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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE250

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Título del test:
250

Descripción:
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Autor:
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Fecha de Creación:
03/11/2022

Categoría:
Personal

Número preguntas: 31
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Temario:
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta en relación con los bienes de las Entidades Locales Un bien de uso público es un bien de dominio público Los bienes comunales solo podrán pertenecer a los Municipios y a las Diputaciones. Los bienes comunales no son bienes patrimoniales. El aprovechamiento de los bienes comunales corresponde al común de los vecinos del municipio.
No sería un bien de uso público local... Una calle del municipio Uno de los parques del municipio Una fuente La iglesia del pueblo.
No sería un bien de servicio público del municipio... El mercado del pueblo La Casa Consistorial del Pueblo La Casa Cuartel de la Guardia Civil El Cementerio del Pueblo.
Los bienes patrimoniales se rigen por su legislación específica y, en su defecto, por las normas de... Derecho Administrativo Derecho Privado Derecho Financiero Derecho Tributario.
Se consideraría efecto sobrante... Un equipo informático si hubiera sido de baja en el Inventario por su depreciación Un equipo informático a causa de su depreciación, aunque no hubiera sido dado de baja en el Inventario Una parcela no utilizable Ninguna es correcta pues los efectos no se califican de sobrantes sino de efectos no utilizables.
La alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades locales requiere expediente en el que se acrediten su oportunidad y legalidad. Dicho expediente será sometido a información pública durante... Un mes Veinte días Diez días No será sometido imperativamente, sino que podrá ser sometido potestativamente.
Las Corporaciones Locales pueden adquirir bienes y derechos: (señala la respuesta incorrecta) Por prescripción Por depreciación Por ocupación Todas son correctas.
Si los bienes se hubieren adquirido bajo condición o modalidad de su afectación permanente a determinados destinos, se entenderá cumplida y consumada cuando hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público durante el plazo de... Treinta años Veinte años Veinte años entre ausentes y treinta entre presentes Veinte años entre presentes y veinte entre ausentes.
Los bienes cuyo dominio o disfrute hubiere de revertir o consolidarse en la Entidad llegado cierto día o al cumplirse o no determinada condición se incluirán bajo el epígrafe de bienes y derechos... Inventariables Consumibles Revertibles Consolidables.
Los bienes de las entidades locales se clasifican en: Bienes patrimoniales y de dominio público. Bienes patrimoniales, de dominio público y comunales. Bienes privados y patrimoniales. Bienes comunales o patrimoniales.
El conjunto de bienes, derechos y acciones que pertenecen a las Entidades Locales constituye su... Presupuesto Hacienda Patrimonio Personalidad.
El derecho de los vecinos de un municipio a aprovechar los pastos y las leñas del término municipal sería un ejemplo de... Aprovechamiento de un bien local Aprovechamiento de un bien comunal Aprovechamiento de un servicio público Aprovechamiento de un bien.
Un cementerio sería un bien... Comunal De uso público De servicio público Privativo.
Una calle sería un bien... Comunal De uso público De servicio público Privativo.
Los bienes de las entidades locales (salvo los patrimoniales) son inalienables, inembargables e... Impredecibles Imprescindibles Imprescriptibles Impresionables.
No es un bien patrimonial Un tributo Una parcela sobrante Un efecto no utilizable Todos lo son.
Si los bienes se hubieren adquirido bajo condición o modalidad de su afectación permanente a determinados destinos, se entenderá cumplida y consumada cuando hubieren servido al mismo durante... Cincuenta años 25 años Noventa y nueve años Ninguna es correcta.
Las Corporaciones Locales pueden adquirir bienes y derechos (señala la respuesta incorrecta): Por atribución de ley Por herencia, legado o donación A título oneroso ejerciendo en todo caso y previamente la facultad de expropiación Por prescripción.
