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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECódigo Civil

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Título del test:
Código Civil

Descripción:
Test Libro Primero: Título V (De la paternidad y filiación)

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
13/02/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 32
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Temario:
CAPÍTULO PRIMERO DE LA FILIACIÓN Y SUS EFECTOS .
Señale la proposición CORRECTA. La filiación puede tener lugar por naturaleza y por adopción. La filiación por naturaleza puede ser matrimonial y no matrimonial. La filiación es matrimonial cuando el padre y la madre están casados entre sí. La filiación matrimonial y la no matrimonial, así como la adoptiva, surten los mismos efectos, conforme a las disposiciones de este Código. Todas son correctas.
Señale la proposición INCORRECTA. La filiación determina los apellidos con arreglo a lo dispuesto en la ley. Si la filiación está determinada por ambas líneas, el padre y la madre de común acuerdo podrán decidir el orden de transmisión de su respectivo primer apellido, antes de la inscripción registral. Si no se ejercita esta opción, regirá lo dispuesto en la ley. El orden de apellidos inscrito para el mayor de los hijos regirá en las inscripciones de nacimiento posteriores de sus hermanos del mismo vínculo. El hijo, al alcanzar los dieciséis años, podrá solicitar que se altere el orden de los apellidos.
El padre y la madre, aunque no ostenten la patria potestad, están obligados a velar por los hijos menores y a prestarles alimentos. Verdadero. Falso.
Quedará excluido de la patria potestad y demás funciones tuitivas y no ostentará derechos por ministerio de la Ley respecto del hijo o de sus descendientes, o en sus herencias, el progenitor: Cuando haya sido condenado a causa de las relaciones a que obedezca la generación, según sentencia penal firme. Cuando la filiación haya sido judicialmente determinada contra su oposición. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
Señale la proposición CORRECTA. Dejarán de producir efecto estas restricciones por determinación del representante legal del hijo aprobada judicialmente, o por voluntad del propio hijo una vez alcanzada la mayor edad. Quedarán siempre a salvo las obligaciones de velar por los hijos y prestarles alimentos. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
CAPÍTULO II DE LA DETERMINACIÓN Y PRUEBA DE LA FILIACIÓN SECCIÓN PRIMERA Disposiciones generales .
Señale la proposición CORRECTA. La filiación produce sus efectos desde que tiene lugar. Su determinación legal tiene efectos retroactivos siempre que la retroactividad sea compatible con la naturaleza de aquellos y la Ley no dispusiere lo contrario. En todo caso, conservarán su validez los actos otorgados, en nombre del hijo menor o incapaz, por su representante legal, antes de que la filiación hubiere sido determinada. Todas son correctas.
¿Por qué medios se acredita la filiación? Señale la proposición INCORRECTA. Por la inscripción en el Registro Civil. Por el documento o sentencia que la determina judicialmente. Por la presunción de paternidad matrimonial. A falta de los medios anteriores, por la posesión de estado.
Señale la opción CORRECTA. Los asientos de filiación podrán ser rectificados conforme a la Ley de Registro Civil, sin perjuicio de lo especialmente dispuesto en el presente título sobre acciones de impugnación. Podrán también rectificarse en cualquier momento los asientos que resulten contradictorios con los hechos que una sentencia judicial declare probados. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
SECCIÓN SEGUNDA De la determinación de la filiación matrimonial .
¿Cómo quedará determinada legalmente la filiación matrimonial materna y paterna? Por la inscripción del nacimiento junto con la del matrimonio de los padres. Por sentencia firme. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
Señale la proposición CORRECTA. Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges. Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los doscientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges. Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los cien días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges. Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los cuatrocientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges.
Señale la proposición CORRECTA. Nacido el hijo dentro de los noventa días siguientes a la celebración del matrimonio, podrá el marido destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los seis meses siguientes al conocimiento del parto. Nacido el hijo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio, podrá el marido destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los seis meses siguientes al conocimiento del parto. Nacido el hijo dentro de los noventa días siguientes a la celebración del matrimonio, podrá el marido destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los tres meses siguientes al conocimiento del parto. Nacido el hijo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio, podrá el marido destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los tres meses siguientes al conocimiento del parto.
