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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEcurso de ascenso

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Título del test:
curso de ascenso

Descripción:
cuestionario

Autor:
mireya lozada
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
20/04/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 100
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Temario:
1. La Seguridad, en un sentido objetivo, mide la ausencia de amenazas para obtener valores, y en un sentido subjetivo, mide la ausencia de temor de que tales valores sean atacados V F.
2. La segunda acepción considera a la Seguridad Nacional como una condición alcanzada por un país como consecuencia del desarrollo armónico de su poder nacional y de haber adoptado previsiones y acciones tendientes a atender o eliminar sus vulnerabilidades V F.
3. La seguridad humana implica que las ciudadanas y ciudadanos de una misma región puedan convivir en armonía V F.
4. La expresión seguridad ciudadana surgió, fundamentalmente, en América Latina como un concepto en el curso de las transiciones a la democracia V F.
5. La violencia ha existido siempre y es ancestral, se expresa cotidianamente en el hogar, en el sistema escolar, en las religiones, en la calle, en el poder político, judicial y policial V F.
6. La cultura de la violencia no resulta de la manifestación de comportamientos humanos instintivos, sino de la expresión de comportamientos de seres humanos alienados V F.
7. La violencia Auto dirigida hace referencia al daño físico producido así mismo V F.
8. La violencia Interpersonal expresa conductas perpetradas por un individuo hacia otra persona V F.
9. La Violencia Colectiva hace referencia a comportamientos desarrollados por un grupo en relación a una persona u otro grupo V F.
10. Violencia Física es toda conducta de una persona o grupo que, mediante el uso o la amenaza del uso de la fuerza o poder físico, directa o indirectamente se dirija a ocasionar un daño maltrato o sufrimiento que afecte la integridad física de personas por grupos V F.
11. La Violencia Psicológica identifica comportamientos de personas y/o grupos que ocasiona daño emocional, disminuyen la autoestima, perjudican o perturban al sano desarrollo de otra persona y/o grupo V F.
12. La Violencia Sexual se puede presentar como acoso, abuso sexual, violencia o incesto V F.
13. Al hablar de Privaciones o desatenciones como tipo de violencia se menciona la falta de atención que el estado está obligado a brindar a sus ciudadanos y que, por algún motivo, deja de hacerlo o no lo hace V F.
14. El delito es un mal social. La característica principal de la delincuencia es que es un fenómeno social, multicausal y multidimensional, que se expresa mediante una conducta que quebranta un orden social o legal determinado V F.
15. La prevención del delito es toda acción que reduce la delincuencia, la violencia o la inseguridad, al atacar con éxito los factores causales que le dan origen y que han sido identificados científicamente V F.
16. La victimización es un término proveniente de la ciencia denominada “victimología. V F.
17. En los tipos de prevención existen tres niveles de intervención de acciones que son: Primaria, Secundaria y Terciaria V F.
18. La Policía Comunitaria es una política y una estrategia orientada a alcanzar un control más efectivo y eficiente del crimen, reducción del miedo al crimen, mejorar la calidad de los servicios policiales y a la legitimidad de la policía V F.
19. Actualmente, la Policía Nacional del Ecuador tiene a la fecha (agosto-2013) 1730 Unidades de Policía Comunitaria en la mayoría de los cantones y parroquias del Ecuador V F.
20. La gestión de la Policía Comunitaria involucra por una parte a la organización policial que denominamos Unidad de Policía Comunitaria (U.P.C.). V F.
21. En Ecuador, la Policía Comunitaria es definida como: “modalidad de servicio que posibilita al talento humano policial, liderar procesos comunitarios y desarrollar acciones, preventivas y educativas, para la solución de problemas de seguridad y convivencia ciudadana V F.
22. Una de las actividades que debe cumplir el servidor o servidora policial designado(a) a prestar sus servicios en una UPC, es conocer todo lo que pasa en su sector en materia de seguridad V F.
23. Una de las actividades que debe cumplir el servidor o servidora policial designado(a) a prestar sus servicios en una UPC Dar respuesta inmediata a situaciones de emergencia y canalizar el apoyo de otras instituciones de emergencia. V F.
