Cuestionario sobre la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México
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Título del Test:
![]() Cuestionario sobre la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México Descripción: Legislacion Naval Pfam 26 5/8 |



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¿A qué personal se aplicará la presente Ley de Disciplina de la Armada de México?. Al personal naval de mando y al personal de tropa. A todo el personal de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la Armada de México. Únicamente al personal de oficiales y suboficiales. ¿Qué principios deben orientar la conducta del personal de la Armada de México según la Ley de Disciplina?. Obediencia, justicia, ética y alto sentido del honor. Lealtad, valor y discreción. Responsabilidad, iniciativa y perseverancia. ¿Qué es la disciplina para el personal de la Armada según la Ley?. El conjunto de normas y reglamentos a seguir. El principio vital de la obediencia que capacita para el mando. La capacidad de tomar decisiones rápidas en combate. Para efectos de la Ley, ¿qué es el deber?. La voluntad de cumplir las órdenes. El conjunto de obligaciones que el servicio impone al personal en virtud de la jerarquía o cargo, cuyo cumplimiento obtiene la disciplina. La responsabilidad de proteger la soberanía nacional. ¿Qué deben evitar los superiores en el ejercicio del mando respecto a la conducta del personal naval?. El uso excesivo de la fuerza. Actuar con despreocupación y tibieza o en pugna con el verdadero espíritu de la profesión. Dar órdenes contradictorias. ¿Qué son los actos del servicio según la Ley de Disciplina?. Cualquier actividad realizada fuera del horario laboral. Las acciones que ejecuta el personal naval, aislada o colectivamente, en cumplimiento de órdenes o en el desempeño de sus funciones. Las actividades que generan ingresos adicionales para el personal. ¿Por qué es importante cumplir con el deber en la Armada de México?. Para obtener ascensos más rápidos. En defensa de la soberanía del Estado, de las instituciones y del prestigio de la Armada. Para evitar ser sancionado. ¿Cuál es el deber del superior respecto a sus subalternos?. Sancionarlos inmediatamente ante la mínima falta. Estimular a quien sobresale, prevenir infracciones y, como último recurso, sancionarlos. Delegar todas sus responsabilidades. ¿Quién es responsable del mantenimiento de la disciplina en la Armada?. Únicamente los mandos superiores. Todo el personal de la Armada, en proporción a su jerarquía, cargo o comisión. El personal de oficiales. ¿Qué define la jerarquía dentro del personal de la Armada?. El tiempo de servicio de cada elemento. Los deberes que corresponden para el desempeño de diferentes servicios y comisiones. La capacidad de dar órdenes. ¿Qué impone un cargo o comisión encomendado por un mando facultado?. Libertad para decidir sobre las responsabilidades. El cumplimiento de los deberes y funciones establecidos en leyes, reglamentos y disposiciones aplicables. La posibilidad de delegar las responsabilidades. ¿Cómo debe ser el mantenimiento de la disciplina naval?. Arbitrario y severo. Firme y razonado. Flexible y permisivo. ¿Qué acciones serán sancionadas según el Artículo 8?. El cumplimiento estricto de las órdenes. Todo rigor innecesario, exigencias que sobrepasen las necesidades del servicio y extralimitaciones del superior hacia sus subalternos. La iniciativa para mejorar los procedimientos. ¿En qué se fundamenta la relación entre superiores y subalternos en la Armada?. En el miedo y la intimidación. En el respeto mutuo, observándose incluso vistiendo de civil. En la antigüedad en el servicio. ¿Cómo se asegura la subordinación entre grados de la jerarquía naval?. Mediante la comunicación constante. Será rigurosamente respetada a fin de mantener a cada quien dentro de sus deberes y derechos. A través de la inspección frecuente. ¿Qué debe hacer el personal de la Armada si