Se exceptúan los casos en que hubiere reconocido la paternidad expresa o tácitamente o hubiese conocido el embarazo de la mujer con anterioridad a la celebración del matrimonio, salvo que, en este último supuesto, la declaración auténtica se hubiera formalizado, con el consentimiento de ambos, antes del matrimonio o después del mismo, dentro de ... Los tres meses siguientes al nacimiento del hijo. Los seis meses siguientes al nacimiento del hijo. Los tres meses siguientes a la inscripción del hijo en el Registro Civil. Los seis meses siguientes a la inscripción del hijo en el Registro Civil.
Señale la proposición CORRECTA. Aun faltando la presunción de paternidad del marido por causa de la separación legal o de hecho de los cónyuges, podrá inscribirse la filiación como matrimonial si concurre el consentimiento de ambos. La filiación adquiere el carácter de matrimonial desde la fecha del matrimonio de los progenitores cuando éste tenga lugar con posterioridad al nacimiento del hijo siempre que el hecho de la filiación quede determinado legalmente conforme a lo dispuesto en la sección siguiente. Lo establecido en el párrafo anterior aprovechará, en su caso, a los descendientes del hijo fallecido. Todas son correctas.
SECCIÓN TERCERA De la determinación de la filiación no matrimonial .
La filiación no matrimonial quedará determinada legalmente: Señale la proposición INCORRECTA. En el momento de la inscripción del nacimiento, por la declaración conforme realizada por el padre en el correspondiente formulario oficial a que se refiere la legislación del Registro Civil. Por el reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público. Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del Registro Civil. Por resolución motivada. Respecto de la madre, cuando se haga constar la filiación materna en la inscripción de nacimiento practicada dentro de plazo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Registro Civil.
Señale la proposición INCORRECTA. El reconocimiento otorgado por los incapaces o por quienes no puedan contraer matrimonio por razón de edad necesitará para su validez aprobación judicial con audiencia del encargado del Registro Civil. Cuando un progenitor hiciere el reconocimiento separadamente, no podrá manifestar en él la identidad del otro a no ser que esté ya determinada legalmente. El reconocimiento de un hijo mayor de edad no producirá efectos sin su consentimiento expreso o tácito.
Señale la proposición INCORRECTA. La eficacia del reconocimiento del menor o incapaz requerirá el consentimiento expreso de su representante legal o la aprobación judicial con audiencia del Ministerio Fiscal y del progenitor reconocido. No será necesario el consentimiento o la aprobación si el reconocimiento se hubiere efectuado en testamento o dentro del plazo establecido para practicar la inscripción del nacimiento. La inscripción de paternidad así practicada podrá suspenderse a simple petición de la madre durante el año siguiente al nacimiento. Si el padre solicitara la confirmación de la inscripción, será necesaria la aprobación judicial con audiencia del Ministerio Fiscal.
Señale la proposición CORRECTA. Cuando los progenitores del menor o incapaz fueren hermanos o consanguíneos en línea recta, legalmente determinada la filiación respecto de uno, sólo podrá quedar determinada legalmente respecto del otro, previa autorización judicial que se otorgará, con audiencia del Ministerio Fiscal, cuando convenga al menor o incapaz. Alcanzada por éste la plena capacidad, podrá, mediante declaración auténtica invalidar esta última determinación si no la hubiere consentido. El reconocimiento del ya fallecido sólo surtirá efecto si lo consintieren sus descendientes por sí o por sus representantes legales. Todas son correctas.
CAPÍTULO III DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN SECCIÓN PRIMERA (DEROGADA) SECCIÓN SEGUNDA De la reclamación .
Señale la proposición INCORRECTA. Cualquier persona con interés legítimo tiene acción para que se declare la filiación manifestada por la constante posesión de estado. Se exceptúa el supuesto en que la filiación que se reclame contradiga otra legalmente determinada. A falta de la correspondiente posesión de estado, la acción de reclamación de la filiación matrimonial, que es imprescriptible, corresponde al padre, a la madre o al hijo. Si el hijo falleciere antes de transcurrir tres años desde que alcanzase plena capacidad, o durante el año siguiente al descubrimiento de las pruebas en que se haya de fundar la demanda, su acción corresponde a sus herederos por el tiempo que faltare para completar dichos plazos.
Señale la proposición INCORRECTA. La acción de reclamación de filiación no matrimonial, cuando falte la respectiva posesión de estado, corresponderá al hijo durante toda su vida. Igualmente, podrán ejercitar la presente acción de filiación los progenitores en el plazo de un año contado desde que hubieran tenido conocimiento de los hechos en que hayan de basar su reclamación. Si el hijo falleciere antes de transcurrir tres años desde que alcanzare mayoría de edad o recobrare capacidad suficiente a tales efectos, o durante el año siguiente al descubrimiento de las pruebas en que se funde la demanda, su acción corresponderá a sus herederos por el tiempo que faltare para completar dichos plazos. Esta acción no será transmisible a los herederos quienes solo podrán continuar la acción que el progenitor hubiere iniciado en vida. El ejercicio de la acción de reclamación, conforme a los artículos anteriores, por el hijo o el progenitor, permitirá en todo caso la impugnación de la filiación contradictoria.
SECCIÓN TERCERA De la impugnación .
El marido podrá ejercitar la acción de impugnación de la paternidad en el plazo de ... contado desde la inscripción de la filiación en el Registro Civil. Sin embargo, el plazo no correrá mientras el marido ignore el nacimiento. Fallecido el marido sin conocer el nacimiento, el año se contará desde que lo conozca el heredero. Tres meses. Seis meses. Un año. Dieciocho meses.
Señale la proposición CORRECTA. Si el marido, pese a conocer el hecho del nacimiento de quien ha sido inscrito como hijo suyo, desconociera su falta de paternidad biológica, el cómputo del plazo de un año comenzará a contar desde que tuviera tal conocimiento. Si el marido falleciere antes de transcurrir el plazo señalado en los párrafos anteriores, la acción corresponderá a cada heredero por el tiempo que faltare para completar dicho plazo. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
Señale la opción CORRECTA. La paternidad podrá ser impugnada por el hijo durante el año siguiente a la inscripción de la filiación. Si fuere menor o tuviere la capacidad modificada judicialmente, el plazo contará desde que alcance la mayoría de edad o recobrare capacidad suficiente a tales efectos. El ejercicio de la acción, en interés del hijo que sea menor o tuviere la capacidad modificada judicialmente, corresponderá, asimismo, durante el año siguiente a la inscripción de la filiación, a la madre que ostente la patria potestad, a su representante legal o al Ministerio Fiscal. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
Señale la proposición CORRECTA. Si el hijo, pese a haber transcurrido más de un año desde la inscripción en el registro, desde su mayoría de edad o desde la recuperación de la capacidad suficiente a tales efectos, desconociera la falta de paternidad biológica de quien aparece inscrito como su progenitor, el cómputo del plazo de un año comenzará a contar desde que tuviera tal conocimiento. Cuando el hijo falleciere antes de transcurrir los plazos establecidos en los párrafos anteriores, su acción corresponderá a sus herederos por el tiempo que faltare para completar dichos plazos. Si falta en las relaciones familiares la posesión de estado de filiación matrimonial, la demanda podrá ser interpuesta en cualquier tiempo por el hijo o sus herederos. Todas son correctas.
Señale la opción CORRECTA. El reconocimiento y demás actos jurídicos que determinen conforme a la ley una filiación matrimonial o no matrimonial podrán ser impugnados por vicio de consentimiento según lo dispuesto en el artículo 141. La impugnación de la paternidad por otras causas se atendrá a las normas contenidas en esta sección. La mujer podrá ejercitar la acción de impugnación de su maternidad justificando la suposición del parto o no ser cierta la identidad del hijo. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
Cuando falte en las relaciones familiares la posesión de estado, la filiación paterna o materna no matrimonial podrá ser impugnada por aquéllos a quienes perjudique. Cuando exista posesión de estado, la acción de impugnación corresponderá a quien aparece como hijo o progenitor y a quienes por la filiación puedan resultar afectados en su calidad de herederos forzosos. La acción caducará pasados ... desde que el hijo, una vez inscrita la filiación, goce de la posesión de estado correspondiente. Dos años. Tres años. Cinco años. Cuatro años.
Señale la opción CORRECTA. Los hijos tendrán, en todo caso, acción durante un año después de alcanzar la mayoría de edad o de recobrar capacidad suficiente a tales efectos. La acción de impugnación del reconocimiento realizado mediante error, violencia o intimidación corresponde a quien lo hubiere otorgado. La acción caducará al año del reconocimiento o desde que cesó el vicio de consentimiento, y podrá ser ejercitada o continuada por los herederos de aquél, si hubiere fallecido antes de transcurrir el año. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
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