Daño a las personas 2
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Título del Test:![]() Daño a las personas 2 Descripción: Las victimas necesitan ayuda |




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Según Tamarit, ¿Qué es lo más parecido a una ley general de víctimas en España?. La Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual. Ley 29/2011 de 22 septiembre, de reconocimiento y reparación integral de las víctimas del terrorismo. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género supone un amplio compromiso por parte de los poderes públicos. Ley 19/1994, de 23 de diciembre, de protección de testigos y peritos en causas criminales. ¿Qué dos tipos de víctimas han recibido una protección legislativa específica?. Víctimas de delitos económicos y de delitos informáticos. Víctimas de trata de personas y de terrorismo. Víctimas de terrorismo y de violencia de género. Víctimas de hurtos y de vandalismo urbano. ¿Cuál fue la primera ley de terrorismo en España?. Ley 32/1999 de Solidaridad con las víctimas del terrorismo. Ley 29/2011 de 22 septiembre, de reconocimiento y reparación integral de las víctimas del terrorismo. Ley 19/1994, de 23 de diciembre, de protección de testigos y peritos en causas criminales. Ley 4/2015, de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito. ¿Cuál es la ley de terrorismo actual en España?. Ley 32/1999 de Solidaridad con las víctimas del terrorismo. Ley 29/2011 de 22 septiembre, de reconocimiento y reparación integral de las víctimas del terrorismo. Ley 19/1994, de 23 de diciembre, de protección de testigos y peritos en causas criminales. Ley 4/2015, de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito. ¿Qué ofrece la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, en relación con la protección frente a la violencia de género. Únicamente asistencia psicológica en centros privados, sin incluir otras medidas de protección integral. Solamente medidas penales de castigo al agresor, dejando de lado la asistencia social y los derechos laborales. Un amplio catálogo de medidas de protección, asistencia social integral, asistencia jurídica gratuita, ayudas sociales y derechos laborales. Exclusivamente la posibilidad de presentar denuncias en comisarías de policía, sin establecer medidas de apoyo posteriores. Según el preámbulo de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito, ¿qué representa el Estatuto de la Víctima?. Es una recopilación de sanciones penales aplicables a los delincuentes condenados. Es una norma centrada en la protección económica de víctimas con discapacidad reconocida. Es el catálogo de derechos, procesales y extraprocesales, de todas las víctimas de delitos. Es un conjunto de directrices orientadas a fomentar únicamente la mediación penal entre las partes. ¿A qué responde la reciente legislación del Estatuto de la Víctima en España?. A una necesidad interna de actualizar las normas laborales y de protección del medio ambiente. A la incorporación en el derecho español de recomendaciones médicas de organismos internacionales. A la reivindicación de colectivos de víctimas y a la transposición de la Directiva 2012/29/UE al derecho español. A la implementación de una serie de normas dirigidas exclusivamente a reforzar la seguridad ciudadana en áreas rurales. ¿Cómo está estructurada la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima?. Un título preliminar, tres títulos principales, 50 artículos, cinco disposiciones adicionales y ocho disposiciones finales. Un título preliminar, cinco títulos principales, 20 artículos, una disposición adicional y cuatro disposiciones finales. Un título preliminar, cuatro títulos principales, 35 artículos, dos disposiciones adicionales y seis disposiciones finales. Dos títulos preliminares, cuatro títulos principales, 45 artículos, tres disposiciones adicionales y cinco disposiciones finales. ¿Qué se regula en el Título Preliminar de la Ley 4/2015?. El listado de delitos más graves, las sanciones aplicables y el procedimiento de apelación ante los tribunales superiores. Se regulan los derechos básicos. Se regula la participación de la víctima en el proceso penal. Las disposiciones comunes, el ámbito de aplicación de la ley, el concepto de víctima y quién puede beneficiarse de los derechos. Señala la respuesta FALSA sobre el contenido del Título Preliminar de la Ley 4/2015: La ley es de aplicación a delitos cometidos en España o delitos perseguibles por nuestro país, incluyendo a personas sin residencia legal. Se establece en el artículo 2 un concepto amplio de víctima, diferenciando entre víctimas directas e indirectas según las circunstancias. Se establece la Declaración de todos los derechos que asistirán a la víctima independientemente del resultado o marcha del proceso. Derecho a la información (Art.5). Desde el primer contacto con las autoridades competentes la víctima tiene derecho a ser informada de todas las medidas de tipo asistencial, legal, de apoyo disponibles. ¿Qué se regula en el Título I de la Ley 4/2015?. El listado de delitos más graves, las sanciones aplicables y el procedimiento de apelación ante los tribunales superiores. Se regulan los derechos básicos. Se regula la