La adquisición de bienes a título oneroso exigirá informe previo pericial y siendo bienes de valor histórico o artístico el informe del órgano estatal o autonómico competente, siempre que su importe exceda del... 1 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto de la Corporación 2 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto de la Corporación 5 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto de la Corporación 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto de la Corporación.
Aquellos bienes que por su deterioro, depreciación o deficiente estado de conservación resultaren inaplicables a los servicios municipales o al normal aprovechamiento, atendida su naturaleza y destino, se reputarán... Bienes mostrencos Efectos no utilizables Efectos usucapidos Expedientes patrimoniales resueltos.
Los bienes de las entidades locales vienen recogidos en el: Real Decreto 1485/1992, de 9 de junio. Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. Real Decreto 1225/1988, de 18 de julio. Real Decreto 1125/1993, de 22 de julio.
La cesión por cualquier título del aprovechamiento de bienes comunales deberá ser acordada por el Pleno de la Corporación, requiriéndose: El voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros. El voto favorable de la mayoría simple del número legal de miembros. El voto favorable de las dos terceras partes del número legal de miembros. El voto favorable de la mayoría prevista del número legal de miembros.
Estarán sujetos a concesión administrativa: El uso privativo de bienes de dominio público. El uso anormal de los mismos. Las opciones a) y b) son correctas. El uso público de bienes de dominio privado.
La aceptación de una herencia por parte de un Municipio se hará: Sin ninguna limitación A beneficio de inventario Con autorización de la Comunidad Autónoma Con autorización de la Diputación.
El patrimonio de las Entidades locales estará constituido por: El conjunto de bienes y derechos que no les pertenezcan. El conjunto de bienes, derechos y acciones que se le adscriba El conjunto de acuerdos, bienes, derechos y acciones que les pertenezcan. El conjunto de bienes, derechos y acciones que les pertenezcan.
Según dispone el artículo 97 del Reglamento de Bienes, aprobado por R.D. 1372/1986, de 13 de junio, en el aprovechamiento y disfrute de los bienes comunales, ¿Cómo se hará la adjudicación por lotes o suertes?: Se hará a los vecinos en proporción directa al número de personas que tengan a su cargo e inversa de su situación económica. Se hará a los vecinos en proporción indirecta al número de personas que tengan a su cargo y directa a su situación económica. Se hará a los residentes en función de su situación económica y en proporción indirecta al número de personas. Se hará a los residentes en proporción directa al número de personas que tengan a su cargo e inversa de su situación económica.
Según el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, el uso de los bienes de servicio público se regirá: Por las ordenanzas que dicten en esta materia las Entidades locales. Por las normas del Reglamento de Servicios de las Entidades locales y subsidiariamente por el Reglamento de Bienes de las Entidades locales. Por las normas del Reglamento de Bienes de las Entidades locales y subsidiariamente por el Reglamento de Servicios de las Entidades locales. Por el Reglamento de las Entidades locales.
En la utilización de los bienes de dominio público, se entenderá uso común: El constituido por la ocupación de una porción del dominio público, excluyendo el uso por los demás interesados. El que fuere conforme con el destino principal del dominio público a que afecte. El correspondiente por igual a todos los ciudadanos indistintamente, de modo que el uso de unos no impida el de los demás interesados. El correspondiente por igual a todos los ciudadanos, cuando no concurran circunstancias especiales.
El régimen de bienes de las Entidades locales se regirá: Por la legislación básica del Estado en materia de régimen local. Por la legislación básica del Estado reguladora del Régimen Jurídico de los Bienes de las Administraciones Públicas. Por las ordenanzas propias de cada entidad. Todas las respuestas son correctas.
Corresponde a los municipios la siguiente potestad en relación a sus bienes: La potestad de investigación. La potestad de expropiación. La potestad de protección. La potestad de inembargabilidad bienes de las entidades locales.
Las Entidades Locales, podrán recuperar sus bienes, que estuviesen en posesión de particulares: En cualquier momento si fuesen bienes de dominio público. Cuando siendo bienes patrimoniales, haya pasado un año. Las dos anteriores son correctas. Ninguna es correcta.
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