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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECorreos y Telégrafos 2018

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Título del test:
Correos y Telégrafos 2018

Descripción:
Tema 13 PBC

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
26/08/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 30
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Temario:
Correos debe cumplir la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. La estructura organizativa en Correos en prevención de blanqueo de dinero NO esta compuesta entre otros por: El Consejo de Administración. El Presidente. La Comisión de Control. Responsables de oficinas/unidades de reparto.
La Comisión de Control es el órgano de control interno en materia de PBC. Su Presidente es un representante de la Dirección de Operaciones. NO es función de esta Comisión: Impulsar la implantación y desarrolo de los procedimientos y obligaciones establecidos en la Ley. Supervisar los documentos elaborados por las distintas Direcciones de Correos. Analizar, controlar y comunicar la información relativa a las operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo de capitales. Comparecer en los procedimientos administrativos o judiciales en relación con los datos recogidos en las comunicaciones al Servicio Ejecutivo de la Comisión.
El Representante ante el SEPBLAC es la persona encargada de la comunicación de la información necesaria en materia de PBC. NO es función suya: Actuar como coordinador de todas las actividades que realiza correos en su lucha contra el blanqueo de capitales. Canalizar todas las comunicaciones existentes entre el SEPBLAC y Correos especialmente la Declaración Mensual de Operaciones. Participar en las reuniones que convoque el SEPBLAC, cuando estas tengan finalidad consultiva o divulgativa. Aprobar la memoria anual elaborada por el área de Prevención con las actuaciones e información más relevantes.
El Área de Prevención del Blanqueo de Capitales es la unidad técnica para el tratamiento y análisis de la información, encuadrada en la Dirección Adjunta de Operaciones, dentro de la Subdirección de Servicios Financieros. Tiene entre otras la siguiente función: Diseñar e implementar en Correos los programas de cumplimiento, seguimiento y control de la normativa en materia de PBC. Aprobar los plantes anuales de formación para directivos y empleados. Mantener informada a la Comisión de Control de cualquier circunstancia que pudiera alterar la política de prevención. Ser informada de las actas de las auditorias externas e internas relativas a la PBC.
Los responsables de oficinas/unidades de reparto deben velar por el cumplimiento de la normativa y será el interlocutor con la Unidad Técnica. NO es función suya en materia de PBC: Estar informado e informar a los empleados de la normativa interna sobre prevención, cumpliendo y exigiendo su cumplimiento. Analizar en detalle cualquier operación sospechosa, comunicándola al Área de Prevención de Blanqueo de Capitales. Controlar el archivo de la documentación requerida a clientes. Mantener el deber de confidencialidad con respecto a todas las operacione o clientes que hayan sido considerados sospechosos de blanqueo de capitales.
Los empleados de las oficinas/unidades de reparto tienen las siguientes funciones, señala la INCORRECTA: Realizar la identificación y verificación de los clientes, así como la correcta introducción de los datos de los mismos en los sistemas informáticos. Identificar cualquier operación que dé lugar a sospechas, comunicándolo al responsable de la unidad. Recibir los cursos sobre PBC establecidos, así como conocer y poner en marcha los procedimientos para prevenir el blanqueo de capitales. Evaluar los riesgos a los que se enfrenta Correos.
El peridodo de conservación de los documentos y registros justificativos de las operaciones y las relaciones de negocios, así como los exigidos para la aplicación de medidas de diligencia debida a los clientes es de: 10 años. 5 años. 6 meses 2 años.
Correos ha adecuado los sistemas informáticos en la operativa de admisión y pago de giros, creando un módulo o sistema para las diferentes aplicaciones de envío de dinero, con un ámbito exclusivo para la prevención del blanqueo de capitales denominado: SEDI/PBC SEPBLAC DMO PEP.
La documentación de operaciones y clientes relacionados con operaciones de giro se archivaran siguiendo las normas recogidas en el Proceso: Archivo - control de documentos. PDCA PHISHING CAU.
