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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEConcepto del delito. La acción y la omisión.

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Título del test:
Concepto del delito. La acción y la omisión.

Descripción:
Los elementos del concepto analítico. Clases. Causas de exclusión de AyO, etc.

Autor:
Ainoha Narvaja
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
05/03/2020

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 38
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Temario:
¿Qué parte del Derecho penal es adecuada para explicar los elementos que estudia la teoría general del delito? La parte especial. La parte general.
¿A qué concepto se acoge la teoría general del delito para calificar como delictiva una acción u omisión? Al concepto de delito en sentido amplio (es necesario que concurran todos los elementos para que pueda existir un delito). Al concepto de delito en sentido restringido (no es necesario que concurran todos los elementos para que exista un delito, basta con que concurran solo algunos de ellos).
¿Qué concepto se ocupa de definir los elementos esenciales del delito? Concepto formal del delito. Concepto analítico del delito. Concepto material del delito.
¿Qué es un delito? Toda acción u omisión, típica, antijurídica y culpable. Toda acción u omisión, típica, antijurídica, culpable y punible.
¿Cuál de todos estos no es considerado por la doctrina mayoritaria como un elemento esencial del concepto de delito? Antijuridicidad. Punibilidad. Acción/omisión. Tipicidad. Culpabilidad.
¿En qué posición se encuentra la punibilidad como elemento esencial del concepto analítico del delito? Es el primer elemento esencial del concepto analítico del delito. Es el segundo elemento esencial del concepto analítico del delito. Es el tercer elemento esencial del concepto analítico del delito. Es el cuarto elemento esencial del concepto analítico del delito. No es considerado por la doctrina mayoritaria como un elemento esencial del concepto analítico del delito.
¿Con qué principio se considera que está estrechamente vinculada la tipicidad? Principio de fragmentariedad. Principio de legalidad. Principio de intervención mínima. Principio de ultima ratio.
¿En qué precepto del CP se dice que está la fundamentación de la tipicidad? Art. 1. Art. 10. Art. 13. Art. 20.
Toda acción u omisión que pongan en peligro o lesionen bienes jurídicos, pero que no se encuentren previstas en la Ley: Son atípicas y, por tanto, no habría delito. Obviamente, son típicas y, por tanto, hay delito.
Si nos encontramos ante una acción u omisión que no es dolosa ni imprudente: La conducta sigue siendo típica. La conducta es atípica.
¿Son todas las acciones/omisiones típicas también antijurídicas? Sí, debido al carácter lógico-secuencial que une a cada uno de los elementos esenciales del concepto analítico del delito. No si concurre una causa de justificación.
¿Cuáles son las causas de justificación recogidas en el art. 20 del CP que afectan a la antijuridicidad? La legítima defensa. El estado de necesidad. El cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo. Todas son correctas.
¿A qué elemento afecta una causa de justificación? A la culpabilidad-inexigibilidad. Excluye la acción/omisión. A la culpabilidad-imputabilidad. A la antijuridicidad.
¿Pueden existir acciones antinormativas que no sean antijurídicas, esto es, contrarias a Derecho? No, dado que una conducta contraria a un precepto penal va en contra del ordenamiento jurídico. Sí, en virtud de las normas permisivas o autorizaciones.
Si concurre un estado de necesidad (art. 20.5) donde los intereses en conflicto son desiguales, nos encontramos ante una causa de: Justificación o "estado de necesidad justificante". Inculpabilidad o "estado de necesidad exculpante".
Si concurre un estado de necesidad (art. 20.5) donde los intereses en conflicto son iguales, nos encontramos ante una causa de: Justificación o "estado de necesidad justificante". Inculpabilidad o "estado de necesidad exculpante".
El caso de una persona que para salvar su integridad física comete un allanamiento de morada es: Una causa de justificación. Una causa de inculpabilidad.
El caso de un médico que administra veneno creyendo que en realidad es un medicamento (porque, por ejemplo, no lo preparó él, sino el enfermero) es: Una causa de justificación. Una causa de inculpabilidad.
