TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Administrativo 2 Tema 1 24/25
COMENTARIOS | ESTADÍSTICAS | RÉCORDS |
---|
REALIZAR TEST
Título del Test:
Administrativo 2 Tema 1 24/25 Descripción: Test de 2024 y años anteriores, para preparación de examen UNED. Autor:
Fecha de Creación: 13/10/2024 Categoría: UNED Número Preguntas: 50 |
COMPARTE EL TEST
Comentar
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Los denominados actos políticos, que adoptan el Gobierno y los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas: No se pueden controlar por la jurisdicción Contencioso-Administrativa. El control de la jurisdicción Contencioso-Administrativa sobre estos actos políticos se extiende a la protección de los derechos fundamentales, los elementos reglados y la determinación de las indemnizaciones que fueran procedentes. Son plenamente controlables, en todos sus elementos, por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los actos dictados en ejercicio de potestades discrecionales: Deben motivarse. Están exentos de control jurisdiccional. Son aquellos en los que la norma determina su adopción y su contenido. Los actos de trámite: No se pueden recurrir en ningún caso. Se pueden recurrir directamente, solo en el caso de que se trate de actos de trámite cualificados. Se pueden recurrir siempre. Los actos que no ponen fin a la vía administrativa: No pueden ser objeto de recurso en vía administrativa. Solo son recurribles ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No pueden ser recurridos directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención: No implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los casos en los que haya intervenido. Implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los casos en los que haya intervenido. No implicará, en ningún caso, la invalidez de los actos en los que haya intervenido. La Ley exige la motivación: De todos los actos administrativos. De los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. De los actos declarativos de derechos. Los actos administrativos: Sólo pueden tener por destinatarios a los particulares. Pueden tener a otra administración por destinataria. En ningún caso podrán tener a otra administración por destinataria. Son autores de los actos administrativos: Los Poderes Públicos. Las Administraciones Públicas. Algunas Administraciones Públicas. Zanobini define el acto administrativo como: Algunas manifestaciones de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizada por la Administración Pública en sus relaciones con los particulares. Las manifestaciones de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizadas por la Administración Pública en sus relaciones con los particulares. Toda manifestación de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizada por la Administración Pública en el ejercicio de una potestad administrativa. La regulación actual de nuestro ordenamiento jurídico sobreentiende que sigue existiendo el acto político puro como aquel acto que no afecta a derechos fundamentales ni debe adecuarse a elementos reglados ni da origen a responsabilidad patrimonial del Estado: Verdadero. Falso. No existe el acto político puro. Señale la respuesta correcta: Los actos de gobierno quedan siempre excluidos del control por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los actos de gobierno que vulneren derechos fundamentales son enjuiciables por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El orden jurisdiccional Contencioso-administrativo conocerá de todas las cuestiones que se susciten en relación con los actos del Gobierno y de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas. Señale la respuesta correcta: Los actos del Gobierno en ningún caso serán enjuiciables por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los actos del Gobierno se someten al control jurisdiccional Contencioso-Administrativo en lo que se refiere a la protección de los derechos fundamentales. Los elementos discrecionales de los actos de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas son enjuiciables por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. ¿Sobre qué elementos siempre será posible el control jurisdiccional del acto político? Sobre los derechos fundamentales, los elementos reglados del acto y la discrecionalidad. Sobre los derechos fundamentales, los elementos reglados del acto y la determinación de las indemnizaciones procedentes. Sobre los derechos fundamentales. ¿Qué diferencia realmente los actos administrativos en relación con los privados en el Derecho español? Que el acto administrativo está dotado de la ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoria. La eficacia del acto administrativo. Los requisitos formales que se exigen a los actos administrativos. La discrecionalidad técnica es: La discrecionalidad que alude a la especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y saberes científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de los profesionales de la empresa privada pero que son ajenos a la formación jurídica de la Administración. La discrecionalidad que alude a la especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y saberes científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración pero que son ajenos a la formación jurídica de los jueces. La discrecionalidad que alude a la especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y saberes científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de los profesionales de la judicatura pero que son ajenos a la formación jurídica de la Administración. Los actos administrativos dictados en ejercicio de potestades discrecionales: No necesitan motivación. Deben motivarse. Sólo necesitan motivación