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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDº Mercantil II T 2

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Título del test:
Dº Mercantil II T 2

Descripción:
Tema 2 de Mercantil II

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
05/06/2019

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
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Temario:
La posición de socio será intransmitible, salvo el consentimiento unánime de los socios, en la: Sociedad capitalista. Sociedad colectiva. Sociedad anónima. .
Salvo pacto expreso de continuación, el fallecimiento de un socio determina la disolución de la sociedad: Capitalista. Colectiva. Comanditaria por acciones. .
El beneficio por el cual los socios de una sociedad colectiva posponen la ejecución de sus bienes particulares hasta que no se haya ejecutado el patrimonio social, se denomina: Beneficio de exclusión. Benefición de exposición. Benefición de excusión. .
Forma parte del contenido del contrato social de una sociedad colectiva: La identidad y domicilio de los socios, y la aportación realizada por éstos sin que sea necesaria su valoración. La identidad y domicilio de los socios, y la cantidad asignada anualmente a éstos para sus gastos particulares. El domicilio social y el de los socios, pero no su identidad. .
No es una obligación negativa del socio colectivo: No hacer competencia con la sociedad. Indemnizar a la sociedad en caso de negliencia grave. No tomar del patrimonio social más cantidades que las que le fueran asignadas para gastos personales. .
Los socios colectivos podrán acordar válidamente: Un pacto leonino. Excluir de la participación en las ganancias a uno o varios socios. Ambas son erróneas. .
El pacto leonino adoptado por los socios colectivos: es anulable. es subsanable. es nulo. .
El socio colectivo industrial: Participará tanto de las deudas como de las pérdidas sociales. Participará de las ganancias, de las deudas y de las pérdidas sociales. Participará de las deudas sociales. .
Salvo pacto unánime de los socios colectivos, la transmisión de la posición de socio: está libremente permitida. está permitida con restricciones. está prohibida. .
El pacto de supervivencia ante el fallecimiento de un socio colectivo consiste en: Que la sociedad continúa integrando como socio al heredero o legatario del causante. Que la sociedad continúa previa entrega al heredero o legatario del valor patrimonial correspondiente. Que la sociedad continúa en todo caso, ya que la muerte del socio no es causa de disolución. .
La actuación de los socios colectivos es: de carácter solidario, con independencia del importe de su aportación a la sociedad. de carácter solidario, en proporción del importe de su aportación a la sociedad. solidaria. De modo que si dos o más socios intervinieran en un mismo acto, cualquiera de ellos podrá actuar libremente sin necesidad de acuerdo previo. .
En una sociedad colectiva, la inobservancia del veto válidamente ejercido por un socio: determina la invalidez de la operación. no determina la invalidez de la operación, y por ello, no cabe exigir responsabilidades al socio que no lo observare. no determina la invalidez de la operación, pero puede exigirse responsabilidades al socio que no lo observare. .
Si en la denominación social de una sociedad colectiva se incluye el nombre de un tercero no socio, contra su voluntad, éste: será responsable solidario de las deudas sociales, sin perjuicio de la responsabilidad penal oportuna. será responsable solidario de las deudas sociales, pero no penalmente responsable. no será responsable, ni penalmente ni por las deudas sociales. .
Los socios colectivos serán responsables de las resultas de las operaciones válidamente realizadas por la sociedad: Solidariamente, junto con la sociedad. Solidariamente, junto con la sociedad, cuando aquéllos fueran además gestores. Solidariamente, junto con la sociedad y sin beneficio de excusión alguno. .
Respecto al socio industrial en una sociedad colectiva, cuando no se hubiera pactado en escritura social su participación en las resultas: ésta será igual a la del socio capitalista de menor participación. ésta será igual a la del socio capitalista de mayor participación. ésta será igual a la media de las participaciones de todos los socios capitalistas. .
Si el socio industrial tuviere que responsabilizarse de las deudas sociales, como regla general: podrá hacer valer un derecho de repeticición respecto de los socios capitalistas por el importe de lo pagado. el socio industrial no participa de las deudas sociales. las dos son correctas. .
Para modificar el contenido de la escritura social de una sociedad colectiva: se requiere la unanimidad de los socios. se requiere una mayoría de 2/3 de los socios. se requiere una mayoría ordinaria de los socios. .
El derecho de separación del socio colectivo: es libre, sin sujección a límites. es causal y está sujeto al límite de buena fe. podrá hacerse valer sin antender a la conclusión de las negociaciones pendientes del modo más conveniente al interés social.
La sociedad colectiva se disolverá por: el cumplimiento del término de duración previsto en el contrato social, cuando así lo acordaran los socios. la conclusión de la empresa que constituye el objeto social. el fallecimiento, en todo caso, de uno de sus socios.
Para que la disolución de la sociedad colectiva tenga efecto frente a terceros, es necesario: su inscripción registral, en todo caso. su cierre registral, excepto en los supuestos de disolución por vencimiento del término. su cancelación registral, excepto en los supuestos de disolución por vencimiento del término. .
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