95% - 100% 75% - 100% 76% - 100%.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad nula, en el baremo BLGTAA 0% - 4% 0% - 5% 0% - 10% No existe discapacidad nula en el baremo BLGTAA.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad leve, en el baremo BLGTAA 5% - 24% 5% - 25% 4% - 25% No existe discapacidad leve en el baremo BLGTAA.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad moderada, en el baremo BLGTAA 25% - 49% 24% - 49% No existe discapacidad moderada en el baremo BLGTAA 0% - 4%.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad grave, en el baremo BLGTAA 50% - 95% 25% - 49% 5% - 74% No existe discapacidad grave en el baremo BLGTAA.
ochocientosochentayocho 22 anexo Porcentajes de gravedad en la Discapacidad total, en el baremo BLGTAA 96% - 100% 95% - 100% 75% - 100%.
ochocientosochentayocho 22 anexo cada clase de discapacidad se dividirá en cinco «intervalos de grado de discapacidad» cuatro «intervalos de grado de discapacidad» tres «intervalos de grado de discapacidad».
ochocientosochentayocho 22 anexo cuando no hay coincidencia de los constructos evaluados en la misma clase de discapacidad, la inclusión en una de las clases de discapacidad (o sea, la asignación a una clase de discapacidad) viene determinada por El criterio principal (CP) El valor del intervalo de grado de discapacidad (VIG) El criterio principal (CP) y los criterios secundarios de ajuste de grado (CSA) El valor inicial de ajuste (VIA).
ochocientosochentayocho 22 anexo Con carácter general, se considerará Criterio Principal de inclusión de clase, por ser el más objetivo, fiable y permanente, el resultado de la evaluación de la deficiencia global de la persona (BDGP) el resultado de la evaluación de las limitaciones en la actividad (BLA) el resultado de la evaluación de las restricciones en la participación (BRP) el resultado de la evaluación de los factores contextuales y las barreras ambientales (BFCA).
ochocientosochentayocho 22 anexo cuando no hay coincidencia de los constructos evaluados en la misma clase de discapacidad, el valor del intervalo de grado de discapacidad (VIG) viene determinado por El criterio principal (CP) El valor inicial de ajuste (VIA) El criterio principal (CP) y los criterios secundarios de ajuste de grado (CSA) Los criterios secundarios de ajuste de grado (CSA).
ochocientosochentayocho 22 anexo cuando no hay coincidencia de los constructos evaluados en la misma clase de discapacidad, el grado o punto de partida sobre el que se ajusta el grado que se va a determinar en el proceso de evaluación, es El criterio principal (CP) El valor inicial de ajuste (VIA) El valor del intervalo de grado de discapacidad (VIG).
ochocientosochentayocho 22 anexo cuando no hay coincidencia de los constructos evaluados en la misma clase de discapacidad, el ajuste a partir del Valor inicial de ajuste (VIA) para determinar el grado se realiza mediante la evaluación de El criterio principal (CP) El valor del intervalo de grado de discapacidad (VIG) El criterio principal (CP) y los criterios secundarios de ajuste de grado (CSA) Los criterios secundarios de ajuste de grado (CSA).
ochocientosochentayocho 22 anexo cuando no hay coincidencia de los constructos evaluados en la misma clase de discapacidad, El criterio principal (CP) asigna la clase de discapacidad y determina el «Valor del intervalo de grado de discapacidad» (VIG) Sobre el valor del VIG se establece el grado o punto de partida, al que se denominará «Valor inicial de ajuste» (VIA) El grado se obtiene ajustando el VIA mediante la evaluación de los «Criterios secundarios de ajuste de grado» (CSA) El criterio principal (CP) asigna la clase de discapacidad y determina el «Valor inicial de ajuste» (VIA) El grado se obtiene ajustando el VIA mediante la evaluación de los «Criterios secundarios de ajuste de grado» (CSA) El criterio principal (CP) asigna la clase de discapacidad y grado o punto de partida, al que se denominará «Valor inicial de ajuste» (VIA) Sobre el valor del VIA se establece el «Valor del intervalo de grado de discapacidad» (VIG) El grado se obtiene ajustando el VIG mediante la evaluación de los «Criterios secundarios de ajuste de grado» (CSA).
