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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESED.DE INCENDIOS (26)- DPII.2º 2o2o

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Título del test:
D.DE INCENDIOS (26)- DPII.2º 2o2o

Descripción:
Test obtenidos del documento 105 paginas 2020 ampliados Florentina

Autor:
SILKE
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
11/06/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 25
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Temario:
El delito de incendio ¿Puede cometerse por imprudencia grave? No, sólo puede cometerse de forma dolosa No, sólo puede cometerse por imprudencia simple Sí, puede cometerse por imprudencia grave La forma imprudente no está prevista para este tipo de delito.
¿Cuál de estos subtipos agravados relativos a los incendios forestales es erróneo? Que se deriven grandes o graves efectos erosivos en los suelos En todo caso, cuando se utilice violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito o para proteger la huida, y cuando atacare a los que acudiesen en evitación de los daños o a los que le persiguieren Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido Que afecte a una superficie de considerable importancia.
El delito de incendios del 351 C. Penal se castiga como daños del 266 si... Comporta un peligro para la vida de las personas Comporta un peligro para la vida o la integridad física de las personas Comporta un riesgo cierto y grave contra las personas o el patrimonio No concurre peligro contra la vida o la integridad física de las personas.
¿Cuál de las siguientes no es una circunstancia agravante del delito de incendios de montes o masas forestales? Que afecte a una superficie de considerable importancia En todo caso, cuando se deriven efectos erosivos en los suelos Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recursos afectados.
El móvil del beneficio económico en el autor del delito de incendio de montes y masas forestales supone... La misma pena que en artículo 353.1 Pena superior en grado en su mitad inferior Pena en su mitad superior Pena superior en uno o dos grados atendidos la magnitud del incendio y el ánimo del lucro del autor.
Para que se castigue el delito de incendio en bienes propios hace falta... Propósito de perjudicar a tercero Riesgo de causar defraudación o perjuicio Haber causado propagación a edificio, plantío o arbolado ajeno Entre otros son requisitos todos los que se cita.
El incendio por imprudencia leve se castiga... Con la pena en su mitad inferior Con la pena inferior en grado Con la pena inferior en uno o dos grados Ninguna es correcta.
En los supuestos de incendios forestales los Jueces o Tribunales podrán acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta ... años. 20 97 30 50.
El tipo básico del delito de incendios previsto en el art. 351 requiere... Que se incendien masas forestales Que comporte un peligro para la vida o la integridad física de las personas Que afecte a superficies de considerable importancia Todas son correctas.
No es una clase de incendios conforme el criterio clasificatorio del C. Penal... Incendios forestales Incendios en zonas no forestales Incendios en bienes propios Todas son clases establecidas por el C. Penal para clasificar los incendios.
Con relación a los incendios forestales a los que se refieren los artículos 352 a 355 del CP, señale cuál de las siguientes medidas deberá adoptar el juez o tribunal Que la calificación del suelo en la zona afectada por un incendio forestal no pueda se modificada en el plazo de hasta 30 años Que se limiten o supriman los usos que se vinieran llevando a cabo en las zonas afectadas por el incendio Ninguna de ellas La intervención administrativa de la madera quemada procedente del incendio.
Provocar un incendio sólo es delito si ello supone un peligro grave para la vida o integridad física de las personas. Falso, pues se castigan diversas modalidades, unas en función del mayor o menor peligro, otras por motivos diversos Falso, pues para proteger la vida e integridad física de las personas existen otros tipos Verdadero, pues es eso lo que se protege mediante el delito de incendio Verdadero, pues se trata de un delito de riesgo.
Constituye delito el incendiar montes o masas forestales. Verdadero, pero sólo si se pretende lograr la recalificación del uso del suelo (a) Verdadero, pero únicamente si se afecta al interés patrimonial del propietario (b) Verdadero, como delito de incendio, sin más requisitos (c) A la vez a y b, pero no c.