¿Cuál de los siguientes es una causa de exclusión de la culpabilidad? El error de prohibición invencible. El hecho de que el sujeto padezca una anomalía o alteración psíquica que le impide comprender la ilicitud de su comportamiento. El miedo insuperable. Todas son correctas.
¿Por qué causa se excluiría la punibilidad? Por el principio político-criminal limitador del ius puniendi. Por las causas de exclusión de la responsabilidad penal. Por las excusas absolutorias. Todas son falsas.
El conocimiento y fallo de los juicios por delitos leves corresponde a: Juzgados de lo Penal. Audiencias Provinciales. Juzgados de Instrucción, salvo los exceptuados para los Juzgados de violencia sobre la mujer.
El conocimiento y fallo de los delitos menos graves corresponde a: Juzgados de lo Penal. Audiencias Provinciales. Juzgados de Instrucción, salvo los exceptuados para los Juzgados de violencia sobre la mujer.
El conocimiento y fallo de los delitos graves corresponde a: Juzgados de lo Penal. Audiencias Provinciales. Juzgados de Instrucción, salvo los exceptuados para los Juzgados de violencia sobre la mujer.
¿Cuál es el elemento subjetivo del concepto causal de acción? La voluntad. La manifestación externa de voluntad. El resultado. La relación de causalidad.
¿En qué elemento centra su atención el concepto final de acción? La voluntad. La manifestación externa de voluntad. El resultado. La relación de causalidad.
¿Cómo se constata en la actualidad la relación de causalidad entre la acción y el resultado? Con arreglo a la teoría de la causa eficiente. Con arreglo a la teoría de la causalidad adecuada. Con arreglo a la teoría de la equivalencia de las condiciones o fórmula de la conditio sine qua non. Todas son verdaderas.
¿Cuál es la nota común entre la acción y la omisión? La voluntad. Ambas tienen igual penalidad. La a) y la c). La capacidad de acción.
¿Cuál es el criterio para determinar si nos encontramos ante una acción o una omisión? La manifestación externa de voluntad. La causalidad. El resultado. La voluntad.
¿Cuál de estas es una causa de exclusión de la acción y la omisión? Los movimientos reflejos. La fuerza irresistible. Los estados de incosnciencia. Todas son verdaderas.
¿Cuál de estas es una causa de exclusión de la acción y la omisión? Los actos en corto circuito. La intimidación. Los movimientos reflejos. El hipnotismo.
¿Cuál de estas es una causa de exclusión de la acción y la omisión? El sonambulismo. El sueño normal. El sueño anormal. Todas son verdaderas.
De acuerdo con el art. 20.2 del CP, ¿qué elemento excluye la narcosis? La acción. La antijuridicidad. La culpabilidad. La tipicidad.
¿Cuál de los siguientes no pertenece al tipo objetivo de los delitos de acción doloso de resultado? Acción. Resultado. Dolo eventual. Relación de causalidad.
¿Cuál de todas estas no es una teoría individualizadora? La teoría de la equivalencia de las condiciones o fórmula de la conditio sine qua non. La teoría de la causalidad adecuada. La teoría de la causa eficiente. Todas son falsas.
¿En qué teoría se lleva a cabo el juicio de previsibilidad objetiva? En la teoría de la equivalencia de las condiciones o fórmula de la conditio sine qua non. En la teoría de la causalidad adecuada. En la teoría de la causa de eficiente. Todas son verdaderas.
¿Qué teoría focaliza la responsabilidad en la conducta que en mayor medida determina la producción de un resultado? La teoría de la equivalencia de las condiciones o fórmula de la conditio sine qua non. La teoría de la causalidad adecuada. La teoría de la causa eficiente. Todas son verdaderas.
¿En qué consiste el juicio de previsibilidad objetiva? En tener en cuenta los conocimientos concretos que tenía el autor en el momento en que va a dar comienzo a la acción. En tener en cuenta los conocimientos de una persona inteligente. En tener en cuenta el saber común de la época sobre los cursos causales. Todas son verdaderas.
¿Cuál de estos no es requisito de la imputación objetiva del resultado? Crear o aumentar un riesgo jurídicamente desaprobado. Que el riesgo se realice en el resultado. No es necesario que el resultado se comprenda en el ámbito de protección de la norma. La relación causal entre la acción y el resultado.
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