Cuestionario tema 8
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Título del Test:
![]() Cuestionario tema 8 Descripción: derecho civil |



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¿Qué es la institución de heredero?. Es el nombramiento de un albacea testamentario. Es el nombramiento de una o varias personas para suceder al testador a título universal. Es la designación de un legatario a título particular. Es la revocación de un testamento anterior. ¿Puede un testamento ser válido si no contiene la institución de heredero?. No, siempre es nulo. Sí, pero solo si hay legados. Sí, siempre que no abarque todos los bienes. Sí, la validez del testamento no depende exclusivamente de la institución de heredero. ¿Cuál es el primer requisito para la institución de heredero respecto al testador?. Que el testador sea legatario. Que el testador tenga capacidad para testar y respete los derechos de los herederos forzosos. Que el testador no tenga deudas. Que el testador sea mayor de edad. ¿Qué sucede si un testamento se otorga bajo violencia, dolo, fraude o engaño?. Se considera válido pero con ciertas limitaciones. Es nulo. Se puede anular a petición de parte. Se aplica una sanción al causante. ¿Puede la institución de heredero hacerse mediante un contrato sucesorio?. Sí, es una forma válida de hacerlo. No, solo puede hacerse mediante testamento. Sí, pero solo en ciertas comunidades autónomas. Sí, si el contrato es homologado por un juez. ¿Debe ser la institución de heredero un acto personal del testador?. No, puede delegarse en un representante. Sí, debe ser un acto personal e intransferible. Sí, pero puede delegarse en un tercero de confianza. No, salvo que el testador esté incapacitado. ¿Qué excepción existe a la regla de que la institución de heredero debe ser un acto personal?. Puede encargarse a un notario la elección del heredero. Puede encargarse a un tercero la distribución genérica de cantidades a ciertos grupos. Puede delegarse la decisión en el cónyuge supérstite. Puede decidirlo el juez si el testador lo solicita. ¿Cuándo es nula la institución a favor de una persona incierta?. Siempre es nula. Es nula, salvo que pueda llegar a determinarse por un hecho futuro. Es nula solo si el testador no deja otros herederos. No es nula si la persona es un pariente cercano. Si existe un error en el nombre o apellido del heredero, ¿se anula la institución?. Sí, siempre se anula. No, si se puede identificar claramente a la persona que el testador quería nombrar. Solo si el error es grave. Depende de la voluntad del heredero. ¿Qué ocurre si hay varias personas con el mismo nombre y apellidos y no se pueden distinguir?. Se designará al azar. Será heredero el más cercano en parentesco. Ninguno de ellos será heredero. Se dividirá la herencia entre ellos. Según el artículo 772 del Código Civil, ¿cómo debe el testador designar al heredero por su nombre?. Solo por su nombre de pila. Por su nombre y apellidos, y si hay igualdad, por alguna circunstancia que lo distinga. Por un alias o apodo conocido. No es necesario designarlo por nombre si se conoce su domicilio. ¿Puede la designación del heredero hacerse solo por circunstancias, omitiendo el nombre?. No, el nombre es indispensable. Sí, si se designa de modo que no pueda dudarse quién es el instituido. Solo si el testador es analfabeto. No, a menos que sea un legatario. ¿Cómo se consideran los herederos nombrados colectivamente, como 'los hijos de N.'?. Se consideran individualmente. Se consideran como un solo heredero. No se les considera herederos, sino legatarios. Se les excluye si hay herederos individuales. ¿Qué sucede si el testador instituye a sus hermanos y tiene carnales y de padre o madre solamente?. Se divide la herencia por partes iguales entre todos. Se divide como si se muriera intestado. Solo heredan los hermanos carnales. Se divide la herencia entre los hermanos de padre y madre solamente. ¿Cuándo se entenderá que una disposición genérica a favor de los 'parientes' del testador es válida?. Cuando se especifique la cantidad exacta para cada uno. Cuando el testador nombre a los parientes más cercanos. Cuando la ley determine quiénes son los herederos, como los parientes más próximos en grado. Nunca es válida si no se nombran individualmente. Según el artículo 660 CC, ¿quién es el heredero?. El que sucede a título particular. El que sucede a título universal. El que recibe un legado específico. El albacea testamentario. ¿Cuántas personas intervienen necesariamente en un legado?. Una: el testador. Dos: el testador y el legatario. Tres: el testador, el legatario y el gravado. Cuatro: testador, legatario, heredero y albacea. ¿Quién paga el legado si el testador no señala a ningún heredero en particular para cumplirlo?. El legatario designado. El albacea universal. Todos los herederos proporcionalmente a su cuota hereditaria. El