Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESECUESTIONARIO 3

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
CUESTIONARIO 3

Descripción:
DERECHO

Autor:
LUIS TOASA
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
21/02/2023

Categoría:
Fans

Número preguntas: 153
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Los fiscales de adolescentes infractores tienen las siguientes atribuciones: a) Dirigir la investigación preprocesal y procesal. b) Decidir si se justifica el ejercicio de la acción penal según el mérito de su investigación. c) Procurar las formas de terminación anticipada del proceso, en los casos que proceda. d) Todas las respuestas.
El proceso para el juzgamiento del adolescente tiene las siguientes etapas: a) 1) Instrucción; 2) Evaluación y Preparatoria de Juicio y 3) Juicio; b) 1) Instrucción y 2) Juicio. c) 1) Evaluación y Preparatoria de Juicio y 2) Juicio. d) 1) Investigación previa, 2) Juicio y 3) apelación.
Audiencia de evaluación y preparatoria de juicio: Art. 356.1 CONA: Los vicios formales, que en caso de detectarse se subsanarán en la misma audiencia, se refieren a: a) Cuestiones de procedimiento; b) Competencia; c) Defectos relacionados con aspectos externos del proceso, ej: error en nombre o número de cedula del adolescente procesado; d) Tiene que ver con normas constitucionales.
La investigación previa en los delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta cinco años, no excederá de: a) 4 meses; b) 3 meses, c) 2 meses, d) 1 año.
La investigación previa en los delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a cinco años, no excederá de: a) 2 años, b) 8 meses, c) 6 meses, d) 4 meses.
La audiencia de formulación de cargos se desarrollará de acuerdo con las reglas del: a) Código Orgánico Integral Penal, b) Código General de Procesos, c) Código Orgánico administrativo, d) Código de la Niñez y la Adolescencia.
El adolescente que padezca trastorno mental permanente o transitorio y cometa una infracción: a) no será responsable penalmente en ningún caso, b) será responsable penalmente en ambos casos, c) será responsable penalmente sólo en caso de ser transitorio, d) será responsable penalmente sólo en caso de ser permanente.
El adolescente que padezca trastorno mental permanente o transitorio y cometa una infracción, no será responsable penalmente, empero, será el juzgador competente quien dictará una medida de seguridad proporcional, previo informe: a) Médico de un profesional designado por el fiscal. b) Psiquiátrico de un profesional designado por el fiscal. c) Psicológico de un profesional designado por el fiscal. d) No se requiere de ningún tipo de informe.
En caso de delito flagrante, la instrucción no excederá de: a) 20 días, b) 30 días, c) 60 días, d) 45 días.
Si aparecen en el proceso datos de los que se presuma la participación de otro adolescente en el hecho investigado, el fiscal solicitará audiencia para la vinculación, en este caso la instrucción se mantendrá abierta por un plazo adicional de: a) 10 días, por una sola vez, contados a partir de la audiencia de vinculación que se efectuará dentro del plazo previsto para la instrucción. b) 20 días, por una sola vez, contados a partir de la audiencia de vinculación que se efectuará dentro del plazo previsto para la instrucción. c) 30 días, por una sola vez, contados a partir de la audiencia de vinculación que se efectuará dentro del plazo previsto para la instrucción. d) 25 días, por una sola vez, contados a partir de la audiencia de vinculación que se efectuará dentro del plazo previsto para la instrucción.
Formas de terminación anticipada: Conciliación. El fiscal podrá promover la conciliación siempre que el delito sea sancionado con penas privativas de libertad de hasta: a) 10 años. b) 5 años, c) 3 años, d) 8 años.
Formas de terminación anticipada: Conciliación promovida por el juzgador. El juzgador competente podrá promover un acuerdo conciliatorio, siempre que el delito sea sancionado con penas privativas de libertad de hasta: a) 10 años, b) 5 años, c) 3 años, d) 8 años.
Las obligaciones establecidas en el acuerdo de conciliación pueden referirse a la reparación del daño causado o a la realización de ciertas actividades concretas destinadas a que el adolescente asuma su responsabilidad por los actos de los que se le acusa… En caso de incumplir las obligaciones contenidas en el acuerdo, el juzgador competente: a) continuará sustanciando el procedimiento inicial, b) archivará el proceso, c) dictará sentencia, d) ninguna de las anteriores.
El fiscal, hasta en la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, podrá proponer la suspensión del proceso a prueba, si existe el consentimiento del adolescente y se trata de delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta: a) 10 años, b) 5 años, c) 3 años, d) 8 años.
La audiencia de juicio se sustentará sobre la base de la acusación fiscal. El juzgador especializado en adolescentes infractores declarará instalada la audiencia de juicio, en el día y hora señalados, con la presencia del fiscal de adolescentes infractores, el adolescente, conjuntamente con su defensor privado o público. Si al momento de instalar la audiencia, el adolescente se encuentra ausente, se sentará razón de este hecho y se: a) continuara con la audiencia en su ausencia; b) suspenderá la audiencia hasta contar con su presencia. c) se difiere la audiencia d) suspenderá la audiencia y luego se reanudará sin necesidad de contar con su presencia.
La audiencia de juicio se sustentará sobre la base de la acusación fiscal. El juzgador especializado en adolescentes infractores declarará instalada la audiencia de juicio, en el día y hora señalados, con la presencia del fiscal de adolescentes infractores, el adolescente, conjuntamente con su defensor privado o público… En caso de no comparecer todos los testigos o peritos convocados a rendir testimonio: a) el juez suspende la audiencia, b) el juez difiere la audiencia, c) el juez preguntará a las partes procesales la pertinencia de continuar la audiencia con los que estén presentes escuchando sus argumentos, finalmente, el juzgador decidirá la continuación o no de la audiencia. d) ninguna de las anteriores.
Los mecanismos de reparación integral individual o colectiva son: a) La restitución de la situación que existía de no haberse cometido el hecho ilícito. b) Las indemnizaciones de daños materiales e inmateriales, se refiere a la compensación por todo perjuicio que resulte como consecuencia de una infracción y que es evaluable económicamente. c) Medidas de satisfacción de carácter no pecuniario encaminadas a reparar el daño inmaterial causado a la víctima y las garantías de no repetición; d) Todas las respuestas.
En materia de adolescente infractores, de conformidad con el COIP, proceden los recursos de: a) apelación, nulidad, hecho, casación y revisión: b) apelación y nulidad; c) apelación y de hecho; d) casación y revisión.
Las medidas socioeducativas tienen como finalidad: a) la protección y el desarrollo de los adolescentes infractores, garantizar su educación, integración familiar e inclusión constructiva a la sociedad, b) promover el ejercicio de los demás derechos de la persona de conformidad con la Constitución, instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador; c) criminalizar la pobreza; d) las dos primeras.
Clases de medidas socioeducativas.- Las medidas socioeducativas son: a) Privativas de libertad b) Privativas de libertad y no privativas de libertad; c) No privativas de libertad d) Ninguna de las anteriores.
Clases de medidas socioeducativas.- Las medidas socioeducativas son: a) Privativas de libertad b) Privativas de libertad y no privativas de libertad; c) No privativas de libertad d) Ninguna de las anteriores.
