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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESED. Internacional Público - Temas 31

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Título del test:
D. Internacional Público - Temas 31

Descripción:
Otros tribunales internacionales

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
13/06/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 27
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Temario:
El tribunal de ámbito universal competente para resolver controversias sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1981 es el: TIDM. TEDH. CIDH.
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar fue creado por la Convención de las NU sobre el Derecho del Mar de: 1972. 1982. 1992.
El Estatuto del TIDM se encuentra regulado en la Convención de las NU sobre el Derecho del Mar de 1982, en su Anexo: IV. V. VI.
El TIDM tiene su sede en: Hamburgo. Luxemburgo. Edimburgo.
El TIDH tiene personalidad jurídica internacional y está protegido por el Acuerdo sobre privilegios e inmunidades del TIDM, de 23 de mayo de 1991, al que España se adherió en: El año 2000. El año 2001. El año 2002.
El TIDM está integrado por: 21 jueces. 11 jueces. 31 jueces.
En la composición del TIDM: Pueden concurrir hasta dos jueces nacionales de un mismo Estado parte. Puede concurrir solamente un juez nacional por cada Estado parte. Pueden concurrir hasta tres jueces nacionales de un mismo Estado parte. .
Los jueces del TIDM son elegidos: Para mandatos de 9 años, que se renuevan por tercios cada tres años, y son reelegibles. Para mandatos de 4 años, que se renuevan por tercios cada tres años, y son reelegibles. Para mandatos de 9 años, que se renuevan por quintos cada tres años, y son reelegibles. .
Los Jueces del TIDM: No están sometidos a un régimen de exclusividad. Están sometidos a un régimen de exclusividad. No están sometidos a un régimen de exclusividad, excepto el Presidente. .
El quórum mínimo del TIDM es: De 10 jueces. De 11 jueces. De 12 jueces. .
No es un tipo de sala del TIDM: Sala de controversias sobre la plataforma continental. Salas especiales y salas ad hoc. Salas de procedimiento sumario.
La competencia del TIDM: Es automática en virtud del Convenio de 1982. No es automática en virtud del Convenio de 1982. Es exclusiva y no coexiste con otros sistemas de arrreglo de controversias judiciales o arbitrales. .
El TIDM ostenta competencia: Consultiva y contenciosa. Contenciosa y prejudicial. Consultiva, contendiosa y prejudicial.
La Corte Penal Internacional fue creada por: El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998. El Estatuto de Viena de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998. El Estatuto de Turín de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998, fue ratificado por España en: El año 1999. El año 2000. El año 2001.
La CPI es una organización: De naturaleza internacional y ámbito universal. De naturaleza interno y ámbito regional. De naturaleza internacional y ámbito regional. .
La estructura de la CPI comprende los siguientes órganos: La Presidencia, la Fiscalía y la Secretaría. La Presidencia, las Secciones judiciales y la Secretaría. La Presidencia, las Secciones judiciales, la Fiscalía y la Secretaría. .
La Presidencia de la CPI está integrada por: Un Presidente y tres Vicepresidentes. Un Presidente y un Vicepresidentes. Un Presidente y dos Vicepresidentes. .
Los órganos deliberantes de la CPI, se denominan: Secciones judiciales. Secretaría. Fiscalía.
Está comprendida dentro de las Secciones Judiciales de la CPI: La Sección de Cuestiones Preliminares. La Sección de Primera y Segunda Instancia. La Sección de Protestos. .
La CPI se compone de: 15 jueces. 18 jueces. 20 jueces. .
Es un órgano de la CPI, separado de ésta, cuya función consiste en recibir información sobre los hechos que son competencia de la Corte: La Secretaría. Las Secciones Judiciales. La Fiscalía.
La CPI puede enjuiciar: Crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crímen de agresión. Crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, pero no el crímen de agresión. Crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímen de agresión. .
La CPI podrá realizar el enjuiciamiento del acusado: Aunque este no se encuentre a disposición de la misma, ya que el Estatuto autoriza los juicios en rebeldía. Cuando se encuentre a disposición de la misma, ya que el Estatuto prohíbe los juicios en rebeldía. Cuando se encuentre a disposición de la misma, ya que el Estatuto autoriza los juicios en rebeldía.
La creación de los Tribunales Penales Internacionales ad hoc: Requiere el consentimiento previo de los Estados afectados. No requiere el consentimiento previo de los Estados afectados por crearse en virtud del Capítulo VII de la Carta. Compete a la Asamblea General de las NU.
Los jueces de los Tribunales Penales Internacionales creados ad hoc para los conflictos de la antigua Yugoslavia y de Ruanda: Son 16, elegidos por la Asamblea General de las NU previa propuesta del Consejo de Seguridad, de entre una lista de candidatos presentada por los Estados. Son 18, elegidos por la Asamblea General de las NU previa propuesta del Consejo de Seguridad, de entre una lista de candidatos presentada por la propia CPI. Son 14, elegidos por la Asamblea General de las NU previa propuesta del Consejo de Seguridad, de entre una lista de candidatos presentada por el Consejo de Ministros.
De entre los Tribunales Penales Internacionales ad hoc, el que tiene naturaleza mixta por haber sido creado por las autoridades del Estado por impulso del Consejo de Seguirad, es: El Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia. El Tribunal Penal Internacional para Ruanda. El Tribunal Penal Internacional para Sierra Leona.
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