ASUOTVII
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¿Cuándo se aprobó y publicó el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad de Oviedo (en adelante Convenio Colectivo)?: En 2007. En 2009. En 2011. En 2013. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad de Oviedo consta de: Un Preámbulo, un Título Preliminar y cuatro Títulos. Un Título Preliminar y seis Títulos. Cuatro Títulos. Seis Títulos. El Título II del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad de Oviedo se denomina: Relación de Puestos de Trabajo. Personal Docente e Investigador. Disposiciones Comunes. Personal de Administración y Servicios. La Universidad de Oviedo seleccionará a su personal laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales de: Igualdad, mérito y no discriminación. Mérito, capacidad, publicidad y no discriminación. Igualdad, capacidad, objetividad no discriminación. Publicidad, objetividad, igualdad, mérito y capacidad. En la Universidad de Oviedo, las comisiones de selección del personal laboral fijo en la fase de concurso-oposición libre estarán formadas por: Cinco miembros nombrados por la Gerencia, dos de ellos a propuesta del Comité de Empresa. Cinco miembros nombrados por el Rector, dos de ellos a propuesta del Comité de Empresa. Tres miembros nombrados por la Gerencia, uno de ellos a propuesta del Comité de Empresa. Tres miembros nombrados por el Rector, uno de ellos a propuesta del Comité de Empresa. Respecto a la provisión de vacantes de personal laboral fijo en la Universidad de Oviedo, cuál de las siguientes contestaciones no podrá ser considerada como una de sus fases : Reingreso de excedentes voluntarios. Concurso de traslado. Libre designación. Concurso-oposición restringido. Según el Convenio Colectivo, el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de administración y servicios de acuerdo con las necesidades de los servicios recibe el nombre de: Plantillas Orgánicas. Relaciones de Puestos de Trabajo. Plantillas Teóricas. Catalogaciones de Puestos. Según el Convenio Colectivo, las propuestas de elaboración y de modificación de las RPTs del personal laboral se efectuarán por: El Gerente de cada Universidad. El Rector de cada Universidad. El Consejo de Gobierno de cada Universidad. El Consejo Social de cada Universidad. Según el Convenio Colectivo, las convocatorias para la provisión de vacantes, tanto por concurso de traslado como por concurso-oposición libre, se elaborarán por: El Comité de Empresa, previa negociación con la Comisión Paritaria. La Comisión Paritaria, previa negociación con el Comité de Empresa. La Gerencia de la Universidad, previa negociación con el Comité de Empresa. El Rector, previa propuesta de la Gerencia. Según el Convenio Colectivo, para el reingreso de excedentes voluntarios la adjudicación de la plaza se efectuará por: Riguroso orden de antigüedad entre los excedentes voluntarios en la categoría laboral correspondiente o inferior. Riguroso orden de solicitud entre los excedentes voluntarios en la categoría laboral correspondiente o inferior. Riguroso orden de cualificación profesional entre los excedentes voluntarios en la categoría laboral correspondiente o inferior. Riguroso orden de edad entre los excedentes voluntarios en la categoría laboral correspondiente o inferior. Según el Convenio Colectivo, los contratos temporales no podrán superar: El 3% de la plantilla. El 5% de la plantilla. El 7% de la plantilla. El 10% de la plantilla. Según el Convenio Colectivo, el personal con titulación de bachiller estará encuadrado en el: Grupo II: Titulados de Grado Me- dio. Grupo III: Técnicos Especialistas. Grupo IV.A: Oficiales. Grupo IV.B: Auxiliares. Según el Convenio Colectivo, el procedimiento para modificar la categoría profesional de los trabajadores podrá ser el de: Concurso de méritos. Oposición. Concurso-oposición. Libre Designación. Según el Convenio Colectivo, si la Universidad precisara destinar a un trabajador a tareas correspondientes a una categoría inferior a la suya por un periodo de sustitución superior a dos meses: El trabajador podrá negarse a ello. El trabajador no tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo anterior. Se ajustará al trabajador su retribución salarial conforme a la nueva categoría profesional. Se establecerá un turno de rotación por períodos bimensuales. Según el Convenio Colectivo, el personal cuya capacidad haya disminuido por edad u otras circunstancias apreciadas por el órgano competente de la Administración: Será destinado a un trabajo adecuado a sus condiciones. Será destinado a un trabajo sin merma retributiva. Será destinado a un trabajo dentro de los puestos disponibles y de acuerdo con su capacidad. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Según el Convenio Colectivo, los trabajadores no tendrán derecho a participar en las acciones de formación durante: Los permisos de maternidad. Cualquier circunstancia de la necesidades del servicio. Una situación de incapacidad laboral. Los permisos de paternidad. Según el Convenio Colectivo, la jornada de trabajo será: De cuarenta horas semanales. De un mínimo de treinta y siete horas semanales. De treinta y cinco horas semanales. De un máximo de treinta y seis horas semanales. Según el Convenio Colectivo, en aquellas unidades en que la Gerencia determine la necesidad de prestación de servicios en sábado, domingo o festivo: Se percibirá el complemento correspondiente a sábados, domingos y festivos. No se podrá sobrepasar el cómputo mensual de horas. Se establecerá una jornada semanal diferenciada y rotatoria. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Según el Convenio Colectivo, en aquellos servicios de la Universidad de Oviedo en los que proceda establecer una jornada diferenciada, la Gerencia establecerá su régimen: Previa petición motivada del interesado. Previa autorización del Consejo de Gobierno. Previa negociación con el Comité de Empresa. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo tendrán derecho a una pausa de descanso durante la jornada laboral de: Quince minutos. Veinte minutos. Veinticinco minutos. Treinta minutos. Según el Convenio Colectivo, las horas extraordinarias realizadas se compensarán con carácter general: Con una hora de descanso retribuido. Con una hora y treinta minutos de descanso retribuido. Por tiempo de descanso sin retribuir. No se compensarán puesto que están prohibidas su realización. Todos los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo tendrán derecho a disfrutar durante cada a o natural completo de servicio activo una vacación retribuida de: 22 días laborales. 23 días laborables. 30 días laborables. 33 días naturales. Según el Convenio Colectivo, cuando el trabajador solicite días de vacaciones deberá realizarlo en periodos mínimos de: Cinco días hábiles consecutivos. Cinco días naturales consecutivos. Tres días hábiles consecutivos. Tres días naturales consecutivos. Según el Convenio Colectivo, el trabajador tendrá derecho a solicitar un permiso retribuido por matrimonio o pareja de hecho inscrita legalmente: Por un periodo de 15 días naturales consecutivos. Por un periodo de 15 días hábiles consecutivos. Por un periodo de 20 días naturales consecutivos. Por un periodo de 20 días hábiles consecutivos. Según el Convenio Colectivo, el trabajador tendrá derecho a solicitar un permiso retribuido por enfermedad o accidentes muy graves de familiares hasta el primer grado: De hasta 15 días. De hasta 10 días. De hasta 7 días naturales. De hasta 5 días hábiles. Según el Convenio Colectivo, señale la contestación correcta: en el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se indican, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales: Quince años de servicio: veintiséis días hábiles. Veinte años de servicio: veintisiete días hábiles. Veinticinco años de servicio: veinticinco días hábiles. Treinta o más a os de servicio: veintisiete días hábiles. El personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Oviedo , con carácter general, a cuántos días tendrá derecho en concepto de permiso de libre disposición por asuntos particulares : A diez días anuales. A dos días mensuales como máximo. A siete días anuales, siempre que no disponga de más de un día al mes. A cinco días anuales. Según el Convenio Colectivo, el personal que haya cumplido al menos un año de servicios efectivos: Podrá solicitar licencias sin sueldo por un plazo no inferior a diez días, ni superior, a dos meses. Podrá solicitar licencias sin sueldo por un plazo no inferior a quince días, ni superior, a tres meses. Podrá solicitar licencias con sueldo por un plazo no inferior a quince días, ni superior, a dos meses. No podrá solicitar licencias. Según el Convenio Colectivo, un trabajador tendrá derecho a la reducción de jornada por cuidado de familiar de primer grado: Hasta el 25% de la jornada laboral, de carácter retribuido, por razón de enfermedad muy grave, por el plazo máximo de un mes. Hasta el 50% de la jornada laboral, de carácter no retribuido, por razón de enfermedad grave, por el plazo máximo de dos meses. Hasta el 25% de la jornada laboral, de carácter no retribuido, por razón de enfermedad grave, por el plazo máximo de dos meses. Hasta el 50% de la jornada laboral, de carácter retribuido, por razón de enfermedad muy grave, por el plazo máximo de un mes. Dentro del capítulo correspondiente a las retribuciones del Convenio Colectivo, ¿cuál de los siguientes complementos no pertenece a la categoría de puestos de trabajo?: Carrera profesional. Disponibilidad. Jornada partida. Informático. Dentro de los complementos de calidad y cantidad de trabajo del Convenio Colectivo se encuentra: El complemento de nocturnidad. El complemento de dirección o jefatura. El complemento de trabajo en sábados, domingos y festivos. El complemento de responsabilidad. Según el Convenio Colectivo, el complemento de peligrosidad, toxicidad y penosidad: Se percibirá indefinidamente siempre que se realicen dichas tareas durante un periodo mínimo de dos años. Tendrá carácter consolidable. Se percibirá por la realización habitual de trabajos en puestos en los que, una vez adoptadas las medidas preventivas pertinentes, se mantenga la exposición a situaciones de riesgo incontrolable. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Según el Convenio Colectivo, el complemento de nocturnidad se podrá aplicar si las horas trabajadas están comprendidas entre: Las nueve de la noche y las seis de la mañana. Las diez de la noche y las siete de la mañana. Las diez de la noche y las siete de la mañana. Las diez de la noche y las seis de la mañana. Según el Convenio Colectivo, el complemento de dirección o jefatura: Exigirá, para su reconocimiento, el previo informe del Comité de Empresa. No podrá afectar a más del 15 de la plantilla. No tendrá que estar previsto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Según el II Convenio Colectivo, el complemento de especialización del trabajador se percibirá por el personal laboral fijo que cumpla el siguiente requisito: No haber sido sancionado por falta leve, grave o muy grave en el periodo de siete años en periodo a computar, con sanción firme. Ocho años de servicio en la Universidad computando los servicios prestados en cualquiera de las Universidades Públicas de Castilla y León. Haber asistido a un mínimo de 50 horas de formación o reciclaje contempladas en los planes de formación de las universidades. Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta. Según el Convenio Colectivo,¿existe un complemento de compensación por vestuario?: No. Sí, y el personal lo recibirá al mes siguiente de la presentación del justificante acreditativo. Sí, y el personal lo percibirá durante el primer trimestre de cada año. Sí, pero requerirá la previa autorización del Comité de Empresa. Según el Convenio Colectivo, al producirse la jubilación obligatoria o la invalidez permanente de un trabajador que tuviera diez a os como mínimo de antigüedad reconocida en la Universidad percibirá de ésta: El importe integro de seis mensualidades y una mensualidad más por cada tres a os o fracción que exceda de los diez de referencia. El importe integro de tres mensualidades y una mensualidad más por cada tres a os o fracción que exceda de los diez de referencia. El importe integro de seis mensualidades y una mensualidad más por cada cinco a os o fracción que exceda de los diez de referencia. El importe integro de tres mensualidades y una mensualidad más por cada cinco a os o fracción que exceda de los diez de referencia. Según el Convenio Colectivo, los trabajadores tendrán derecho a la suspensión de su contrato con reserva de su puesto en el siguiente caso: Privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria firme. Ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales electivas sin que se perciban retribuciones por el mismo. Maternidad de la mujer trabajadora y adopción o acogimiento, pre-adoptivo o permanente, de menores de ocho años. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Según el Convenio Colectivo, los trabajadores tendrán derecho a un periodo de excedencia por cuidado de familiares: Cuya duración no podrá ser superior a tres a os. Cuyo periodo será computable a efectos de antigüedad. En el que tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo. Todas las contestaciones anteriores son correctas. Según el Convenio Colectivo, la excedencia voluntaria podrá ser solicitada por los trabajadores: Siempre que la duración de esta situación no sea inferior a cuatro meses. Que tengan al menos dos años de antigüedad al servicio de la Universidad. Siempre que la duración de esta situación no sea superior a siete años. Si han transcurrido cinco a os desde el final de la anterior excedencia voluntaria ejercida por el mismo trabajador. Según el Convenio Colectivo no será considerada como falta leve: La incorrección en el trabajo o del respeto debido a los superiores, compañeros o inferiores. Las faltas repetidas de puntualidad sin causa justificada. La desconsideración con el público en el ejercicio del trabajo. La simulación de enfermedad o accidente. Según el Convenio Colectivo, cometer tres faltas injustificadas en un periodo de tres meses se considerará: Amonestación. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Según el Convenio Colectivo será considerada como falta grave: El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo o puesto. El acoso laboral. La violación de la imparcialidad. El abandono del servicio. Según el Convenio Colectivo no será considerada como falta grave: Intervenir en un procedimiento administrativo cuando concurra una causa legal de abstención. El incumplimiento injustificado del horario o la jornada de trabajo que, acumulado, suponga un mínimo de diez horas al mes. La falta de obediencia a las órdenes de trabajo de sus superiores y autoridades. La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Universidad o a los ciudadanos. Según el Convenio Colectivo no será considerada como falta muy grave: La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que se tengan o hayan tenido acceso por razón de su cargo o función. El incumplimiento o abandono de las normas y medidas de seguridad en el trabajo, y prevención de riesgos laborales, establecidas por la Universidad, cuando de ellas se puedan derivar riesgos para la salud y la integridad física del propio trabajador o de terceros. El notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas. La violación de la imparcialidad, utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito. Según el Convenio Colectivo, la sanción que podrá imponerse por faltas leves será: Inhabilitación para la promoción o ascensos así como para concurrir a pruebas selectivas por un período inferior a un año. Traslado forzoso sin derecho a indemnización. Suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días. Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta. Según el Convenio Colectivo, la sanción impuesta a un trabajador relacionada con el traslado forzoso, sin derecho a indemnización, de seis meses a tres años, será calificada como: Leve. Grave. Muy grave. Esta sanción no puede ser impuesta a un trabajador incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo. Según el Convenio Colectivo, las infracciones graves prescribirán: A los tres días. A los dos años. Al año. A los seis meses. Según el Convenio Colectivo, la Asamblea de los Trabajadores de la Universidad deberá ser convocada por: El Comité de Empresa. Un 10 por 100 de los trabajadores de la plantilla. Los Delegados Sindicales. La Junta de Personal. Según el Convenio Colectivo, los Delegados Sindicales tendrá el siguiente derecho: A reunirse en los locales de la Universidad en las mismas condiciones que se señalen para la Asamblea de los trabajadores. A la libre difusión en la Universidad de sus publicaciones, avisos u opiniones que puedan interesar a los respectivos afiliados al Sindicato y a los trabajadores en general. Las mismas garantías que los representantes unitarios. Todas las contestaciones anteriores son correctas. |