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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEB -II

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Título del test:
B -II

Descripción:
Tema 1

Autor:
Maglia
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Fecha de Creación:
19/10/2023

Categoría:
Otros

Número preguntas: 63
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Temario:
La posición de la Administración ante el Derecho pivota en torno a dos cuestiones fundamentales (SEÑALA SOLO LO CORRECTO) 1. El SOMETIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN A LA LEY, a cuya ejecución limita sus posibilidades de actuación, mecanismo que precisa el principio de legalidad de la Administración. 2. Un complejo SISTEMA POSICIONAL de la Administración RESPECTO A LOS TRIBUNALES, basado en la AUTOTUTELA PREVIA y no definitiva de la Administración, que se completa con el CONTROL JURISDICCIONAL de la legalidad de su actuación, cuya decisión es DEFINITIVA E INMUTABLE. 1. El SOMETIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN A LA DOCTRINA JURÍDICA, 2. Un complejo SISTEMA IMPOSICIONAL de la Administración RESPECTO A LOS TRIBUNALES, basado en la TUTELA JUDICIAL EFECTIVA PREVIA .
Se puede definir el ORDENAMIENTO ADMINISTRATIVO como el conjunto de normas del DERECHO PÚBLICO INTERNO que regulan la actividad y la organización de las Administraciones Públicas. (SEÑALA SOLO LO CORRECTO) Está compuesto por normas de DERECHO PÚBLICO. Es parte del DERECHO PÚBLICO INTERNO. Regula la organización y la actuación de las AAPP. Para que una norma sea entendida como norma de DERECHO PÚBLICO INTERNO, SÍ es imprescindible que se refiera, por lo menos, a una Administración Pública (sea estatal, autonómica, local o institucional). Está compuesto por normas de Derecho Público + Derecho Privado. Para que una norma sea entendida como norma de DERECHO PÚBLICO INTERNO, NO es imprescindible que se refiera, por lo menos, a una Administración Pública (sea estatal, autonómica, local o institucional).
MAURICE HAURIOU sintetizó la expresión del "BLOQUE DE LA LEGALIDAD", integrado por... (SEÑALA SOLO LO CORRECTO) • las leyes, • los reglamentos, • los principios generales del derecho y • la costumbre por las leyes, los derechos y deberes de los ciudadanos, los principios generales del derecho y la costumbre por las leyes, los derechos fundamentales de de la Constitución, los principios generales del derecho y la costumbre.
MAURICE HAURIOU sintetizó la expresión del "BLOQUE DE LA LEGALIDAD", integrado por... (SEÑALA SOLO LO CORRECTO) • las leyes, • los reglamentos, • los principios generales del derecho y • la costumbre Esta concepción del principio de legalidad es la afirmada en el art.9.1 CE, al disponer que "los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico" Esta concepción del principio de legalidad es la afirmada en el art.9.1 CE, al disponer que "los poderes públicos SOLO están sujetos a la Constitución y NO al resto del ordenamiento jurídico".
La vigente Constitución Española de 1978 enuncia explícitamente la vinculación general de la Administración a las normas. Las exigencias del PRINCIPIO DE LEGALIDAD que se dictan en la constitución son: • Artículo 97 CE: "El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las Leyes" • Artículo 9 CE: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos" • Artículo 103 CE: "La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho". • Artículo 96 CE: "Los Tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios Tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional" • Artículo 147 CE: "(...) Los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico".
La vigente Constitución Española de 1978 enuncia explícitamente la vinculación general de la Administración a las normas. Las exigencias del PRINCIPIO DE LEGALIDAD que se dictan en la constitución son: Artículo 9 CE: Artículo 97 CE: .
La vigente Constitución Española de 1978 enuncia explícitamente la vinculación general de la Administración a las normas. Las exigencias del PRINCIPIO DE LEGALIDAD que se dictan en la constitución son: Artículo 103 CE Artículo 96 CE: Artículo 147 CE: "(...) .