recibe órdenes que se oponen a las recibidas con anterioridad?. Ignorar la orden anterior y cumplir la nueva. Ejecutar la nueva orden inmediatamente. Exponerlo respetuosamente a quien le da la nueva orden. ¿En qué casos las órdenes deben cumplirse fuera del tiempo indicado?. Cuando el superior lo autorice verbalmente. En casos de fuerza mayor que modifiquen el tiempo previsto para su ejecución. Cuando el subalterno considere que es necesario. ¿Cuál es el deber del superior respecto al cumplimiento de sus órdenes?. Asumir la responsabilidad si el subalterno no cumple. Exigir que se cumpla la orden y responsabilizar por las omisiones a los subalternos. Modificar la orden si el subalterno tiene dificultades. ¿Qué debe hacer el personal si al ejecutar una orden advierte que puede derivar en una infracción disciplinaria?. Ejecutar la orden y luego reportar la posible infracción. Exponerlo al superior que la dio y, si persiste la orden, solicitarla por escrito para salvaguardar su responsabilidad. Negarse a cumplir la orden. ¿Qué obligación tiene el superior respecto a sus subordinados?. Instruir, educar y dirigir dentro de las normas navales, conociendo sus características personales. Establecer reglas estrictas sin considerar sus personalidades. Mantener una distancia profesional. ¿Qué debe inspirar quien manda una unidad?. Temor y obediencia ciega. Satisfacción por el cumplimiento de leyes, reglamentos y órdenes de la superioridad, evitando ideas o rumores deprimentes. Competencia y rivalidad. ¿Qué debe hacer quien ejerce el mando en caso de agresión?. Retirarse para evaluar la situación. Repeler los ataques con todos los medios disponibles, infundir ánimo a sus subalternos y evitar la desmoralización. Esperar órdenes del mando supremo. ¿Debe el personal de la Armada intervenir en asuntos de competencia de autoridades civiles?. Sí, si la situación lo amerita. No, no intervendrá en asuntos de competencia de autoridades civiles ni entorpecerá sus funciones. Solo si es una orden directa del Alto Mando. ¿En qué caso el personal de la Armada debe detener a un infractor de la ley?. Siempre que observe una falta administrativa. En caso de flagrancia en el delito, poniendo al infractor a disposición de las autoridades competentes. Cuando el infractor sea un civil. ¿Cómo debe ser el comportamiento del personal de la Armada con la población civil?. Distante y formal. Digno y respetuoso de los derechos de las personas. Directivo y autoritario. ¿Está permitido que un superior haga observaciones o correcciones a un militar en presencia de personal de menor jerarquía o civiles?. Sí, si la observación es importante. No, el superior procurará no hacerlas en presencia de personal de menor jerarquía o civiles. Solo si la corrección es grave. ¿Cuál es el conducto regular para elevar solicitudes en la Armada?. Presentar la solicitud directamente al mando superior. Elevar las solicitudes por los conductos regulares, respetando el nivel de autoridad jerárquica, de cargo o comisión. Enviar la solicitud por correo electrónico. ¿Qué sucede con una solicitud denegada por la superioridad?. No puede repetirse nunca más. No podrá repetirse sino después de que haya desaparecido la necesidad del servicio que motivó la negativa. Puede repetirse si el interesado insiste. ¿A qué está obligado todo marino militar?. A apoyar a los elementos de la Armada, Ejército o Fuerza Aérea cuando se vean comprometidos. A reportar cualquier anomalía que observe. A participar en todas las actividades de la institución. ¿Qué debe respetar y salvaguardar el personal de la Armada respecto a las familias?. Únicamente la de sus superiores. El honor de las familias de los superiores, de sus iguales y de los subalternos. La privacidad de las familias. ¿Bajo qué circunstancias los haberes del personal de la Armada pueden ser objeto de deducciones?. Por decisión del mando superior. Por disposición de la ley o resolución judicial. Por solicitud voluntaria