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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECiencias Penales

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Título del test:
Ciencias Penales

Descripción:
I BIMESTRE

Autor:
AVATAR
Jackeline Chalán
(Otros tests del mismo autor)


Fecha de Creación:
25/05/2020

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 74
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Temario:
Ciertos autores relacionan al Derecho Natural con: Derecho Civil Derecho Administrativo Derecho Divino.
Los elementos fundamentales que giran en torno al Derecho Penal son: Tipicidad, antijuricidad y culpabilidad El delincuente, el delito y la pena Autor, coautor o cómplice.
Indique principalmente con que otras ramas del Derecho se relaciona el Derecho Penal Con el Derecho Constitucional, Laboral, Procesal Civil, Administrativo Con el Derecho Constitucional, Administrativo, Procesal Penal, Laboral Con el Derecho Constitucional, Civil, Administrativo, Procesal Penal.
El Derecho Penal se diferencia de los otros campos del Derecho en: Llevar implícito una pena y es de carácter general Llevar implícito sanciones como multas y pérdida de la libertad, además que su carácter es universal Llevar implícito una pena y es de carácter personalísima .
Son causas de inimputabilidad La falta de recursos económicos La falta de cultura y educación La falta de desarrollo y salud de la mente.
La imputabilidad constituye La capacidad y la voluntad para actuar ilícitamente La excepción que establece la ley penal para no aplicar una sanción La falta de capacidad de comprender la ilicitud de una conducta.
La ley penal considera imputable: Las personas menores de 18 años Las personas mayores de 18 años Las personas con trastorno mental comprobado.
La capacidad de entender y querer, constituye la base de: La autoria La responsabilidad La participación.
La legitima defensa es causa de exclusión de: La culpabilidad La imputabilidad La tipicidad.
La orden legitima y expresa de autoridad competente, debe provenir de una autoridad Publica Privada Jurídica.
El Código Integral Penal, establece que delito constituye: Toda acción u omisión, típica, jurídica y culpable Todo acto, acción u omisión, atípico, jurídico y culpable Todo acto, acción u omisión, típico, antijurídico y culpable.
El Código Orgánico Integral Penal COIP, establece que la diferencia entre delito y contravención es: El delito se sanciona con pena privativa de libertad mayor a treinta días y la contravención con pena no privativa de libertad o privativa de la libertad de hasta treinta días El delito se sanciona con pena privativa de libertad mayor a sesenta días y la contravención con pena no privativa de libertad o privativa de la libertad de hasta sesenta días En el delito el autor actúa con dolo, mientras que en la contravención únicamente incumple el deber objetivo de cuidado .
Que autor sostiene que "El delito como hecho, tiene origen en las pasiones humanas, a pesar de la ley que prohíbe hacerlo" Francisco Carrara César Beccaria Luis Jiménez de Azú.
Las fases a través de las que se desarrolla el fenómeno jurídico llamado delito, que va desde la ideación hasta el agotamiento, se entiende por: Iter criminis Exter criminis Cogitationis poenam nemo partitur.
Constituye delito por omisión: Cuando se transgrede una prohibición Cuando se incumple un deber jurídico Cuando se realiza lo que la ley prescribe que no se realice.
Las circunstancias atenuantes permiten: Aumentar la pena en la proporción establecida por la ley Reducir la pena en la proporción establecida por la ley Ni aumenta ni reduce la pena.
Los delitos que se perfeccionan con el resultado querido por el agente son Formales Materiales Complejos.
El ejercicio público de la ación conlleva a que la investigación previa o instrucción, según sea el caso, sea iniciada por: La policia El fiscal El juez.
Si se pretende matar a una persona y para lograrlo se pone veneno en una jarra de agua que será bebida por otras personas más, se actúa con: Dolo directo Dolo indirecto Culpa.
Si Juan disparó en el corazón a Pedro, con la intención de causarle la muerte, pero Pedro llevaba puesto un chaleco antibalas y por esta razón no muere, Juan será procesado por: Lesiones Homicidio Tentativa de homicidio.
El sujeto activo del delito es: El fiscal que investiga la acción indebida El juez que tiene que emitir sentencia luego de haberse agotado las etapas procesales La persona que ejecuta la conducta penada por la ley.
El autor material del delito es: La persona que ejecuta directamente el acto típico Quienes ejerzan un poder de mando en la organización delictiva Quienes instiguen o aconsejen a otra persona para que cometa una infracción, cuando se demuestre que tal acción ha determinado su comisión .
El autor de un delito puede actuar con: Dolo o desconocimiento Dolo o culpa Las dos anteriores.
Responderá como cómplice de un delito: Quien obligue a un tercero a cometer la infracción, aunque no pueda calificarse como irresistible la fuerza empleada con dicho fin La persona que indirecta y secundariamente, colabora en el cometimiento del delito a través de actos anteriores o simultáneos Quienes instiguen o aconsejen a otra persona para que cometa una infracción .