En todo caso, puede determinarse que el principio de legalidad en España se ha construido sobre estas figuras: sometimiento de la Administración Establecimiento de una ORDENACIÓN JERÁRQUICA de las normas mediante la que se lleva a cabo una ordenación funcional del poder. en el caso de que la Administración actúe de modo que lesione el Derecho, el acto por el que se cometa la infracción quedará viciado, .
La Administración debe observar las LEYES emanadas del Parlamento, pero también todas las restantes NORMAS que integran el ordenamiento jurídico: la Constitución, las normas del Gobierno con fuerza de ley, los tratados y convenios internacionales, la costumbre, los principios generales del Derecho y también, por supuesto, los reglamentos. VERDADERO FALSO.
Toda la actividad de la Administración está vinculada al cumplimiento de las normas, de tal manera que no hay ningún ámbito de la actuación administrativa que no quede sometida al Derecho; es decir, que no hay ningún ámbito exento al Derecho. Toda la actividad de la Administración debe realizarse teniendo siempre presentes las normas integrantes del ordenamiento jurídico: el DERECHO ES UN FACTOR PERMANENTE, que se deberá tener siempre en cuenta en todo proceso de toma de decisiones que tenga lugar en el seno de la Administración. NO Toda la actividad de la Administración debe realizarse teniendo siempre presentes las normas integrantes del ordenamiento jurídico: el Derecho NO es un factor TOTALMENTE permanente, que se deberá tener siempre en cuenta en todo proceso de toma de decisiones que tenga lugar en el seno de la Administración.
EI principio de legalidad supone una vinculación especial de la Administración a un tipo de norma específica: la ley. En aplicación de la teoría de la Lo que no está permitido, se considera prohibido sólo podrá realizarse válida o lícitamente en la medida .
La Administración está sometida a las normas que ella misma dicta: LOS REGLAMENTOS Uno de los privilegios de la Administración es la potestad normativa; tanto el Gobierno como la Administración se hallan habilitados para dictar normas de rango inferior a la ley, denominadas genéricamente REGLAMENTOS pero también están obligados a obedecer sus propias normas. Así pues, la Administración está vinculada al igual que sus destinatarios por tratarse de normas jurídicas y formar parte del Derecho.
Nuestro ordenamiento establece la regla de que Esto se conoce con la denominación de PRINCIPIO DE INDEROGABILIDAD SINGULAR DE LOS REGLAMENTOS o TEORÍA DE LAS GARANTÍAS, que implica que la Administración no puede desconocer lo fijado en un reglamento aunque haya sido ella misma la que lo haya dictado. la Administración cuando realiza actuaciones singulares, se encuentra OBLIGADA AL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS REGLAMENTARIAS dictadas por ella; y no sólo por ella, sino por cualquier otra Administración que actúe en el ejercicio de sus competencias. .
Art. 37 Ley 39/2015 PAC, según el cual las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas tengan igual o superior rango a éstas". La Administración NO PUEDE DEROGAR O INCUMPLIR que ha dictado Todos los órganos administrativos y todas las personas están sometidas NO OPERA AQUÍ EL PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA. .
En relación al principio de legalidad puede emplearse un mecanismo que lo expresa en términos de ________. Así, la legalidad atribuye potestades a la Administración, potestades que la propia ley delimita y construye, lo que las convierte en indisponibles para la Administración, aun en el caso de aquellas disposiciones generales por ella dictadas. POTESTAD AUTORIDAD.
Las "potestades discrecionales de la Administración".. La discrecionalidad NO es un supuesto de libertad de la Administración frente a la norma sino más bien, por el contrario, la discrecionalidad supone una remisión legal a una estimación administrativa para que complete el cuadro regulativo de la potestad y de sus condiciones de ejercicio. la discrecionalidad SI es un supuesto de libertad de la Administración frente a la norma sino más bien, por el contrario, la discrecionalidad supone una remisión legal a una estimación administrativa para que complete el cuadro regulativo de la potestad y de sus condiciones de ejercicio.
