CULPABILIDAD PENAL
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Título del Test:![]() CULPABILIDAD PENAL Descripción: TEORÍAS DE LA CULPABILIDAD |




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Es el juicio de reproche que se dirige en contra del sujeto activo de un delito, en virtud de haber ocasionado la lesión o puesta en peligro de un bien jurídico, no obstante, que tenía otras posibilidades de actuación menos lesivas o dañinas del bien jurídico: Antijuridicidad. Culpabilidad. Punibilidad. Imputabilidad. “El sujeto actúa culpablemente cuando realiza un injusto-penal pese a que (todavía) le podía alcanzar el efecto de llamada de atención de la norma en la situación concreta y poseía una capacidad suficiente de autocontrol, de modo que era psíquicamente asequible una alternativa de conducta conforme derecho”. Zaffaroni. Claus Roxin. Jose Luis Eloy Morales Brand. Enrique Diaz Aranda. ¿Cual fue la Máxima aportación de Claus F. Roxin en materia de Derecho Penal?. La Victimologia. La Criminologia. La Política Criminal. La Criminalistica. ¿Que es la Responsabilidad Social?. Agradar a tu progimo y ser servicial. No ser Antisocial. Es una fusión de la culpabilidad. Es Causalista. ¿Cual es la nueva postura del Edo. Mexicano en relación a la culpabilidad?. Que se debe imponer obligada una Pena privativa aunque esta sea mínima. Comparte la idea de evitar la imposición de penas que vayan en contra de los fines previstos por el articulo 18 de nuestra carta magna, por lo que si ese fin la imposición de una pena corta haría efecto contrario para lograr la re-inserción social provocando así la disocialización. Para que el juicio de reproche contra el autor pueda realizarse, se necesita que exista una capacidad psíquica del sujeto para comprender el hecho y su trascendencia. Implementar al máximo de imposición de penas corporales, infamantes y privativas de libertad:. Para que el juicio de reproche contra el autor pueda realizarse, se necesita que exista una capacidad psíquica del sujeto para comprender el hecho y su trascendencia: Punibilidad. Culpabiliad. Imputabilidad. Antijuridicidad. Son sujetos Inimputables menores de 12 años e interdictos: Cierto. Falso. ¿Que Titulo del CPF están concentrados los Delitos contra la vida y la integridad Corporal?. Titulo LXVII. Articulo 136 de la CPEUM. Primer Titulo. Titulo Decimonoveno. ¿Tipo de problema es el Homicidio en México según algunas ONG´s?. Munidial. de Salud. Lesa humanidad. Controversia. Es el contenido de la sentencia de condena impuesta al responsable de una infracción penal por el órgano jurisprudencial competente, que puede afectar su libertad, a su patrimonio o al ejercicio de sus derechos; en el primer caso, privándole de ella, en el segundo, infringiéndose una merma en sus bienes, y en un tercero, restringiéndolos o suspendiéndolos: Imputacion. Antijuridicidad. Personalidad. Pena. ¿En que fecha se da la aprobación de la reforma Constitucional que da origen a nuevo sistema de justicia Penal?. 10 de mayo de 1994. 3 de abril del año 2011. 18 de junio del año 2008. 3 de marzo de 1917. ¿En que artículos Constitucionales esta prevista esta reforma?. del 1° al 29° Constitucional. del 16° al 21° Constiucional. del 2° al 100 del CPF. del 1° al 490° del CNPP. La publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación son principios Sustantivos del Nuevo sistema de Justicia: Cierto. Falso. La Fe Publica del Ministerio Publico es una de la Facultades del Nuevo Sistema: Cierto. Falso. Para que el sujeto sea Culpable antes debe ser Imputable: Cierto. Falso. La naturaleza Humana, la Instrumentalidad, Intencionalidad, Dañosidad y uso de la Fuerza son elementos de: Violencia. Delito. Cupabilidad. Imputabilidad. ¿Cual es la tendencia de escenarios del homicidio en mujeres según los estadísticos nacionales?. Espacios públicos. Relaciones privadas. Eventualmente. Casos Fortuitos. La violencia en el ser humano es un comportamiento cultural aprendido de la convivencia social que no está relacionado a cuestiones genéticas o biológicas (Santiago Genovés). Cierto. Falso. La Criminologia identifica dos formas de materialización de la violencia: a) la que afecta la vida o integridad física de individuos o grupos, de manera que sus manifestaciones son cuantificables; en ella se inscriben actos como el homicidio, los golpes, la violación, etcétera; b) la estructural cuya causalidad se encuentra en las condiciones estructurales de la sociedad y cuyas consecuencias no se pueden atribuir a sujetos específicos (Híjar-Medina; 1997). cierto. falso. ¿Que estudia la sociología criminológica?. Se estudia a partir de una serie de experiencias midiendo cráneos. Afirmaba que los delitos son cometidos por aquellos que nacen con ciertos rasgos físicos hereditarios que son reconocibles. Estudia la estructural cuya causalidad se encuentra en las condiciones estructurales de la sociedad y cuyas consecuencias no se pueden atribuir a sujetos específicos. Estudia lo que afecta la vida o integridad física de individuos o grupos, de manera que sus manifestaciones son cuantificables; en ella se inscriben actos como el homicidio, los golpes, la violación, etcétera. Estudia los problemas criminales y trata de dar explicaciones