Los empleados de la Sociedad Estatal Correos y Telegrafos identificaran y comprobaran mediante documentos fehacientes, la identidad del cliente con carácter previo a la realización de operaciones: admisión o pago de giro nacional o internacional, en cualquiera de sus modalidades. Elige el documento válido para identificar personas físicas: NIP (Empleados de la administración cuando actúen en nombre de esta). Tarjeta de asilo político. Carnet consular Permiso de conducir.
La normativa sobre blanqueo de dinero establece una serie de medidas para garantizar la legalidad de las transaciones. Estas medidas pueden ser... Medidas simplificadas, normales y reforzadas. Medidas básicas, generales y específicas. Medidas nacionales o internacionales. Medidas estandar, secundarias y prioritarias.
La aplicación de medidas simplificadas de diligencia debida permitirá, respecto de determinados clientes, sustituir las medidas normales por las siguientes medidas. Elige la INCORRECTA. Comprobar la identidad del cliente o del titular real únicamente cuando se supere un umbral cuantitativo con posterioridad al establecimiento de la relación de negocios. Reducir la periodicidad del proceso de revisión documental. No recabar información sobre la actividad profesional o empresarial del cliente, infiriendo el propósito y naturaleza por el tipo de operaciones o realción de negocios establecida. Seguimiento continuo de la relación de negocio.
Es una medida reforzada: Presentación de justificante documental. Conocimiento de la actividad profesional o empresarial del cliente. Conocimiento del propósito de índole que motiva la operación. Reducir el seguimiento de la relación de negocios y el escrutinio de las operaciones que no superen un umbral cuantitativo.
Para prevenir el blanqueo de capitales resulta prioritario conocer a los clientes y establecer diferentes categorías en función de los siguientes factores, elige la INCORRECTA: Frecuencia y cuantía de los envíos. Actividad que motiva los envíos. Origen y destino del dinero enviado. Ser cliente registrado en la base de datos de clientes PBC .
Así se puede determinar el perfil de riesgo bajo, medio y alto y, en función del mismo, aplicar las medidas oportunas. NO son clientes de BAJO riesgo: Las Administraciones Públicas, previamente clasificadas mediante su CIF por Correos así como a sus organismos dependientes. Las sociedades con cotización en bolsa cuyos valores se admitan a negociación en un mercado regulado de la UE o de países terceros equivalentes, así como sus sucursales o filiales participadas mayoritariamente. Los clientes de giro internacional que envíen o reciban con países designados por el ordenamiento jurídico y realicen operaciones acumuladas con las del último mes natural no superen los 1500 euros (enviados o recibidos) PEP´S.
Se aplican medidas reforzadas a personas de responsabilidad pública (PEP´S) aunque haya dejado sus funciones durante: 2 años. 1 año. 3 años. 5 años.
También se aplican a los familiares o allegados de las personas con responsabilidad pública. La admisión de PEP´S como clientes debe ser autorizada directamente por: El responsable de oficina/unidad de reparto. El Área de Prevención. La Comisión de Control. SEPBLAC.
NO se entenderá por operación sospechosa la siguiente: Operaciones en las que el cliente ofrece algún regalo para evitar ciertos requisitos de identificación. Operaciones no ejecutadas (fallidas), que no llegan a realizarse porque el cliente rehúsa terminarlas cuando se le exige algún requisito esencial de identificación (DAE) o a aportar la documentación acreditativa de su actividad solicitada. Operaciones inusuales o fuera de lo normal, en especial, cuando existan indicios o certeza de que los clientes no acúan por cuenta propia, intentando ocultar la identidad del cliente real. Las operaciones con origen o destino a países que supongan un riesgo superior al normal y que una vez informada la Comisión de Control tome esa decisión.
