COMUNITARIO EUROPEO 15
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Título del Test:
![]() COMUNITARIO EUROPEO 15 Descripción: COMUNITARIO EUROPEO |



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351. De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos, la validez de la base jurídica del tratamiento únicamente puede considerarse acreditada cuando el responsable: a) Fundamenta el tratamiento en alguna de las condiciones habilitantes del art. 6 RGPD, motivándola y documentándola en el análisis de licitud, evidenciando adecuación, necesidad y proporcionalidad respecto de la finalidad. b) Presume la existencia de consentimiento a partir de conductas pasivas, de la inacción del interesado o de la ausencia de oposición expresa. c) Invoca un interés empresarial propio sin necesidad de ponderar los derechos y libertades del interesado. d) Comunica al interesado la finalidad del tratamiento una vez iniciado este, considerando que esta información es necesaria para satisfacer materialmente las exigencias del principio de transparencia. |