ochocientosochentayocho 22 anexo Se consideran criterios secundarios habituales de ajuste de grado o factores modificadores 1- La «Limitación», conforme a la puntuación obtenida en el BLA 2- El «Desempeño», conforme al valor obtenido en el baremo de restricción en la participación (BRP-QD) 3- Los «Factores contextuales», conforme el valor obtenido en el baremo correspondiente (BFCA) 1- La «Limitación», conforme a la puntuación obtenida en el BLA 2- Las «Deficiencias», conforme al valor obtenido en el BDGP 3- Los «Factores contextuales», conforme el valor obtenido en el baremo correspondiente (BFCA) 1- Las «Deficiencias», conforme al valor obtenido en el BDGP 2- El «Desempeño», conforme al valor obtenido en el baremo de restricción en la participación (BRP-QD) 3- Los «Factores contextuales», conforme el valor obtenido en el baremo correspondiente (BFCA) 1- La «Limitación», conforme a la puntuación obtenida en el BLA 2- El «Desempeño», conforme al valor obtenido en el baremo de restricción en la participación (BRP-QD) 3- Las «Deficiencias», conforme al valor obtenido en el BDGP.
ochocientosochentayocho 22 anexo En referencia a los criterios secundarios habituales de ajuste de grado o factores modificadores La «Limitación», conforme a la puntuación obtenida en el BLA, podrá modificar el valor inicial de ajuste al alza o a la baja La «Limitación», conforme a la puntuación obtenida en el BLA, podrá modificar el valor inicial de ajuste solo al alza La «Limitación», conforme a la puntuación obtenida en el BLA, podrá modificar el valor inicial de ajuste solo a la baja.
ochocientosochentayocho 22 anexo En referencia a los criterios secundarios habituales de ajuste de grado o factores modificadores El «Desempeño», conforme al valor obtenido en el baremo de restricción en la participación (BRP-QD) , podrá modificar el valor inicial de ajuste al alza o a la baja El «Desempeño», conforme al valor obtenido en el baremo de restricción en la participación (BRP-QD) , podrá modificar el valor inicial de ajuste solo al alza El «Desempeño», conforme al valor obtenido en el baremo de restricción en la participación (BRP-QD) , podrá modificar el valor inicial de ajuste solo a la baja.
ochocientosochentayocho 22 anexo En referencia a los criterios secundarios habituales de ajuste de grado o factores modificadores los «Factores contextuales», conforme el valor obtenido en el baremo correspondiente (BFCA), podrá modificar el valor inicial de ajuste al alza o a la baja los «Factores contextuales», conforme el valor obtenido en el baremo correspondiente (BFCA), podrá modificar el valor inicial de ajuste solo al alza los «Factores contextuales», conforme el valor obtenido en el baremo correspondiente (BFCA), podrá modificar el valor inicial de ajuste solo a la baja.
ochocientosochentayocho 22 anexo En referencia a los criterios secundarios habituales de ajuste de grado o factores modificadores, en ningún caso podrá utilizarse como criterio principal el desempeño la limitación la limitación y el desempeño.
ochocientosochentayocho 22 anexo El grado de discapacidad ajustado (GAD) se obtiene partiendo del criterio principal y aplicando los modificadores de grado (excepto los factores ambientales) partiendo del criterio principal y aplicando los modificadores de grado (incluidos los factores ambientales).
ochocientosochentayocho 22 anexo El grado de discapacidad final (GFD) se obtiene partiendo del grado de discapacidad ajustado (GDA) y aplicando los factores ambientales partiendo del criterio principal y aplicando los modificadores de grado (incluidos los factores ambientales).
ochocientosochentayocho 22 anexo el reconocimiento de un grado de discapacidad se sustentará en una deficiencia permanente o trastorno del desarrollo debidamente diagnosticado, tratado durante un tiempo suficiente y documentado; sin embargo, se podrá exceptuar ambas son correctas menores de edad que presentan una enfermedad grave de pronóstico incierto y precisan tratamientos agresivos de larga duración los casos en que, no presentando en el momento de la evaluación una deficiencia suficiente como para ser reconocida la condición de discapacidad, se haya diagnosticado una enfermedad en la que, en su evolución clínica, se prevea, una deficiencia significativa de carácter permanente ninguna es corrrecta.
ochocientosochentayocho 22 anexo en relación a la infancia y a la adolescencia, las evaluaciones se revisarán periódicamente y quedará postergada la evaluación de la discapacidad permanente a la finalización / estabilización del desarrollo. A tal efecto, se proponen ciertas edades orientativas de revisión de la discapacidad en función de distintos criterios A los 3 años A los 6-8 años A los 12-14 años A los 18 años A los 3 años A los 10 años A los 15 años A los 18 años A los 3 años A los 5-6 años A los 10-12 años A los 18 años.
