Convenio para la protección de los derechos fundamentales
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Título del Test:![]() Convenio para la protección de los derechos fundamentales Descripción: Test Título II: Tribunal Europeo de Derechos Humanos (1.ª parte del test) |




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Señale la opción CORRECTA. Con el fin de asegurar el respeto de los compromisos que resultan para las Altas Partes Contratantes del presente Convenio y sus Protocolos, se instituye un Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en lo sucesivo denominado "el Tribunal". Funcionará de manera permanente. Durante su mandato, los Jueces no podrán ejercer ninguna actividad que sea incompatible con las exigencias de independencia, imparcialidad o disponibilidad necesaria para una actividad ejercida a tiempo completo; cualquier cuestión que se suscite en torno a la aplicación de este párrafo será dirimida por el Tribunal. El Tribunal se compondrá de un número de Jueces igual al de las Altas Partes Contratantes. Los Jueces deberán gozar de la más alta consideración moral y reunir las condiciones requeridas para el ejercicio de altas funciones judiciales o ser jurisconsultos de reconocida competencia. Los Jueces formarán parte del Tribunal a título individual. Todas son correctas. Los Jueces serán elegidos por la Asamblea Parlamentaria en razón de cada Alta Parte Contratante, ¿por qué tipo de mayoría?. Por mayoría de dos tercios de votos, de una lista de tres candidatos presentada por esa Alta Parte Contratante. Por mayoría absoluta de votos, de una lista de tres candidatos presentada por esa Alta Parte Contratante. Por mayoría de dos tercios de votos, de una lista de cinco candidatos presentada por esa Alta Parte Contratante. Por mayoría absoluta de votos, de una lista de cinco candidatos presentada por esa Alta Parte Contratante. Señale la opción INCORRECTA. Los jueces serán elegidos por un periodo de nueve años. No serán reelegibles. El mandato de los jueces finalizará cuando alcancen la edad de 65 años. Los jueces permanecerán en sus funciones hasta su sustitución. No obstante, continuarán conociendo de los asuntos que tengan ya asignados. Un juez sólo podrá ser relevado de sus funciones si los demás jueces deciden, por mayoría de dos tercios, que dicho juez ha dejado de reunir las condiciones requeridas para serlo. Señale la opción CORRECTA. El Tribunal tendrá una Secretaría cuyas funciones y organización se establecerán en el reglamento del Tribunal. Cuando esté constituido en formación de juez único, el Tribunal estará asistido de ponentes, que actuarán bajo la autoridad del Presidente del Tribunal. Formarán parte de la Secretaría del Tribunal. A y B son correctas. Ninguna es correcta. El Tribunal, reunido en pleno: Señale la opción INCORRECTA. Elegirá, por un período de tres años, a su Presidente y a un Vicepresidente, que será reelegible. Elegirá al Secretario y a uno o varios Secretarios adjuntos. Formulará cualquier solicitud con arreglo al párrafo 2 del artículo 26. Constituirá Salas por un período determinado. Elegirá a los Presidentes de las Salas del Tribunal, que serán reelegibles. Aprobará su reglamento. Para el examen de los asuntos que se le sometan, el Tribunal actuará en formación de juez único, en: Una Gran Sala. Comités. Salas. Señale la opción INCORRECTA. Cuando el Pleno del Tribunal así lo solicite, el Comité de Ministros podrá, por decisión unánime y por un periodo determinado, reducir a tres el número de jueces de las Salas. Cuando actúe en formación de juez único, ningún juez podrá examinar una solicitud contra la Alta Parte Contratante en cuya representación fue elegido dicho juez. El juez elegido en representación de una Alta Parte Contratante en el litigio será miembro de pleno derecho de la Sala y de la Gran Sala. En su ausencia, o cuando dicho juez no esté en condiciones de intervenir, actuará en calidad de juez una persona designada por el Presidente del Tribunal a partir de una lista presentada previamente por esa Parte. Formarán también parte de la Gran Sala el Presidente del Tribunal, los Vicepresidentes, los Presidentes de las Salas y demás jueces designados de conformidad con el reglamento del Tribunal. Cuando el asunto sea deferido a la Gran Sala en virtud del artículo 43, ningún juez de la Sala que haya dictado la sentencia podrá actuar en la misma, con excepción del Presidente de la Sala y del Juez que haya intervenido en representación de la Alta Parte Contratante interesada. Señale la opción INCORRECTA. El juez único podrá declarar inadmisible o eliminar del registro de asuntos del Tribunal una demanda presentada en virtud del artículo 34, cuando pueda adoptarse tal resolución sin tener que proceder a un examen complementario. La resolución será definitiva. Si el juez único no declara inadmisible una demanda ni la elimina del registro de asuntos, dicho juez remitirá la misma a una Sala para su examen complementario. Señale la opción INCORRECTA. Respecto de una demanda presentada en virtud del artículo 34, un Comité podrá, por mayoría de dos tercios, declarar la misma inadmisible o eliminarla del registro de asuntos, cuando pueda adoptarse tal resolución sin tener que proceder a un examen complementario o declararla admisible y dictar al mismo tiempo sentencia sobre el fondo, si la cuestión subyacente al caso, relativa a la interpretación o la aplicación del Convenio o de sus Protocolos, ya ha dado lugar a jurisprudencia bien establecida del Tribunal. Las resoluciones y sentencias dictadas en virtud del párrafo 1 serán definitivas. En caso de que el juez designado en representación de la Alta Parte Contratante en el litigio no sea miembro del Comité, el Comité podrá, en cualquier fase del procedimiento, invitar a dicho juez a ocupar el lugar de uno de los miembros del Comité, tomando en consideración todos los factores pertinentes, entre ellos el de si esa Parte se ha opuesto a la aplicación del procedimiento previsto en la letra 1.b). Señale la opción INCORRECTA. Si no se ha adoptado resolución alguna en virtud de los artículos 27 ó 28 o no se ha dictado sentencia en virtud del artículo 28, una Sala se pronunciará sobre la admisibilidad y el fondo de las demandas individuales presentadas en virtud del artículo 34. Se podrá adoptar la resolución sobre la admisibilidad por separado. La Sala se pronunciará sobre la admisibilidad y el fondo de las demandas de los Estados presentadas en virtud del artículo 33. Salvo decisión en contrario del Tribunal en casos excepcionales, la resolución sobre la admisibilidad no se tomará por separado. Señale la opción INCORRECTA. Si el asunto pendiente ante una Sala plantea una cuestión grave relativa a la interpretación del Convenio o de sus Protocolos, o si la solución dada a una cuestión pudiera ser contradictoria con una sentencia dictada anteriormente por el Tribunal, la Sala podrá inhibirse en favor de la Gran Sala, aunque haya dictado sentencia, salvo que una de las partes se oponga a ello. La Gran Sala se pronunciará sobre las demandas presentadas en virtud del artículo 33 o del artículo 34, cuando el asunto le haya sido elevado por la Sala en virtud del artículo 30 o cuando el asunto le haya sido deferido en virtud del artículo 43. La Gran Sala se pronunciará sobre la cuestiones sometidas al Tribunal por el Comité de Ministros de conformidad con el párrafo 4 del artículo 46. La Gran Sala examinará las solicitudes de emisión de opiniones consultivas presentadas en virtud del artículo 47. |