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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELos contratos

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Título del test:
Los contratos

Descripción:
Elementos y requisitos

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
11/02/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 23
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Temario:
El contrato, según el artículo 1254 del Código Civil, se define: De manera directa, como un compromiso mercantil vinculante por el que una parte se obliga a satisfacer una necesidad De manera indirecta, existiendo éste desde que una o varias personas se obligan mutuamente a dar alguna cosa o prestar algún servicio De manera directa, como la obligación consentida de dar, hacer o no hacer alguna cosa. De manera indirecta, diciendo que un contrato requiere de voluntad de las partes y que el puro consentimiento los genera.
Son requisitos esenciales de un contrato: Aquellos que se dan por voluntad de las partes expresamente Aquellos que acompañan al contrato por su índole particular, y pueden ser modificados o excluidos por la voluntad de ambas partes Aquellos sin los que el contrato no puede darse Aquellos que generan la obligación frente a un Registro público.
Son requisitos naturales de un contrato: Aquellos que se dan por voluntad de las partes expresamente Aquellos que acompañan al contrato por su índole particular, y pueden ser modificados o excluidos por la voluntad de ambas partes Aquellos sin los que el contrato no puede darse Aquellos que generan la obligación frente a un Registro público.
Son requisitos accidentales de un contrato: Aquellos que se dan por voluntad de las partes expresamente Aquellos que acompañan al contrato por su índole particular, y pueden ser modificados o excluidos por la voluntad de ambas partes Aquellos sin los que el contrato no puede darse Aquellos que generan la obligación frente a un Registro público.
¿Cuáles son los tipos más importantes de los elementos accidentales del contrato (también llamados determinaciones accesorias de la voluntad)? Objeto y causa Entrega, precio y modo Condición, plazo y modo Plazo, precio y condición.
El Código, a los elementos esenciales comunes y relativos a la existencia, señala que "no hay contrato sino cuando concurren los elementos siguientes..." (Márquelos) Consentimiento de los contratantes Capacidad de los contratantes Ausencia de vicios en el consentimiento Objeto cierto materia del contrato Causa de la obligación establecida Aceptación expresa.
Como condiciones relativas a la validez del contrato, aparecen: Consentimiento de los contratantes Capacidad de los contratantes Ausencia de vicios en el consentimiento Objeto cierto materia del contrato Causa de la obligación establecida Aceptación expresa.
En cuanto a la capacidad de los contratantes, el caso especial de incapacidad se caracteriza por: Representa una restricción personal a la capacidad de obrar o de ejercicio Basado en razones de moralidad Restringe el ejercicio del derecho Restringe el goce del derecho El contrato celebrado es anulable El contrato celebrado es nulo de pleno derecho.
En cuanto a la capacidad de los contratantes, el caso especial de las prohibiciones se caracteriza por: Representa una restricción personal a la capacidad de obrar o de ejercicio Basado en razones de moralidad Restringe el ejercicio del derecho Restringe el goce del derecho El contrato celebrado es anulable El contrato celebrado es nulo de pleno derecho.
El consentimiento representa el elemento básico para la celebración de un contrato. El artículo 1262 del Código Civil, lo define: Como la oferta por una parte de los elementos que quiere incluir detallados La aceptación de fijar unas condiciones establecidas en el mismo El concurso de la oferta y la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato La aceptación y la constitución válida del contrato.
Marque los requisitos esenciales para que el consentimiento de un contrato sea válido: Pluralidad de sujetos o partes Voluntad consciente, aunque sea por una persona incapacitada Capacidad de los contratantes Voluntad consciente, inteligente y libre Fijación de precio Que sea real el contrato Declaración o manifestación de dicha voluntad.
El objeto del contrato se entiende por: La obligación que por él se constituye y responde a la pregunta de por qué se debe hacer algo Las cosas o servicios que son materia de las obligaciones de dar o hacer Las cláusulas que en él se incluyan La propia declaración de voluntades.
El objeto del contrato requiere de una serie de requisitos, ¿cuál sería el significado de cada uno de ellos? Real o posible Licitud de las cosas Determinado o determinable Licitud de los servicios.
La causa es un elemento esencial para la validez del contrato, ¿qué representa? Aquello que se constituye por el contrato La razón o fin, por qué de la obligación Motivo por el cual se constituye sobre un determinado objeto Modo de dar el consentimiento y formalizar el contrato.
Son requisitos esenciales de la causa el ser verdadera y el ser lícita, ¿qué diferencia hay entre ellas? En caso de causa falsa, se produce nulidad de pleno derecho mientras que la ilicitud puede ser anulable La causa se presume mientras no se demuestre lo contrario, mientras que la licitud siempre requiere de prueba En caso de ilicitud, quedará el contrato anulado de pleno derecho, mientras que si existe causa falsa, dará lugar a nulidad cuando no pueda ser probado que estuviera fundada en otra causa verdadera y lícita Es causa falsa aquella que se opone a las leyes o la moral.
¿Qué ocurre con el contrato sino cumple los requisitos de la causa? Podrá ser requerido judicialmente Produce la no existencia del contrato Siguen cumpliendo sus efectos hasta que se demuestre lo contrario Pueden ser anulables.
La exigencia de forma no afecta a la eficacia del contrato ni le priva de fuerza obligatoria entre las partes y solo faculta a los contratantes para exigirse recíprocamente su cumplimiento pidiendo la elevación del contrato a escritura pública Verdadero Falso.
Existen casos excepcionales en que la ley obliga a que los contratos deban constar en escritura pública. En estos casos (como la hipoteca, las capitulaciones matrimoniales...), ¿qué importancia tiene la forma para el contrato? Son elementos probatorios. Los esenciales son el consentimiento, la causa y el objeto Existe la posibilidad de acordar entre las partes el no registro del acuerdo Es elemento constitutivo del acto y, por tanto, elemento esencial para la validez del contrato.
Nuestro Código Civil sigue el criterio establecido pos los sistemas eclécticos, cuya regla general para la existencia de los contratos es: Mero consentimiento de las partes Consentimiento y determinadas formas externas Mero consentimiento y exigencia, en determinados supuestos, de la entrega de una cosa o la observancia de la forma escrita. Obligación de registro en escritura pública.
Por los requisitos necesarios para su formación, los consensuales: Se perfeccionan por el mero consentimiento Exigen la entrega de la cosa Exigen una formalidad especial.
Por los requisitos necesarios para su formación, los reales: Se perfeccionan por el mero consentimiento Exigen la entrega de la cosa Exigen una formalidad especial.
Por los requisitos necesarios para su formación, los solemnes: Se perfeccionan por el mero consentimiento Exigen la entrega de la cosa Exigen una formalidad especial.
En nuestra doctrina, una de las clasificaciones de los contratos más moderna es la Casso, que atiende a los objetos de los respectivos contratos. Unir con los ejemplos de cada uno: Traslativos de dominio Traslativos de uso y disfrute De trabajo y gestión Constitutivos de personalidad y de gestión colectiva De custodia Aleatorios De garantía Abstracto o de deuda.
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