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auseunovteII

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Título del Test:
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Fecha de Creación: 2020/12/05

Categoría: Deportes

Número Preguntas: 48

Valoración:(2)
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El personal docente e investigador de las Universidades públicas estará compuesto: De funcionarios y de personal contratado. De funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y de personal contratado. De funcionarios de los cuerpos docentes, de personal docente eventual y de personal contratado. De funcionarios de los cuerpos docentes y de personal docente eventual.

El profesorado universitario funcionario podrá pertenecer al cuerpo docente de: Catedráticos Numerarios de Universidad. Catedráticos de Escuelas Universitarias. Profesores Titulares de Escuelas Universitarias. Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta.

No es una modalidad de contratación laboral específica del ámbito universitario la figura de: Profesor Ayudante. Profesor Asociado. Profesor Visitante. Todas lo son.

La contratación de personal docente e investigador se hará: Mediante concurso público en todos los casos. Mediante oposición. Mediante concurso-oposición. Mediante concurso público, excepto la figura de Profesor Visitante.

El personal docente e investigador contratado, computado en equivalencias a tiempo completo, no podrá superar: El 49% del total de personal docente e investigador de la universidad. El 50% del total de personal docente e investigador de la universidad. El 51% del total de personal docente e investigador de la universidad. El 40% del total de personal docente e investigador de la universidad.

¿Quién establecerá el régimen del personal docente e investigador contratado de las universidades?: El Gobierno. El Consejo de Gobierno de las Comunidades Autónomas. Las Comunidades Autónomas. Las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

No es una modalidad de contratación laboral específica del ámbito universitario la figura de: Profesor Contratado Doctor. Profesor Ayudante Doctor. Ayudante. Todas lo son.

Las universidades podrán contratar como Ayudantes: A quienes hayan concluido los estudios de doctorado. A quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado. A quienes hayan sido admitidos o a quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado. A quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado.

El contrato de Profesoras y Profesores Asociados se podrá celebrar: Con investigadores de reconocida solvencia. Con especialistas de reconocida competencia. Con profesionales de reconocida competencia. Con profesionales de reconocida competencia.

La duración del contrato de los Profesores Ayudantes Doctores: No podrá ser inferior a un año ni superior a cuatro. No podrá ser inferior a un año ni superior a cinco. No podrá ser inferior a dos años ni superior a cinco. No podrá ser inferior a dos años ni superior a cuatro.

La dedicación a tiempo completo del profesorado universitario será necesario: Para formar parte de colegiados de gobierno. Para el desempeño de unipersonales de gobierno. Para formar parte de órganos colegiados de gobierno y para el desempeño de órganos unipersonales de gobierno. Para su contratación.

El contrato de Profesoras y Profesores Visitantes se podrá celebrar con profesores o investigadores: De reconocido prestigio de otras universidades. De reconocido prestigio de otras universidades y centros de investigación. De reconocido prestigio de otras universidades y centros de investigación españoles. De reconocido prestigio de otras universidades y centros de investigación, tanto españoles como extranjeros.

Las universidades podrán nombrar a Profesores Eméritos: De acuerdo con sus estatutos. De acuerdo con las normas que dicte el Gobierno. De acuerdo con las normas que dicten las Comunidades Autónomas. De acuerdo con el Estatuto de los Profesores Eméritos.

Las Comunidades Autónomas establecerán el régimen retributivo: Del profesorado de cuerpos docentes. Del personal docente de las universidades. Del personal docente e investigador contratado de las universidades. Del personal docente e investigador a tiempo completo de las universidades.

El personal docente e investigador con contrato laboral temporal no podrá superar: El 30% de la plantilla docente. El 40% de la plantilla docente. El 45% de la plantilla docente. El 50% de la plantilla docente.

El acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios exigirá: La previa obtención de una acreditación nacional. La previa obtención de la habilitación nacional. La obtención de una acreditación o habilitación nacional. La obtención de una evaluación nacional.

¿Quién regulará el procedimiento de acreditación nacional para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios?: El Gobierno. Las Cortes Generales. El Ministerio competente en materia de Universidades. Las Comunidades Autónomas.