Cuando se aprecien indicios de la existencia de alguna operación sospechosa o no ejecutada, el responsable de la oficina/unidad de reparto o el empleado que tuviera conociemiento de ella la comunicara al Área de Prevención del Blanqueo de Capitales, mediante el formulario establecido en: Conecta>Información y Gestión>Normativa>Prevención de Blanqueo>Formulario. Iris 6.0>Gestión>Giros>Normativa>PBC>Formulario. SGEI>Recepción y Despachos>Control>Actas de Incidencia. Mercurio>Principal>Entradas>Recepción>Profundizar>Formulario.
Desde la comunicación se produce el siguiente estado; acuse de recibo, en el plazo de ........... desde la recepción de la comunicación, el Área de Prevención de Blanqueo de Capitales acusara recibo de la misma, por el medio que considere oportuno, siempre que permita tener constancia de su recepción. 10 días. 1 mes. 15 días. 2 meses.
Desde la comunicación se produce además el siguiente estado; seguimiento, el Área dispondra de ................, desde el acuse de recibo, para notificar a la persona que atendió al cliente el estado de la comunicación. 3 meses 1 mes 6 meses 1 año.
Desde la comunicación se produce también el siguiente estado; comunicación final, el Área de Prevención en un plazo máximo de ..........., desde el acuse de recibo, notificara las medidas adoptadas tras el análisis de la operación, para conocimiento del empleado que intervino en la misma. 6 meses. 3 meses. 1 años 9 meses.
Con la información recogida, el Área de Prevención realizara un análisis, que NO dará lugar a una decisión en este sentido: Desestimar la operación sospechosa, porque no hay indicios sólidos de blanqueo de capitales. Proponer su remisión al SEPBLAC en la Comisión de Control inmediatamente, motivando en la propuesta los indicios de blanqueo. Marcar al cliente en seguimiento a fin de continuar reuniendo información, por un período no superior a 6 meses. El Representante comunicara inmediatamente al SEPBLAC las operaciones sospechosas, incluso las meras tentativas.
La Comisión analizara cada operación recibida y decidira por .........de los votos si procede su remisión al SEPBLAC. Mayoria. Mayoria simple. Mayoria absoluta. 1/3.
El representante comunicara inmediatamente al SEPBLAC las operaciónes que la Comisión encuentre sospechosas, incluso las meras tentativas. Las comunicaciones se efectuaran mediante el formulario: F19-1 F15-1 F8-3 F15-2.
El contenido mínimo de estas comunicaciones NO incluirá lo siguiente: Relación e identificación de los clientes que participan en la operación. Actividad conocida de los clientes y correspondencia entre la actividad y operación. Gestiones realizadas para investigar la operación comunicada. Relación de operaciones sin indicación de su naturaleza, moneda en que se realizan, cuantía, lugar de ejecución, finalidad e instrumentos de pago o cobro utilizados.
Mensualmente se comunicara al SEPBLAC mediante DMO (Declaración Mensual de Operaciones): Las operaciones ejecutadas y fallidas. Las operaciones por importe superior a 1500 euros. Este límite se aplica tanto a operaciones individuales como a fraccionamientos. Las operaciones por importe superior a 2000 euros. Las operaciones por importe superior a 3000 euros. Este límite se aplica tanto a operaciones individuales como a fraccionamientos.
La comunicación se realizara por el representante antes del día.... 15 de cada mes. 10 de cada mes. 5 de cada mes. 8 de cada mes.
¿En el caso de que no haya operaciones susceptibles de ser comunicadas en un semestre natural? Con el mismo formato se informara al SEPBLAC de la ausencia de tales operaciones en ese periodo. Se utilizara el formulario F-19-2 para informar al SEPBLAC de la ausencia de tales operaciones en ese periodo. No es necesario informar al SEPBLAC. Se utilizara el correo electrónico para informar de la ausencia de operaciones, custodiando una como del mismo en el Área de Prevención.
Se admitiran clientes que: Rehúsen entregar la documentación que permita su identificación. Faciliten datos falsos o erróneos. Personas jurídicas cuya estructura de propiedad o control no haya podido determinarse. Relacionados en peticiones de juzgados, policia, requerimiento del SEPBLAC.
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