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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEadminUMA11

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Título del test:
adminUMA11

Descripción:
adminUMA11

Autor:
aimaro
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Fecha de Creación:
07/05/2019

Categoría:
Personal

Número preguntas: 55
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Temario:
Los Estatutos de la Universidad de Málaga fueron aprobados por: Decreto 145/2003, de 3 de junio Real Decreto 145/2003, de 3 de junio Decreto 145/2003, de 3 de julio Real Decreto 145/2003, de 3 de julio.
Los Estatutos de la Universidad de Málaga fueron publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA): El 9 de junio de 2003 El 19 de junio de 2003 El 9 de julio de 2003 El 19 de julio de 2003.
Los Estatutos de la Universidad de Málaga entraron en vigor: El 10 de junio de 2003 El 20 de junio de 2003 El 10 de julio de 2003 El 20 de julio de 2003.
Los Estatutos de la Universidad de Málaga se estructuran en: 175 artículos 180 artículos 185 artículos 190 artículos.
El Título IV de los Estatutos de la Universidad de Málaga lleva por rúbrica: De los Servicios a la Comunidad Universitaria De la Investigación en la Universidad De la Comunidad Universitaria Del Estudio en la Universidad.
Los proyectos de reforma, total o parcial, de los Estatutos de la Universidad de Málaga podrán ser elaborados y presentados al Claustro por el Consejo de Gobierno o: Una quinta parte de los miembros del Claustro Un tercio de los miembros del Claustro La mitad de los miembros del Claustro Dos terceras partes de los miembros del Claustro.
Los proyectos de reforma de los Estatutos requerirán ser aprobados, antes de ser elevados para su abrobación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por: La mayoría simple de los miembros del Claustro La mayoría absoluta de los miembros del Claustro Dos terceras partes de los miembros del Claustro Dos quintas partes de los miembros del Claustro.
El Régimen Disciplinario se encuentra regulado en los Estatutos de la Universidad de Málaga en su Título: Décimo Noveno Octavo Séptimo.
Efectuará la programación de la oferta de enseñanzas de la Universidad de Málaga: El Consejo de Universidades El Gobierno El Ministerio de Educación La Comunidad Autónoma de Andalucía.
El número de convocatorias a las que cada estudiante podrá concurrir se fija en: Cuatro por asignatura Cinco por asignatura Seis por asignatura Siete por asignatura.
El funcionamiento de los colegios mayores se regulará mediante reglamento: Del Claustro Universitario Del Consejo Social de la Universidad Del Consejo de Gobierno de la Universidad De la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Del importe de los recursos que se obtengan de los contratos celebrados al amparo del artículo 156 de los Estatutos de la Universidad de Málaga (artículo 83 de la LOU), se detraerá al menos un porcentaje del: 15%, que se destinará en dos tercios a cubrir gastos generales de la Universidad y un tercio a los Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación 20%, que se destinará en dos tercios a cubrir gastos generales de la Universidad y un tercio a los Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación 15%, que se destinará en un tercio a cubrir gastos generales de la Universidad y dos tercios a los Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación 20%, que se destinará en un tercio a cubrir gastos generales de la Universidad y dos tercios a los Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación.
El Decreto de creación de la Universidad de Málaga se firmó el: 18 de agosto de 1970 18 de agosto de 1972 18 de agosto de 1974 18 de agosto de 1976.
La composición y funciones específicas de la Comisión de Relaciones Internacionales y de las Subcomisiones de Relaciones Internacionales, en las que estarán representados todos los sectores de la comunidad universitaria, serán determinadas por: El/la Rector/a El Claustro Universitario El Consejo de Gobierno El Presidente de cada Comisión o Subcomisión.
La Universidad de Málaga promoverá la realización de Cursos de Español para Extranjeros, cuya organización, infraestructura, funcionamiento y contenido serán aprobados por: El Claustro Universitario El Consejo Social de la Universidad El Consejo de Gobierno de la Universidad La Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Gobierno de la Universidad de Málaga se encuentra regulado en sus Estatutos en el Título: Primero Segundo Tercero Cuarto.
La circunscripción electoral del sector de administración y servicios para los órganos generales será: La de la Universidad La Facultad o Escuela El Departamento o Instituto Universitario Todas las respuestas anteriores son incorrectas.
El Claustro de la Universidad de Málaga está compuesto por el Rector el Secretario General y el Gerente de la Universidad que serán miembros natos del mismo sin deducir puestos de sus respectivos sectores, y: 200 miembros electos 250 miembros electos 300 miembros electos 350 miembros electos.
El mandato de los miembros del Claustro elegidos en representación de los diferentes sectores universitarios tendrá una duración de: Cuatro años Cuatro años, a excepción del mandato de los representantes de los estudiantes, cuya duración será de dos años Tres años Tres años, a excepción del mandato de los representantes de los estudiantes, cuya duración será de un año.