participación de la víctima en el proceso penal. Las disposiciones comunes, el ámbito de aplicación de la ley, el concepto de víctima y quién puede beneficiarse de los derechos. Señala la respuesta FALSA sobre los derechos que contiene el Título I de la Ley 4/2015: A entender y ser entendida. Derecho a la información. A obtener copia de la denuncia y a la asistencia lingüística y a obtener traducción de copia de denuncia si no habla ninguna de las lenguas cooficiales. Derecho a ejercer la acción penal. Señala la respuesta FALSA sobre los derechos que contiene el Título I de la Ley 4/2015: A recibir información sobre la causa penal. Periodo de reflexión. Derecho a la traducción e interpretación. Justicia gratuita. Señala la respuesta FALSA sobre los derechos que contiene el Título I de la Ley 4/2015: A entender y ser entendida. Derecho a la información. Derecho a los servicios de asistencia y apoyo de forma gratuita y confidencial. Participación de la víctima en la ejecución penal por determinados delitos. ¿A que se refiere el artículo 4 "a entender y ser entendida" del título I (los derechos básicos) de la ley 4/2015 estatuto de la víctima?. Es decir a ser atendida en un lenguaje claro y sencillo. Apoyo para ser entendida, lo que incluye lenguaje de signos. La víctima podrá ser acompañada de una persona de su elección. Desde el primer contacto con las autoridades competentes la víctima tiene derecho a ser informada de todas las medidas de tipo asistencial, legal, de apoyo disponibles. Para catástrofes con elevado número de víctimas, se establece la prohibición de que los abogados o procuradores se dirijan a las víctimas en un periodo de 45 días. Derecho a los servicios de asistencia y apoyo. De forma gratuita y confidencial. ¿A que se refiere el artículo 5 "derecho a la información" del título I (los derechos básicos) de la ley 4/2015 estatuto de la víctima?. Es decir a ser atendida en un lenguaje claro y sencillo. Apoyo para ser entendida, lo que incluye lenguaje de signos. La víctima podrá ser acompañada de una persona de su elección. Desde el primer contacto con las autoridades competentes la víctima tiene derecho a ser informada de todas las medidas de tipo asistencial, legal, de apoyo disponibles. Para catástrofes con elevado número de víctimas, se establece la prohibición de que los abogados o procuradores se dirijan a las víctimas en un periodo de 45 días. Derecho a los servicios de asistencia y apoyo. De forma gratuita y confidencial. ¿A que se refiere el artículo 8 "periodo de reflexión" del título I (los derechos básicos) de la ley 4/2015 estatuto de la víctima?. Es decir a ser atendida en un lenguaje claro y sencillo. Apoyo para ser entendida, lo que incluye lenguaje de signos. La víctima podrá ser acompañada de una persona de su elección. Desde el primer contacto con las autoridades competentes la víctima tiene derecho a ser informada de todas las medidas de tipo asistencial, legal, de apoyo disponibles. Para catástrofes con elevado número de víctimas, se establece la prohibición de que los abogados o procuradores se dirijan a las víctimas en un periodo de 45 días. Derecho a los servicios de asistencia y apoyo. De forma gratuita y confidencial. ¿Qué se regula en el Título II de la Ley 4/2015?. El listado de delitos más graves, las sanciones aplicables y el procedimiento de apelación ante los tribunales superiores. Se regulan los derechos básicos. Se regula la participación de la víctima en el proceso penal. Las disposiciones comunes, el ámbito de aplicación de la ley, el concepto de víctima y quién puede beneficiarse de los derechos. Señala la respuesta FALSA sobre los derechos que contiene el Título II de la Ley 4/2015: Derecho a ejercer la acción penal. Comunicación y revisión del sobreseimiento. Participación de la víctima en la ejecución penal por determinados delitos. Obtener copia de la denuncia y a la asistencia lingüística y a obtener traducción de copia de denuncia si no habla ninguna de las lenguas cooficiales. Señala la respuesta FALSA sobre los derechos que contiene el Título II de la Ley 4/2015: Acceso a la justicia restaurativa. Víctimas de delitos cometidos en otros Estados miembros de la Unión Europea, presentadas por residentes en España. Devolución de bienes. A recibir información sobre la causa penal. Señala la respuesta FALSA sobre los derechos que contiene el Título II de la Ley 4/2015: Acceso a la justicia restaurativa. Reembolso de gastos y costas procesales. Justicia gratuita. A recibir información sobre la causa penal. ¿A que se refiere el artículo 12 "Comunicación y revisión del sobreseimiento" del título II (participación de la víctima en el proceso penal) de la ley 4/2015 estatuto de la víctima?. La víctima puede recurrir la resolución de sobreseimiento aunque no se hubiera personado en el proceso. La víctima tiene potestad de poder recurrir resoluciones del Juez de Vigilancia Penitenciaria tocantes a beneficios penitenciarios, clasificación en tercer grado, y el cómputo de tiempo para calcular la libertad condicional. También están legitimadas las víctimas para demandar que se imponga a un liberado condicional medidas de seguridad. De propiedad de la víctima incautados en el proceso. Le