Las medidas socioeducativas no privativas de libertad que se pueden imponer son: a) Amonestación: es un llamado de atención verbal hecho directamente por el juzgador, al adolescente; y, a sus padres o representantes legales o responsables de su cuidado para que se comprenda la ilicitud de las acciones. b) Imposición de reglas de conducta: es el cumplimiento de determinadas obligaciones y restricciones para que se comprenda la ilicitud de las acciones y se modifique el comportamiento de cada adolescente, a fin de conseguir la integración a su entorno familiar y social. c) Orientación y apoyo psico socio familiar: es la obligación del adolescente y sus padres, representantes legales o responsables de su cuidado, de participar en programas de orientación y apoyo familiar para conseguir la adaptación del adolescente a su entorno familiar y social. d) Todas las respuestas.
Las medidas socioeducativas no privativas de libertad que se pueden imponer son: a) Servicio a la comunidad: son actividades concretas de beneficio comunitario que impone el juzgador, para que el adolescente las realice sin menoscabo de su integridad y dignidad, ni afectación de sus obligaciones académicas o laborales, tomando en consideración su edad, sus aptitudes, habilidades y destrezas, y el beneficio socioeducativo que reportan. b) Libertad asistida: es el estado de libertad condicionada al cumplimiento de directrices y restricciones de conducta fijadas por el juzgador, sujeta a orientación, asistencia, supervisión y evaluación, obligándose el adolescente a cumplir programas educativos, a recibir la orientación y el seguimiento, con la asistencia de especialistas y personas con conocimientos o aptitudes en el tratamiento de adolescentes. c) Las dos anteriores; d) Ninguna de las respuestas.
Entre las medidas socioeducativas privativas de libertad están: a) Internamiento domiciliario: es la restricción parcial de la libertad por la cual el adolescente no puede abandonar su hogar, excepto para asistir al establecimiento de estudios, de salud y de trabajo. b) Internamiento de fin de semana: es la restricción parcial de la libertad en virtud de la cual el adolescente estará obligado a concurrir los fines de semana al Centro de adolescentes infractores, lo que le permite mantener sus relaciones familiares y acudir normalmente al establecimiento de estudios o de trabajo. c) Las dos anteriores. d) Ninguna de las respuestas.
Entre las medidas socioeducativas privativas de libertad están: a) Internamiento con régimen semiabierto: es la restricción parcial de la libertad por la que el adolescente ingresa en un Centro de adolescentes infractores, sin impedir su derecho a concurrir normalmente al establecimiento de estudio o de trabajo. b) Internamiento Institucional: es la privación total de la libertad del adolescente, que ingresa en un Centro de adolescentes infractores, sin menoscabo de la aplicación de los programas establecidos para su tratamiento. c) Las dos anteriores. d) Ninguna de las respuestas.
Justica Juvenil: a) Restaurativa b) Retributiva c) Finalista d) Dogmática.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Convención sobre los Derechos del Niño.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Observación General N° 10, sobre los Derechos del Niño en la Justicia de menores.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Observación General Nº13 sobre los Derechos del Niño a no ser objeto de ningún tipo forma de violencia.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Observación General Nº14 sobre el Derechos del Niño a que su interés superior sea una consideración primordial.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Directrices de Acción sobre el Niño en el Sistema de Justicia Penal.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Relatoría sobre Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Declaración Iberoamericana en Justicia Juvenil Restaurativa.
Normativa Internacional Ratificada por el Estado Ecuatoriano referente a Justicia Juvenil a) Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad b) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional c) Acuerdo de Paris d) Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en condición de Vulnerabilidad.
La Constitución de la República del Ecuador consagra los principios a los que debe adecuarse la organización de los poderes y servicios públicos, en lo relativo a los servicios de justicia, respeto de los derechos de las personas y, en particular, a los niños, niñas y adolescentes considerándolos un grupo de: a) Atención dispersa b) Atención prioritaria. c) Atención emergente d) Atención constitucional.
La Constitución de la República del Ecuador señala que en caso de que un/una adolescente presente un conflicto con la ley penal, el Estado prestará especial protección por su condición de: a) Vulnerabilidad b) Doble vulnerabilidad c) Tripe vulnerabilidad d) Múltiple vulnerabilidad.
La Constitución de la República del Ecuador señala que garantiza de la protección y el desarrollo Integral de niños, niñas y adolescentes; y, atenderá: a) El interés inferior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas b) El interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas c) El interés superior y sus derechos no prevalecerán sobre los de las demás personas d) El interés universal y sus derechos no prevalecerán sobre los de las demás personas.
La Constitución de la República del Ecuador señala que este grupo de la población goza de los derechos comunes del ser humano, además de: a) Los específicos de su edad b) Los específicos de su sexo c) Los específicos de su familia d) Los específicos de su raza.
La Constitución de la República del Ecuador señala que incluye el derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de_________; en ningún caso un/una adolescente quedará en indefensión. a) Oralidad e inmediación b) Inmediación y celeridad c) Publicad e inmediación d) Inmediación y prolijidad.
La Constitución de la República del Ecuador señala que Los/las adolescentes que han infringido la ley penal poseen las garantías establecidas en el Artículo 77 de la Constitución; sin embargo, el numeral 13 señala que para las adolescentes y los adolescentes infractores regirá un sistema de: a) Medidas cautelares de carácter personal b) Medidas cautelares de carácter real c) Medidas socioeducativas proporcionales a la infracción atribuida. d) Medidas cautelares socioeducativas proporcionales a la infracción atribuida.
La Declaración Iberoamericana en Justicia Juvenil Restaurativa define la justicia juvenil restaurativa como: a) Una forma de tratar a los niños en conflicto con la ley con el objetivo de reparar el daño multilateral, recreacional y sectorial causado por la ofensa cometida y que contribuya a la rehabilitación y reintegración del niño a la sociedad. b) Varias formas de tratar a los niños en conflicto con la ley con el objetivo de reparar el daño individual, relacional y social causado por la ofensa cometida y que contribuya a la rehabilitación y reintegración del niño a la sociedad. c) Una forma de tratar a los niños en conflicto con la ley con el objetivo de reparar el daño individual, relacional y social causado por la ofensa cometida y que contribuya a la reclusión y castigo del niño a la sociedad. d) Una forma de tratar a los niños en conflicto con la ley con el objetivo de reparar el daño individual, relacional y social causado por la ofensa cometida y que contribuya a la rehabilitación y reintegración del niño a la sociedad.
La Declaración Iberoamericana en Justicia Juvenil Restaurativa define la justicia juvenil restaurativa como: a) La justicia juvenil restaurativa designa el tratamiento de los niños en conflicto con la ley penal, cuyo objetivo es la reparación del daño ocasionado al individuo, al vínculo social y a la sociedad b) La justicia juvenil retributiva designa el tratamiento de los niños en conflicto con la ley penal, cuyo objetivo es la reparación del daño ocasionado al individuo, al vínculo social y a la sociedad. c) La justicia juvenil coercitiva designa el tratamiento de los niños en conflicto con la ley penal, cuyo objetivo es la reparación del daño ocasionado al individuo, al vínculo social y a la sociedad. d) La justicia juvenil restaurativa designa el tratamiento de los adultos en conflicto con la ley penal, cuyo objetivo es la reparación del daño ocasionado al individuo, al vínculo social y a la sociedad.
La Declaración Iberoamericana en Justicia Juvenil Restaurativa define la justicia juvenil restaurativa como: a) El objetivo es satisfacer las responsabilidades y las necesidades individuales y colectivas de las partes, favorecer la reinserción del adulto en conflicto con la ley penal y la reparación de la víctima. b) El objetivo es satisfacer las responsabilidades y las necesidades individuales y colectivas de las partes, favorecer la reinserción del adolescente en conflicto con la ley civil y la reparación de la víctima. c) El objetivo es satisfacer las responsabilidades y las necesidades individuales y colectivas de las partes, favorecer la reinserción del adolescente en conflicto con la ley penal y la reparación de la Fiscalía de Adolescentes Infractores. d) El objetivo es satisfacer las responsabilidades y las necesidades individuales y colectivas de las partes, favorecer la reinserción del adolescente en conflicto con la ley penal y la reparación de la víctima.
