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Capítulo 2. El derecho a la educación. Clarificación terminológica y problemátic

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Título del Test:
Capítulo 2. El derecho a la educación. Clarificación terminológica y problemátic

Descripción:
Sociedad, Familia y Educación

Fecha de Creación: 2026/02/04

Categoría: UNED

Número Preguntas: 31

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¿En qué momento histórico se recoge por primera vez el derecho a la educación en la historia constitucional de España?. La Ley Moyano de 1857. La Constitución de Cádiz de 1812. El artículo 27 de la Constitución de 1978. La Ley General de Educación de 1970.

¿Cuál es el contenido del derecho a la libertad de cátedra en las etapas no universitarias?. Es igual para todos los profesores con independencia del nivel educativo. Tiene más restricciones en la etapa universitaria. Es uniforme en todos los tramos educativos. Es un ejercicio imperfecto en los tramos no universitarios.

¿Cuál es la característica más importante del derecho a la educación?. Junto con la libertad sindical y el derecho a la huelga es un derecho social fundamental. Es uno de los pocos derechos sociales y el único de derecho de naturaleza prestacional que se concibe como un auténtico derecho fundamental. Como derecho fundamental es susceptible de tutela judicial y recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Todas las anteriores son ciertas.

¿Qué se entiende por libertad de cátedra según el texto?. El derecho de quienes llevan a cabo personalmente la función de enseñar, a desarrollarla con libertad dentro de los límites propios del puesto docente que ocupan. La posibilidad de expresar las ideas y convicciones que cada profesor asume como propias con relación a la materia objeto de enseñanza. Las opciones a y b son ciertas. Las opciones b y a son erróneas.

La libertad de cátedra se entiende como: Seleccionar los contenidos de la docencia. La posibilidad de expresar ideas o convicciones propias sobre la materia objeto de enseñanza. Expresar en el aula las propias creencias, opiniones y convicciones éticas y morales. Elegir los procedimientos didácticos con total libertad.

¿Qué ampara la libertad de cátedra para todos los docentes?. La facultad exclusiva de enseñar conforme a sus creencias sin restricciones. Una manifestación cualificada del derecho a la libertad de expresión que ampara a todos los docentes en la libre difusión de ideas sobre su materia, dentro de los límites establecidos. La libertad de los centros educativos para establecer su ideario y métodos pedagógicos. El derecho del profesorado a seleccionar unilateralmente los procedimientos didácticos sin interferencia alguna.

¿Qué regula el artículo 27 de la Constitución española?. Los fines de la educación, los derechos y libertades educativas. Los principios de la política educativa y las obligaciones de los poderes públicos. Los medios de la acción educativa. Todas las opciones anteriores son ciertas.

¿Dónde se reconoce la libertad de cátedra para el profesorado no universitario en España?. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación. El artículo 27.1 de la Constitución de 1978. El artículo 20.1.c de la Constitución de 1978. Todas las opciones anteriores son ciertas.

¿Qué comprenden los derechos educativos?. El derecho a la educación y la libertad general de enseñanza. El pleno desarrollo de la personalidad humana y las propias capacidades. El acceso de todos a la educación en cualquier momento de la vida. La libertad de creación y elección de centro.

¿De quién es la libertad de cátedra un derecho?. Los docentes universitarios. Los docentes no-universitarios. Los centros educativos. Todos los docentes tanto universitarios como no-universitarios.

¿A qué se vincula la vertiente prestacional del artículo 27 de la Constitución, según su Sinopsis?. El derecho a la educación. El derecho a la libertad de enseñanza. Ambos derechos educativos. Las opciones anteriores no son correctas.

¿Qué regulación incluye el artículo 27 de la Constitución española?. Los medios de la acción educativa. Las obligaciones de los poderes públicos y los principios que rigen la política educativa. Los derechos y libertades educativas, así como los fines de la educación. Todas las opciones anteriores son ciertas.

¿Dónde se recoge la regulación en materia educativa dentro de la Constitución de 1978?. En los diez puntos del artículo 27 de la Constitución. En los artículos 3, 27, 40.2, 43.3, 44.1 y 44.2 de la Constitución. Sección 2.° De los derechos y deberes de los ciudadanos. En los diez puntos del artículo 17 de la Constitución.

¿Qué incluye la libertad de enseñanza que regula el artículo 27 de la Constitución de 1978?. La libertad de creación de centros, la autonomía universitaria y el derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral de sus hijos. La libertad de creación de centros, la libertad de cátedra y el derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral de sus hijos. La libertad de creación de centros, la libertad de elección de centro educativo y la libertad de cátedra. Todas las anteriores son ciertas.

Según la Constitución española de 1978 (art. 20.1), ¿a quién ampara la libertad de cátedra?. Siempre que se acojan a su derecho a la libertad de expresión. En todos los niveles del sistema educativo y en todo tipo de centros. En las universidades financiadas con fondos públicos. En todos los centros escolares excepto los concertados.

¿En qué Constitución el derecho a la educación alcanza explícitamente rango de derecho constitucional fundamental, de carácter social y con dimensión prestacional?. La Constitución de 1812. La Constitución de 1869. La Constitución de 1931. La Constitución de 1978.

¿Por qué la aplicación del concepto de 'libertad de cátedra' ha requerido el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en ocasiones?. Los intereses ideológicos de los grupos políticos. Su proximidad con el concepto de 'libertad de expresión', también amparado por la Constitución española de 1978. Las diferentes escuelas científicas que pugnan por el dominio del conocimiento. La ambigüedad de la legislación al respecto.

En la Constitución española de 1978, el derecho a la educación: Se restringe a los ciudadanos en situación legal. No presenta ninguna ambigüedad. Queda abierto a posibilidades constitucionalmente legítimas, pero contradictorias. Está recogido con toda precisión en sus finalidades y objetivos esenciales.

¿Qué se entiende por libertad de cátedra?. La facultad exclusiva del profesorado universitario para enseñar conforme a sus creencias sin restricciones. Una manifestación cualificada del derecho a la libertad de expresión que ampara a todos los docentes en la libre difusión de ideas sobre su materia, dentro de los límites establecidos. La libertad de los centros educativos para establecer su ideario y métodos pedagógicos. El derecho del profesorado a seleccionar unilateralmente los procedimientos didácticos sin interferencia alguna.

Según el Capítulo 2, ¿cuál es la finalidad última de la educación?. La preparación para la vida activa y productiva. La transmisión de la herencia cultural de una sociedad. Posibilitar la autorrealización de la persona. El aprendizaje de competencias instrumentales para el mercado laboral.

De acuerdo con el capítulo, ¿por qué es posible toda acción educativa?. Inteligencia y voluntad. Educación y enseñanza. Educabilidad y educatividad. Libertad y responsabilidad.

¿Cuáles son los cinco pilares de la educación definidos por la UNESCO (Informe Delors), según el capítulo?. Leer, escribir, calcular, pensar y crear. Aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a ser, aprender a convivir y aprender a transformarse. Instrucción, socialización, inclusión, equidad y calidad. Conocimiento teórico, conocimiento práctico, pensamiento crítico, autonomía y compromiso cívico.

Para que el derecho a la educación se cumpla, el sistema de las 'Cuatro Aes' de Tomasevski exige que ésta sea: Asistencial, abierta, adaptable y accesible. Asequible, accesible, aceptable y adaptable. Avanzada, asequible, apropiada y aplicada. Activa, atractiva, adaptable y articulada.

Según Romero y Núñez (2017), una filosofía educativa centrada en 'aprender a ser' se enmarca dentro de: Filosofías academicistas. Filosofías de la individualidad. Filosofías ecosociales. Filosofías instrumentales.

Además de su dimensión prestacional y de libertad, ¿qué otra dimensión del derecho a la educación menciona el capítulo?. Habilitante o multiplicadora. Económica y productiva. Cultural y lingüística. Tecnológica y digital.

Según el capítulo, ¿por qué la labor del docente es fundamental para la autorrealización del alumno?. Garantiza el cumplimiento estricto del currículo oficial. Sin la enseñanza, la progresión personal que se puede alcanzar es más limitada. Es el único agente legitimado para evaluar los aprendizajes. Sustituye a la familia en la formación moral del individuo.

La Declaración de Incheon (2015) para el ODS 4, incorporó al discurso internacional sobre educación un énfasis en: La gratuidad de la enseñanza primaria. La alfabetización de personas adultas. La calidad de la educación. La formación profesional técnica.

Frente a la visión instrumental, la visión humanista de la educación pone el acento en: La preparación para el mundo laboral. La formación de capacidades reflexivas y metacognitivas como base. La adquisición de competencias prácticas inmediatamente aplicables. El cultivo del individualismo y el bienestar personal.

¿Dónde se encuentra el fundamento normativo inmediato del derecho a la educación gratuita y obligatoria en España?. El artículo 27.4 de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica de Educación (LOE). La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Los tratados internacionales de la Unión Europea.

Según Romero y Núñez (2017), ¿qué dos tipos de coordenadas requieren los profesionales de la educación para orientar su práctica?. Normativas legales y curriculares. Filosofías educativas y paradigmas psicopedagógicos. Recursos materiales y tecnológicos. Diagnósticos de necesidades y proyectos de centro.

¿Por qué el capítulo sostiene que la educación debe desarrollarse desde una perspectiva ecosocial?. Es la tendencia pedagógica dominante en los organismos internacionales. No puede existir autorrealización del individuo sin considerar su entorno social y natural. Lo exige expresamente la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE). Es la única manera de garantizar la empleabilidad futura.

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