pariente más cercano. ¿Qué sucede si el legatario fallece antes de aceptar el legado, dejando varios herederos?. El legado se extingue. El legado pasa automáticamente a los herederos del legatario. Cada heredero del legatario puede aceptar o repudiar independientemente su parte. El legado se reparte entre los herederos del testador. Un legatario no puede aceptar un legado oneroso y rechazar uno gratuito si ambos son del mismo testador. ¿Verdadero o Falso?. Verdadero. Falso. ¿Cuándo responde el obligado a la entrega de un legado genérico en caso de evicción?. Nunca responde. Solo si la cosa es concreta y determinada. Cuando la cosa legada sea indeterminada y esté designada por su género o especie. Solo si el legatario paga por adelantado. Si un legado es de una cosa concreta y determinada, ¿puede el obligado entregar su valor en dinero en lugar de la cosa?. Sí, siempre que el valor sea equivalente. No, debe entregar exactamente la cosa legada. Solo si el legatario lo consiente. Sí, si la cosa se ha deteriorado. ¿La entrega de una vivienda legada incluye sus accesorios inseparables como la plaza de garaje vinculada?. No, solo la vivienda. Sí, incluye todos los accesorios inseparables y elementos que la constituyan. Solo si el garaje está mencionado explícitamente. Depende del valor del garaje. ¿Cómo se denomina al legado que consiste en una cifra que representa una cuota o parte divisible de la herencia líquida?. Legado de cosa cierta. Legado de parte alícuota. Legado de usufructo. Legado de remanente. ¿A quién corresponde la elección de la cosa en un legado genérico si el testador no ha dispuesto nada al respecto?. Al legatario. Al heredero. Al albacea. A un tercero designado por el juez. ¿Es válido un legado de cosa mueble genérica aunque no existan bienes de ese género en la herencia?. No, es nulo. Sí, es válido, y el heredero deberá adquirirla. Solo si el valor es bajo. Depende de la voluntad del legatario. ¿Cuándo es válido un legado de cosa inmueble genérica?. Siempre es válido. Solo si el testador tenía inmuebles de ese género al morir. Solo si el legatario paga un extra. Solo si el heredero lo acepta. Si el legado es de 'un coche' y el heredero entrega uno que no pertenecía al testador y es reclamado por su verdadero dueño, ¿hay evicción?. No, porque era un legado genérico. Sí, y el heredero responde porque el legado era genérico. No, porque el testador no sabía que era ajeno. Solo si el legatario lo pidió explícitamente. ¿Cómo se denomina el legado que comprende dos o más cosas, debiendo entregarse solo una de ellas?. Legado alternativo. Legado cumulativo. Legado de elección. Legado de género. ¿Cómo se denomina el legado cuyo objeto es una cosa específica que no se encuentra en el patrimonio hereditario?. Legado de cosa ajena. Legado de cosa futura. Legado de cosa genérica. Legado de cosa propia. ¿Quién debe probar que el testador sabía que la cosa legada era ajena, si el legado es válido?. El heredero. El testador (a través del testamento). El propio legatario. Un testigo. Si el testador IGNOBA que la cosa legada era ajena, ¿el legado es nulo?. No, solo se reduce su valor. Sí, el legado es nulo, salvo que la adquiera antes de morir. No, el heredero debe entregar una similar. Depende de la voluntad del legatario. ¿Qué ocurre si el testador lega a Ana un piso que ya es propiedad de Ana?. El legado es válido y Ana recibe el piso. El legado es válido, pero Ana recibe la liberación de cualquier carga. El legado no vale porque nadie puede recibir lo que ya es suyo. Ana debe pagar el valor del piso al testador. Si el testador lega a Ana un piso que ya es de Ana, pero con una hipoteca, y el testamento dice 'Lego a Ana ese piso libre de hipoteca'. ¿Qué ocurre?. El legado no vale. Ana recibe el piso y la hipoteca. El legado sí produce efectos, y Ana recibe la liberación de la carga (la hipoteca). El heredero debe pagar la hipoteca. ¿Será válido el legado si la cosa legada era propia del legatario a la fecha del testamento, y la enajena después?. Sí, porque la vendió. No, el legado no produce efecto porque la cosa ya era suya al hacer el testamento. Solo si la vuelve a comprar. Depende de si el heredero está de acuerdo. ¿En qué consiste el legado de liberación?. En el legado de una suma de dinero. En la condonación (perdón) de una deuda que el legatario tenía con el testador. En la entrega de un bien específico. En la transmisión de la propiedad de un bien. Si el testador perdona una deuda en su testamento, ¿qué parte de la deuda se extingue?. La totalidad de la deuda, sin importar cuánto se haya pagado. Solo la parte de la deuda que siga existiendo cuando el testador muere. Solo la parte de la deuda que el testador menciona expresamente. La deuda se extingue solo si el testador lo indica como pago. Si el legado es un perdón genérico de deudas ('perdono las deudas de Ana'), ¿qué deudas se