ochocientosochentayocho 22 anexo La puntuación resultante en la evaluación de los factores contextuales examinados según el Baremo de factores contextuales ambientales (BFCA) está comprendida en un intervalo entre 0 y 24 puntos está comprendida en un intervalo entre 0 y 25 puntos está comprendida en un intervalo entre 0 y 15 puntos está comprendida en un intervalo entre 0 y 14 puntos.
ochocientosochentayocho 22 anexo La puntuación resultante en la evaluación de los factores contextuales examinados según el Baremo de factores contextuales ambientales (BFCA) modifica por adición el «grado de discapacidad ajustado» (GDA) modifica por adición o sustracción el «grado de discapacidad ajustado» (GDA) modifica por adición el grado final de discapacidad (GFD) modifica por adición o sustracción el grado final de discapacidad (GFD).
ochocientosochentayocho 22 anexo El grado final de discapacidad de la persona (GFD) se obtiene sumando al grado de discapacidad ajustado (GDA), en su caso, la puntuación correspondiente a los factores contextuales ambientales (que actúan como modificadores especiales de grado) sumando o restando al grado de discapacidad ajustado (GDA), en su caso, la puntuación correspondiente a los factores contextuales ambientales (que actúan como modificadores especiales de grado) sumando al grado de discapacidad ajustado (GDA), en su caso, la puntuación correspondiente a todos los modificadores de grado sumando o restando al grado de discapacidad ajustado (GDA), en su caso, la puntuación correspondiente a todos los modificadores de grado.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de la Deficiencia Global de la Persona (BDGP), Las «clases de deficiencia» se describen en relación a la previsible repercusión de la clínica de la condición de salud sobre la capacidad de la persona a la hora de realizar las AVD habituales a los problemas que experimenta una persona para realizar actividades e implicarse en situaciones vitales a la capacidad para realizar las actividades habituales en un entorno sin barreras, tomando en consideración los dispositivos de ayuda que le hayan sido prescritos o indicados y/o la necesidad del apoyo de otra u otras personas.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de la Deficiencia Global de la Persona (BDGP), Los síntomas, signos o secuelas, de existir, son mínimos y no justifican una disminución de la capacidad de la persona para realizar las actividades de la vida diaria Deficiencia sin limitación o insignificante. Deficiencias con limitación leve. Deficiencia con limitación moderada. Deficiencia con limitación grave. Deficiencia con limitación total.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de la Deficiencia Global de la Persona (BDGP), Los síntomas, signos o secuelas causan una disminución muy importante de la capacidad de la persona e imposibilidad para realizar casi todas las AVD incluidas la mayoría de las de autocuidado, por lo que la necesidad de atención de otras personas para su supervivencia será total Deficiencia sin limitación o insignificante. Deficiencias con limitación leve. Deficiencia con limitación moderada. Deficiencia con limitación grave. Deficiencia con limitación total.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de la Deficiencia Global de la Persona (BDGP), Los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante de la capacidad de la persona para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, pudiendo existir limitación total en alguna de ellas (en todo caso leve en cuanto a su número e importancia), excluidas las de autocuidado, por lo que es previsible encontrar situaciones de necesidad de asistencia de otras personas leves o inexistentes Deficiencia sin limitación o insignificante. Deficiencias con limitación leve. Deficiencia con limitación moderada. Deficiencia con limitación grave. Deficiencia con limitación total.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de la Deficiencia Global de la Persona (BDGP),Los síntomas, signos o secuelas existen y justifican alguna dificultad para llevar a cabo las actividades de la vida diaria, pero son compatibles con la práctica totalidad de las mismas Deficiencia sin limitación o insignificante. Deficiencias con limitación leve. Deficiencia con limitación moderada. Deficiencia con limitación grave. Deficiencia con limitación total.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de la Deficiencia Global de la Persona (BDGP), Los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante de la capacidad de la persona e imposibilidad para realizar la mayoría de las AVD, pudiendo existir limitación total en bastantes actividades, incluidas las de autocuidado, por lo que es previsible encontrar situaciones de necesidad de asistencia de otras personas moderada o grave Deficiencia sin limitación o insignificante. Deficiencias con limitación leve. Deficiencia con limitación moderada. Deficiencia con limitación grave. Deficiencia con limitación total.
ochocientosochentayocho 22 anexo En el Baremo de Evaluación de Limitaciones en la Actividad (BLA), se evalúa la previsible repercusión de la clínica de la condición de salud sobre la capacidad de la persona a la hora de realizar las AVD habituales los problemas que experimenta una persona para realizar actividades e implicarse en situaciones vitales la capacidad para realizar las actividades habituales en un entorno sin barreras, tomando en consideración los dispositivos de ayuda que le hayan sido prescritos o indicados y/o la necesidad del apoyo de otra u otras personas.
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