Colaborarán en tareas docentes de índole práctica hasta un máximo de 60 horas anuales: Los Profesores Ayudantes Doctores. Los Ayudantes. Los Profesores Asociados. Los Profesores Contratados Doctores.

Los currículos de los miembros de las comisiones de acreditación para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios: No serán públicos. Se harán públicos tras su nombramiento. Se harán públicos tras su actuación. Se harán públicos tras la convocatoria de los procesos de acreditación.

Dónde se regulará la composición de las comisiones de selección de las plazas de los cuerpos docentes universitarios convocadas : En la normativa estatal que al efecto se dicte. En la normativa autonómica correspondiente. En los estatutos de cada universidad. En cada convocatoria de plazas.

Contra las propuestas de las comisiones de acreditación del profesorado universitario, los solicitantes podrán presentar una reclamación: Ante el Consejo de Universidades. Ante el Consejo de Coordinación Universitaria. Ante la Conferencia Sectorial de Política Universitaria. Ante la Comisión de Reclamaciones y Garantías.

La finalidad del contrato de Profesoras y Profesores Ayudantes Doctores será: La de desarrollar tareas docentes. La de desarrollar tareas de investigación. La de desarrollar tareas docentes y de investigación. La de desarrollar tareas docentes, académicas y de investigación.

Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios, los concursantes podrán presentar una reclamación: Ante el Rector. Ante el Consejo de Universidades. Ante la Comisión de Garantías. Ante el Defensor Universitario.

La convocatoria de plazas de los cuerpos docentes universitarios deberá ser publicada: En el BOE. En el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. En el BOE y en el de la Comunidad Autónoma. En el BOE y en el de la Comunidad Autónoma, así como en los periódicos de mayor tirada nacional y autonómica.

La acreditación nacional para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios será llevada a cabo: Mediante la valoración de méritos de los solicitantes. Mediante el examen de la documentación presentada por los solicitantes. Mediante el examen y juicio sobre la documentación presentada por los solicitantes. Mediante el examen, juicio y valoración sobre la documentación presentada por los solicitantes.

Tendrán plena capacidad docente e investigadora: Los Catedráticos de Universidad, exclusivamente. Los Profesores Titulares de Universidad, cuando ostenten el título de Doctor. Los Catedráticos de Universidad y los Profesores Adjuntos de Universidad. Los Catedráticos de Universidad y los Profesores Titulares de Universidad.

¿Quién informará sobre la regulación del procedimiento de acreditación nacional para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios?: El Consejo de Estado. La Conferencia General de Política Universitaria. La Conferencia de Rectores de las Universidades públicas. Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta.

Las comisiones de acreditación para acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios estarán compuestas: Por al menos 5 profesoras/es. Por al menos 7 profesoras/es. Por al menos 9 profesoras/es. Por al menos 6 profesoras/es.

Los miembros de las comisiones de acreditación para acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios pertenecerán: A los cuerpos de funcionarios docentes universitarios. A la plantilla de las Universidades a las ue correspondan las vacantes correspondientes. A cualquier cuerpo o escala de profesores universitarios. Al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, en todo caso.

La plaza obtenida tras un concurso de acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios deberá desempeñarse, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad, durante: Un año, al menos. Dos años, al menos. Tres años, al menos. Cuatro años, al menos.

Las denominaciones de las plazas de la relación de puestos de trabajo de profesores funcionarios de cuerpos docentes universitarios corresponderán: A las de las Áreas de Conocimiento existentes. A las de los Departamentos existentes. A la Facultad o Escuela donde se vaya a impartir la docencia. Al perfil docente e investigador que haya establecido previamente la Universidad.

El personal de administración y servicios de las Universidades estará formado: Por personal funcionario de las escalas de las propias Universidades. Por personal laboral contratado por la propia Universidad. Por personal funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Administraciones Públicas. Todas las contestaciones anteriores son correctas.

Corresponde al personal de administración y servicios: La gestión administrativa. La gestión económica y administrativa. La gestión técnica, económica y administrativa. La gestión técnica, electrónica, económica y administrativa.