La Declaración Iberoamericana en Justicia Juvenil Restaurativa define la justicia juvenil restaurativa como: a) El enfoque restaurativo está presente en todas las etapas de la justicia. b) El enfoque restaurativo está presente en ciertas etapas de la justicia. c) El enfoque restaurativo está presente en algunas etapas de la justicia. d) El enfoque retributivo está presente en todas las etapas de la justicia.
¿Qué es la justicia restaurativa? a) Un proceso reservado donde todas las personas afectadas por un delito en particular, como las víctimas, los delincuentes y la comunidad indígena se unen para resolver colectivamente la situación que sigue a las secuelas de un crimen b) Un proceso participativo donde todas las personas afectadas por un delito en particular, como las víctimas, los delincuentes y la comunidad se unen para resolver colectivamente la situación que sigue a las secuelas de un crimen c) Un proceso retributivo donde todas las personas afectadas por un delito en privado, como las víctimas, los delincuentes y la comunidad se unen para resolver colectivamente la situación que sigue a las secuelas de un crimen. d) Un proceso degenerativo donde todas las personas afectadas por un delito en particular en especial contra la fe pública, como las víctimas, los delincuentes y la comunidad se unen para resolver colectivamente la situación que sigue a las secuelas de un crimen.
¿Qué es la justicia restaurativa? a) Los objetivos finales de la Justicia Restaurativa incluyen la curación de las víctimas, la rehabilitación y responsabilidad del delincuente, el empoderamiento de las víctimas, la reconciliación, la reparación del daño causado, la participación de la comunidad y la resolución del conflicto entre todas las partes interesadas. b) Los objetivos finales de la Justicia Restaurativa incluyen la curación de las heridas, la rehabilitación y responsabilidad del delincuente, el empoderamiento de las víctimas, la reconciliación, la reparación del daño causado, la participación de la comunidad y la resolución del conflicto entre todas las partes interesadas. c) Los objetivos finales de la Justicia Restaurativa incluyen la curación de las víctimas, la sanción y castigo del delincuente, el empoderamiento de las víctimas, la reconciliación, la reparación del daño causado, la participación de la comunidad y la resolución del conflicto entre todas las partes interesadas. d) Los objetivos finales de la Justicia Retributiva incluyen la curación de las víctimas, la rehabilitación y responsabilidad del delincuente, el empoderamiento de las Fiscalía de Adolescentes Infractores, víctimas, la reconciliación, la reparación del daño causado, la participación de la comunidad y la resolución del conflicto entre todas las partes interesadas.
Qué es la justicia restaurativa? a) Por lo tanto, la participación activa de todas las partes es imperativa. b) Por lo tanto, la participación pasiva de todas las partes es innecesaria. c) Por lo tanto, la participación activa de todas las partes es irrelevante. d) Por lo tanto, la participación activa de todas las partes es imposible.
¿Qué es la justicia restaurativa? a) la participación activa de todas las partes es innecesaria. b) la participación activa de todas las partes es irrelevante c) la participación activa de todas las partes es impertinente d) la participación activa de todas las partes es imperativa.
En lugar de imponer un castigo al delincuente, la Justicia Restaurativa se enfoca en promover una respuesta más centrada en: a) La víctima / comunidad b) El CPCCS c) La Fiscalía de Adolescentes Infractores d) Juez de Adolescentes Infractores.
¿Qué es la justicia retributiva? a) El término Justicia Retributiva se refiere a una teoría de la justicia que se basa en la idea del conciliar b) El término Justicia Retributiva se refiere a una teoría de la justicia que se basa en la idea del rehabilitar c) El término Justicia Retributiva se refiere a una teoría de la justicia que se basa en la idea del conciliar d) El término Justicia Retributiva se refiere a una teoría de la justicia que se basa en la idea del castigo.
¿Qué es la justicia retributiva? a) Un sistema de justicia que se centra en el castigo del infractor en lugar de su rehabilitación b) Un sistema de justicia que se centra en soluciones del infractor en lugar de su rehabilitación c) Un sistema de justicia que se centra en la rehabilitación del infractor en lugar de su castigo d) Un sistema de justicia que se centra en la psicología del infractor en lugar de su rehabilitación.
¿Qué es la justicia retributiva? a) Se define como una teoría de la justicia que ve la conciliación como la mejor respuesta al crimen o la respuesta moralmente aceptable al crimen. b) Se define como una teoría de la justicia que ve el castigo como la mejor respuesta al crimen o la respuesta moralmente aceptable al crimen. c) Se define como una teoría de la justicia que ve el arrepentimiento como la mejor respuesta al crimen o la respuesta moralmente aceptable al crimen. d) Se define como una teoría de la justicia que ve la rehabilitación como la mejor respuesta al crimen o la respuesta moralmente aceptable al crimen.
¿Qué es la justicia retributiva? a) Énfasis de la teoría radica en imponer una conciliación que sea razonable y proporcional al delito y su gravedad. b) Énfasis de la teoría radica en imponer una rehabilitación que sea razonable y proporcional al delito y su gravedad. c) Énfasis de la teoría radica en imponer un castigo que sea razonable y proporcional al delito y su gravedad. d) Énfasis de la teoría radica en imponer un reconocimiento que sea razonable y proporcional al delito y su gravedad.
La justicia retributiva tiene una característica más _______ ya que busca brindar satisfacción y beneficios mentales y / o psicológicos a la víctima y la comunidad. a) Moral b) Finalista c) Vulnerable d) Restaurativa.
La justicia retributiva garantiza que dicho _______se aplique por igual a todos, según la gravedad y la naturaleza del delito. a) Castigo b) Reconocimiento c) Análisis d) Examen.
Principio de Especialidad: a) La doctrina habla del derecho de los adolescentes a un juicio especializado, es decir, a un tratamiento institucional diferenciado. b) La doctrina habla del derecho de los adolescentes a un juicio parcializado, es decir, a un tratamiento institucional diferenciado. c) La doctrina habla del derecho de los adolescentes a un juicio de adultos, es decir, a un tratamiento institucional diferenciado. d) La doctrina habla del derecho de los adultos mayores a un juicio especializado, es decir, a un tratamiento institucional diferenciado.
Principio de Especialidad: a) Los o las operadores de justicia deba orientarse a las finalidades específicas, esto es, a lograr que el adulto mayor asuma su responsabilidad respecto al hecho objeto de la infracción, tanto como a la educación y reintegración del mismo al seno de la comunidad b) Los o las operadores de justicia deba orientarse a las finalidades específicas, esto es, a lograr que el embrión asuma su responsabilidad respecto al hecho objeto de la infracción, tanto como a la educación y reintegración del mismo al seno de la comunidad c) Los o las operadores de justicia deba orientarse a las finalidades específicas, esto es, a lograr que el bien inmueble asuma su responsabilidad respecto al hecho objeto de la infracción, tanto como a la educación y reintegración del mismo al seno de la comunidad. d) Los o las operadores de justicia deba orientarse a las finalidades específicas, esto es, a lograr que el adolescente asuma su responsabilidad respecto al hecho objeto de la infracción, tanto como a la educación y reintegración del mismo al seno de la comunidad.