del militar. ¿Qué acto está prohibido realizar con los subalternos según la Ley de Disciplina?. Darles órdenes claras y precisas. Realizar cualquier acto de agio o de comercio con ellos, cualquiera que sea su origen o importe. Proporcionarles entrenamiento. ¿Cuál es la obligación de quien ejerce el mando respecto a actos de agio o comercio con subalternos?. Ignorar dichas prácticas. Reprimir tales actos y consignar a los infractores ante el órgano de justicia competente. Permitir dichos actos si no afectan el servicio. ¿Qué información pueden proporcionar los mandos superiores en jefe y mandos superiores?. Toda la información, incluyendo la clasificada. Cualquier información, salvo que sea clasificada, sobre personal, material, instalaciones, operaciones y demás asuntos relativos a la Armada. Únicamente información sobre actividades administrativas. ¿Cómo debe actuar el personal de la Armada para evitar situaciones que causen desdoro o desprestigio a la Institución?. Con la mejor compostura y educación. Con discreción y reserva. Siguiendo únicamente las órdenes directas. ¿Qué puede hacer el personal naval según el Artículo 36?. Expresar sus ideas, presentar quejas, asistir uniformado a templos y participar en eventos culturales y deportivos (con autorización). Realizar proselitismo político y religioso. Proporcionar información clasificada. ¿Qué acciones tiene prohibidas el personal de la Armada según el Artículo 37?. Cumplir órdenes. Murmurar contra órdenes superiores, realizar proselitismo político/religioso, proporcionar información clasificada, entre otras. Ejercer sus deberes. ¿Cuándo puede el personal pedir su baja del servicio?. En cualquier momento. Cuando no esté conforme con las órdenes superiores o las orientaciones del mando supremo. Si recibe una sanción disciplinaria. ¿Es permitido el proselitismo político o religioso en las unidades de la Armada?. Sí, siempre que sea discreto. No, está prohibido realizar actividades de proselitismo político o religioso en las unidades y establecimientos de la Armada o en actos del servicio. Solo si es autorizado por el superior inmediato. ¿Qué se considera una infracción a la Ley de Disciplina?. El incumplimiento de un precepto legal o reglamentario, siempre que la infracción no constituya un delito. Cualquier error cometido durante el servicio. La falta de asistencia a capacitaciones. ¿Cuál es la finalidad de un correctivo disciplinario?. Castigar al infractor de forma ejemplar. Corregir las conductas contrarias a la disciplina naval y evitar la reincidencia. Separar permanentemente al infractor de la institución. ¿Qué faltas se sancionarán disciplinariamente según el Artículo 45?. Solo las faltas graves. Conductas que afecten la disciplina, el prestigio o imagen pública de la Armada; incumplimiento de obligaciones; uso de drogas, entre otras. Cualquier acto que no esté expresamente permitido. ¿Cómo se clasificarán las faltas a la disciplina naval?. Solo como graves. En Faltas Leves y Faltas Graves. Por la jerarquía del infractor. ¿Qué son las faltas leves?. Las que implican un riesgo para la seguridad de la unidad. Las que se cometen por acción u omisión en contra de disposiciones legales o reglamentarias, que afectan la disciplina de la Armada. Las que solo son advertidas verbalmente. ¿Qué son las faltas graves?. Las que afectan únicamente la disciplina interna. Las que se cometen por acción u omisión y afectan, además de la disciplina, al prestigio e imagen pública de la Armada. Las que solo pueden ser sancionadas por el Alto Mando. ¿Quiénes tienen facultad para imponer correctivos disciplinarios?. Solo los mandos superiores. El personal (desde almirantes hasta cabos), los mandos y el personal en razón de su cargo o comisión, y los organismos disciplinarios. Únicamente los miembros del Consejo de Honor. ¿Cuáles son los correctivos disciplinarios según el Artículo 50?. Amonestación, arresto, cambio de adscripción, suspensión de derechos