En el delito de incendios: el incendio de bienes propios se castiga en todo caso en todos los casos de incendios forestales los Jueces y Tribunales podrán acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta cinco años en todos los casos de incendios forestales los Jueces y Tribunales podrán acordar la intervención administrativa de la madera quemada procedente del incendio el que prendiere fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos será castigado con la pena inferior en uno o dos grados si el incendio no se propaga por la acción voluntaria y positiva de su autor.
El código penal castiga expresamente la conducta de incendiar masas forestales si se produce con ello un riesgo para la vida o integridad de las personas. Verdadero, como delito de homicidio o lesiones especialmente previsto Verdadero, como una modalidad del delito de daños Verdadero, como una modalidad específica del delito de incendio Ninguna es correcta.
Las penas del delito de incendios forestales se agravan, entre otras razones, por las siguientes: Si el incendio reviste especial gravedad por afectar a una superficie de considerable importancia o porque se derivan grandes o graves efectos erosivos en los suelos (a) cuando el autor actúe para obtener un beneficio económico con los efectos derivados del incendio (b) Si se altera el ecosistema de los recursos naturales (c) Tanto en a, como en b, pero sin necesidad de c.
Una persona prende fuego a una masa forestal pero de manera controlada, de forma que no llega a propagarse el incendio a otros bienes ni se pone en peligro la vida o salud de nadie. ¿Es punible su conducta? Sí, en todo caso Sí, salvo que se trate de incendio de bienes propios Sí, salvo que se obre con ánimo de lucro Ninguna es correcta.
Con motivo de la quema descuidada de unas rastrojeras en un terreno propio, se declara un incendio en una enorme masa forestal contigua. La persona descuidada, voluntaria y positivamente, pasa a impedir que el fuego se extienda, y logra que el incendio no se propague. Su conducta queda impune por ser imprudente Su conducta queda impune porque así se prevé expresamente Su conducta no constituye delito. Ninguna es correcta.
¿Constituye delito incendiar zonas de vegetación no forestales? Sí, en todo caso Sí, si se perjudica gravemente el medio natural Sí, si se perjudica el medio natural aunque sea levemente Ninguna es correcta.
El incendiario de bienes propios será castigado, Si hubiere causado defraudación o perjuicio, o existiere peligro de propagación a edificio, arbolado o plantío ajeno Si tuviere propósito de defraudar o perjudicar a terceros Si hubiere perjudicado gravemente las condiciones de la vida silvestre, los bosques o los espacios naturales Cualquiera es correcta.
¿Existe una modalidad imprudente de delito de incendios? Sí, pues en todo delito de incendio se prevé la modalidad de imprudencia profesional Sí, pues en cualquier delito de incendio se prevé la modalidad de imprudencia grave Sí, pues en cualquier delito de incendio se prevé la modalidad de imprudencia cualquiera que sea su gravedad No existe tal delito de incendios imprudente.
Conforme al artículo 324 del C.P. ¿La causación de daños en un centro docente es un delito sobre el patrimonio histórico? Sí se considera como delito sobre el patrimonio histórico si causa daños por imprudencia grave superiores a 400€ No se considera como uno de los supuestos que configuran el delito sobre el patrimonio histórico Sólo puede considerarse como falta administrativa Para considerarse como delito sobre el patrimonio histórico es necesario que sea cometido por funcionario público.
El delito de derribo o alteración grave de edificios especialmente protegidos por su interés histórico, artístico, cultural o monumental que se establece en el artículo 321 del Código Penal, es... Un delito especial y de resultado Un delito común y de resultado Un delito especial y de mera actividad Un delito común y de mera actividad.
El que realice actos de expolio en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos comete un delito de... Delito de daños agravado Delito sobre el patrimonio histórico Delito de daños imprudentes Ninguna es correcta.
En relación al delito sobre el patrimonio histórico... La autoridad o funcionario público comete el delito con dolo directo, excluyéndose el dolo eventual El que derribe o altere gravemente edificios singularmente protegidos por su interés histórico, artístico, cultural o monumental puede realizarlo la comisión en todas las formas de dolo, excluyéndose la imprudencia El que cause daños, en cuantía superior a 400€, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga, comete un delito sobre el patrimonio histórico por imprudencia grave Todas son correctas.
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