Banana Bread - Tema 6
|
|
Título del Test:
![]() Banana Bread - Tema 6 Descripción: amazing banana bread questions |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos se clasifican en: Funcionarios de carrera y funcionarios interinos. Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal y personal directivo profesional. Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal eventual y personal directivo profesional. Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal y personal eventual. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son funcionarios de carrera: Quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se den determinadas circunstancias. Los que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, prestan servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. Los que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realizan funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son funcionarios interinos: Quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se den determinadas circunstancias. Los que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, prestan servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. Los que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realizan funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán ser nombrados funcionarios interinos en la siguiente circunstancia: La existencia de plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, por un máximo de cuatro años. La sustitución transitoria de los titulares, durante el tiempo estrictamente necesario. La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a cuatro años, ampliable hasta seis meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto. El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de doce meses, dentro de un periodo de dieciocho meses. Los procedimientos de selección del personal funcionario interino serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de: Igualdad, mérito, capacidad, confidencialidad y celeridad. Discrecionalidad, publicidad y celeridad. Idoneidad, publicidad y celeridad. Igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, es personal laboral: Quien, en virtud de nombramiento legal, está vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. El que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, es nombrado como tal con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se den determinadas circunstancias. El que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. El que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en función de la duración del contrato, el personal laboral podrá ser: Permanente o transitorio. Funcionario o laboral. Fijo, por tiempo indefinido o temporal. Únicamente interino o eventual. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, es personal eventual: Quien, en virtud de nombramiento legal, está vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. El que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, es nombrado como tal con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se den determinadas circunstancias. El que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. El que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el cese del personal eventual se producirá, en todo caso: Cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento. Cuando se convoquen elecciones. Cuando se cumplan tres años desde su nombramiento. Cuando se cumplan cuatro años desde su nombramiento. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la carrera vertical consiste en: La progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. El ascenso en la estructura de puestos de trabajo por los procedimientos de provisión establecidos en el capítulo III del título V del Estatuto Básico del Empleado Público. El ascenso desde un cuerpo o escala de un Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, a otro superior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Estatuto Básico del Empleado Público. El acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Estatuto Básico del Empleado Público. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las retribuciones básicas son: Las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias. Las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas las que retribuyen las características de los puestos de trabajo o la carrera profesional. Las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas las que retribuyen el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario. Las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario. A los efectos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se entiende por negociación colectiva: La facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las Administraciones Públicas y sus empleados. El derecho a participar, a través de las organizaciones sindicales, en los órganos de control y seguimiento de las entidades u organismos que legalmente se determine. El derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los empleados de la Administración Pública. El derecho a negociar las decisiones de las Administraciones Públicas que afecten a sus potestades de organización. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, será objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, la materia siguiente: La regulación del ejercicio de los derechos de los ciudadanos y de los usuarios de los servicios públicos, así como el procedimiento de formación de los actos y disposiciones administrativas. La determinación de condiciones de trabajo del personal directivo. La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público y la promoción profesional. La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de los funcionarios. Señale la respuesta correcta respecto a los permisos de los funcionarios públicos: Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de dieciséis años, de persona mayor que requiera especial dedicación, o de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a la reducción de su jornada de trabajo, con la disminución de sus retribuciones que corresponda. Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con la disminución de sus retribuciones que corresponda, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes. Por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el funcionario o funcionaria en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, cinco días hábiles. Por matrimonio o registro o constitución formalizada por documento público de pareja de hecho, diez días. Señale la respuesta correcta respecto a los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género o de violencia sexual y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos: Permiso por nacimiento para la madre biológica: tendrá una duración de diecinueve semanas. En el supuesto de monoparentalidad, por existir una única persona progenitora, el permiso será de treinta y ocho semanas. Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija: tendrá una duración de doce semanas. Permiso por razón de violencia de género o de violencia sexual sobre la mujer funcionaria: las faltas de asistencia de las funcionarias víctimas de violencia de género o de violencia sexual, totales o parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda. Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo no superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años: no tendrá carácter retribuido y tendrá una duración superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan. El Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa es: De obligado cumplimiento por todos las y los empleados públicos forales. De carácter voluntario y de recomendación ética. De obligado cumplimiento para las y los empleados públicos forales nombrados por libre designación y de carácter voluntario para el resto de empleados públicos forales. De obligado cumplimiento únicamente respecto a cuestiones relacionadas con la contratación pública. Los Valores Éticos a los que han de ajustar su conducta profesional las y los empleados públicos forales son los siguientes: Integridad, ejemplaridad, honestidad y desinterés, parcialidad y subjetividad, excelencia profesional, eficiencia y respeto. Integridad, ejemplaridad, honestidad y desinterés, imparcialidad y objetividad, excelencia profesional, eficiencia y respeto. Integridad, ejemplaridad, honestidad y desinterés, parcialidad y subjetividad, excelencia profesional y celeridad. Integridad, ejemplaridad, discreción y confidencialidad, imparcialidad y objetividad, excelencia profesional, eficiencia y respeto. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la integridad es: La razón existencial de la institución del empleo público foral, cuya actuación profesional debe estar alejada de influencias y orientaciones políticas o de otro carácter. Que el empleado público foral dirija sus actuaciones, de forma veraz y transparente, exclusivamente hacia el objetivo del pleno cumplimiento del interés público y de los intereses de la ciudadanía guipuzcoana en su conjunto. Un valor sustantivo para el servicio público, la buena gestión y el fortalecimiento de las instituciones forales. La conducta profesional del empleado público foral, que estará guiada por un comportamiento ejemplar, en tanto que las buenas prácticas de las y los empleados públicos favorecen el cambio de la cultura cívica y la interiorización social de las normas. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la honestidad y desinterés consiste en: La razón existencial de la institución del empleo público foral, cuya actuación profesional debe estar alejada de influencias y orientaciones políticas o de otro carácter. Que el empleado público foral dirija sus actuaciones, de forma veraz y transparente, exclusivamente hacia el objetivo del pleno cumplimiento del interés público y de los intereses de la ciudadanía guipuzcoana en su conjunto. Un valor sustantivo para el servicio público, la buena gestión y el fortalecimiento de las instituciones forales. La conducta profesional del empleado público foral, que estará guiada por un comportamiento ejemplar, en tanto que las buenas prácticas de las y los empleados públicos favorecen el cambio de la cultura cívica y la interiorización social de las normas. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la imparcialidad es: La razón existencial de la institución del empleo público foral, cuya actuación profesional debe estar alejada de influencias y orientaciones políticas o de otro carácter. Que el empleado público foral dirija sus actuaciones, de forma veraz y transparente, exclusivamente hacia el objetivo del pleno cumplimiento del interés público y de los intereses de la ciudadanía guipuzcoana en su conjunto. Un valor sustantivo para el servicio público, la buena gestión y el fortalecimiento de las instituciones forales. La conducta profesional del empleado público foral, que estará guiada por un comportamiento ejemplar, en tanto que las buenas prácticas de las y los empleados públicos favorecen el cambio de la cultura cívica y la interiorización social de las normas. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la gestión de los recursos y la gestión económico-financiera de las y los empleados públicos forales estarán imbuidas por: La atención a la ciudadanía. La eficiencia. La transparencia. La celeridad en la toma de decisiones. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la norma de conducta “en horas y espacios de trabajo, harán un uso razonable y ético de sus dispositivos móviles personales así como de las redes sociales o Internet para uso exclusivamente privado” corresponde al siguiente valor ético: Integridad. Ejemplaridad. Imparcialidad y objetividad. Respeto. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la norma de conducta “las y los empleados públicos forales no aceptarán ningún regalo, invitación, viajes, comidas o compensación económica por impartición de conferencias o participación en medios de comunicación siempre que se trate de actividades vinculadas exclusivamente con el ejercicio de sus funciones propias de su puesto de trabajo” corresponde al siguiente valor ético: Ejemplaridad. Eficiencia. Excelencia profesional. Honestidad y desinterés. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, los principios de buena gestión son los siguientes: Transparencia, apertura de datos, cultura de gestión e innovación, promoción del uso del euskera y responsabilidad profesional. Integridad, ejemplaridad, honestidad y desinterés, imparcialidad y objetividad, excelencia profesional, eficiencia y respeto. Transparencia, integridad, cultura de gestión e innovación, promoción del uso del euskera y excelencia profesional. Integridad, ejemplaridad, discreción y confidencialidad, imparcialidad y objetividad, excelencia profesional, eficiencia y respeto. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, ¿cuál de las siguientes normas de actuación profesional en el ámbito de la buena gestión está relacionada con la responsabilidad profesional?. Las y los empleados públicos forales desarrollarán en su actividad profesional una cultura de gestión que conlleve mayor implicación en los proyectos, creatividad e iniciativa, así como el impulso de prácticas de innovación en el ámbito de lo público. Las y los empleados públicos forales actuarán con especial diligencia garantizando respuestas rápidas, efectivas y motivadas, cuando se demande a la Administración Foral información pública por parte de la ciudadanía y de sus entidades, ponderando en cada caso los límites existentes, los derechos en juego e interpretando de forma restrictiva las causas de inadmisión y aquellos límites, con el fin de favorecer el control de la actividad pública por la ciudadanía. En la gestión cotidiana de su actividad profesional, las y los empleados públicos forales trabajarán a través de las metas y objetivos enmarcados en el Plan Estratégico de gestión de cada mandato, así como mediante el cumplimiento de los indicadores establecidos para poder evaluar los resultados de su gestión. En su actividad profesional utilizarán preferentemente el euskera tanto oralmente como por escrito, salvo en aquellos actos o relaciones en los que quienes sean sus interlocutores no tengan un conocimiento suficiente de la lengua vasca. |