24. El Jefe o Encargado del Circuito y Subcircuito, deberá controlar el uso adecuado de la infraestructura, medios logísticos y tecnológicos entregados a la UPC, así también, gestiona su mantenimiento V F.
25. En las Unidades de Policía Comunitaria UPC, siempre debe haber la presencia del Policía designado como Atención Ciudadana, salvo situación emergente en cumplimiento del servicio V F.
26. Todos los procedimientos en los que se intervenga durante el desarrollo del servicio de patrullaje, debe ser reportados a la Central de Radio (ECU 911). V F.
27. El acuerdo ministerial 1573 expide la norma técnica de prestación de servicios y administración de procesos, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública V F.
28. El servicio policial ofertado a nivel de subcircuitos es, el conjunto de actividades, procesos, procedimientos y actitudes orientadas a satisfacer las necesidades de seguridad y convivencia pacífica de la ciudadanía V F.
29. Desde la perspectiva de Policía Comunitaria ha agrupado la prestación de servicios en tres: Servicios Estratégicos, Servicios Operativos y Servicios Ocasionales V F.
30. La Asamblea Comunitaria consiste en una reunión sin fines políticos ni económicos, en la que la ciudadanía y la Policía Comunitaria, de modo participativo, identifica problemas de inseguridad y de convivencia en la comunidad V F.
31. La estrategia conjunta en la que la Policía Comunitaria dentro de una jurisdicción territorial legalmente establecida, junto con la ciudadanía, interactúa; se denomina Barrio Seguro V F.
32. Botón de Seguridad es el dispositivo de seguridad, que se instala en el teléfono móvil de un ciudadano, para que lo active en situaciones de emergencia. V F.
33. Para la Policía Comunitaria los servicios operativos; es el conjunto de recursos y actividades continuas y permanentes que buscan responder a las necesidades de la ciudadanía a corto plazo V F.
34. Si un ciudadano es víctima de un delito o de una contravención, deberá acudir a la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) más cercana a presentar la respectiva denuncia V F.
35. Reacción y Disuasión, es el conjunto de actividades planificadas y coordinadas, destinadas a realizar un patrullaje comunitario de acuerdo a la Georeferenciación del delito de cada territorio V F.
36. Una de las Responsabilidades del servidor policial consiste en identificar a los líderes comunitarios que participarán en la Asamblea Comunitaria, pueden ser de cuadra, de organismos barriales, de agrupaciones sociales, ligas barriales, iglesias, fundaciones, etc. del circuito o sub circuito V F.
37. Al momento que el ciudadano realiza una llamada al botón se seguridad, el sistema instalado en la Computadora de la UPC, genera una alarma audible y visible, en la que se indica los datos de la persona que requiere el auxilio y la dirección exacta de su domicilio V F.
38. Al finalizar el procedimiento y cierre del botón de pánico, Como última actividad el servidor policial procede a llenar la MATRIZ TIEMPO BOTONES DE SEGURIDAD V F.
39. La Capacitación Ciudadana es realizada por la Policía Comunitaria, respondiendo a las necesidades de seguridad dentro de un sector. v f.
40. Allanamiento es, penetrar con poder escrito de la autoridad judicial, en un domicilio o local privado, para realizar en él ciertas diligencias, como detenciones, registros, etc V F.
41. Denuncia es el acto por el cual se da conocimiento a la autoridad, por escrito o verbalmente, de un hecho contrario a las leyes, con el objeto de que ésta proceda a su investigación y sanción V F.
42. Diligencia es la tramitación, cumplimiento o ejecución de un acto o de un auto judicial. V F.
43. Se entiende que se encuentra en situación de flagrancia, la persona que comete el delito en presencia de una o más personas o cuando se la descubre inmediatamente después de su supuesta comisión siempre que exista una persecución ininterrumpida desde el momento de la supuesta comisión hasta la aprehensión. V F.
