Mientras viva el marido, cualquier persona que tenga interés, puede reclamar la paternidad del hijo, concebido bajo matrimonio. F V. 2. Podrá reconocerse voluntariamente a un hijo que ya ha fallecido,
sin embargo, este reconocimiento no conferirá derechos al presunto padre o madre declarante, en la sucesión intestada del reconocido
V F. . Muerto el marido, la mujer que se creyere embarazada, podrá
Denunciar a los llamados a suceder al difunto.
V F. 4. Cuando la madre pasare a otras nupcias y se dudare a cuál de los
dos matrimonios pertenece el hijo, el juez resolverá tomando en
cuenta el dictamen de dos facultativos.
F V. 5. En todos los casos, el reconocimiento de un hijo es revocable. F V. 6. Los hijos nacidos fuera de matrimonio, podrán ser reconocidos
por sus padres o por uno de ellos.
V F. 7. En casos de inhabilidad física grave de ambos padres o cuando sea contrario al interés superior del niño, niña y adolescencia, el juez podrá confiar el cuidado personal de los hijos, a otras personas idóneas. V F. 8. La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que
tienen los padres sobre los hijos, según el Código Civil
F V. 9. La sociedad conyugal o los padres, no gozarán del usufructo legal
sino hasta la emancipación del hijo.
V F. 10. Cuando el hijo demande al padre o a la madre, en la misma demanda pedirá venia al juez. V F. 11. La suspensión de la patria potestad deberá ser ordenada por el
juez con conocimiento de causa y después de oír al ministerio público.
F V. 12. La emancipación da fin a la patria potestad. V F. 13. Por la muerte del padre, cuando no existe la madre, se efectúa la
emancipación legal
V F. 14. Según el Código Civil, para sus efectos de adopción se considera
menor de edad hasta los 21 años de edad
V F. 15. Por la adopción adquiere el adoptante respecto del adoptado, solo
los derechos correspondientes a los padre e hijos.
F V. 16El trámite para la adopción lo regula el Código Civil.
F V. 17. Se debe alimentos por ley únicamente a los hijos F V. 18. Los alimentos congruos son los que le basta para sustentar la
vida.
F V. 19Los alimentos necesarios son los que habilitan al alimentado para
subsistir modestamente del modo a su posición social
F V. 20Los alimentos se deben desde la primera demanda y se pagarán
por mesadas anticipadas
V F. 1. La tutela y la curaduría generales se extiende:
a. Solo a los bienes
b. Solo a las personas
c. A los bienes y personas sometidas a ellas. 2. Están sujetos a tutela:
a. Los menores
b. Los mayores
c. Los interdictos. 3. Los individuos sujetos a tutela o curaduría se llaman:
a. Curadores
b. Pupilos
c. Tutores. 4. Los tutelas o curadurías pueden ser:
c. Legítimas, dativas o testamentarias b. Dativas en todos los casos a. Legítimas en todos los casos. 5. El padre o la madre pueden dar tutor por testamento:
c. A todos los hijos sin ninguna limitación. b. A los hijos que no estuvieren bajo patria potestad, al momento de
hacerse efectivo el testamento. a. A los hijos que estuvieren bajo patria potestad. 6. Las tutelas y curadurías testamentarias:
a. Admiten condición suspensiva y resolutiva.
b. No admiten ninguna condición suspensiva.
c. No admiten señalamiento de día cierto en que principien o expiren. 7. Se llama discernimiento de la tutela o curaduría:
a. El dictamen que presenta el ministerio público.
b. Las opiniones de las personas llamadas a calificar al tutor o curador.
c. El decreto judicial que autoriza al tutor o curador ejerce el cargo. 8. El juez para la elección del tutor o curador:
a. Deberá oír al ministerio público.
b. A los parientes del pupilo.
c. A cualquier persona. 9. La obligación de hacer inventario lo puede eximir el:
a. Ministerio público
b. Juez competente
c. Tutor o curador testamentario. 10. La responsabilidad del tutor o curador que administra los bienes del pupilo
se extiende:
a. Solo a la culpa grave b. Solo a las acciones en las que haya concurrido el dolo o mala
intención c. Hasta la culpa leve, inclusive. 11. Si la administración de los bienes se transfiere a otro tutor o curador:
quedará cerrada la cuenta con:
a. Aprobación del mismo ministerio público.
b. Aprobación judicial.
c. El hecho del nombramiento del nuevo administrador. 13. Los actos y contratos del demente posteriores a la sentencia de interdicción;
serán:
a. Válidos, sin ninguna limitación.
b. Válidos, en el caso que se haya celebrado en un intervalo lúcido.
c. Nulos. 14. Las curadurías especiales son:
a. Testamentarias
b. Legítimas
c. Dativas. 15. Las curadurías para pleito o ad-litem son dados por:
a. La judicatura que conoce el pleito.
b. El ministerio público
c. Los parientes. 1.- Son incapaces de toda tutela o curaduría; los dementes, aunque no estén bajo interdicción. V F. 2. Son incapaces de toda tutela o curaduría los individuos de la
fuerza pública en servicio activo
V F. 3. No pueden ser tutores o curadores los que no han cumplido
dieciocho años de edad.
V F. 4.El padrastro no puede ser tutor o curador de su entenado.
V F. 5. Pueden excusarse de la tutela o curaduría los que adolecen de
grave enfermedad inhabilitante.
V F. 6.El tutor o curador tendrá la recompensa de su trabajo la décima
parte de los frutos de los bienes pupilares que administre.
V F. 7. Los tutores o curadores pueden ser removidos por ineptitud
manifiesta
V F. 8.El que ejerce varias tutelas o curadurías y es removido de una de
ellas, por fraude o culpa grave, será removido de las otras.
V F. La remoción de los tutores o curadores puede ser promovida de
oficio.
V F. Se nombrará tutor o curador interino, mientras dure el juicio de
remoción.
V F. Pregunta 1 -La acción de impugnación de paternidad o maternidad podrá ser ejercida por cualquier persona que justifique tener derecho a ella. V F. Pregunta 2 -Si se admitirá el reconocimiento voluntario que contradiga una filiación ya existente F V. Pregunta 2 -Si se admitirá el reconocimiento voluntario que contradiga una filiación ya existente V F. Pregunta 3 -Durante el juicio no se presumirá que el hijo lo es del marido hasta que se lo declare judicialmente F V. Pregunta 4 -Los hijos nacidos fuera del matrimonio, podrán ser reconocidos por sus padres o por unos de ellos. V F. Pregunta 5 -No podrá reconocerse voluntariamente a un hijo que ya ha fallecido. F V. Pregunta 6 -El que no ha sido reconocido voluntariamente no puede solicitar al juez que lo declare hijo de determinados padre o madre. F V. Pregunta 7 -La acción de investigación de la paternidad o maternidad le corresponde al hijo o sus descendientes, pudiendo ejercerla directamente o a través de sus representantes legales.
V F.
Pregunta 8 -La patria potestad no se extiende al hijo que ejerce un empleo o cargo público, en los actos que ejecuta en razón de su empleo.
V F.
Pregunta 10 -Los célibes y los que se hallaren en actual estado de viudez, o divorcio no podrán adoptar sino a personas del mismo sexo que el del adoptante. V F. Pregunta 9 -La sociedad conyugal o los padres no gozarán del usufructo legal sino hasta la emancipación del hijo. V F. Pregunta 11 -El estado civil es la calidad de un individuo, en cuanto le habilita o inhabilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones civiles. V F.
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