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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEArtículo 78 y 84

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Título del test:
Artículo 78 y 84

Descripción:
Ley 17/2017

Autor:
jgs29
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
22/03/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 43
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Temario:
A una adecuada formación y perfeccionamiento y a la promoción profesional. Derechos Deberes.
A una jornada de trabajo adaptada a las peculiaridades de la función policial. Derechos Deberes.
A unas adecuadas prestaciones de seguridad social. Derechos Deberes.
A obtener información y participar en las cuestiones de personal, a través de sus representantes sindicales. Derechos Deberes.
A las recompensas y premios que se establezcan reglamentariamente. Derechos Deberes.
A la asistencia y defensa letrada especializada, en los supuestos y con las condiciones que se determinen reglamentariamente. Derechos Deberes.
A la no discriminación alguna por razón de origen, etnia, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Derechos Deberes.
Al respeto de su intimidad, orientación sexual y propia imagen. Derechos Deberes.
A la dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual o por razón de sexo, moral y laboral. Derechos Deberes.
A la libertad de expresión, dentro de los límites del ordenamiento jurídico. Derechos Deberes.
A la inamovilidad en la condición de personal funcionario de carrera, que únicamente podrá perderse por las causas establecidas en las leyes. Derechos Deberes.
Al vestuario y equipo adecuado al puesto de trabajo que desempeñen. Derechos Deberes.
A la información y participación en temas profesionales, con las limitaciones derivadas de la función policial. Derechos Deberes.
A la representación y negociación colectiva, de acuerdo con la legislación vigente. Derechos Deberes.
A la prestación del servicio en condiciones adecuadas. Derechos Deberes.
A una adecuada carrera profesional. Derechos Deberes.
A una adecuada protección de la salud física y psíquica. Derechos Deberes.
A exponer, a través de la vía jerárquica, verbalmente o por escrito, todo tipo de sugerencias relacionadas con el funcionamiento del servicio, el horario o las tareas, así como cualquier otra petición que estimen pertinente referida al cuerpo de Policía Local. Derechos Deberes.
Al establecimiento de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de conformidad con la normativa vigente para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Derechos Deberes.
A la adopción de las medidas necesarias, con relación a las funcionarias de Policía Local, durante los periodos de gestación y lactancia, para que tengan la adecuada protección de sus condiciones de trabajo, en orden a evitar situaciones de riesgo, tanto para su propia seguridad y salud como para las del feto o lactante. Cuando los informes médicos así lo aconsejen, a las referidas funcionarias se les adecuarán sus condiciones de trabajo, eximiéndolas del trabajo nocturno o a turnos o adscribiéndolas a otro servicio o puesto de trabajo si fuera necesario, conservando el derecho al conjunto de las retribuciones de su puesto de origen mientras persistan las circunstancias que hubieran motivado tal situación. Derechos Deberes.
Jurar o prometer la Constitución y el Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana. Derechos Deberes.
Velar por el cumplimiento de la Constitución, del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana y del ordenamiento jurídico. Derechos Deberes.
Actuar en el cumplimiento de sus funciones con absoluta neutralidad e imparcialidad, y en consecuencia, sin discriminación por razón de etnia, género, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Derechos Deberes.
Actuar con integridad y dignidad inherentes al ejercicio de su función, absteniéndose de todo acto que suponga incumplimiento de la ley, comportamiento de corrupción o no ético, y oponiéndose a éstos resueltamente. Derechos Deberes.
Impedir y no ejercitar ningún tipo de práctica abusiva, entrañe o no violencia física o moral. Derechos Deberes.
Guardar el debido secreto y sigilo profesional en los asuntos del servicio que se le encomienden, así como de la identidad de las personas denunciantes. Derechos Deberes.
Llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, en defensa de la legalidad y de la seguridad ciudadana. Derechos Deberes.
Presentarse en todo momento en perfecto estado de uniformidad y aseo personal, salvo causa justificada.. Derechos Deberes.
Conservar adecuadamente los elementos materiales recibidos para el ejercicio de la función policial. Derechos Deberes.
Ser puntual y cumplir íntegramente la jornada de trabajo. Derechos Deberes.
Observar, en todo momento, una conducta de máximo decoro y probidad, ajustada a la dignidad de la profesión, tratando con esmerada educación a la ciudadanía. Derechos Deberes.
Salvaguardar la imagen de la corporación local, a la que asimismo representa como agente de la autoridad. Derechos Deberes.
Intervenir en evitación de cualquier tipo de delito. Derechos Deberes.
Prestar apoyo y colaboración a sus compañeros y compañeras, y a las demás personas integrantes de las fuerzas y cuerpos de seguridad, cuando se les requiera o fuera necesaria su intervención. Derechos Deberes.
Informar de sus derechos a las personas detenidas, comunicándoles, con la suficiente claridad, los motivos de la detención. Derechos Deberes.
Asumir, por parte del personal funcionario de mayor categoría, la iniciativa y responsabilidad en la realización de los servicios. Derechos Deberes.
Portar armas, y utilizarlas sólo en los casos y en la forma prevista en las leyes, de acuerdo con los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance. Derechos Deberes.
Efectuar las solicitudes o reclamaciones relacionadas con el servicio utilizando los cauces reglamentarios. Derechos Deberes.
Mantener en el servicio una actitud de activa vigilancia, informando por conducto reglamentario de las incidencias que se produzcan. Derechos Deberes.
Saludar a las autoridades locales, autonómicas, estatales, y mandos de las policías locales, y a sus símbolos e himnos en actos oficiales, así como a la ciudadanía a la que se dirijan, siempre que no tengan asignadas otras funciones que lo impidan o cuando no sea posible de manera justificada. Derechos Deberes.
Obedecer y ejecutar las órdenes que reciban de sus superiores jerárquicos, siempre que no sean contrarias al ordenamiento jurídico, y desarrollar sus funciones de acuerdo con el principio de disciplina. Derechos Deberes.
Abstenerse del consumo de alcohol y estupefacientes o sustancias psicotrópicas durante la prestación del servicio. Derechos Deberes.
Comunicar la incapacidad por causas psicosociales a la jefatura del cuerpo, tanto propias como las observadas en otra persona integrante del cuerpo. Derechos Deberes.
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