El Consejo de Gobierno de la Universidad estará compuesto por el/la Rector/a o Vicerrector/a que lo sustituye, que será su Presidente, el Secretario General, el Gerente y: Veinte miembros de la propia comunidad universitaria Treinta miembros de la propia comunidad universitaria Cuarenta miembros de la propia comunidad universitaria Cincuenta miembros de la propia comunidad universitaria.
De los miembros del Consejo de Gobierno de la Universidad, serán designados por el Rector, incluyendo en ella una representación de todos los sectores de la comunidad universitaria con representación en el Claustro: 12 15 20 25.
No es una competencia del Consejo de Gobierno: Proponer la ordenación territorial y urbanística del "campus" universitario Establecer las líneas estratégicas y programáticas de la Universidad de Málaga Acordar la concesión de la medalla de oro de la Universidad El nombramiento de Doctor "Honoris Causa" de la Universidad de Málaga.
El Consejo de Gobierno celebrará sesión ordinaria: Al menos una vez al mes Al menos una vez al bimestre Al menos una vez al trimestre Al menos una vez al semestre.
El Consejo de Gobierno podrá ser convocado con carácter extraordinario, a iniciativa del Rector, o a petición de: La mayoría de sus miembros La mayoría absoluta de sus miembros Un quinto de sus miembros Un tercio de sus miembros.
El Rector, para el desarrollo de las competencias que tiene atribuidas, será asistido por un Consejo de Dirección en el que no estará/n presente/s: Los Vicerrectores El Secretario General Los Decanos y Directores de Facultad y/o Escuela El Gerente.
La duración del mandato del Rector será de: Cuatro años, coincidiendo con el período del Claustro Cinco años, coincidiendo con el período del Claustro Cuatro años, coincidiendo con el período del Consejo de Gobierno Cinco años, coincidiendo con el período del Consejo de Gobierno.
Producido el cese, el Rector, en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Rector, convocará elecciones en el plazo máximo de: 15 días desde el cese Un mes desde el cese Dos meses desde el cese Tres meses desde el cese.
El cese, dimisión del Rector o la convocatoria extraordinaria de elecciones a Rector por el Claustro conllevará la disolución: Del Claustro Del Claustro y del Consejo de Gobierno Del Claustro, del Consejo de Gobierno y del Consejo Social Ninguna respuesta es correcta.
El Claustro de la Universidad podrá proponer la convocatoria extraordinaria de elecciones a Rector, a iniciativa de: La mitad más uno de sus miembros Un quinto de sus miembros Un tercio de sus miembros Dos tercios de sus miembros.
La iniciativa para la convocatoria extraordinaria de elecciones a Rector deberá ser votada: No antes de cinco días naturales, ni después de diez días naturales, a contar desde la presentación de la misma No antes de cinco días hábiles, ni después de diez días hábiles, a contar desde la presentación de la misma No antes de diez días naturales, ni después de quince días naturales, a contar desde la presentación de la misma No antes de diez días hábiles, ni después de quince días hábiles, a contar desde la presentación de la misma.
Para que la iniciativa para convocar elecciones extraordinarias a Rector se considere aprobada deberá contar con los votos favorables de: Un tercio de los miembros del Claustro La mayoría absoluta del Claustro Dos tercios de los miembros del Claustro Tres quintos de los miembros del Claustro.
Si la iniciativa para convocar elecciones extraordinarias a Rector no fuese aprobada, ninguno de sus signatarios podrá participar en la presentación de otra iniciativa del mismo carácter hasta pasado/s: Seis meses desde la votación de la misma Nueve meses desde la votación de la misma Un año desde la votación de la misma Dos años desde la votación de la misma.
El Rector nombrará al Secretario General de la Universidad entre: Los profesores de la Universidad de Málaga Los profesores de los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Málaga Los profesores doctores de los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Málaga Funcionarios públicos del grupo A que presten servicios en la Universidad de Málaga.
El Rector propondrá al Gerente y lo nombrará de acuerdo con: El Consejo Social El Claustro Universitario El Consejo de Gobierno La Comunidad Autónoma.
El/la Defensor/a Universitario/a será elegido por: Mayoría simple del Claustro para un periodo de cuatro años Mayoría simple del Claustro para un periodo de cinco años Mayoría simple del Consejo de Gobierno para un periodo de cuatro años Mayoría simple del Consejo de Gobierno para un periodo de cinco años.
Será proclamado Rector, en primera vuelta, el candidato que logre el apoyo proporcional de: Más de la mitad de los votos a candidaturas válidamente emitidos Dos tercios de los votos a candidaturas válidamente emitidos Tres quintos de los votos a candidaturas válidamente emitidos Todas las respuestas son incorrectas.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del Rector éste será sustituido por: Un Vicerrector, que sea Catedrático de Universidad El Vicerrector más antiguo en la Universidad Un Vicerrector que pertenezca a los cuerpos docentes universitarios Un miembro del Consejo de Dirección.