Quien utiliza a otra persona para la realización del delito por medios fraudulentos y de manera directa se lo conoce con el nombre de: Autor material Complice Autor intelectual.
Cierta doctrina alemana estima que la participación, al igual que la tentativa, representa: Una extralimitación jurídica de interpretación del tipo penal Una extensión extra típica de la pena Una limitación del Ius punendi.
Con el tratamiento adecuado al delincuente, no sólo que se lograría rehabilitarlo y corregirlo, sino que además: Se lo puede convertir en informante del sistema especializado integral de investigación, de medicina legal y ciencia forenses Lse servirá para que facilmente pueda conseguir un empleo Es una forma de prevención del delito.
La intervención del encubridor en la ejecución del delito es: Anterior Posterior Simultánea .
El principio que establece que la pena debe guardar relación con el delito cometido, se conoce como: Principio de igualdad Principio de proporcionalidad Principio de inmediación.
El fin de la pena es evitar que el reo vuelva a lesionar los bienes jurídicos de las personas, es el pensamiento del tratadista Maurach Mezger Von Liszt.
Para los representantes de la escuela clásica, tanto el hombre delincuente como el que no lo es son: Iguales y libres Ricos y famosos Pobres y desamparados.
Que escuela considera que el delincuente es un enfermo al que hay que curar Escuela positivista La escuela de Francfort La escuela de Chigaco.
El termino "pena" proviene del latín poena, que significa: Rehabilitación Dolor Ninguna de las anteriores.
Uno de los medios con que cuenta el Derecho Penal en su lucha contra el delito es: Imposición de la pena al autor del hecho criminal así como la toma de medidas preventivas necesarias Los gobiernos que aplican penas tomadas de los preceptos de la escuela positivista La criminalización de todas las conductas que afectan los bienes privados tutelados. .
Según la Escuela Penal Positivista el tratamiento para el delincuente debe ser: Reformatorio Castigador Compensatorio.
Los máximos representantes de la Escuela Penal Positivista son: César Lombroso, Enrique Ferri y Rafael Garofalo Huisman, Chestie y Mathiesen César Beccaria, Tomás Moro y Francisco Carrara.
La llamada venganza de sangre, consiste en: La que aplicaban los reyes a quienes se insubordinaban La que se aplicaba con degollamiento a quienes se apropiaban de terrenos ajenos La venganza por muerte de parientes.
Desde el punto de vista de su naturaleza, la pena se clasifica en: Corporales, pecuniarias e incapacitantes Perpetuas y temporales Divisibles e indivisibles.
Atendiendo a la definición de la pena, podemos mencionar, que ésta se rige por las siguientes características: Legal, individual, determinada, impuesta en sentencia, igual para todos y desproporcionada Legal, general, determinada, impuesta en sentencia, igual para todos y proporcionada Legal, individual, determinada, impuesta en sentencia,igual para todos y proporcionada.
Por el peso de las penas, estas se clasifican en: Reparables e irreparables Graves y leves Principales y accesorias.
Se puede manifestar que el derecho natural, esta consebido como: El derecho que corresponde a toda persona por el simple hecho de pertenecera la especie humana, sin excepción de ninguna clase Las normas establecidas para proteger y garantizar los derechos de la naturaleza o la Paccha Mama Aquellas normas que tienen como espíritu reconocer y permitir la aplicación de las costumbres ancestrales como la medicina natural.
Se podría afirmar que aquellos Estados que mantienen en sus legislaciones penas severas, como la pena de muerte, se mantienen en el periodo de: Periodo humanitario Periodo mixto Periodo de venganza social o pública .
El Derecho Penal forma parte del: Derecho Estatal Derecho Público Derecho Privado.
La inimputabilidad también opera en el caso de embriaguez o intoxicación del sujeto activo del delito, excepto en los delitos: Tránsito Sexuales Ambientales.
Para que opere la legitima defensa de un derecho propio o ajeno es necesario que existan tres elementos que son: Las personas sean menores de edad, tengan falta de conciencia; y embriaguez consuetudinaria. Agresión actual e ilegítima, necesidad racional de la defensa, falta de provocación suficiente por parte de quien actúa en defensa Agresión posterior y legítima, necesidad irracional de la defensa, provocación por parte de quien actúa en defensa.
Los elementos de voluntad y conciencia con que se actua en un delito, conllevan a a determinar la: Tipicidad Culpabilidad Antijuridicidad.
Los delitos en los que el dolo se constituye un elemento imprescindible, debido a que el agente realiza el injusto acton con conciencia y voluntad son: Intencional Preterintencional Culposo.
Doctrinariamente la figura de la corresponsabilidad en materia penal se denomina: Codelincuencia y concurso de delincuentes Coactuación de autores y cómplices Contumacia delincuencial.
El Código Orgánico Integral Penal, establece que las personas participan en la infracción penal, como: Autores o cómplices Autores o víctimas Autores, complices y encubridores.