A partir de la promulgación de la CE de 1978, el control de la legalidad de la actuación de la Administración se enmarca en la prohibición formal de la arbitrariedad de los poderes públicos, contenida en el art. 9.3 CE. Así, se exige que las decisiones de la Administración se ajusten, en todo caso, a los criterios de _____________________________. racionalidad y razonabilidad. discrecionalidad y arbitrariedad relativa discrecionalidad y arbitrariedad absoluta eficacia y eficiencia económica.
LAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO: CONCEPTO. La doctrina tradicional, especialmente influida por_________________, identificaba el ordenamiento jurídico con el SISTEMA DE NORMAS QUE REGÍA EN UN ESTADO Hans Kelsen Lois Kelsen Hauriou Santi Romano.
En cambio ____________vino a poner de manifiesto que el ORDENAMIENTO JURÍDICO NO SE AGOTA EN EL SISTEMA NORMATIVO, que esta concepción conduce directamente al mero positivismo, y su máxima radicalización al entender el Derecho exclusivamente como meros tipos formales, cada uno con un valor determinado, cuyas relaciones establecen un sistema de regulación social capaz de ser usado por cualquier ideología. Hans Kelsen Lois Kelsen Hauriou Santi Romano.
La dimensión política más importante de la Teoría________________: en un Estado moderno pueden individualizarse una pluralidad de ordenamientos jurídicos, en su propia formulación tantos como organizaciones existen en cada sociedad, sean de carácter público o privado. Hans Kelsen Lois Kelsen Hauriou romanista, de Santi Romano.
En el caso de España, podemos diferenciar el ordenamiento estatal, el autonómico, los locales, el de las distintas corporaciones representativas de intereses económicos o profesionales, y, en el plano civil, el de las organizaciones empresariales, sindicatos, partidos políticos… (RELACIONA SOLO LO CORRECTO) En todo caso, las RELACIONES que existen entre esos ordenamientos pueden resumirse en 5 principios:.
El Ordenamiento administrativo es el conjunto de normas del Derecho Público Interno que regulan la actividad y la organización de las Administraciones Públicas. Está compuesto Es parte Regula la organización y la actuación de las AAPP.
Las normas que integran del Derecho Administrativo ... son duales pues regulan .
El ordenamiento administrativo Tiene un contenido tridimensional.
Garrido Falla entiende que hay clasificaciones de las fuentes: • Desde el punto de vista de su PROCEDENCIA, hay fuentes para la Administración (como la Ley, que no es dictada por órgano administrativo) o de la Administración (como un Reglamento). • Desde el punto de vista de la MATERIA que regulan, podemos hablar de fuentes exclusivas del Derecho Administrativo (como el Reglamento), o de fuentes que pueden contener Derecho Administrativo (como una Ley).
En Derecho Administrativo, veremos que hay dos tipos de fuentes • Las DIRECTAS, que se dividen en escritas (la Constitución, las Leyes, los Tratados Internacionales suscritos por España y los Reglamentos), y no escritas (como son la costumbre y los Principios Generales del Derecho). • Las INDIRECTAS integradas por la jurisprudencia y la doctrina especializada, útiles a la hora de aclarar ciertos aspectos que las fuentes directas contienen.
En Derecho Administrativo, el Derecho escrito siempre prima, y la jerarquía del órgano del que emana la regla escrita de Derecho • Las DIRECTAS, que se dividen en escritas (la Constitución, las Leyes, los Tratados Internacionales suscritos por España y los Reglamentos), y no escritas (como son la costumbre y los Principios Generales del Derecho). • Las INDIRECTAS integradas por la jurisprudencia y la doctrina especializada, útiles a la hora de aclarar ciertos aspectos que las fuentes directas contienen.