Principios Rectores de la Justicia Especializada a) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, establece expresamente que la justicia especializada de la patria potestad “guiará sus actuaciones y resoluciones con estricto apego a los principios, derechos, deberes y responsabilidades que se establecen en el presente Código”. b) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, establece expresamente que la justicia especializada de la niñez y adolescencia “guiará sus actuaciones y resoluciones con estricto apego a los principios, derechos, deberes y responsabilidades que se establecen en el presente Código”. c) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, establece expresamente que la justicia especializada de la Caja del Seguro Social “guiará sus actuaciones y resoluciones con estricto apego a los principios, derechos, deberes y responsabilidades que se establecen en el presente Código”. d) Artículo 666 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, establece expresamente que la justicia especializada de la Caja del Seguro Social “guiará sus actuaciones y resoluciones con estricto apego a los principios, derechos, deberes y responsabilidades que se establecen en el presente Código”.
Principios Rectores de la Justicia Especializada a) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, señala que la administración de justicia especializada en adultos mayores inspira su gestión, en los principios de humanidad en la aplicación del derecho, priorización de la equidad por sobre la ritualidad del enjuiciamiento, legalidad, independencia, gratuidad, moralidad, celeridad y eficiencia. b) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, señala que la administración de justicia especializada en niñez y adolescencia inspira su gestión, en los principios de humanidad en la aplicación del derecho, priorización de la equidad por sobre la ritualidad del enjuiciamiento, legalidad, independencia, gratuidad, moralidad, celeridad y eficiencia. c) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, señala que la administración de justicia especializada en embriones inspira su gestión, en los principios de humanidad en la aplicación del derecho, priorización de la equidad por sobre la ritualidad del enjuiciamiento, legalidad, independencia, gratuidad, moralidad, celeridad y eficiencia. d) Artículo 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, señala que la administración de justicia especializada en Bienes Inmuebles inspira su gestión, en los principios de humanidad en la aplicación del derecho, priorización de la equidad por sobre la ritualidad del enjuiciamiento, legalidad, independencia, gratuidad, moralidad, celeridad y eficiencia.
Principio de Legalidad a) Artículo 308 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, señala que “Los adolescentes únicamente podrán ser juzgados por actos considerados como delitos por la ley penal con anterioridad al hecho que se le atribuye y de acuerdo al procedimiento previsto en este Código”. b) Artículo 308 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA, señala que “Los adolescentes únicamente podrán ser juzgados por actos considerados como actos administrativos por la ley penal con anterioridad al hecho que se le atribuye y de acuerdo al procedimiento previsto en este Código”. c) Artículo 308 del Código Orgánico Integral Penal, CONA, señala que “Los adolescentes únicamente podrán ser juzgados por actos considerados como delitos por la ley penal con anterioridad al hecho que se le atribuye y de acuerdo al procedimiento previsto en este Código”. d) Artículo 308 del Código de Hammurabi, CONA, señala que “Los adolescentes únicamente podrán ser juzgados por actos considerados como delitos por la ley penal con anterioridad al hecho que se le atribuye y de acuerdo al procedimiento previsto en este Código”.
Principio de No Discriminación a) Este principio establece que toda persona, incluidos niños, niñas y adolescentes, goza sin distinciones de ninguna clase, de todos los derechos reconocidos por la Constitución y los instrumentos internacionales. El origen étnico, sexo, la opinión política, la religión, la discapacidad, el nivel económico o cualquiera otra condición, no serán causales de excusa en ningún momento para la aplicación y observancia de los derechos a que dichos textos normativos se refieren b) Este principio establece que toda persona, incluidos embriones, niños, niñas y adolescentes, goza sin distinciones de ninguna clase, de todos los derechos reconocidos por la Constitución y los instrumentos internacionales. El origen étnico, sexo, la opinión política, la religión, la discapacidad, el nivel económico o cualquiera otra condición, no serán causales de excusa en ningún momento para la aplicación y observancia de los derechos a que dichos textos normativos se refieren c) Este principio establece que toda persona activa calificada, incluidos niños, niñas y adolescentes, goza sin distinciones de ninguna clase, de todos los derechos reconocidos por la Constitución y los instrumentos internacionales. El origen étnico, sexo, la opinión política, la religión, la discapacidad, el nivel económico o cualquiera otra condición, no serán causales de excusa en ningún momento para la aplicación y observancia de los derechos a que dichos textos normativos se refieren d) Este principio establece que toda cosa mueble o bien inmueble, incluidos niños, niñas y adolescentes, goza sin distinciones de ninguna clase, de todos los derechos reconocidos por la Constitución y los instrumentos internacionales. El origen étnico, sexo, la opinión política, la religión, la discapacidad, el nivel económico o cualquiera otra condición, no serán causales de excusa en ningún momento para la aplicación y observancia de los derechos a que dichos textos normativos se refieren.
Principio de No Discriminación a) Corresponde a los adolescentes un rol fundamental en orden a impartir justicia velando porque quienes son destinatarios de sus decisiones no sean objeto de ningún tipo de discriminación al recibir las medidas o intervenciones que la Ley establece b) Corresponde a los Fiscales un rol fundamental en orden a impartir justicia velando porque quienes son destinatarios de sus decisiones no sean objeto de ningún tipo de discriminación al recibir las medidas o intervenciones que la Ley establece c) Corresponde a los Peritos un rol fundamental en orden a impartir justicia velando porque quienes son destinatarios de sus decisiones no sean objeto de ningún tipo de discriminación al recibir las medidas o intervenciones que la Ley establece d) Corresponde a los jueces y juezas un rol fundamental en orden a impartir justicia velando porque quienes son destinatarios de sus decisiones no sean objeto de ningún tipo de discriminación al recibir las medidas o intervenciones que la Ley establece.
Principio de Supletoriedad a) Artículo 3 del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) se aplicarán las demás normas del ordenamiento jurídico interno, que no contradigan los principios que se reconocen en este Código y sean más favorables para la vigencia de los derechos de la niñez y adolescencia b) Artículo 3 del Código Orgánico Integral Penal CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) se aplicarán las demás normas del ordenamiento jurídico interno, que no contradigan los principios que se reconocen en este Código y sean más favorables para la vigencia de los derechos de la niñez y adolescencia c) Artículo 3 del Código Orgánico Integral Penal CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) se aplicarán las demás normas del ordenamiento jurídico Peruano, que no contradigan los principios que se reconocen en este Código y sean más favorables para la vigencia de los derechos de la niñez y adolescencia d) Artículo 3 del Código Orgánico Integral Penal CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) se aplicarán las demás normas del ordenamiento jurídico de la Unión Europea, que no contradigan los principios que se reconocen en este Código y sean más favorables para la vigencia de los derechos de la niñez y adolescencia.
Principio de Supletoriedad a) Artículo 3 del Código Orgánico Integral Penal CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) La norma recién citada, que remite a mayores grados de protección judicial para adultos mayores, rige igualmente a las garantías previstas en los instrumentos internacionales que se entenderán aplicables a los adolescentes en tanto le sean más favorables y acentúen la protección de sus derechos y garantías procesales. b) Artículo 3 del Código Orgánico Integral Penal CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) La norma recién citada, que remite a mayores grados de protección judicial para funcionarios judiciales, rige igualmente a las garantías previstas en los instrumentos internacionales que se entenderán aplicables a los adolescentes en tanto le sean más favorables y acentúen la protección de sus derechos y garantías procesales. c) Artículo 3 del Código Orgánico Integral Penal CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) La norma recién citada, que remite a mayores grados de protección judicial para los bienes inmuebles, rige igualmente a las garantías previstas en los instrumentos internacionales que se entenderán aplicables a los adolescentes en tanto le sean más favorables y acentúen la protección de sus derechos y garantías procesales. d) Artículo 3 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA en los ámbitos no previstos expresamente por la ley especializada, “(…) a norma recién citada, que remite a mayores grados de protección judicial para la/el adolescente, rige igualmente a las garantías previstas en los instrumentos internacionales que se entenderán aplicables a los adolescentes en tanto le sean más favorables y acentúen la protección de sus derechos y garantías procesales.