escalafonarios, pase a disposición y baja del servicio activo. Únicamente amonestación y arresto. Capacitación y reentrenamiento. ¿Qué es la amonestación?. Una sanción grave que implica arresto. El acto por el cual el superior advierte al subalterno la omisión o defecto en el cumplimiento de sus deberes, exhortándolo a corregirse. Una felicitación por buen desempeño. ¿Qué es una orden de arresto?. Una citación para una evaluación. La retención que sufre un miembro de la Armada por un término de 24 horas hasta 15 días, con o sin perjuicio del servicio. Una orden de reubicación. ¿Quiénes tienen facultad para graduar los arrestos?. Solo los capitanes y almirantes. El Mando Supremo y el Alto Mando, el Subsecretario, Oficial Mayor, Inspector y Contralor General, Jefes de unidades, presidentes de organismos disciplinarios, y otros designados. El personal de tropa. ¿Cuál es la máxima graduación de arresto para un almirante?. Hasta por tres días. Hasta por veinticuatro horas. Hasta por ocho días. ¿Qué implica la suspensión de los derechos escalafonarios?. La remoción inmediata del cargo. Que el infractor no puede ser considerado para ascender al grado inmediato superior durante el plazo que determine el organismo disciplinario (hasta un año). La pérdida de todos los beneficios. ¿Qué consiste la Baja del Servicio Activo?. Una sanción temporal de 30 días. La separación definitiva del servicio con pérdida total de los derechos que corresponden a la jerarquía y tiempo de servicios. Una suspensión de empleo. ¿En qué caso las infracciones clasificadas como faltas a la disciplina no serán sancionables?. Si son cometidas por error. Cuando se demuestre que ocurrieron por causa de fuerza mayor. Si el infractor es un militar de alta jerarquía. ¿Qué debe hacer el superior antes de imponer una sanción?. Consultar con sus colegas. Informarse de los antecedentes del subordinado y consultar su expediente para tomar una decisión justa. Imponer la sanción de inmediato. ¿Un infractor puede ser sancionado dos veces por la misma falta?. Sí, si los superiores son diferentes. No, un infractor no deberá ser sancionado dos veces por la comisión de la misma falta. Solo si la falta es grave. ¿Se impondrán sanciones colectivas cuando en una falta haya más de un infractor?. Sí, es común en la Armada. No, se realizarán indagaciones para establecer responsabilidades individuales y se impondrán los correctivos de igual manera. Solo si el número de infractores es elevado. ¿Cuáles son algunas circunstancias atenuantes para la graduación de arrestos según el Artículo 72?. Abusar de la confianza, reincidencia, o cometer la falta en presencia de subalternos. Haber cometido la falta influido por un superior, tener antecedentes de escasa incidencia de faltas, o haber actuado impulsado por un deseo de cumplir obligaciones. Infringir varios ordenamientos al mismo tiempo. ¿Cuáles son algunas circunstancias agravantes para la graduación de arrestos según el Artículo 73?. Haberse distinguido por servicios, aceptar la responsabilidad, o tomar iniciativa para reparar la falta. Abusar de la confianza, reincidencia, cometer la falta en presencia de subalternos, o tratar de ocultar pruebas. Cumplir con órdenes superiores. ¿Qué organismos conocen de las faltas graves según el Artículo 74?. Únicamente los mandos superiores. El Consejo de Honor Ordinario, el Consejo de Honor Superior y la Junta de Almirantes. El tribunal militar. ¿Qué sucederá con el personal de la Armada que sea juzgado y resulte inocente?. Será degradado. Será restituido en su cargo y no deberá ser perjudicado para obtener futuros cargos y ascensos. Será comisionado a una tarea menos importante. ¿Ante quién puede recurrir un miembro de la Armada si no está conforme con las resoluciones del organismo disciplinario?. Ante el mismo organismo disciplinario. Ante el organismo disciplinario superior al que emitió el fallo, siendo esta la única instancia de inconformarse. Ante un tribunal civil. |