en el caso de que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. En la aplicación de los conceptos jurídicos indeterminados: La Administración puede elegir entre varias alternativas igualmente justas. El margen de apreciación con el que cuenta la Administración le permite optar entre varias respuestas o soluciones al caso, puesto que estos conceptos jurídicos indeterminados no intentan un supuesto concreto. Sólo cabe una única respuesta o solución al caso concreto. La discrecionalidad técnica se refiere a: A la libertad de apreciación de la que dispone la Administración Pública cuando decide sobre una cuestión de interés general que afecta a la técnica. La dificultad técnica de la valoración de algunos asuntos administrativos requiere de especiales conocimientos y saberes científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración. Las técnicas que ha de utilizar la Administración para resolver los asuntos que le atañen mediante los correspondientes actos administrativo. La investigación judicial sobre el buen uso de las potestades discrecionales ha de versar sobre: Exclusivamente los elementos reglados de la competencia, procedimiento y fin público del acto. Exclusivamente sobre el buen uso de los elementos discrecionales del acto. Además de sobre los elementos reglados de la competencia, procedimiento y fin público del acto, debe referirse a los hechos determinantes y al respeto de los principios generales del derecho como el de proporcionalidad y buena fe. La legislación confirma la existencia de la potestad discrecional cuando dispone que la Administración: Tiene libertad de llevar a cabo una determinada actividad y también cuando le abre la posibilidad de optar entre diversas soluciones en función de su voluntad. Podrá llevar a cabo determinada actividad y también cuando le abre la posibilidad de optar entre diversas soluciones en función de criterios de oportunidad. Podrá llevar a cabo determinada actividad y también cuando le abre la posibilidad de optar entre diversas soluciones en función de criterios de legalidad. En la aplicación de los conceptos jurídicos indeterminados: El margen de apreciación con el que cuenta la Administración le permite optar entre varias respuestas o soluciones al caso, puesto que estos conceptos jurídicos indeterminados no intentan delimitar un supuesto concreto. La Administración puede elegir entre varias alternativas igualmente justas. sólo cabe una única respuesta o solución al caso concreto. Con el término de "discrecionalidad técnica" nos referimos en el Derecho Administrativo a: La especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos respecto a los cuales el juez ha de tener formación. La especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y saberes científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración y que resultan totalmente ajenos a la formación jurídica de los jueces. La especial complejidad de determinados asuntos cuya resolución y entendimiento requiere de especiales conocimientos y saberes científicos o técnicos que se suponen en el ámbito de profesionales de la Administración y sobre los que dichos profesionales han de resolver. Los actos discrecionales son: Los actos dictados en el ejercicio de potestades regladas. Los actos dictados en el ejercicio de potestades discrecionales. Los actos dictados en materia de gobierno. Los actos de gravamen: Deben estar siempre motivados y, pueden tener efectos retroactivos. Deben estar siempre motivados y, en ningún caso, pueden reconocérseles efectos retroactivos. Deben estar siempre motivados y, en ningún caso, pueden ser revocados. La confiscación es: Un acto administrativo consistente en una orden. Un acto traslativo de derechos. Un acto administrativo extintivo. Contra un acto que no causa estado: Puede interponerse recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sólo puede interponerse recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa si dicho acto proviene de un órgano que carece de superior jerárquico. Debe interponerse recurso ante el superior jerárquico del órgano que lo dictó o ante otro órgano, antes de acudir a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Son actos que causan estado: Las resoluciones del recurso de alzada. Los actos recurribles en alzada. Las otras dos respuestas son incorrectas. Son actos que no causan estado: Las resoluciones de los recursos de alzada. Las resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Todos los actos de trámite. Los ............................... se consideran manifestaciones indiscutibles de la voluntad de un órgano administrativo porque su recurribilidad resulta vedada por el transcurso de los plazos establecidos para su impugnación, sin que la persona legitimada para ello haya interpuesto el correspondiente recurso de administrativo o jurisdiccional: Los actos consentidos. Los actos confirmatorios. Los actos que causan estado. No pueden ser impugnados judicialmente: Los actos administrativos de los miembros y órganos de Gobierno. Las resoluciones de los órganos administrativos que tengan superior jerárquico. Los acuerdos, pactos, convenios y contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento. Las resoluciones de los recursos de alzada son actos: Que causan estado. Que no causan estado y pueden ser judicialmente impugnados. Que no ponen fin a la vía administrativa. Un acto administrativo expreso que no ponga fin a la vía administrativa: Puede ser recurrido directamente ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa. No puede ser recurrido directamente ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Puede ser recurrido directamente ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, una vez