Excepcionalidad de la privación de la libertad a) La privación de la libertad del adolescente sólo se dispondrá como último recurso, por orden escrita del Notario competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades prescritas por la ley. b) La privación de la libertad del adolescente sólo se dispondrá como último recurso, por orden escrita del Fiscal competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades prescritas por la ley. c) La privación de la libertad del adolescente sólo se dispondrá como último recurso, por orden escrita del Juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades prescritas por la ley. d) La privación de la libertad del adolescente sólo se dispondrá como último recurso, por orden escrita del Intendente competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades prescritas por la ley.
Principio de Flexibilidad a) Ello implica que para evaluar los objetivos del proceso y el cumplimiento de las medidas debe privilegiarse el logro de objetivos punitivos más que el cumplimiento en la temporalidad de las medidas b) Ello implica que para evaluar los objetivos del proceso y el cumplimiento de las medidas no debe privilegiarse el logro de objetivos socioeducativos más que el cumplimiento en la temporalidad de las medidas c) Ello implica que para evaluar los objetivos del proceso y el cumplimiento de las medidas no debe privilegiarse el logro de objetivos corporativos más que el cumplimiento en la temporalidad de las medidas d) Ello implica que para evaluar los objetivos del proceso y el cumplimiento de las medidas debe privilegiarse el logro de objetivos socioeducativos más que el cumplimiento en la temporalidad de las medidas.
Principio de Oportunidad y Desjudicialización a) Es necesario puntualizar que el sistema penal de adolescentes infractores establece un conjunto de formas de terminación anticipada del proceso. b) Es necesario puntualizar que el sistema penal de adolescentes infractores establece un conjunto de formas de no terminación anticipada del proceso. c) Es necesario puntualizar que el sistema penal de adolescentes infractores establece un conjunto de formas de terminación alargada del proceso. d) Es necesario puntualizar que el sistema penal de adolescentes infractores establece un conjunto de formas de terminación infinita del proceso.
Principio de Oportunidad y Desjudicialización a) Estas salidas alternativas al proceso judicial deben ser comprendidas por todos los miembros del sistema institucional que se relaciona con adolescentes infractores y que en el ordenamiento jurídico ecuatoriano son la remisión fiscal, la remisión judicial, la mediación, la conciliación, procedimiento abreviado y la suspensión del procedimiento a prueba. b) Estas salidas alternativas al proceso judicial deben ser comprendidas por todos los miembros del sistema institucional que se relaciona con adolescentes infractores y que en el ordenamiento jurídico ecuatoriano son la remisión fiscal, la remisión judicial, la mediación, la conciliación y la suspensión del procedimiento a prueba. c) Estas salidas alternativas al proceso judicial deben ser comprendidas por todos los miembros del sistema institucional que se relaciona con adolescentes infractores y que en el ordenamiento jurídico ecuatoriano son la remisión fiscal, la remisión judicial, la mediación, la conciliación, suspensión condicional de la pena y la suspensión del procedimiento a prueba. d) Estas salidas alternativas al proceso judicial deben ser comprendidas por todos los miembros del sistema institucional que se relaciona con adolescentes infractores y que en el ordenamiento jurídico ecuatoriano son la remisión fiscal, la remisión judicial, la mediación, la conciliación, procedimiento expedito y la suspensión del procedimiento a prueba.
Proporcionalidad a) Artículo 319 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: No se garantiza al adolescente la debida proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socioeducativa aplicada b) Artículo 319 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: De vez en cuando se garantiza al adolescente la debida proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socioeducativa aplicada c) Artículo 319 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: El Consejo de la Judicatura garantiza al adolescente la debida proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socioeducativa aplicada d) Artículo 319 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: Se garantiza al adolescente la debida proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socioeducativa aplicada.
Reserva de la información a) Artículo 54 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: Los bienes inmuebles que hayan sido investigados, sometidos a proceso, privados de su libertad o a quienes se haya aplicado una medida socio-educativa, con motivo de una infracción penal, tienen derecho a que no se hagan públicos sus antecedentes policiales o judiciales y a que se respete la reserva de la información procesal en la forma dispuesta en esta Ley. b) Artículo 54 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: Los adultos mayores que hayan sido investigados, sometidos a proceso, privados de su libertad o a quienes se haya aplicado una medida socio-educativa, con motivo de una infracción penal, tienen derecho a que no se hagan públicos sus antecedentes policiales o judiciales y a que se respete la reserva de la información procesal en la forma dispuesta en esta Ley. c) Artículo 54 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: Los adolescentes que hayan sido investigados, sometidos a proceso, privados de su libertad o a quienes se haya aplicado una medida socio-educativa, con motivo de una infracción penal, tienen derecho a que no se hagan públicos sus antecedentes policiales o judiciales y a que se respete la reserva de la información procesal en la forma dispuesta en esta Ley. d) Artículo 54 del Código de la Niñez y Adolescencia CONA: Los adultos que hayan sido investigados, sometidos a proceso, privados de su libertad o a quienes se haya aplicado una medida socio-educativa, con motivo de una infracción penal, tienen derecho a que no se hagan públicos sus antecedentes policiales o judiciales y a que se respete la reserva de la información procesal en la forma dispuesta en esta Ley.
Ser instruido sobre actuaciones procesales a) El o la adolescente tiene derecho a ser instruido con claridad y precisión por su Defensor, el Fiscal, El Contralor General del Estado, el equipo de la Oficina Técnica y especialmente por el Juez acerca del significado, objetivos y consecuencias de cada una de las actuaciones y diligencias del proceso. b) El o la adolescente tiene derecho a ser instruido con claridad y precisión por su Defensor, el Fiscal, El Defensor del Pueblo, el equipo de la Oficina Técnica y especialmente por el Juez acerca del significado, objetivos y consecuencias de cada una de las actuaciones y diligencias del proceso. c) El o la adolescente no tiene derecho a ser instruido con claridad y precisión por su Defensor, el Fiscal, el equipo de la Oficina Técnica y especialmente por el Juez acerca del significado, objetivos y consecuencias de cada una de las actuaciones y diligencias del proceso. d) El o la adolescente tiene derecho a ser instruido con claridad y precisión por su Defensor, el Fiscal, el equipo de la Oficina Técnica y especialmente por el Juez acerca del significado, objetivos y consecuencias de cada una de las actuaciones y diligencias del proceso.
Ser escuchado a) Artículo 12, numeral 12 de la Convención de los Derechos del Niño; No Se dará al adolescente la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento que le afecte, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado b) Artículo 12, numeral 12 de la Convención de los Derechos del Niño; Se dará al adolescente la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento que le afecte, siempre que este acompañado por el Defensor del Pueblo ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado c) Artículo 12, numeral 12 de la Convención de los Derechos del Niño; Se dará al adolescente la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento que le afecte, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado d) Artículo 12, numeral 12 de la Convención de los Derechos del Niño; Se dará al adolescente la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento que le afecte, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado y acreditado ante la UNASE.
