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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECAP. II Contratos del Sector Público

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Título del test:
CAP. II Contratos del Sector Público

Descripción:
Ley 9/2017, 8 de noviembre

Autor:
mariajrodpar
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Fecha de Creación:
23/08/2019

Categoría:
Otros

Número preguntas: 23
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Temario:
Los contratos de obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios que celebren las entidades pertenecientes al sector público se calificarán de acuerdo con a. las normas contenidas en la presente sección. b. las normas de derecho administrativo que les sean de aplicación. c. las normas de derecho privado que les sean de aplicación. d. Las opciones b y c son correctas.
Los contratos que no sean de obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios que celebren las entidades pertenecientes al sector público se calificarán de acuerdo con a. las normas contenidas en la presente sección. b. las normas de derecho administrativo que les sean de aplicación. c. las normas de derecho privado que les sean de aplicación. d. Las opciones b y c son correctas.
Seleccione la opción correcta: El derecho de explotación de las obras, a que se refiere el apartado primero de este artículo, deberá implicar la transferencia al concesionario de un riesgo operacional en la explotación de dichas obras abarcando el riesgo de demanda o el de suministro, o ambos. El derecho de explotación de las obras, a que se refiere el apartado primero de este artículo, deberá implicar la transferencia al concesionario de un riesgo en la explotación de dichas obras abarcando el riesgo de demanda o el de operacional, o ambos. El derecho de explotación de las obras, a que se refiere el apartado primero de este artículo, deberá implicar la transferencia al concesionario de un riesgo de demanda en la explotación de dichas obras abarcando el riesgo de operacional o el de suministro, o ambos.
¿Cómo se define la siguiente descripción: "el que se debe a la demanda real de las obras o servicios objeto del contrato"? Riesgo operacional Riesgo de demanda Riego de suministro Riesgo de servicio.
¿Cómo se define la siguiente descripción: "el relativo al suministro de las obras o servicios objeto del contrato, en particular el riesgo de que la prestación de los servicios no se ajuste a la demanda."? Riesgo operacional Riesgo de demanda Riego de suministro Riesgo de servicio.
¿Cómo se define la siguiente descripción: "cuando no esté garantizado que, en condiciones normales de funcionamiento, el mismo vaya a recuperar las inversiones realizadas ni a cubrir los costes en que hubiera incurrido como consecuencia de la explotación de las obras que sean objeto de la concesión."? Riesgo operacional Riesgo de demanda Riego de suministro Riesgo de servicio.
El régimen jurídico de la preparación y adjudicación de los contratos mixtos se determinará 1. ___________ ; y el de sus efectos, cumplimiento y extinción 2._____________ 1. de conformidad con lo establecido en este artículo y 2. de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 122.2. (pliegos de cláusulas administrativas particulares) 1. de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 122.2. (pliegos de cláusulas administrativas particulares) y 2. de conformidad con lo establecido en este artículo.
Están sujetos a regulación armonizada los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.548.000 euros. 750.000 euros. 144.000 euros. 221.000 euros.
Cuando en los contratos de obras el valor acumulado de los lotes en que se divida la obra iguale o supere a 5.548.000 euros, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a a.__________, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el b._____________ del valor acumulado de la totalidad de los mismos. a. 1.000.000 euros, b. 20% a. 2.000.000 euros, b. 20% a. 1.000.000 euros, b. 30% a. 80.000 euros, b. 20%.
Cuando el valor acumulado de los lotes en que se divida el suministro iguale o supere a 144.000 euros o 221.000 euros, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a a.__________, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el b._____________ del valor acumulado de la totalidad de los mismos. a. 1.000.000 euros, b. 20% a. 2.000.000 euros, b. 20% a. 1.000.000 euros, b. 30% a. 80.000 euros, b. 20%.
Cuando el valor acumulado de los lotes en que se divida la contratación de servicios iguale o supere a 144.000 euros, 221.000 euros o 750.000 euros, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a a.__________, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el b._____________ del valor acumulado de la totalidad de los mismos. a. 1.000.000 euros, b. 20% a. 2.000.000 euros, b. 20% a. 1.000.000 euros, b. 30% a. 80.000 euros, b. 20%.
Están sujetos a regulación armonizada los contratos de suministros adjudicados por la AGE, sus organismos autónomos y las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.548.000 euros. 750.000 euros. 144.000 euros. 221.000 euros.
Están sujetos a regulación armonizada los contratos de servicios que tengan por objeto los servicios sociales y otros servicios del anexo IV cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.548.000 euros. 750.000 euros. 144.000 euros. 221.000 euros.
Las relativas a la preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción de los contratos administrativos. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Las que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Adicionalmente, respecto de los contratos referidos en los números 1.º y 2.º de la letra a) del apartado primero del artículo 25 de la presente Ley (Contratos de servicios que tengan por objeto servicios financieros, creación e interpretación artística y literaria y los de espectáculos, suscripción de revistas, publicaciones periódicas y bases de datos) que estén sujetos a regulación armonizada, las impugnaciones de las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Las referidas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación de los contratos celebrados por los poderes adjudicadores que no tengan la consideración de Administración Pública. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Las relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos administrativos de resolución de los recursos previstos en el artículo 44 de esta Ley, así como en el artículo 321.5. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Las cuestiones que se susciten en relación con la preparación, adjudicación y modificación de los contratos subvencionados a que se refiere el artículo 23 de la presente Ley. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
Las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción de los contratos privados de las entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores, sean o no Administraciones Públicas, con excepción de las modificaciones contractuales citadas en las letras b) y c) del apartado anterior. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
De las cuestiones referidas a efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
El conocimiento de las cuestiones litigiosas relativas a la financiación privada del contrato de concesión de obra pública o de concesión de servicios, salvo en lo relativo a las actuaciones en ejercicio de las obligaciones y potestades administrativas que, con arreglo a lo dispuesto en esta Ley, se atribuyen a la Administración concedente, y en las que será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver.
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