haya transcurrido el plazo de un mes sin que se haya interpuesto recurso. Señale la respuesta correcta: No se admitirá el recurso Contencioso-Administrativo contra actos consentidos. Los actos consentidos son aquellos que no expresan de manera definitiva la voluntad de la organización administrativa en la que se producen. Los actos consentidos son recurribles ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Un recurso contencioso-administrativo contra un acto consentido: Será admisible sólo si dicho recurso se presenta dentro de los plazos establecidos para la impugnación. Será admisible. No será admisible. Contra un acto consentido que no ha sido recurrido en tiempo y forma: Cabe plantear recurso contencioso-administrativo, siempre que el acto sea nulo de pleno derecho. Si el acto fuera nulo de pleno derecho, se podrá solicitar la revisión de oficio, cuya denegación por la Administración autora del acto se podrá, en su caso, impugnar ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No cabe recurso contencioso-administrativo, pero si recurso administrativo. En los supuestos de estimación por silencio administrativo: Si la Administración dictara una resolución expresa posterior a la producción del acto, no podría ser desestimatoria de las pretensiones del interesado. Si la Administración dictara una resolución expresa posterior a la producción del acto, ésta no estará vinculada al sentido del silencio. Si la Administración dictara una resolución expresa posterior a la producción del acto, podrá ser confirmatoria o desestimatoria del mismo. La falta de competencia para dictar un acto administrativo: Es, en todo caso, un vicio constitutivo de nulidad de pleno derecho. Es susceptible de originar dos tipos de invalidez (nulidad de pleno derecho o anulabilidad) según su mayor o menor gravedad. Constituye, en todo caso, un vicio susceptible de convalidación. La no abstención del titular del órgano administrativo en los casos en los que proceda: Dará lugar a responsabilidad del funcionario o autoridad e implicará la invalidez de los actos en los que haya intervenido. Dará lugar a responsabilidad del funcionario o autoridad, pero no implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los actos en los que haya intervenido. Dará lugar a responsabilidad del funcionario o autoridad e implicará la nulidad de los actos en los que haya intervenido. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas en los que concurran motivos de abstención: No implicara, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los casos en los que haya intervenido. Implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los casos en los que haya intervenido. No implicara, en ningún caso, la invalidez de los actos en los que haya intervenido. La no abstención del titular del órgano en los casos en los que proceda: Implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en los que haya intervenido. Dará lugar a la responsabilidad del funcionario o autoridad, pero no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en los que haya intervenido. Sólo afecta a la validez del acto, pero no dará lugar a la responsabilidad del funcionario o autoridad. La forma escrita es la regla general sobre la forma de declaración de los actos administrativos: Verdadero. Falso. Depende del tipo de actos. La motivación de los actos que limitan derechos subjetivos o intereses legítimos es: Obligatoria. Optativa. Sólo si se trata de derechos fundamentales. Señale la respuesta errónea: Serán motivados los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, exige motivación a los actos administrativos declarativos de derechos. Los actos que se dicten en el ejercicio de facultades discrecionales necesitan motivación. Las propuestas de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, así como los actos que resuelven procedimientos de carácter sancionador o de responsabilidad patrimonial: Deben motivarse necesariamente. Son una excepción a la necesidad de motivación por ser meramente propuestas de resolución. Dependerá de si la propuesta es favorable o no a la aplicación de la sanción o exigencia de responsabilidad como acto de gravamen frente al administrado. La motivación consiste en: En una referencia breve de hechos en que se basa el acto administrativo. En una referencia amplia de los hechos y fundamentos de derecho del acto administrativo. En una referencia sucinta de hechos y fundamentos de derecho. ............... es una sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: La demanda. El recurso. La motivación. Los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados en el procedimiento: Deben ser motivados. Sólo deberán ser motivados cuando el rechazo produzca una indefensión manifiesta. No requerirá motivación cuando se refieran a pruebas mediante indicios. Es una carga específica impuesta a la persona en cuyo interés se ha dictado el acto, por la cual se le exige un determinado comportamiento del que depende la posibilidad de disfrutar de los beneficios del acto: El modo. El término. La condición. Son elementos accidentales del acto administrativo: La motivación, la condición y el modo. El término, la condición y el modo. la notificación, la motivación y el término. Señale la respuesta correcta: El contenido natural del acto administrativo consiste en la cláusula que subordina el comienzo o la cesación de los efectos de un acto al cumplimiento de un hecho concreto. El contenido natural del acto administrativo es el contenido que surge de todos los elementos accidentales y eventuales del mismo. El contenido natural del acto administrativo es aquel cuya existencia sirve para individualizar el acto mismo impidiendo su confusión con otros. |
Denunciar Test