Garantías para los Adolescentes según el Código de la Niñez y Adolescencia CONA a) Garantía de no reserva sobre su vida privada e intimidad (Artículos 54 y 317), Garantías de un debido proceso y garantías y derechos de impugnación procesal (Artículo 318). Garantía de la proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socio-educativa aplicada (Artículo 319). Garantía de la cosa juzgada (Artículo 320). Garantía de la excepcionalidad de la privación de libertad tanto cuando se imponga por vía cautelar, cuanto respecto de la medida socioeducativa definitivamente aplicada (Artículo 321). Garantía de cumplir las medidas cautelares como las medidas socioeducativas impuestas separados de los adultos (Artículo 322). A que se presuma su culpabilidad (Artículo 311), A ser informado e instruido sobre sus derechos y sobre su situación procesal (Artículos 312 y 316), A una defensa técnica y especializada (Artículo 313), A ser oído e interrogar, antes, durante y luego del proceso jurisdiccional e intervención institucional (Artículo 314). A la celeridad procesal (Artículo 315). b) Garantía de reserva sobre su vida privada e intimidad (Artículos 54 y 317), Garantías de un debido proceso y garantías y derechos de impugnación procesal (Artículo 318). Garantía de la proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socio-educativa aplicada (Artículo 319). Garantía de la cosa juzgada (Artículo 320). Garantía de la excepcionalidad de la privación de libertad tanto cuando se imponga por vía cautelar, cuanto respecto de la medida socioeducativa definitivamente aplicada (Artículo 321). Garantía de cumplir las medidas cautelares como las medidas socioeducativas impuestas separados de los adultos (Artículo 322). A que se presuma su culpabilidad (Artículo 311), A ser informado e instruido sobre sus derechos y sobre su situación procesal (Artículos 312 y 316), A una defensa técnica y especializada (Artículo 313), A ser oído e interrogar, antes, durante y luego del proceso jurisdiccional e intervención institucional (Artículo 314). A la celeridad procesal (Artículo 315). c) Garantía de reserva sobre su vida privada e intimidad (Artículos 54 y 317), Garantías de un no debido proceso y garantías y derechos de impugnación procesal (Artículo 318). Garantía de la proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socio-educativa aplicada (Artículo 319). Garantía de la cosa juzgada (Artículo 320). Garantía de la excepcionalidad de la privación de libertad tanto cuando se imponga por vía cautelar, cuanto respecto de la medida socioeducativa definitivamente aplicada (Artículo 321). Garantía de cumplir las medidas cautelares como las medidas socioeducativas impuestas separados de los adultos (Artículo 322). A que se presuma su culpabilidad (Artículo 311), A ser informado e instruido sobre sus derechos y sobre su situación procesal (Artículos 312 y 316), A una defensa técnica y especializada (Artículo 313), A ser oído e interrogar, antes, durante y luego del proceso jurisdiccional e intervención institucional (Artículo 314). A la celeridad procesal (Artículo 315). d) Garantía de reserva sobre su vida privada e intimidad (Artículos 54 y 317), Garantías de un debido proceso y garantías y derechos de impugnación procesal (Artículo 318). Garantía de la no proporcionalidad entre la infracción atribuida y la medida socio-educativa aplicada (Artículo 319). Garantía de la cosa juzgada (Artículo 320). Garantía de la excepcionalidad de la privación de libertad tanto cuando se imponga por vía cautelar, cuanto respecto de la medida socioeducativa definitivamente aplicada (Artículo 321). Garantía de cumplir las medidas cautelares como las medidas socioeducativas impuestas separados de los adultos (Artículo 322). A que se presuma su culpabilidad (Artículo 311), A ser informado e instruido sobre sus derechos y sobre su situación procesal (Artículos 312 y 316), A una defensa técnica y especializada (Artículo 313), A ser oído e interrogar, antes, durante y luego del proceso jurisdiccional e intervención institucional (Artículo 314). A la celeridad procesal (Artículo 315).
Medidas socioeducativas no privativas de la libertad a) Amonestación, Imposición de reglas de conducta, Orientación y apoyo psicosocial familiar, Servicio a la comunidad, Libertad asistida, Prisión Preventiva b) Amonestación, Imposición de reglas de conducta, Orientación y apoyo psicosocial familiar, Servicio a la comunidad, Libertad asistida, Retención por 8 horas c) Amonestación, Imposición de reglas de conducta, Orientación y apoyo psicosocial familiar, Servicio a la comunidad, Libertad asistida, Arresto Domiciliario d) Amonestación, Imposición de reglas de conducta, Orientación y apoyo psicosocial familiar, Servicio a la comunidad, Libertad asistida.
Unidad Competente Adolescentes infractores a) Centro de Adolescentes Infractores, Unidades Zonales de Desarrollo Integral b) Centro de Adolescentes Infractores, Unidades Zonales de Desarrollo Integral, Centros de Rehabilitación Social c) Centro de Adolescentes Infractores, Unidades Zonales de Desarrollo Integral, Centros de Alcohólicos Anónimos d) Centro de Adolescentes Infractores, Unidades Zonales de Desarrollo Integral, Centros de Diversión.
Las formas de terminación anticipada del proceso tratadas en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, son: a) Conciliación, Mediación, Suspensión del proceso a prueba, Remisión, Testimonio Anticipado. b) Conciliación, Mediación, Suspensión del proceso a prueba, Remisión. c) Conciliación, Mediación, Suspensión del proceso a prueba, Remisión, Suspensión de la Pena. d) Conciliación, Mediación, Suspensión del proceso a prueba, Remisión, Procedimiento Abreviado.
Conciliación a) Para promover la conciliación el Fiscal realizará una reunión con la presencia del adolescente, sus padres o representantes legales o personas que lo tengan bajo su cuidado y la víctima, el Fiscal expondrá la eventual acusación y oirá proposiciones. En caso de llegar a un acuerdo preliminar, el Fiscal lo presentará al Juez, conjuntamente con la eventual acusación b) Para promover la conciliación el Fiscal realizará una reunión con la presencia del adulto mayor, sus padres o representantes legales o personas que lo tengan bajo su cuidado y la víctima, el Fiscal expondrá la eventual acusación y oirá proposiciones. En caso de llegar a un acuerdo preliminar, el Fiscal lo presentará al Juez, conjuntamente con la eventual acusación c) Para promover la conciliación el Fiscal realizará una reunión con la presencia de la persona jurídica sus padres o representantes legales o personas que lo tengan bajo su cuidado y la víctima, el Fiscal expondrá la eventual acusación y oirá proposiciones. En caso de llegar a un acuerdo preliminar, el Fiscal lo presentará al Juez, conjuntamente con la eventual acusación d) Para promover el Procedimiento Abreviado el Fiscal realizará una reunión con la presencia del adolescente, sus padres o representantes legales o personas que lo tengan bajo su cuidado y la víctima, el Fiscal expondrá la eventual acusación y oirá proposiciones. En caso de llegar a un acuerdo preliminar, el Fiscal lo presentará al Juez, conjuntamente con la eventual acusación.
Conciliación a) Recibida la petición para la Audiencia de Conciliación, el Juez convocará a una audiencia, la que deberá realizarse máximo a los sesenta días de recibida la solicitud. b) Recibida la petición para la Audiencia de Conciliación, el Juez convocará a una audiencia, la que deberá realizarse máximo a los veinte días de recibida la solicitud. c) Recibida la petición para la Audiencia de Conciliación, el Juez convocará a una audiencia, la que deberá realizarse máximo a los treinta días de recibida la solicitud. d) Recibida la petición para la Audiencia de Conciliación, el Juez convocará a una audiencia, la que deberá realizarse máximo a los diez días de recibida la solicitud.