No corresponde al personal de administración y servicios de las universidades públicas: El soporte a la investigación y la transferencia de tecnología. El apoyo, suplencia y asesoramiento a las autoridades académicas. El ejercicio de la gestión y administración. Todas las funciones anteriores corresponden al personal de administración y servicios de las universidades públicas.

Según la LOU, el personal funcionario de administración y servicios no se regirá: Por la legislación general de funcionarios. Por la LOU y sus disposiciones de desarrollo. Por los Estatutos de su Universidad. Por el Estatuto de Autonomía correspondiente.

El personal laboral de administración y servicios se regirá: Por la legislación laboral, exclusivamente. Por la legislación laboral y los convenios colectivos aplicables, exclusivamente. Además de las previsiones de la LOU, por la legislación laboral y los convenios colectivos aplicables. Además de las previsiones de la LOU y sus normas de desarrollo y de los Estatutos de su Universidad, por la legislación laboral y los convenios colectivos aplicables.

El personal de administración y servicios de las Universidades será retribuido con cargo: A los presupuestos generales del Estado. A los presupuestos de las mismas. A los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma correspondiente. A los presupuestos del Ministerio de Educación.

¿Quién establecerá el régimen retributivo del personal funcionario de las Universidades?: El Gobierno. La Comunidad Autónoma correspondiente. La Secretaría de Estado de Universidades. Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta.

¿Quién determinará los límites máximos del régimen retributivo del personal funcionario de las Universidades?: El Estado, oída la Conferencia General de Política Universitaria. La Comunidad Autónoma correspondiente, en el marco de las bases que dicten las Cortes Generales. La Comunidad Autónoma correspondiente, en el marco de las bases que dicte el Estado. La Comunidad Autónoma correspondiente, en el marco de las bases que dicte la Conferencia General de Política Universitaria.

¿Quién podrá establecer programas de incentivos para el personal funcionario de las Universidades?: El Ministerio de Hacienda. Las Comunidades Autónomas. El Gobierno. El Gobierno y las Comunidades Autónomas.

Los programas de incentivos para el personal funcionario de las Universidades estarán ligados a: Experiencia y capacidad. Méritos individuales vinculados a su contribución en la mejora de la docencia e investigación. Méritos individuales vinculados a su contribución en la mejora de la investigación y la transferencia de conocimiento. Méritos individuales vinculados a su contribución en la mejora de la docencia, investigación y la transferencia de conocimiento.

¿Quién podrá crear en las Universidades escalas propias de personal de administración de servicios?: Las Comunidades Autónomas. La Conferencia General de Política Universitaria. Las propias Universidades. El Gobierno, a propuesta de las propias Universidades.

Las escalas propias de personal de administración de servicios de las Universidades se crearán de acuerdo con: Los niveles de complemento de destino establecidos con carácter general. Los grupos de titulación exigidos de conformidad con la legislación autonómica correspondiente. Los grupos de titulación exigidos de conformidad con la legislación general de la función pública. Los niveles de complemento de destino de conformidad con la legislación general de la función pública.

La provisión de puestos de personal de administración y servicios de las Universidades se realizará: Por el sistema de concursos. Por el sistema de oposición. Por el sistema de concurso-oposición. Por el sistema de libre designación, en todo caso.

Se garantizará la publicidad de las correspondientes convocatorias para la selección del personal de administración y servicios mediante su publicación en: El Boletín Oficial del Estado. El Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. El Boletín Oficial del Estado y en el de la Comunidad Autónoma. El Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma y en el de la Provincia correspondiente.

La separación del servicio del personal de administración y servicios será acordada: Por el Rector. Por el Gerente. Por el órgano competente según la legislación de funcionarios. Por el órgano competente según disponga la Comunidad Autónoma correspondiente.

El máximo de horas mensuales que los ayudantes podrán colaborar en tareas docentes de índole práctica será hasta un máximo de. 40 horas. 50 horas. 60 horas. Ninguna es correcta.

La provisión de plazas de personal de administración y servicios se realizará por el sistema de: Oposición libre. Concurso. Libre designación en algunos casos. Concurso y libre designación en ciertos casos.

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