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Título del Test:
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Test 2 Prep

Fecha de Creación: 2025/11/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

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¿Qué artículos de la Constitución Española de 1978 regulan “la Corona"?. Del 56 al 66. Del 56 al 65. Del 56 al 72. Del 56 al 62.

En aplicación del artículo 56.1 de la Constitución Española de 1978, señale la opción correcta: El Rey es el Jefe de las Fuerzas Armadas, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las Administración, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las competencias que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones y exclusivamente asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica. El Rey es el Jefe del Gobierno, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

¿Quién dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado?: El Gobierno. El Rey. El Congreso de los Diputados. El Presidente del Gobierno en aplicación del artículo 97 de la Constitución Española de 1978.

Según el artículo 98 de la CE de 1978 el Gobierno se compone: Del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los Delegados del Gobierno. Del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los Subsecretarios. Del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros, de los Subsecretarios y de los demás miembros que establezca la ley. Del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.

¿Qué dos formas de nombramiento de Presidente del Gobierno existen?. Nombramiento ordinario y nombramiento nominal. Nombramiento ordinario y nombramiento especial. Nombramiento formal y nombramiento informal. Nombramiento unipersonal y nombramiento pluripersonal.

En aplicación del artículo 99.1 de la Constitución Española de 1978: Después de cada renovación del Senado, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Presidente del Gobierno, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los partidos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Gobierno, propondrá un candidato a la Presidencia del Senado. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.

En virtud del artículo 98.3 de la Constitución Española de 1978: Los miembros del Gobierno podrán ejercer otras funciones representativas y cualquier otra función pública que derive de su cargo o de su actividad profesional o mercantil. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. Los miembros del Gobierno podrán ejercer otras funciones representativas y cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones administrativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función privada que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

Entre las funciones del Rey recogidas en la Constitución Española de 1978 figuran: Sancionar y promulgar las leyes y el ejercicio del derecho de voto. Sancionar y promover las leyes y el ejercicio de derecho de gracia, con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales. Sancionar y promulgar las leyes y el ejercicio de derecho de gracia, con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales. Sancionar y promover las leyes y el ejercicio de derecho de indulto, con arreglo a la ley, que no podrá autorizar derecho de gracia general.

En aplicación del artículo 65.2 de la Constitución Española de 1978 el Rey: Nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. Nombra y releva libremente exclusivamente a los miembros militares de su Casa. Nombra y releva libremente exclusivamente a los miembros civiles de su Casa. Nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de Consejo de Ministros.

El artículo 99.3 de la Constitución Española de 1978 establece que: Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría simple de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación setenta y dos horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación veinticuatro horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría simple de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

Tal y como establece el artículo 102 de la CE de 1978 la responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante: La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. La Sala de lo Civil del Tribunal Constitucional. La Sala de lo Civil de la Audiencia Nacional.

12. En aplicación del artículo 155.1 de la CE de 1978: Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica. El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.

Para ser ministro se requiere: Ser europeo, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar habilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme. Ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar habilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme. Ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme. Exclusivamente ser español y disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme.

Según el artículo 63 de la CE de 1978, la competencia para acreditar embajadores y otros representantes diplomáticos, le corresponde: Al Presidente del Gobierno. Al Ministro de Asuntos Exteriores. Al Consejo de Ministros. Al Rey.

El artículo 59.1 de la CE de 1978 establece que: Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Príncipe y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Príncipe. Cuando el Rey fuere menor de 16 años, la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey. Cuando el Rey fuere menor de edad, exclusivamente el padre o la madre del Rey, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.

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