Suspensión del proceso a prueba: a) Es la propuesta que puede realizar el Policía encargado, hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, si existe el consentimiento del adolescente y se trata de delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta diez años. b) Es la propuesta que puede realizar el Fiscal, hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, si existe el consentimiento del adolescente y se trata de delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta dos años. c) Es la propuesta que puede realizar el Fiscal, hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, si existe el consentimiento del adolescente y se trata de delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta diez años. d) Es la propuesta que puede realizar el Fiscal, hasta la audiencia de Juzgamiento, si existe el consentimiento del adolescente y se trata de delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta diez años.
Remisión Fiscal: a) En este sentido debe procurarse el uso de esta herramienta con plena información y el consentimiento del adulto mayor, por suponer la asunción de ciertos hechos relevantes del proceso b) En este sentido debe procurarse el uso de esta herramienta con plena información y el consentimiento del Defensor del Consumidor, por suponer la asunción de ciertos hechos relevantes del proceso c) En este sentido debe procurarse el uso de esta herramienta con plena información y el consentimiento del adolescente, por suponer la asunción de ciertos hechos relevantes del proceso d) En este sentido debe procurarse el uso de esta herramienta con plena información y el consentimiento del embrión, por suponer la asunción de ciertos hechos relevantes del proceso.
Según un informe de Contraloría, el alcalde de Quito, en calidad de presidente del COE CANTONAL, solicitó al Ministerio de Salud, informes sobre los casos reportados de covid-19 en el cantón. Esto con la finalidad de aplicar estrategias desde el Municipio para evitar un posible repunte de contagios. El MINISTERIO DE SALUD manifestó que no es posible proporcionar esa información, por cuanto existe la prohibición de divulgar este tipo de información, sin la autorización expresa de su titular, usted que le recomienda al alcalde que interponga: a) Una denuncia. b) Acción de acceso a la información pública. c) Hábeas data. d) Hábeas corpus.
María José Reina, se encuentra privada de su libertad hace 3 años por haber robado unos conejos a su vecino, todavía no ha sido llevada a un juicio. En el presente caso se ha violado: a) Derecho a la seguridad jurídica. b) Derecho al debido proceso. c) Derecho a la libertad. d) Derecho a la administración pública.
La acción de protección prevé el amparo directo de los derechos: a) Subjetivos. b) Constitucionales. c) Civiles. d) Tributarios.
La acción de protección es un proceso: a) Lento. b) Ágil. c) Tedioso. d) Largo.
Los comicios se conformaban por asambleas de carácter: a) Legislativo. b) Judicial. c) Ejecutivo. d) Contralora.
¿Quiénes son obligados a reparar los daños ocasionados por violaciones a los derechos de los particulares, por falta o deficiencia en la prestación de servicios públicos, así como por omisión o acción de aquellos funcionarios públicos en el desempeño de sus cargos? a) Poder ejecutivo y sus ministerios. b) Estado, sus delegados, concesionarios y toda persona que actúe en el ejercicio de una potestad pública. c) Gobierno, sus delegados, concesionarios y las personas que actúen en el ejercicio de una potestad pública. d) Las cámaras.
El senado es un cuerpo de carácter: a) Consultivo. b) Legal. c) Político. d) Soberano.
El senado estaba conformado por: 1) Ancianos sabios. 2) Guerreros fuertes. 3) Reyes antiguos. 4) Médicos reconocidos.
Las fuentes formales del derecho clásico: 1) Constituciones imperiales. 2) Cartas Magna. 3) Carta de Libertades de Juan sin Tierras. 4) Constituciones monarcas.
El derecho público romano está comprendido por: 1) Organización y funciones del estado. 2) La iglesia, con el culto y los sacerdotes. 3) La unión de soldados romanos. 4) Un conjunto de valores que debe tener la administración.
Las siglas CPCCS corresponden a: a) Consejo de Participación Comunitaria y Contraloría Social b) Consejo de Participación Ciudadana y Control Social c) Comité de Participación Cantonal y Control Social d) Ninguno de los anteriores.
Las cuatro constituciones imperiales son: 1) Edicta, mandata, decreta y rescripta. 2) Edicta, mandata, decreta, posata. 3) Edicta, mandata, decreta, posdata. 4) Edicta, mandata, decreta, llevata.
Las Edictas eran: 1) La actividad jurídica y administrativa que desempeña el Estado. 2) Comunicaciones efectuadas de forma directa al pueblo. 3) Un conjunto de normas de carácter social. 4) Los derechos fundamentales.
Las Mandata eran: 1) La actividad jurídica y administrativa que desempeña el Estado. 2) Instrucciones dirigidas a los funcionarios. 3) Un conjunto de normas de carácter social. 4) Los derechos fundamentales.
Las Decretas eran: 1) La actividad jurídica y administrativa que desempeña el Estado. 2) Decisiones judiciales. 3) Un conjunto de normas de carácter social. 4) Los derechos fundamentales.
Las Rescriptas eran: 1) La actividad jurídica y administrativa que desempeña el Estado. 2) Respuestas del emperador. 3) Un conjunto de normas de carácter social. 4) Los derechos fundamentales.
En Roma existía el modo de gobierno: 1) Parlamentarismo. 2) Presidencialista 3) Monárquico 4) Paternalista.
Cuáles son los elementos de la Monarquía? - Rey, Comicios, Senado - Presidente, Iglesia, Pueblo - Rey, Jueces, Fiscales - Presidente, Papado, Diputados.
Juan Sin Tierras, rey de Inglaterra, creó la Carta Magna o de Libertades. - Verdadero - Falso.
¿Cuáles son los sistemas de corrupción? - Corrupción Legislativa, Judicial y Administrativa. - Corrupción pasiva, virtual y legislativa. - Corrupción Fiscal, electoral y religiosa. - Corrupción deportiva, laboral y judicial.
La justicia es: 1) Un conjunto de valores que debe tener la sociedad. 2) Un conjunto de valores que debe tener la política. 3) Un conjunto de valores que debe tener la judicatura. 4) Un conjunto de valores que debe tener la administración.
Los principios de la justicia: 1) Obligatoriedad del presente constitucional. 2) Ante la duda, se debe aplicar la norma más rigurosa. 3) La aplicación de normas que más favorezca a la administración. 4) La aplicación de derechos humanos.
Las formas de Control en el estado ecuatoriano son: 1. Control Interno y externo. 2. Control externo y extranjero. 3. Control interno y político. 4. Control virtual y judicial.
¿Qué es la Contraloría General del Estado? 1. Es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible, funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera. 2. Es un organismo técnico encargado del control de la utilización de los recursos estatales, y la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos. 3. Es un organismo público, técnico jurídico, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado por la Procuradora o Procurador General del Estado. 4. Son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. Serán representadas por los Superintendentes.
¿Cuál fue la función de la Misión Kemmerer? 1. Orientar la modernización del Estado 2. Revolucionar un Estado Monarca 3. Sancionar a los representantes del Estado 4. Repotenciar el boom petrolero.
El Control Gubernamental implica la competencia para realizar vigilancia sobre el desempeño de los órganos del poder público y sus funcionarios respecto al uso de los recursos públicos. - Verdadero - Falso.
El Contralor General del Estado - Es la máxima autoridad de control gubernamental, fiscalización y auditoría del Estado Ecuatoriano. - Es la máxima autoridad que dirige el sistema nacional de protección y asistencia a víctimas, testigos y otros participantes en el proceso penal. - Es la máxima autoridad que protege y tutela los derechos de los habitantes del Ecuador. - Es la máxima autoridad que representa judicialmente al Estado y su patrocinio institucional.
¿La responsabilidad administrativa se configura cuando la servidora u servidor público ha incumplido la normativa legal? - Verdadero - Falso.
