Análisis Legal del Cultivo y Tenencia de Plantas para Consumo Personal y Comercialización
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Título del Test:
![]() Análisis Legal del Cultivo y Tenencia de Plantas para Consumo Personal y Comercialización Descripción: UNIDAD 3 |



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¿Qué pena se establece para el caso de escasa cantidad de plantas sembradas o cultivadas destinadas inequívocamente a consumo personal, según el Artículo 5°, penúltimo párrafo de la Ley Nro. 23.737?. Prisión de 4 a 15 años. Prisión de 1 mes a 2 años. Multa de 45 a 900 unidades fijas. ¿Cuál es la distinción esencial en la temática de la tenencia de plantas para consumo?. La cantidad de plantas y su destino. El tipo de planta cultivada y su origen. El lugar donde se cultiva y la presencia de semillas. En caso de que el destino de la planta no sea inequívocamente el consumo, sino la fabricación de estupefacientes, ¿cuál es la pena en abstracto?. De 1 mes a 2 años de prisión. De 3 meses a 4 años de prisión. La misma que para la tenencia con fines de comercialización (4 a 15 años de prisión). ¿Qué factor es determinante para establecer la calidad de estupefaciente en el caso de las semillas?. Su cantidad y apariencia. Su capacidad germinativa. La presencia de principio activo de la droga. ¿Qué declaró la Sala II de la Cámara Federal de La Plata respecto al penúltimo párrafo del artículo 5° de la ley 23.737 en el caso 'Parissi'?. Declaró su constitucionalidad y confirmó la condena. Declaró su inconstitucionalidad por considerarlo contrario al artículo 19 de la Constitución Nacional. Solicitó una nueva interpretación de la norma al Tribunal Superior. En el caso analizado por la Cámara Federal de La Plata, ¿qué se le incautó a la pareja acusada en un vivero?. Semillas y material para fabricar drogas. Nueve plantas de marihuana, ramas, hojas y 55 semillas de cannabis. Plantas de marihuana en gran cantidad para comercialización. ¿Por qué la defensa argumentó que el juez de primera instancia cometió un error al procesar a la pareja en el caso 'Parissi'?. Porque la cantidad de plantas era mínima y no apta para producción. Porque se trataba de plantas ornamentales y no de marihuana. Porque las plantas debían considerarse como materia prima y no como material producido. El Tribunal en el caso 'Parissi' consideró que la sentencia era arbitraria al haber tenido por constatado ¿qué elemento?. La posesión de semillas aptas para germinación. La trascendencia a terceros de las plantas. La intención de comercialización de la droga. ¿Qué sostiene el voto del camarista César Álvarez respecto a la conducta de los imputados en el caso 'Parissi'?. Que la conducta era compatible con el artículo 19 de la CN y no debía ser sancionada. Que la sustancia estaba destinada al consumo personal y no debía sancionarse. Que la conducta debía encuadrarse en el penúltimo párrafo del artículo 5° de la ley, sancionando el consumo personal. ¿Por qué el camarista César Álvarez considera que la norma sanciona la conducta de consumo personal de forma incompatible con el artículo 19 de la CN?. Porque el artículo 19 protege las acciones privadas sin interferencia del Estado. Porque el consumo personal no afecta a terceros. Porque la pena es desproporcionada para el consumo personal. ¿Qué establece la doctrina y jurisprudencia sobre el 'almacenamiento' según el Artículo 5° Inc. 'C' de la Ley Nro. 23.737?. Que es una tenencia agravada por la cantidad. Que requiere un propósito de comercialización específico. Que es un delito de resultado y no de peligro abstracto. Para que se configure el delito de 'almacenamiento' de estupefacientes, ¿qué se requiere además de la tenencia?. La intención de traficar con la droga. Una cantidad significativa y acondicionamiento especial. La demostración de que la droga estaba destinada a la venta. ¿Qué significa que el almacenamiento de estupefacientes sea un delito de 'peligro abstracto'?. Que se castiga la simple posesión de la droga. Que se desvincula la acción del resultado y la punibilidad se basa en la peligrosidad general de la acción. Que se requiere probar el daño real a la salud pública. Respecto al delito de 'Transporte' de estupefacientes, ¿qué ha sostenido la jurisprudencia?. Requiere la intención de comercialización o venta. Basta acreditar el efectivo