Supremacía absoluta de la Carta Magna. Así, y hacia abajo, podemos afirmar que las disposiciones administrativas (las fuentes de la Administración que antes hemos visto) quedarán siempre condicionadas por las emanadas del poder legislativo (las fuentes para la Administración). Una vez tenido en cuenta esto, y dentro ya de las fuentes de la Administración, dos reglas se aplicarán VERDADERO FALSO.
Cuanto más superior sea el órgano jerárquicamente, más rango formal tendrá la norma. • Las normas reglamentarias de las Entidades de carácter público integradas en el Estado no pueden oponerse al Derecho estatal. Por todo lo visto, si elaboramos una enumeración jerárquica de las fuentes del Derecho en sentido estricto (es decir, fuentes directas), nos quedaría la siguiente clasificación: • Fuentes directas primarias. • Fuentes directas subsidiarias.
Si elaboramos una enumeración jerárquica de las fuentes del Derecho en sentido estricto (es decir, fuentes directas), nos quedaría la siguiente clasificación: • Fuentes directas SUBSIDARIAS: La costumbre; los principios generales del Derecho (importantes en la medida en que inspiran al conjunto de normas que integran el ordenamiento jurídico • Fuentes directas PRIMARIAS: La Carta Magna (no hay que olvidar el contenido del artículo 9); la Ley, sea Orgánica u Ordinaria, y las normas emanadas del Gobierno con rango de Ley (a saber, Real Decreto-Ley y Real Decreto Legislativo); Reglamentos del Gobierno; disposiciones de Ministros u órganos inferiores.
Si elaboramos una enumeración jerárquica de las fuentes del Derecho en sentido estricto (es decir, fuentes directas), nos quedaría la siguiente clasificación: • Fuentes directas primarias: • Fuentes directas subsidiarias: .
La ley es la fuente formal del Derecho por antonomasia y es definida por ________________como la norma escrita superior entre todas (en el marco de la Constitución), la que por ello prevalece frente a cualquier otra fuente normativa y no puede ser resistida por ninguna en cuanto “EXPRESIÓN DE LA VOLUNTAD POPULAR”, conforme indica el preámbulo de la Constitución. García de Enterría Haomi kensel.
Rousseau concibió la Ley como la_____________________________ y esta idea se ha conservado en la doctrina política para significar que el órgano que aprueba las leyes, el Parlamento, es realmente el que encarna la representación política de la comunidad, y que por tanto sus mandatos son originarios y no pueden estar sometidos a las decisiones de ningún otro Poder Público. Así, se puede afirmar que la Ley es el mandato jurídico originario aprobado por el PARLAMENTO, no susceptible de otro control que el de constitucionalidad. EXPRESIÓN DE LA VOLUNTAD POPULAR EXPRESIÓN DE LA VOLUNTAD MONARQUICA Y PARLAMENTARIA.
Tres son los caracteres básicos por los que se define la Ley: - PUBLICIDAD: sólo a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado pasa la Ley a formar parte del ordenamiento. Su entrada en vigor está subordinada a su publicación en los términos establecidos en el art.2 CC *. - GENERALIDAD la Ley tiene obligatoriedad general, es decir, se dicta no para regular casos concretos, sino para toda la ciudadanía y con vocación de permanencia. - LEGALIDAD: la Ley ha de emanar del poder legislativo, ya sea el estatal o el autonómico (o incluso comunitario para los Reglamentos comunitarios). - AUTONOMÍA : la Ley ha de emanar del poder legislativo, ya sea el estatal o el autonómico (o incluso comunitario para los Reglamentos comunitarios).
CLASES DE LEYES Nuestro ordenamiento vigente reconoce una pluralidad de instrumentos normativos con valor y fuerza de Ley. Todos ellos, tienen el mismo valor y rango normativo. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. Leyes de las Comunidades Autónomas. Leyes del artículo 150 CE. Leyes Orgánicas de transferencia o delegación. Leyes de armonización.
• Artículo 9 CE: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. La Constitución garantiza .