La responsabilidad civil se determina a través de: - Glosas y órdenes de reintegro. - Glosas y pago patronal. - Multas pecuniarias. - Indicios de responsabilidad penal.
¿El Recurso de Revisión según la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, en cuántos días se lo interpone? - En 20 días. - En 60 días. - En 90 días. - En 180 días.
El recurso de revisión, se interpone ante? - Contralor (a) General del Estado. - Director (a) de Responsabilidades. - Director (a) de Patrocinio. - Director (a) Financiero.
¿La acción subjetiva o de plena jurisdicción en contra de las resoluciones de determinación de responsabilidades de la Contraloría General del Estado, se interpone en el término de? - 90 días. - 180 días. - 210 días. - 300 días.
Es la audiencia preliminar del procedimiento ordinario, la etapa procesal oportuna para presentar excepciones previas - Verdadero - Falso.
Es la audiencia preliminar del procedimiento ordinario, la etapa procesal oportuna para anunciar los medios de prueba - Verdadero - Falso.
¿Quién presidió el primer gobierno de Roma? - Rómulo - Remo - Alejandro - Felipe II.
¿Quiénes eran súbditos de los patricios? - Plebeyos - Jueces - Soldados - Siervos.
El legitimado activo es la persona física que: 1) Protesta. 2) Solicita el reconocimiento de un derecho. 3) Quien ha perdido la vida. 4) El administrador de justicia.
El demandado es la persona que: 1) Conoce el derecho de otra persona. 2) Desconoce el derecho de otra persona. 3) Quien cobra las cuentas. 4) Quien defiende las causas.
La ponderación en materia administrativa: 1) Se activa en ausencia de una norma jurídica 2) Se activa en presencia de una norma jurídica. 3) Se activa en presencia de jurisprudencia. 4) Se activa en casos análogos.
El problema de la ponderación radica en: 1) Establecer la prioridad de un principio. 2) Establecer la prioridad de una regla. 3) Establecer la prioridad del argumento. 4) Establecer la prioridad de la falacia.
¿Quién ejercerá de forma inmediata el derecho de repetición en contra de las personas responsables del daño producido?: 1) Estado. 2) Gobierno. 3) Juez. 4) Representación civil.
Las características de la justicia son: 1) Valores, principios, virtudes. 2) Eje ético de la vida social, política y económica. 3) Soberanía, competencia, ámbito. 4) Jurisprudencia, doctrina.
En el Estado de Derecho se garantiza: 1) Ser ciudadano. 2) Un catálogo de derechos fundamentales. 3) Ser Extranjero. 4) Ser Directiva social.
Los elementos de la motivación enrolan: 1) Preceptos jurídicos. 2) La expresión precisa de las circunstancias. 3) Hechos 4) Derechos.
La motivación es un: 1) Hecho jurídico. 2) Acto de autoridad. 3) Acto normativo. 4) Acto de simple administración.
Motivar es un acto de autoridad que tiene la: 1) Obligación de precisar los hechos. 2) Obligación de precisar las razones jurídicas. 3) Obligación de precisar los derechos. 4) Todas las respuestas.
En las decisiones jurídicas contienen los elementos de: 1) Creación, justificación, aplicación de normas de derecho. 2) Creación, interpretación, aplicación de normas de derecho. 3) Justificación interpretación y Aplicación de normas de Derecho. 4) Ninguna de las respuestas.
El debido proceso es el resultado de toda actividad: 1) Popular, económica, judicial. 2) Jurisdiccional, judicial y gubernamental. 3) Judicial, laboral, social. 4) Jurisdiccional y de la economía popular y solidaria.
Según Bernal y Hernández, el debido proceso es: 1) Conjunto de reglas. 2) Conjunto de garantías. 3) Conjunto de normas. 4) Conjunto de solemnidades.
Según Santofimio el debido proceso es: 1) Conjunto de reglas. 2) Conjunto de garantías. 3) Conjunto de normas. 4) Conjunto de solemnidades.
Según Benalcázar, la tutela jurídica es: 1) Incluir normas claras en la decisión. 2) Efectividad de la justicia. 3) Buscar la verdad procesal. 4) Incluir formalidades y rigorismos jurídicos.
La teoría del caso es: 1) La versión de los hechos. 2) La versión de los testigos. 3) La versión de la víctima. 4) La versión del procesado.
En un Estado Constitucional de Derechos y Justicia el poder está sometido a: a) Las leyes b) Las ordenanzas c) La Constitución d) Ninguna de las respuestas.
El debido proceso en el juicio debe contener: 1) La aplicación de garantías, normas y legales. 2) La aplicación de sanciones administrativas. 3) La aplicación de penas rigurosas. 4) La aplicación de multas.
La gratuidad de la justicia constitucional consiste en: 1) Acceso a la administración de justicia. 2) El pago de condena en costas. 3) Exoneración de gastos procesales. 4) Exoneración de impuestos.
La dirección del proceso está a cargo de: 1) Los administradores de justicia. 2) Las partes procesales. 3) Los sujetos procesales. 4) Los secretarios.
El impulso del proceso está a cargo de: 1) Los administradores de justicia. 2) Las partes procesales.. 3) Los sujetos procesales. 4) Los secretarios.
La motivación en las sentencias significa: 1) Señalar las normas jurídicas. 2) Fundamentar la decisión. 3) Señalar las costas judiciales. 4) Señalar los casilleros judiciales.
El reus es el: 1) Juez. 2) Demandado. 3) Accionante. 4) Recurrente.
La constitución se define por: 1) Supremacía. 2) Materia. 3) Forma. 4) Territorio.
En el aspecto material de la Constitución se encuentra: 1) La actividad jurídica y administrativa que desempeña el Estado. 2) Las facultades, potestades y competencias de los organismos públicos. 3) Un conjunto de normas de carácter social. 4) Los derechos fundamentales.
En el aspecto formal de la Constitución se encuentra: 1) Los derechos y obligaciones. 2) La organización del sistema político del Estado. 3) La organización de la cartera de Estado. 4) La responsabilidad extracontractual del Estado.
El principio de supremacía constitucional consiste en: 1) En que la norma suprema prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. 2) En que la norma suprema prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento internacional. 3) En que la norma suprema prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento territorial. 4) En que la norma suprema prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento social.
La Carta de Libertades tiene un contenido: 1) Jurídico. 2) Social. 3) Laboral. 4) Técnico.
¿En qué consiste el principio de responsabilidad de los servidores públicos? a. Las y los servidores públicos de jerarquía superior son los únicos responsables. b. Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones, y serán responsable administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos. c. Las y los servidores públicos responden únicamente administrativamente por sus actos. d. Las y los servidores públicos responden únicamente administrativamente por el manejo de fondos públicos.
Los recursos públicos incluyen: a. Solo los dineros que se encuentran dentro de la Cuenta del Tesoro Nacional. b. Solo aquellos bienes que se encuentren en administración de instituciones del sector público. c. Todos los bienes, fondos, títulos, acciones, participaciones, activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones y todos los derechos que pertenecen al Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que procedan, inclusive los provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título, realicen a favor del Estado o de sus instituciones, personas naturales o jurídicas u organismos nacionales o internacionales. d. Solo las playas, plazas y calles de uso público.
El Acto Administrativo es: a. El acuerdo de voluntades productor de efectos jurídicos, entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno ejerce una función administrativa. b. Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de una competencia administrativa que produce efectos jurídicos generales, que no se agota con su cumplimiento y de forma directa. c. La declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo. d. Los acuerdos bilaterales que hace la administración pública.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso