El origen más remoto del testamento no se conoce con certeza, pero sí consta que desde la antigüedad se reguló por costumbres y leyes la sucesión en los bienes de una persona difunta. ( ) v f. La característica del Derecho Romano desde sus primeros pasos, consistió en que lo esencial del testamento era nombramiento de herederos, para ocupar el lugar jurídico del pater familias. v f. El testamento, es nulo y puede pedir la declaración de la nulidad quien tenga interés en ello; principalmente los herederos intestados o los designados en otro testamento, podrán intentar la acción de nulidad. v f. El testamento es un acto perfecto una vez cumplidas las formalidades legales, aunque el efecto solemne se produzca cuando el testador fallece. v f. Dentro de la legislación ecuatoriana son hábiles para testar el menor de dieciocho años.
Verdadero v f. La sucesión testamentaria nace como consecuencia de dos hechos: Del aparecimiento de la propiedad privada como una reacción del individualismo en contra del grupo social y de un mayor desarrollo jurídico de los pueblos, esto lo manifiesta: Andrés Bello Somarriva Undurraga Claro Solar . En el Ecuador se concibe como un acto jurídico solemne, unilateral, dispositivo, incondicional, sujeto para su eficacia al evento de la muerte del testador, nos referimos: Contrato Matrimonio Testamento. . El testamento es un acto y no un contrato porque es la manifestación de la sola voluntad del testador, lo dijo: Claro solar Barros Errázuriz Sánchez Bustamante . Meza Barros manifiesta que la expresión “Testamento” se deriva de las voces latinas que significan: Testamento solemne. Testamento solemne. Testamento de voluntad. . El testamento es la manifestación de la voluntad del testador y por lo tanto se lo debe hacer ante testigos y eventualmente ante un: Un Juez Un notario Abogado .
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