más completas a la conducta antisocial, encontrándose temas que son verdaderos modelos o hipótesis de investigación. Es uno de los presupuestos de mortal lesión, que la muerte se deba a las alteraciones causadas por la lesión en el órgano u órganos interesados, alguna de sus consecuencias inmediatas o alguna complicación determinada inevitablemente por la misma lesión y que no pudo combatirse, ya sea por ser incurable, ya por no tenerse al alcance los recursos necesarios: Cierto. Falso. Se debe entender que hay homicidio cuando se preste auxilio o se induzca a un niño, niña o joven o así algún interdicto al suicidio: Falso. Cierto. La contienda de obra y no la de palabra, entre dos o más personas: Homicidio. Lesiones. Riña. Alteración a la Paz Publica. Cuando se cometen con premeditación, con ventaja, con alevosía o a traición: Calificativa. Atenuante. Exculpante. Excluyente. Juan sabia que era portador de VIH y pese a ello mantuvo relaciones sexuales con Sara ocultándole dicha situación, Sara muere un año después derivado de sus débil sistema inmune. Homicidio Culposo. Lesiones Dolosas. Homicidio Doloso, Premeditado. Homicidio Dolos, con móviles de ventaja. Pedro practica la halterofilia, al salir del gimnasio en donde realiza sus practicas y dirigirse a su casa en su vehículo de pronto en la avenida principal no logra ver el cono preventivo e intermitentes de un vehículo que se ha averiado en dicho circuito vial, a lo que este se impacta por detrás de este, en su momento Pedro sale del vehículo y corre hacia el vehículo impactado no encontrando a nadie dentro del mismo, de pronto aparece de un costado del acotamiento el dueño a quien de manera intempestiva golpea furioso Pedro agrede lanzando un golpes certero en la quijada, dejándolo inconsciente y a hasta la fecha estado vegetativo derivado de dicho golpe. Cabe mencionar que conocidos del Joven de nombre Alberto, dueño del vehículo impactado, hacen mención que este era un persona muy pacifica y que nunca le gusto pelear. Homicidio Dolos, Premeditado con brutal ferocidad. Lesiones Culposas. Lesiones Dolosas Calificadas con Alevosía y Ventaja,. Homicidio Doloso Calificado con Alevosía y traición. El día 24 de junio del presente año, Jose esposo de Maria, (los cuales tiene un hijo adoptivo derivado de su imposibilidad de concebir), se dirigió hacia la escuela para recoger a su hijo de nombre Alejandro, toda vez que había recibido una llamada del Director de la Escuela ya que este, el cual era un completo pillo, había tenido un conflicto de nueva cuenta con sus compañeros de la escuela, al llegar a la escuela el Señor Jose, recoge rápidamente a su hijo con la intención de llevarlo a casa y reprenderlo ya que este se encontraba desesperado por la conducta del niño, al llegar a su hogar comienza a reprender a menos de manera furica propinándole un duro golpe en la cabeza al jovencito, este llorado se subió a su cuarto. Ya pasadas la horas del percance Jose subió al cuarto del menor encontrándose con el cuerpo sin vida de este. La Necropsia del Ley determino que la causa de muerte habia sido por una contusión cráneo encefálica severa. Homicidio en Razón de Parentesco. Homicidio Culposo. Homicidio Doloso Calificado, con Alevosía y Traición. Homcidio Doloso Calificado, con ventaja. La culpabilidad se determina a través del Proceso Penal: Cierto. Falso. Los Principios que rigen el Proceso Penal son 5: Cierto. Falso. Las partes podrán conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, así́ como oponerse a las peticiones y alegatos de la otra parte, salvo lo previsto en este Código: Publicidad. Contradiccion. Continuidad. Inmediación. Todas las personas que intervengan en el procedimiento penal recibirán el mismo trato y tendrán las mismas oportunidades para sostener la acusación o la defensa. No se admitirá́ discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condición de salud, religión, opinión, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas: Igualdad ante la Ley. Concentracion. Continuidad. Igualdad entre las partes. Ninguna persona podrá́ ser condenada a una pena ni sometida a una medida de seguridad, sino en virtud de resolución dictada por un órgano jurisdiccional previamente establecido, conforme a leyes expedidas con anterioridad al hecho, en un proceso sustanciado de manera imparcial y con apego estricto a los derechos humanos previstos en la Constitución, los Tratados y las leyes que de ellos emanen: Continuidad. Inmediacion. Presunción de Inocencia. Debido Proceso. Las audiencias se desarrollarán preferentemente en un mismo día o en días consecutivos hasta su conclusión, en los términos previstos en este Código, salvo los casos excepcionales establecidos en este ordenamiento: Debido Proceso. Inmediacion. Concentración. Continuidad. Se garantiza a las partes, en condiciones de igualdad, el pleno e irrestricto ejercicio de los derechos previstos en la Constitución, los Tratados y las leyes que de ellos emanen: Igualdad de las Partes. Igualdad ante la Ley. Debido Proceso. Concentracion. Las audiencias se llevarán a cabo de forma continua, sucesiva y secuencial, salvo los casos excepcionales previstos en este Código: Celeridad. Concentracion. Economía Procesal. Continuidad. |