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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEAO T11

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Título del test:
AO T11

Descripción:
Test personal 11

Autor:
Doraemon
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
30/05/2022

Categoría:
Personal

Número preguntas: 14
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Temario:
Es falso, en la relación de empleo estatutaria del/de la empleado/a público/a en el régimen que establece la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi, que haya obligación: Al fiel desempeño de su función o cargo conforme a la dirección y objetivos que por el ente público se establezcan De prestación de servicios en contraprestación al salario en términos de efectividad y presencia física o virtual por medios telemáticos A la cooperación en el ejercicio de las funciones de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia, profesionalidad e imparcialidad A la cooperación en la mejora de los servicios.
Es falso decir, en relación al ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, que: El cargo de presidente o presidenta del ente lo ejercerá el/ la Consejero/a del Departamento de Sanidad Los órganos rectores del ente son el consejo de administración y el/la presidente/a El consejo de Administración del Ente estará integrado por el/la Presidente/a y por un numero no superior a cinco miembros en representación de la Administración del Estado Está comprendida entre las atribuciones del Consejo de Administración la planifica­ion estratégica de medios adscritos al ente.
De acuerdo con la Ley 8/ 1997, de 26 de junio, se consideran como el instru­mento de clasificación orientado a la organización, promoción y desarrollo integral Las plantillas Los grupos profesionales Los puestos funcionales Las categorias.
Es falso decir que, entre los derechos, obligaciones y garantías que constitu­yen la relación de empleo estatutaria del empleado público en el régimen que esta­blece la Ley Ordenación sanitaria de Euskadi, esté: El derecho al Régimen General de Seguridad Social La obligación al ejercicio de las funciones de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia, profesionalidad e imparcialidad La posibilidad de la prolongación de la permanencia voluntaria en la situación de servicio activo hasta, como máximo, los 68 años La obligación a la cooperación en la mejora de los servicios.
Conforme al artículo 28 de la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la creación, modificación o supresión de grupos y categorías se realizará por: Ley del Parlamento Vasco Decreto del Gobierno Vasco Orden Ley de las Cortes Generales.
En relación al ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, es falso decir que: Las plantillas de personal serán aprobadas por su consejo de administración Las necesidades de efectivos que respondan a la realización de tareas de duración determinada podrán dar lugar, siempre que exista dotación económica suficiente, a una relación de empleo estatutaria de carácter eventual Cada organización del ente establecerá la planificación interna y determinación de sus necesidades de recursos humanos a través de sus planes estratégicos y de gestión En casos extraordinarios de alta especialización, podrán vincularse profesionales en régimen de contratación laboral permanente a las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del ente.
El régimen estatutario de personal que establece la Ley de ordenación sanitaria de Euskadi resultará de aplicación: A todo el personal que preste sus servicios en el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, sin excepciones Al personal funcionario de carrera de las organizaciones de servicios de Osakidetza exclusivamente A todo el personal que preste sus servicios en el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, sin perjuicio de las excepciones que deriven de los correspondientes pro­cesos de integración Al personal funcionario de carrera de las organizaciones de servicios de Osakidetza y al personal estatutario fijo, exclusivamente .
Conforme al artículo 28 de la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la creación, modificación o supresión de grupos y categorías se realizará por: Resolución administrativa Orden Decreto del Gobierno Vasco Ley del Parlamento Vasco.
Las plantillas del personal del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud serán aprobadas por: El Consejo de Gobierno, a propuesta del/de la Consejero/a de Sanidad y Consumo El/ la Consejero/a de Sanidad y Consumo Su Presidente/a Su consejo de Administración.
Las necesidades de efectivos en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud que respondan a la realización de tareas de duración determinada y den lugar a una relación de empleo estatutaria de carácter eventual y con régimen de dedicación a tiempo completo, podrán tener una duración de: Hasta 6 meses, improrrogable Hasta 6 meses, prorrogable hasta un maximo de 3 años Hasta 3 años, prorrogable hasta un maximo de 6 meses Hasta 5 años, improrrogable.
Es falso decir, respecto del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, que: Cada organización del ente establecerá la planificación interna y determinación de sus necesidades de recursos humanos a través de sus planes estratégicos y de gestión Las necesidades de efectivos que respondan a la realización de tareas de duración determinada podrán dar lugar, siempre que exista dotación económica suficiente,a una relación de empleo estatutaria de carácter eventual En casos extraordinarios de alta especialización, podrán vincularse profesionales en régimen de contratación laboral permanente a las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del ente. Las plantillas de personal serán aprobadas por su consejo de administración.
Es falso, en la relación de empleo estatutaria del/de la empleado/a público/a en el regimen que establece la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi, que haya obligación: Al fiel desempeño de su función o cargo conforme a la dirección y objetivos que por ente Público se establezcan A la cooperación en el ejercicio de las funciones de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia, profesionalidad e imparcialidad. De prestación de servicios en contraprestación al salario en términos de efectividad y presencia física o virtual por medios telemáticos A la cooperación en la mejora de los servicios.
Es falso decir, en relación al personal directivo en el ente público Osakidetza. Servicio Vasco de Salud, que: Es el que, en virtud de nombramiento administrativo, desempeñe con carácter eventual tareas de gerencia o de dirección profesional no reservadas a personal estatutario fijo en cualquiera de las estructuras de gestión del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. Será nombrado libremente, en los términos que establece la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi Será separado libremente, en los términos que establece la Ley de Ordenación ­sanitaria de Euskadi Sólo podrán acceder a dicha condición personas con previa vinculación laboral con la Administración pública.
Cuando acceda, como personal directivo del ente público Osakidetza -Servicio Vasco de Salud, personal laboral fijo al servicio del propio ente, o de la Adminis­tración General de la Comunidad Autónoma, se le reconocerá en: Excedencia forzosa conforme a la legislación laboral correspondiente Servicio bajo otro régimen jurídico. Servicios especiales Excedencia voluntaria.
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