ART. 81 CE: LEYES ORGÁNICAS 1. Son leyes orgánicas... • Las relativas al desarrollo de los DERECHOS FUNDAMENTALES y de las LIBERTADES PÚBLICAS, • Las que aprueben los ESTATUTOS DE AUTONOMÍA y el régimen electoral general y • Las demás PREVISTAS EN CE. 2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá MAYORÍA ABSOLUTA del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
ART. 81 CE: LEYES ORGÁNICAS En tal sentido, las leyes orgánicas son las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía de las diversas CCAA y el régimen electoral general (ex. Art. 81 CE) .... y las demás que la Constitución prevé, como, por ejemplo, las bases de la organización militar (art. 8 CE), las leyes de transferencias o delegación previstas en el art. 150.21 la suspensión de determinados derechos (arts. 55 y 116 CE), la cesión de soberanía a entidades supraestatales (art. 93 CE), las formas de ejercicio y los requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de Ley (87.3 CE), .
ART. 81 CE: LEYES ORGÁNICAS En tal sentido, las leyes orgánicas son las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía de las diversas CCAA y el régimen electoral general (ex. Art. 81 CE) .... y las demás que la Constitución prevé, como, por ejemplo, LO de regulación del Consejo de Estado (107 CE), LO del Defensor del Pueblo (54 CE), LO del Tribunal de Cuentas (136 CE), la cesión de soberanía a entidades supraestatales (art. 93 CE), LO del TC (art.165 CE), LO del Poder Judicial (art. 122 CE), o el desarrollo de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (art. 135 CE), entre otros preceptos.
Para un grupo de autores encabezados por _____________, las leyes orgánicas no tienen rango superior a las leyes ordinarias, ya que entre ellas no cabe hablar de relación de jerarquía sino de separación de ámbitos de regulación. García de Enterría, Diaz Picazzo.
LEYES ORGÁNICAS Por el contrario, se entenderá por ley ORGÁNICA toda aquella que no pueda tener la consideración de ORDINARIA por no versar sobre ninguna de las materias ni haber sido aprobada conforme al procedimiento establecido en el artículo 81 CE. VERDADERO FALSO.
LEYES ORDINARIAS Por el contrario, se entenderá por ley ordinaria toda aquella que no pueda tener la consideración de orgánica por no versar sobre ninguna de las materias ni haber sido aprobada conforme al procedimiento establecido en el artículo 81 CE. VERDADERO FALSO.
El procedimiento de elaboración de LEYES ORDINARIAS podrá iniciarse 1. Por las propias CÁMARAS a través de ...cuya tramitación se regulará de conformidad 2. O por el CONSEJO DE MINISTROS.
Aprobado un proyecto de Ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste (art.90 CE). El Senado dispondrá de _____________ para oponer su veto, mediante mayoría absoluta, o introducir enmiendas. En estos casos el proyecto volverá al Congreso que necesitará de mayoría absoluta para levantar el veto del Senado o mayoría simple transcurridos 2 meses. Igualmente se ha de pronunciar sobre las enmiendas, aceptándolas o rechazándolas por mayoría simple. 2 meses_________VETO DEL SENADO POR MAYORÍA ABSOLUTA O ENMIENDAS 3 meses_________VETO DEL SENADO POR MAYORÍA ABSOLUTA O ENMIENDAS 4 meses_________VETO DEL SENADO POR MAYORÍA ABSOLUTA O ENMIENDAS 5 meses_________VETO DEL SENADO POR MAYORÍA ABSOLUTA O ENMIENDAS.
Aprobado un proyecto de Ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste (art.90 CE). El Senado dispondrá de 2 meses para OPONER SU VETO mediante MAYORÍA ABSOLUTA, o introducir ENMIENDAS. En estos casos el proyecto VOLVERÁ AL CONGRESO que necesitará de MAYORÍA ABOSOLUTA para LEVANTAR EL VETO del Senado o MAYORÍA SIMPLE transcurridos 2 meses. Igualmente se ha de pronunciar sobre las enmiendas, aceptándolas o rechazándolas por mayoría simple. En estos casos el proyecto volverá al Congreso que necesitará de MAYORÍA ABOSOLUTA para levantar el veto del Senado o MAYORÍA SIMPLE transcurridos 15 meses. Igualmente se ha de pronunciar sobre las enmiendas, aceptándolas o rechazándolas por mayoría simple. En estos casos el proyecto volverá al Congreso que necesitará de MAYORÍA ABOSOLUTA para levantar el veto del Senado o MAYORÍA SIMPLE transcurridos 3 meses. Igualmente se ha de pronunciar sobre las enmiendas, aceptándolas o rechazándolas por mayoría simple. En estos casos el proyecto volverá al Congreso que necesitará de MAYORÍA ABOSOLUTA para levantar el veto del Senado o MAYORÍA SIMPLE transcurridos 4 meses. Igualmente se ha de pronunciar sobre las enmiendas, aceptándolas o rechazándolas por mayoría simple. .
Aprobado un proyecto de Ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste (art.90 CE). (SEÑALA SOLO LO CORRECTO) 1º El SENADO dispondrá de 2 meses para 2º ...El Proyecto vuelve al CONGRESO Igualmente el CONGRESO se ha de pronunciar sobre las ENMIENDAS, .
El CONGRESO se ha de pronunciar sobre las ENMIENDAS aceptándolas o rechazándolas por .. mayoría absoluta mayoría simple.
SI EL SENADO INTRODUCE ENMIENDAS....El CONGRESO se ha de pronunciar sobre las ENMIENDAS (SEÑALA SOLO LO CORRECTO) • Aceptándolas • O rechazándolas .
Aprobado un proyecto de Ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste (art.90 CE). El procedimiento finaliza con la sanción del Rey El Senado dispondrá de 2 meses para Este plazo de dos meses de que dispone el Senado podrá reducirse.
3.1.3. Leyes de las Comunidades Autónomas En el marco de los respectivos Estatutos de Autonomía y en relación con las materias y los procedimientos allí previstos, las CCAA pueden también dictar LEYES CON EL MISMO RANGO QUE LAS DEL ESTADO, sometidas al control exclusivo del TC en caso de eventual inconstitucionalidad. b) Además se da una COMPETENCIA OBJETIVA por la cual dichas leyes sólo podrán versar sobre aquellas materias en que los Estatutos hayan asumido la titularidad de la potestad legislativa. Las relaciones entre la ley estatal y la ley autonómica no se rigen, de manera general, por el principio de jerarquía sino por el de competencia. Así, una ley autonómica podrá modificar una ley estatal si ostenta competencia en dicha materia. Eso sí, sólo podrán las CCAA legislar sobre materias asumidas en sus Estatutos o a través de leyes orgánicas de transferencia, sino será una norma inconstitucional. a) La COMPETENCIA TERRITORIAL en cuya virtud las leyes autonómicas sólo tendrán vigencia dentro del territorio de la Comunidad en que se dicten (sin perjuicio de las excepciones que puedan establecerse en cada materia y de las situaciones que hayan de regirse por el estatuto personal). No obstante, el Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las CCAA cuando lo exija el interés general (art. 150.3, leyes de armonización).
El art. 92 CE versa sobre la posibilidad de someter a_______referéndum________ las decisiones políticas de especial trascendencia, y es necesario precisar que estos referéndums tienen carácter______________________- VINCULANTE NO CONSULTIVO consultivo y por tanto no vinculante.
Leyes de las Comunidades Autónomas En el marco de los respectivos Estatutos de Autonomía y en relación con las materias y los procedimientos allí previstos, las CCAA pueden también dictar Leyes con el mismo rango que las del Estado, sometidas al control exclusivo del TC en caso de eventual inconstitucionalidad. No obstante, el Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las CCAA cuando lo exija el interés general (art. 150.3, leyes de armonización). (art. 153.3, leyes de armonización).
Leyes del artículo 150 CE: Técnica de delegación de competencias legislativas del Estado en las CCAA. Este tipo de leyes se inscriben también en el MARCO de las relaciones entre el Estado y las CCAA. Este tipo de ley no tiene prevista ninguna especialidad procedimental en su aprobación. Su especialidad radica en su especial contenido, finalidad y efectos. Son las... Leyes marco Leyes de armonización leyes de diseño leyes de competencias delegadas leyes orgánicas.
Leyes del artículo 150 CE: Técnica de delegación de competencias legislativas del Estado en las CCAA. La propia ley es la que establecerá los límites de la delegación legislativa que se opera a favor de las CCAA. Además, al ser una competencia delegada la que adquieren éstas, es evidente que también la pierden cuando se deroga la ley de delegación y que la ven modificada en los términos en que, en su caso, se produzca una modificación de la misma ley de delegación Leyes marco Leyes de armonización leyes de diseño leyes de competencias delegadas leyes orgánicas.
Su finalidad es, como se ha venido apuntando, la de operar un proceso de delegación legislativa a favor de todas o algunas Asambleas legislativas de las CCAA. Las leyes autonómicas que desarrollen las _______________ deben respetar los principios, bases y directrices que ésta disponga Leyes marco Leyes de armonización leyes de diseño leyes de competencias delegadas leyes orgánicas.
Referente a los efectos, la LEY MARCO otorga una nueva competencia legislativa a las CCAA que pueden ejercerla o no. Para controlar la conformidad de la ley autonómica a la ley marco, el art. 150.1 CE prevé la posibilidad de establecer un control por las Cortes Generales sobre la ley autonómica. Dicho control debe preverse expresamente en la ley marco. VERDADERO FALSO.
Leyes de armonización: Reguladas en el art. 150.3 CE Estas leyes persiguen evitar la instrumentación de políticas legislativas antagónicas o no homogéneas cuando el interés general exija que en una determinada materia deba existir una UNIDAD DE PRINCIPIOS jurídicos en todos los ordenamientos del Estado. Corresponde a las CORTES GENERALES, por MAYORÍA ABSOLUTA de CADA CÁMARA, la apreciación de dicha NECESIDAD, esto es, en un principio solo manifiestan su parecer sobre la necesidad de dicha ley. La única vez que se ha recurrido a estas leyes fue con la LEY ORGÁNICA DE ARMONIZACIÓN DEL PROCESO AUTONÓMICO, declarada posteriormente parcialmente inconstitucional, mediante STC 76/1983. Debe señalarse que dichas normas tienen que aprobarse por MAYORÍA ABSOLUTA de las Cámaras, sin que este hecho conlleve naturaleza de LO. Constituyen una técnica normal de relación y conexión entre el ordenamiento estatal y el autonómico y tienen como finalidad “establecer los PRINCIPIOS necesarios para ARMONIZAR LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS de las CCAA aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general”. el TC (STC 76/83) declaró que estas normas deberían ser subsidiarias a cualquier otro instrumento de coordinación y armonización normativa sobre competencias autonómicas (por ejemplo, debe emplearse prioritariamente una Ley de Bases del régimen jurídico si el Estado cuenta con competencia para ello al amparo del art. 149.1 CE).
Legislación delegada y Legislación de urgencia Como excepción, existen una serie de disposiciones no parlamentarias que tienen el mismo rango que las Leyes: los Decretos-leyes y los Decretos legislativos. La justificación de esta intervención del poder ejecutivo, se debe fundamentalmente a la tecnificación de la Administración contemporánea, a la variedad cualitativa y cuantitativa de normas y a la necesidad, a veces, de intervenir velozmente en la regulación de la vida social Hay un control a posteriori por los Parlamentos en esta actividad de los órganos soberanos.