44. Infracción es la transgresión, quebrantamiento, violación, incumplimiento de una ley, pacto o tratado. V F.
45. A partir de la experiencia de Quito, la Policía Nacional ha incorporado Unidades de Policía Comunitaria (UPC) en todo el país. V F.
46. La Resolución de SENPLADES No. 557-2012, del 16 de febrero del 2012. “Acuerda: Artículo 1.- Conformar 140 distritos administrativos de planificación, así como 1134 circuitos administrativos de planificación, a nivel nacional. V F.
47. El servidor policial portará el equipamiento básico entregado en dotación (chaleco antibalas, arma de fuego, munición, gas pimienta y esposas) Durante la jornada laboral a fin precautelar su integridad física V F.
48. Las Unidades de Policía Comunitaria simples son aquellas que únicamente contarán con el servicio policial V F.
49. En las Unidades de Policía Comunitaria compuestas se agregarán sistemas de Administración de justicia V F.
50. El subcircuito corresponde a un sector geográfico fijo que, a partir de sus características sociales, demográficas y geográficas, ofrece distintos tipos de servicios policiales V F.
51. La Asamblea Comunitaria es una reunión que puede tener fines políticos o económicos, en la que la ciudadanía y la Policía Comunitaria, determinan su nivel participativo. V F.
52. Barrio seguro es una estrategia conjunta en la que la Policía Comunitaria y las Unidades educativas, interactúa para coadyuvar a la seguridad y convivencia ciudadana. V F.
53. El Botón de seguridad es un dispositivo de seguridad, que se instala en os vehículos de los ciudadanos, para que lo active en situaciones de emergencia. V F.
54. Escuela segura es una actividad orientada al involucramiento de las autoridades, locales, servidores policiales. V F.
55. Local seguro es el conjunto de acciones y efectos que se generan para cumplir una misión específica, debidamente planificada, dispuesta y coordinada V F.
56. Operativo policial es una, actividad orientada a la protección focalizada de la comunidad inmersa en las actividades económico/comerciales V F.
57. La Prevención del delito es una labor realizada para reducir el riesgo del cometimiento infracciones de tránsito. V F.
58. En el Acuerdo Ministerial No. 6262 se aprobó la Nueva Estructura Orgánica de las Unidades Operativas Desconcentradas de la Policía Nacional. V F.
59. Distrito es la Unidad Territorial para la prestación de servicios públicos correspondiente a la división política administrativa de: un cantón, o varios cantones, con una población promedio de 10.000 habitantes: V F.
60. Los Circuitos son Unidades Territoriales para la prestación de servicios públicos correspondiente a la división política administrativa. V F.
61. El conjunto de Circuitos conformará las UPC. V F.
62. La organización policial a nivel de los barrios o sectores de ubicación geográfica similar, se denomina Distrito. V F.
63. Las Unidades de Policía Comunitaria que podrán ser de tipo A, B, C y D. V F.
64. Las Unidades de Policía Comunitaria tipo A, contarán con 10 policías. V F.
65. Las Unidades de Policía Comunitaria tipo B, contarán con 22 policías. V F.
66. La Sub zonas y Distritos de Policía dependiendo de la población se encuentran categorizados en A, B, C, D, E; V F.
67. Las Unidades de Policía Comunitaria podrán ser, simples, grandes y pequeñas. V F.
68. La Zona 1 está conformada por las Provincias de; Loja, Esmeraldas Sucumbíos. V F.
69. La Zona 9 está conformada por el Distrito Metropolitano de Guayaquil. V F.
70. Las Zona 5 está conformada por las Provincias de; Pichincha, Chimborazo, Napo, Azuay. V F.
71. La Zona 8 está conformada por los Cantón: Quito y Pedro Moncayo V F.
72. La Zona 2 está conformada por las provincias de Sucumbíos, Carchi Napo. V F.
73. El tema de carga laboral por policía, servicio y función, considera un ciclo de 21 días, dividido en 14 de trabajo y 7 de descanso. V F.
74. En las UPC, en los 9 días de trabajo, el personal cumplirá 4 días de trabajo de 11 horas y cinco de trabajo de 6x6 horas. V F.
