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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECarta de los Derechos Fundamentales de la UE

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Título del test:
Carta de los Derechos Fundamentales de la UE

Descripción:
Test Título VI

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
26/10/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 3
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Temario:
Señale la proposición INCORRECTA. Toda persona cuyos derechos y libertades garantizados por el Derecho de la Unión hayan sido violados tiene derecho a la tutela judicial efectiva respetando las condiciones establecidas en el presente artículo 47. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley. Toda persona podrá hacerse aconsejar, defender y representar. Se prestará asistencia jurídica gratuita a quienes no dispongan de recursos económicos suficientes siempre y cuando dicha asistencia sea necesaria para garantizar la efectividad del acceso a la justicia. Todo acusado se presume inocente mientras su culpabilidad no haya sido declarada legalmente. Se garantiza a todo acusado el respeto de los derechos de la defensa.
Señale la proposición CORRECTA. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una ilegalidad según el Derecho interno o el Derecho internacional. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya delito según el Derecho interno o el Derecho internacional. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una falta según el Derecho interno o el Derecho internacional. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho interno o el Derecho internacional.
Señale la proposición INCORRECTA. Del mismo modo, no podrá imponerse una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida. Si con posterioridad a esta infracción la ley dispone una pena más leve, deberá aplicarse ésta. El presente artículo 49 no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, fuera constitutiva de delito según los principios generales reconocidos por el conjunto de las naciones. La intensidad de las penas no deberá ser desproporcionada en relación con la infracción. Nadie podrá ser juzgado o condenado penalmente por una infracción respecto de la cual ya haya sido absuelto o condenado en la Unión mediante sentencia judicial firme conforme a la ley.
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