La Junta de Centro estará compuesta por el Decano o Director y el Secretario que serán miembros natos y: 25 miembros electos 26 miembros electos 30 miembros electos 31 miembros electos.
El mandato de los miembros de la Junta de Centro elegidos en representación de los diferentes sectores universitarios tendrá una duración de: Cuatro años, a excepción del mandato de los representantes de los estudiantes, cuya duración será de dos años Cuatro años, a excepción del mandato de los representantes de los estudiantes, cuya duración será de un año Cinco años, a excepción del mandato de los representantes de los estudiantes, cuya duración será de dos años Cinco años, a excepción del mandato de los representantes de los estudiantes, cuya duración será de un año.
La Junta de Centro celebrará sesión ordinaria al menos: Una vez al mes Una vez al trimestre Una vez al cuatrimestre Una vez al semestre.
El Decano o Director fijará las fechas de celebración de las Juntas ordinarias y establecerá el orden del día de las mismas, debiendo incluir los puntos solicitados por, al menos: La mitad de sus miembros La mitad más uno de sus miembros Un tercio de sus miembros Un quinto de sus miembros.
La Junta de Centro podrá ser convocada con carácter extraordinario, a iniciativa del Decano o Director, o a petición de: La mitad de sus miembros La mitad más uno de sus miembros Un tercio de sus miembros Un quinto de sus miembros.
Producido el cese o dimisión del Decano o Director, éste procederá a la convocatoria de elecciones en el plazo máximo de: Quince días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión Veinte días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión Treinta días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión Cuarenta días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión.
La Junta de Centro podrá proponer el cese del Decano o Director mediante la adopción de una moción de censura, la cual necesitará ser aprobada por: 19 de los componentes de la Junta de Centro 20 de los componentes de la Junta de Centro 21 de los componentes de la Junta de Centro 22 de los componentes de la Junta de Centro.
La moción de censura en la Junta de Centro para el cese del Decano o Director deberá ser presentada a la Junta de Centro al menos por: 8 de los componentes de la misma 9 de los componentes de la misma 10 de los componentes de la misma 11 de los componentes de la misma.
La moción de censura para proponer el cese del Decano o Director que se proponga desde la Junta de Centro habrá de ser votada: Transcurridos al menos cinco días, y antes del décimo día natural a contar desde su presentación Transcurridos al menos siete días, y antes del decimosegundo día natural a contar desde su presentación Transcurridos al menos siete días, y antes del decimoquinto día natural a contar desde su presentación Transcurridos al menos diez días, y antes del decimoquinto día natural a contar desde su presentación.
El artículo 55 de los Estatutos de la Universidad de Málaga dispone que la creación de un Departamento, su supresión o su modificación, se aprobará por: El Consejo de Gobierno de la Universidad El Claustro Universitario El Consejo Social La Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Consejo de Departamento celebrará sesión ordinaria al menos: Una vez al mes Una vez al trimestre Una vez al cuatrimestre Una vez al semestre.
El Consejo de Departamento podrá ser convocado con carácter extraordinario, a iniciativa del Director, o a petición de: La mitad de los miembros con derecho a voto La mitad más uno de los miembros con derecho a voto Un tercio de los miembros con derecho a voto Un quinto de los miembros con derecho a voto.
Producido el cese o dimisión del Director de Departamento, este procederá a la convocatoria de elecciones en el plazo máximo de: Quince días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión Veinte días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión Treinta días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión Cuarenta días lectivos, contados desde la fecha de cese o dimisión.
La Gerencia presentará, junto a la memoria económica, el inventario de bienes y derechos actualizado a 31 de diciembre del año anterior que será público para toda la comunidad universitaria: Dentro del primer trimestre de cada año Dentro del segundo trimestre de cada año Dentro del tercer trimestre de cada año Dentro del último trimestre de cada año.
Los actos de disposición de los bienes inmuebles y de los muebles de extraordinario valor serán acordados por: El Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga con la aprobación del Consejo Social El Consejo Social de la Universidad de Málaga con la aprobación del Consejo de Gobierno El Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga con la aprobación del Claustro El Consejo Social de la Universidad de Málaga con la aprobación del Claustro.
El proyecto de presupuesto será elaborado por: El/la Rector/a El Gerente El Secretario General El Vicerrector competente en materia presupuestaria.
El presupuesto de la Universidad de Málaga será aprobado por: La Comunidad Autónoma El Consejo Social El Consejo de Gobierno El/la Rector/a.
La aprobación de la Memoria Económica Anual de la Universidad será competencia de: La Comunidad Autónoma El Consejo Social El Consejo de Gobierno La Rectora.
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