Decretos-leyes El carácter provisional de estas disposiciones llevará a su inmediata REVISIÓN PARLAMENTARIA, ÚNICAMNETE POR EL CONGRESO y en el PLAZO DE 30 DÍAS desde su promulgación. El Congreso, o la Diputación Permanente, cuando proceda, dictará alguno de los siguientes pronunciamientos: convalidación, derogación o tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Si el Decreto-Ley no se convalida en dicho plazo caduca. Regulados en el art. 86 CE. Son disposiciones legislativas provisionales que el GOBIERNO PUEDE DICTAR en caso de EXTRAORDINARIA Y URGENTE NECESIDAD. Por necesidad de adoptar una norma con valor de ley y que esta necesidad sea de VITAL IMPORTANCIA POLÍTICA. Tienen VALOR DE LEY. podrán MODIFICAR O DEROGAR otras normas con rango de LEY. pueden incluso dictarse EN MATERIAS propias de la RESERVA DE LEY La aprobación del Decreto-Ley tiene, eso sí, un LÍMITE MATERIAL no pudiendo afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general.
Decretos-leyes Tienen carácter PROVISIONAL ya que se llevará a su inmediata REVISIÓN PARLAMENTARIA, ÚNICAMNETE POR EL CONGRESO, y en el PLAZO DE 30 DÍAS desde su promulgación. Si no se convalida caduca. El carácter provisional de estas disposiciones llevará a su inmediata REVISIÓN PARLAMENTARIA, ÚNICAMNETE POR EL CONGRESO y en el PLAZO DE 20 DÍAS desde su promulgación. .
Decretos legislativos: Regulados en los arts. 82-85 CE. Son también disposiciones con FUERZA DE LEY dictadas por el Gobierno en virtud de DELEGACIÓN EXPRESA CONFERIDA POR LAS CORTES GENERALES La causa de que el Gobierno sustituya al Poder Legislativo en el ejercicio de sus funciones se encuentra en la EXPRESA VOLUNTAD DE LAS CORTES GENERALES manifestada a través de la ley de delegación, cuyo contenido ha de ser estrictamente respectado por aquel. La causa de que el Gobierno sustituya al Poder Legislativo en el ejercicio de sus funciones se encuentra en la TÁCITA VOLUNTAD DE LAS CORTES GENERALES manifestada a través de la ley de delegación, cuyo contenido ha de ser estrictamente respectado por aquel. .
Los Decretos legislativos pueden ser ESTATALES O AUTONÓMICOS. Esta delegación normativa tiene el límite de no poder comprender materias incluidas en el ámbito material de las leyes orgánicas (art. 82.1 CE). Sus manifestaciones son: TEXTOS ARTÍCULADOS, y TEXTOS REFUNDIDOS Esta delegación normativa tiene el límite de no poder comprender materias incluidas en el ámbito material de las leyes orgánicas (art. 82.1 CE). Sus manifestaciones son: TEXTOS DESARTÍCULADOS.
4. LA JERARQUÍA DE LAS FUENTES. En 9.3 CE: “La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”. Sustentado en lo anterior, cabe esgrimir en la jerarquía de las fuentes del Derecho que la Constitución de 1978 es el vértice supremo, siendo superior a todas las demás normas. Seguidamente se encuentran las leyes y a continuación, las normas con rango de ley, no estando subordinadas entre ellas, puesto que se rigen por los principios de competencia y especialidad procedimental. Acto seguido se encuadran los reglamentos, que serán nulos si contravienen la Constitución y las leyes. Las normas se subordinan según tengan mayor o menor rango, esto es, fuerza de obligar. Además, la jerarquía queda delimitada a cada subsistema, ya sea el estatal; el autonómico; o el local. La ley o el reglamento pueden modificar o derogar a otra de su mismo o inferior rango. Distintos reglamentos SÍ pueden estar subordinados entre sí, según el nivel del órgano del que emanen. una ley del Estado NO es jerárquicamente superior a un reglamento autonómico, ni viceversa. Además, según el artículo 1.2 CC: “Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior”.
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