75. El Dispositivo de seguridad, que se instala en el teléfono móvil de un ciudadano corresponde a la Escuela Segura. V F.
76. La lógica operativa que se quiere mantener en la Unidad de Policía Comunitaria es de Policías de servicio permanente en la UPC atención al público, de 12 horas por día en turnos de 6 horas. V F.
77. Allanamiento es una acción de penetrar de forma arbitraria, en un domicilio o local privado, para realizar en él ciertas diligencias, como detenciones, registros, etc. V F.
78. Para la Policía Comunitaria los servicios operativos son el conjunto de recursos y actitudes que buscan responder a las necesidades de un grupo determinado de la ciudadanía. V F.
79. Las Unidades de Policía Comunitaria simples son aquellas que agregarán para su funcionamiento a sistemas de Administración de justicia.” V F.
80. Las Unidades de Policía Comunitaria compuestas se caracterizan por que únicamente contarán con el servicio policial. V F.
81. Para poder desempeñar sus responsabilidades, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley están autorizados, entre otras cosas, ¿a emplear la fuerza y usar armas de fuego. V F.
82. La forma en que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley hacen uso de la fuerza y de las armas de fuego no tiene efectos inmediatos en la relación entre la institución encargada de aplicar la ley y el conjunto de la comunidad. V F.
83. Es sumamente importante que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley actúen en plena conformidad con el marco jurídico que rige el empleo de la fuerza y de las armas de fuego. V F.
84. El empleo de la fuerza no afecta los derechos fundamentales, esto es, el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad V F.
85. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley están autorizados a usar la fuerza y las armas de fuego, sin embargo, el marco jurídico nacional debe determinar los propósitos y circunstancias legítimos que permiten el ejercicio de esta facultad. V F.
86. Los funcionarios aplicarán la fuerza, aunque el objetivo puede lograrse sin ella. V F.
87. Cuando se utilice la fuerza se recurrirán sólo a la fuerza mínima necesaria para ese fin, procurando causar el menor daño posible V F.
88. Cuando es necesario emplear la fuerza para alcanzar un objetivo legítimo, las consecuencias de esa fuerza no deben ser superiores al valor del objetivo que se desea lograr porque, en tal caso, el empleo de la fuerza sería desproporcionado. V F.
89. Cuando los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben recurrir a la fuerza, deben ser plenamente responsables de sus actos. Por lo tanto, es preciso establecer procedimientos eficaces para la presentación de informe. V F.
90. La presentación de informes se realizará únicamente cuando el empleo de la fuerza ha causado muertes o lesiones, o cuando se ha usado un arma de fuego. V F.
91. La responsabilidad por uso de la fuerza recae únicamente en el agente que actuó. V F.
92. Dado que un arma de fuego es potencialmente letal, su uso en una aplicación lógica del principio de proporcionalidad sólo puede ser aceptable si la intención es proteger contra la amenaza de muerte o de lesiones graves. V F.
93. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no están obligados a identificarse al momento de utilizar la fuerza. V F.
94. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley están obligados a dar una advertencia antes de recurrir al empleo de armas de fuego, a menos que esa advertencia cree riesgos demasiado elevados o sea inapropiada o inútil. V F.
95. En las reuniones públicas, el empleo de la fuerza debe observar diferentes principios que en todas las otras situaciones. V F.
96. Deben proveerse equipos de protección a fin de limitar la necesidad de recurrir al uso de la fuerza y, cuando el recurso a la fuerza se torna inevitable, el empleo de armas menos letales debe facilitar una respuesta graduada y proporcional, que minimice los daños y proteja a quienes no participan. V F.
97. El empleo de la fuerza en los centros de detención debe observar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. ( V ) V F.
98. Para el empleo de la fuerza en los centros de detención se autoriza en todos los casos el uso de armas de fuego. V F.
99. En los centros de detención, los medios de coerción deben usarse exclusivamente a efectos de seguridad y nunca como medios de castigo. V F.
100. La facultad de detención es, normalmente, una facultad discrecional por la cual los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley pueden arrestar a una persona en determinadas circunstancias. V F.
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