desplazamiento de la droga, sin importar el destino. Solo se configura si la droga llega a su destino final. En el caso 'VALLEJOS, Facundo Ezequiel', ¿qué se consideró para la consumación del delito de transporte?. La cantidad de droga transportada. El medio utilizado para el transporte. El momento en que comienza el traslado del material. ¿Cuál es la pena para el delito de comercio y tenencia con fines de comercialización según el Art. 5° de la Ley Nro. 23.737?. Prisión de 1 mes a 2 años. Prisión de 6 meses a 3 años. Prisión de 4 a 15 años y multa. Para que se configure el delito de 'COMERCIO' de estupefacientes, ¿qué se debe acreditar?. La posesión efectiva de la droga. La intención de mercadear la droga ('ultraintención'). La distribución a consumidores finales. ¿Qué establece el fallo 'C.,K.' de la Cámara de Casación Penal respecto a la habitualidad en el delito de comercio?. Es necesaria la pluralidad de actos para acreditar la habitualidad. La habitualidad se puede evidenciar en un solo acto del autor. El suministro aislado a título oneroso excluye el delito de comercio. ¿Qué establece la Ley Nro. 14.239 de la Provincia de Santa Fe respecto a la competencia en materia de estupefacientes?. Transfiere toda la competencia a la justicia federal. Adhiere a la desfederalización parcial y asume competencia en ciertos delitos. Crea una nueva figura penal para el microtráfico. ¿Qué artículos de la Ley Nro. 23.737 son de competencia de la provincia de Santa Fe, según la ley de adhesión provincial?. Solo el artículo 14. El artículo 5° (incisos c y e), penúltimo y último párrafo, y el artículo 14. Todos los artículos relacionados con el tráfico de drogas. ¿Qué pena se aplica al suministro gratuito ocasional de estupefacientes para uso personal según el Art. 5°, inciso e) de la Ley Nro. 23.737?. Prisión de 1 mes a 2 años. Prisión de 6 meses a 3 años. Prisión de 3 a 12 años. ¿Cuál es la pena prevista en el Artículo 14 de la Ley Nro. 23.737 para la tenencia de estupefacientes?. Prisión de 4 a 15 años. Prisión de 1 mes a 2 años. Prisión de 1 a 6 años. Según el Artículo 14, ¿cuándo la pena por tenencia de estupefacientes se reduce a un mes a dos años de prisión?. Cuando la cantidad es significativa y está almacenada. Cuando la cantidad es escasa y la tenencia es para uso personal. Cuando la droga es para fines de comercialización. ¿Qué delito se reprime en el Artículo 29 de la Ley Nro. 23.737?. La producción de estupefacientes. La falsificación o uso de recetas médicas relacionadas con estupefacientes. El transporte de estupefacientes. Los delitos de Suministro Infiel o Irregular de Medicamentos están mencionados en relación a qué artículo de la Ley Nro. 23.737?. Artículo 5°. Artículo 14. Artículo 34, Inciso 6° del Código Penal. La nueva normativa provincial en Santa Fe establece criterios prioritarios para la persecución penal del microtráfico. ¿Cuál es uno de los supuestos prioritarios?. Venta de semillas para cultivo personal. Mercados abiertos que se desarrollen en espacios públicos. Cultivo de plantas en viviendas particulares. ¿Qué se prioriza en la persecución del microtráfico cuando no involucra zonas de alta conflictividad pero sí distribución entre mayores y menores de edad?. La persecución indiscriminada de todos los involucrados. Una persecución estratégica orientada a los vendedores, evitando afectar a los menores consumidores. El archivo de los casos si no hay tráfico oneroso. ¿Cuál es el objetivo final de la persecución penal del microtráfico en Santa Fe, según la Ley 14.239?. El encarcelamiento masivo de pequeños distribuidores. El mejoramiento de la calidad de vida de las personas y el desaliento de la conducta ilícita. La erradicación total del consumo de estupefacientes. ¿Qué procedimiento se seguirá para la destrucción de estupefacientes y elementos relacionados?. Se realizará a discreción del juez interviniente. Se realizará en acto público, siguiendo un procedimiento fijado por el Tribunal Superior de Justicia. Se destruirán inmediatamente después de la pericia. ¿Qué especies vegetales se destruirán específicamente por incineración?. Todas las plantas incautadas. Papaver somniferum L, Erythroxylon coca Lam y Cannabis sativa L. Únicamente el Cannabis sativa L. Antes de la destrucción de estupefacientes, ¿qué es necesario practicar?. Una tasación de los bienes. Una pericia para determinar su naturaleza, calidad y cantidad. Un análisis del origen de la sustancia. ¿Qué se hará con los bienes e instrumentos empleados para la comisión del delito?. Serán devueltos al imputado. Serán decomisados, salvo que pertenecieran a un tercero no responsable. Serán utilizados por las fuerzas de seguridad. ¿Cuál es la pena mínima para quien siembre o cultive plantas destinadas a obtener estupefacientes para consumo personal, según la interpretación general?. 