incluyen?. Todas las deudas que Ana tenga en cualquier momento. Solo las deudas existentes al tiempo de hacerse el testamento. Solo las deudas posteriores al testamento. Las deudas que el heredero decida perdonar. ¿En qué consiste el legado de deuda?. En que el testador perdona una deuda del legatario. En que el testador es deudor del legatario y lo expresa en el testamento. En la entrega de un bien para pagar una deuda. En la renuncia del legatario a una deuda. Si el testador dice 'Lego a María la cantidad que le debo' (legado de deuda), y no especifica si es pago, ¿qué efecto tiene?. La deuda se extingue automáticamente. María sigue siendo acreedora normal y puede reclamar la deuda. El legado es nulo. El heredero debe pagar el doble. Si el testador dice que el legado de deuda 'es pago', ¿qué ocurre?. La deuda se extingue automáticamente como cumplimiento testamentario. El legatario debe reclamar como acreedor. El legado se anula. El heredero debe pagar el doble. ¿Qué duración tiene el legado de alimentos si el testador no dispone otra cosa?. Dura hasta que el legatario cumpla 25 años. Dura un año. Dura mientras viva el legatario. Dura hasta que el legatario pueda trabajar. Si el testador fija una cantidad exacta en un legado de alimentos, ¿qué ocurre?. Se determina la cuantía según las necesidades del legatario. Se paga exactamente esa cantidad, sin margen de interpretación. Se ajusta a la capacidad de la herencia. Se puede reducir si hay otros legados. ¿Qué sucede si un testador ha dispuesto más legados de los que caben en la herencia y el heredero acepta pura y simplemente?. Los legados se reducen proporcionalmente. El heredero debe cumplir todos los legados, aunque deba usar su propio patrimonio. Los legados se anulan. Los legados se pagan en el orden establecido hasta agotar la herencia. Antes de pagar los legados, ¿qué tiene prioridad absoluta según la ley?. Los legados remuneratorios. Las legítimas de los herederos forzosos. Los legados preferentes. Los legados de alimentos. ¿En qué orden se pagan los legados si no hay suficiente patrimonio para todos, después de cubrir las legítimas?. Por orden alfabético. Primero los remuneratorios, luego los de cosa determinada, los preferentes, alimentos y educación. Primero los de alimentos, luego los de cosa determinada. Por orden de fecha de otorgamiento del testamento. ¿Cómo se denomina la disposición por la cual un tercero es llamado a recibir la herencia en defecto o después de otra persona?. Legado. Sustitución hereditaria. Fideicomiso. Albaceazgo. ¿Cuál es la finalidad de la sustitución directa o subsidiaria?. Determinar el recorrido futuro de los bienes. Evitar la sucesión intestada y asegurar que la herencia vaya a quien quería el testador. Permitir que varias personas hereden sucesivamente. Facilitar la administración de la herencia. ¿Qué es la sustitución pupilar?. Es la sustitución de un menor de edad por sus padres. Es un testamento hecho por los padres para un hijo menor de 14 años. Es la sustitución de un heredero incapacitado. Es una forma de legado. ¿Cuál es la finalidad de la sustitución indirecta o sucesiva?. Que solo una persona herede los bienes. Determinar el recorrido futuro de los bienes, permitiendo que varias personas hereden de forma sucesiva. Evitar la sucesión intestada. Simplificar la administración de la herencia. ¿Qué es la sustitución fideicomisaria?. Es una sustitución directa. Es una sustitución indirecta o sucesiva donde los bienes pasan de un heredero a otro. Es un legado de cosa cierta. Es una renuncia a la herencia. ¿Cuáles son los requisitos para la validez de la sustitución fideicomisaria?. Que se imponga al fiduciario la obligación de transmitir los bienes, sin límite de grados. Que se establezca expresamente, se imponga la obligación de conservar y transmitir, y no pase del segundo grado o sea a favor de personas vivas. Que sea verbal y no conste en testamento. Que no grave las legítimas. En general, ¿puede la sustitución fideicomisaria gravar las legítimas?. Sí, siempre. No, en general, las legítimas no pueden ser gravadas por la sustitución fideicomisaria. Solo si el testador lo indica expresamente. Depende de la comunidad autónoma. ¿A quién es heredero el fideicomisario?. Del fiduciario. Del fideicomitente (testador). Del heredero que renuncia. De nadie, es un nombramiento nuevo. ¿Qué sucede con el fiduciario si la sustitución fideicomisaria es nula o ineficaz?. La herencia pasa a sus herederos. El fiduciario conserva definitivamente la herencia y queda liberado de restituirla. Se aplica la sucesión intestada. Se nombra un nuevo fiduciario. ¿Debe el heredero fiduciario prestar fianza para garantizar la entrega futura de los bienes?. Sí, siempre debe prestar fianza. No, no está obligado a prestar fianza, pero debe hacer inventario. Solo si el fideicomisario lo exige. Depende del valor de los bienes. |