El delito de peculado puede ser cometido: Únicamente por un funcionario público o encargado de un servicio público. Por cualquier persona Unicamente por determinados profesionales.
El Régimen General de Rehabilitación esta compuesto por las siguientes fases: Información y diagnóstico, desarrollo integral personalizado, inclusión social; y Apoyo a liberados. Interna y Externa Instrucción, Evaluación; y Juicio.
Los grandes representantes e la Escuela Penal Clásica son: Rafael Garofalo y Enrique Ferri César Lombroso y Rafael Garófalo César Beccaria y Francisco Carrara.
Indique qué escuela considera que: la pena es un mal que engendra dolor y un medio de tutela jurídica que se le impone al delincuente por actual este con libre albedrío: La Escuela Positivista La Escuela de Francfort La Escuela Clásica.
La Escuela Penal Positivista centra su atención en: El delito El delincuente La víctima .
El libre albedrío o libre arbitrio es la doctrina según la cual el hombre posee la facultad de: Discriminar entre los distintos motivos de conducta que se le presentan y de decidirse en un sentido o en otro. Aceptar o negar la participación en el cometimiento de una infracción penal Discernir en la tipificación o no de una nueva conducta penal.
En caso de que una persona peligrosa es autora de un delito, pero se establece que es inimputable por trastorno mental, la ley contempla la aplicación de: Pena privativa de libertad Medidas de seguridad Ninguna de las anteriores.
Por la independencia las penas se clasifican en: Principales y accesorias Divisibles e indivisibles Reparables y irreparables.
Por la Flexibilidad las penas se clasifican en: Divisibles e indivisibles Corporales, pecuniarias Perpetuas, temporales.
Por el tiempo de duración las penas se clasifican en: Principales, accesorias Perpetuas, Temporales, instantáneas Graves, leves.
Desde el punto de vista de su naturaleza, la penas se clasifica en. Corporales, pecuniarias e incapacitantes Perpetuas y temporales Divisibles e indivisibles.
Es inimputable la persona que actúa: Sin voluntad ni conciencia Sin voluntad y con conciencia Con voluntad y sin conciencia.
La imputabilidad constituye La capacidad y la voluntad para actuar ilícitamente La excepción que establece la ley penal para no aplicar una sanción La falta de capacidad de comprender la ilicitud de una conducta.
El Derecho subjetivo constituye: El conjunto de normas que garantizan los derechos de los grupos de atención prioritaria Las normas punitivas establecidas por el Estado con el objeto de prevenir la delincuencia o sancionar a aquellos que cometen infracciones El conjunto de facultades, derechos y obligaciones que se atribuyen a todos los ciudadanos.
El Código Orgánico Integral Penal al referirse a la culpabilidad, establece: Para que una persona sea considerada responsable penalmente deberá ser imputable y actuar con conocimiento de la antijuricidad de su conducta. Para que una persona sea considerada responsable penalmente deberá ser imputable y actuar con conocimiento de la antijuricidad de su conducta Para que una persona sea considerada responsable penalmente deberá ser imputable y actuar con conocimiento de la tipicidad de su conducta.
La orden legítima y expresa de autoridad competente, sebe provenir de una autoridad Pública Privada Jurídica.
La conducta punible puede tener como modalidades: La acción y la omisión El dolo y la culpa El delito y la pena.
Para que un delito pueda ser sancionado se requiere: La sentencia ejecutoriada del juez penal Que este tipificado en la ley Que se compruebe conforme a derecho la existencia del delito y la responsabilidad del procesado.
La madre que debiendo alimentar a su hijo no lo hace y por este motivo muere su hijo, esta cometiendo un delito por: Acción Omisión Dolo.
De acuerdo a la estructura de la participación, los cómplices se subclasifican en: Primarios y secundarios Directos e Indirectos Mediatos e indirectos.
El COIP aclara que la participación del complice deber ser dolosa, por lo tanto no existe complicidad en las infracciones: Culposas Dolosas Ninguna de las anteriores.
La corresponsabilidad surge de la figura doctrinaria del concurso de delincuente o codelincuencia que equivale La reincidencia La participación de varios autores en la consumación del delito La participación de autores, cómplices y encubridores en la consumación del delito.
La Escuela Penal Clásica considera: Que la norma penal debe estar en íntima relación con las normas divinas Que el hombre por el hecho de ser hombre, le corresponden derechos intrínsecos que deben ser respetados por todos y cuya vulneración amerita una sanción Que los actos de los hombres están determinados por factores hereditarios y del medio ambiente.
Las circunstancias que responden a la menor o mayor peligrosidad del sujeto activo del delito, se llaman: Atenuantes y agravantes Circunstancias dependientes e independientes Circunstancias propias y circunstancias ajenas.
El derecho a sancionar le corresponde a: La policia La víctima El Estado.
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