1 mes de prisión. 6 meses de prisión. 3 meses de prisión. ¿Qué requisito es fundamental para que las semillas sean consideradas 'utilizables para producir estupefacientes'?. Que sean de la variedad Cannabis Sativa. Que tengan capacidad germinativa. Que posean el principio activo de la droga. En el caso 'Parissi', ¿qué argumento principal utilizó la defensa para solicitar el sobreseimiento?. Que la cantidad secuestrada era ínfima. Que las plantas se encontraban en un vivero y no en un domicilio. Que la conducta encuadraba en acciones privadas protegidas por la Constitución. La jurisprudencia chilena citada en el fallo 'Parissi' sobre el cultivo para consumo personal, ¿a qué artículo de su ley hace referencia?. Artículo 4°. Artículo 5°. Artículo 19. ¿Cuál es la diferencia fundamental entre la pena por cultivo para consumo personal y la pena por cultivo para fabricación de estupefacientes?. No hay diferencia, la pena es la misma. La pena por fabricación es considerablemente menor. La pena por fabricación es considerablemente mayor. ¿Qué factor, además de la cantidad, es esencial verificar en los casos de cultivo de plantas para estupefacientes?. La nacionalidad del cultivador. La productividad de la planta (idoneidad por cantidad y calidad). La presencia de otros cultivos en la zona. ¿Qué implica la declaración de inconstitucionalidad de una norma según el texto?. Que la norma deja de tener efecto retroactivo. Que la norma no puede ser aplicada por afectar principios constitucionales. Que la norma debe ser modificada por el Congreso. En el contexto de la autonomía privada, ¿qué capacidad tiene cada individuo según el texto?. La de tomar decisiones que afecten a otros individuos. La de definir su propio proyecto de vida y sus reglas de conducta. La de legislar sobre las acciones de otros. ¿Por qué la Corte Suprema ha establecido que el almacenamiento es un delito de peligro abstracto?. Porque la cantidad almacenada siempre es peligrosa. Porque se desvincula la acción del resultado y se castiga el peligro general de la acción. Porque el resultado directo es la adicción. Para el delito de transporte, ¿qué se entiende por 'desplazamiento de la droga de un lugar a otro'?. Solo el traslado en vehículos motorizados. Cualquier acto que implique mover la sustancia, independientemente del medio. El traslado que llega a un punto de venta. El delito de comercio y tenencia con fines de comercialización abarca tanto el comercio como: El consumo personal. La simple tenencia. La tenencia con fines de comercialización. ¿Qué se entiende por 'ultraintención' en el delito de comercio de estupefacientes?. La intención de consumir la droga. La intención de traficar o vender la droga. La posesión de una gran cantidad de droga. La Ley Provincial Nro. 14.239 en Santa Fe, ¿qué relación tiene con la Ley Nacional N° 23.737?. La deroga completamente en el ámbito provincial. Adhiere a la desfederalización parcial de competencia penal. Establece penas más leves que la ley nacional. Si el suministro de estupefacientes es a título gratuito, ocasional y para uso personal, ¿cuál es la pena según el inciso e) del Art. 5°?. De 1 mes a 2 años de prisión. De 3 meses a 12 años de prisión. De 6 meses a 3 años de prisión. ¿Qué se infiere de la lectura del artículo 5° de la Ley Nro. 23.737 en relación a la tenencia para comercialización?. Que es un delito menor. Que la pena es la misma que para el comercio. Que requiere posesión efectiva de la droga. Según el Art. 30 de la Ley 23.737, ¿quién dispondrá la destrucción de los estupefacientes en infracción?. La policía. El juez. El fiscal. ¿Qué tipo de delitos menciona el Art. 34, Inc. 6° de la Ley Nro. 23.737 como competencia de la justicia federal, y que también son referenciados en el Código Penal?. Delitos de robo y hurto. Delitos de suministro o producción irregular de medicamentos. Delitos contra la propiedad. |




