Consti parcial 1 2
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La separación de funciones del poder estatal es una característica básica y fundamental de la forma republicana de gobierno. V. F. La protección de los DDHH la otorga únicamente cada Estado en especial por intermedio de su derecho interno. V. F. Las constituciones analíticas son textos básicos y breves. V. F. La función primordial de una constitución es limitar el poder de modo que garantice los derechos y libertades bajo el paradigma de los DD.HH. V. F. Al igual que el presidencialismo, el federalismo es creación original de la doctrina científica norteamericana. V. F. La Constitución es una ley ordinaria que preside el ordenamiento jurídico. V. F. Los derechos de tercera generación hacen referencia directa a la protección integral de la familia, el trabajo y la seguridad social. V. F. Las provincias tienen atributos soberanos para dictar sus constituciones. V. F. El estado unitario se caracteriza por la descentralización del pode. V. F. Estado Federal refiere a un mecanismo político de distribución del poder con base territorial o física. V. F. Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal. V. F. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el asiento de las autoridades del Gobierno Federal. V. F. Los Estados provinciales también se los conoce como gobiernos autárquicos. V. F. La Constitución obliga a las provincias a organizar: Sus códigos de fondo. Su justicia extraordinaria y aplicar los códigos institucionales. Su justicia ordinaria y aplicar los códigos de fondo. La reforma de 1994 estableció la reelección presidencial. V. F. Conforme al bloque de constitucionalidad, con la reforma de 1994 se ha abierto el denominado control de convencionalidad. V. F. El poder constituyente es un atributo supremo del pueblo. V. F. La nómina de instrumentos de Derecho Internacional que menciona el art. 75. Inc. 22 CN, no está cerrada atento a que deja abierta la puerta para que otros tratados de DDHH gocen en igual sentido de jerarquía constitucional. V. F. El fallo de la Corte Suprema Ekmekdjian C/ Sofovich en el año 1992 impedía a los constituyentes de 1994 consagrar la jerarquía constitucional de los instrumentos de Derecho Internacional de DDHH. V. F. Los Derechos y otros impuestos aduaneros le corresponden al Gobierno Provincial. V. F. |