serán devueltos sin demora si no es imprescindible para la investigación del proceso penal. Señale la falsa sobre a lo que se refiere el artículo 13 "Participación de la víctima en la ejecución penal por determinados delitos" del título II (participación de la víctima en el proceso penal) de la ley 4/2015 estatuto de la víctima. La víctima tiene potestad de poder recurrir resoluciones del Juez de Vigilancia Penitenciaria. La víctima tiene potestad de poder recurrir la clasificación en tercer grado, y el cómputo de tiempo para calcular la libertad condicional. Están legitimadas las víctimas para demandar que se imponga a un liberado condicional medidas de seguridad. La víctima puede recurrir la resolución de sobreseimiento aunque no se hubiera personado en el proceso. ¿A que se refiere el artículo 18 "Devolución de bienes" del título II (participación de la víctima en el proceso penal) de la ley 4/2015 estatuto de la víctima?. La víctima puede recurrir la resolución de sobreseimiento aunque no se hubiera personado en el proceso. La víctima tiene potestad de poder recurrir resoluciones del Juez de Vigilancia Penitenciaria tocantes a beneficios penitenciarios, clasificación en tercer grado, y el cómputo de tiempo para calcular la libertad condicional. También están legitimadas las víctimas para demandar que se imponga a un liberado condicional medidas de seguridad. De propiedad de la víctima incautados en el proceso. Le serán devueltos sin demora si no es imprescindible para la investigación del proceso penal. ¿Qué se regula en el Título III de la Ley 4/2015?. Las medidas de protección para las víctimas. Se regulan los derechos básicos. Se regula la participación de la víctima en el proceso penal. Las disposiciones comunes, el ámbito de aplicación de la ley, el concepto de víctima y quién puede beneficiarse de los derechos. Señala la respuesta FALSA sobre el contenido del Título IV de la Ley 4/2015: El capítulo I regula la organización y funciones de las oficinas de asistencia a las víctimas en los artículos 27 y 28. El capítulo II establece la formación de los actores del proceso penal y los protocolos de actuación en los artículos 30 y 31. El capítulo III trata únicamente de la protección de testigos en causas penales de terrorismo internacional. El capítulo IV establece la obligación de reembolso relacionada con las ayudas recibidas en ciertos casos. ¿Qué regula el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre?. La gestión de los fondos destinados a la compensación económica para las víctimas de delitos. El funcionamiento de las Oficinas de Ayuda a las Víctimas del Delito (OAVD) y los servicios que deben ofrecer a las víctimas. La creación de tribunales especializados en delitos violentos. El sistema penitenciario y las condiciones de los reclusos que han cometido delitos violentos. ¿Cuál es una de las principales críticas a la Ley 4/2015 respecto a la implementación de sus medidas?. La ley no establece sanciones claras para los delincuentes. La falta de dotación económica para ampliar la red de apoyo social y financiar la formación en victimología a los agentes involucrados. La ley no incluye medidas para la protección de las víctimas de delitos cibernéticos. La ley no contempla el derecho de las víctimas a recibir asistencia psicológica gratuita. ¿Qué establece la disposición adicional segunda de la Ley 4/2015?. Que la ley permite un aumento en las dotaciones de personal para la implementación de medidas de apoyo a las víctimas. Que las medidas incluidas en la ley pueden generar incrementos en las retribuciones y gastos de personal para facilitar su aplicación. Que las medidas de la ley no podrán suponer un incremento de dotaciones de personal, retribuciones ni otros gastos de personal. Que el gobierno deberá crear nuevos puestos de trabajo dedicados exclusivamente a la atención de las víctimas. Señala la respuesta FALSA sobre las carencias señaladas en la Ley 4/2015 por la autora Daza Bonachela: No hace la más mínima remisión a la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Naciones Unidas. Que se refiera al Estado de Derecho, pero no al Estado Social, así como tampoco se refiera al valor de la igualdad. La autora destaca que la ley menciona el Estado Social, pero no al Estado de Derecho, ni hace referencia al valor de la igualdad. Que prevea la exigencia de “una evaluación y un trato individualizado de toda víctima, sin perjuicio del trato especializado que exigen ciertos tipos de víctimas”, “medidas concretas de protección...” pero no se mencione la necesidad de escuchar a las víctimas para evaluar su concreta situación, los daños causados por el delito y sus necesidades derivadas de ello. Señala la respuesta FALSA sobre las carencias señaladas en la Ley 4/2015 por la autora Daza Bonachela: Manifiesta sus temores la autora, en que esa “evaluación individual” se traduzca en un examen y etiquetaje de las víctimas y en un burocratizado protocolismo. No integre la reparación a las víctimas y que de hecho entre los derechos recogidos en el artículo 3 no se recoja éste. La autora resalta que la ley menciona la necesidad de un trato especializado y escucha activa de las víctimas para evaluar su situación. No se mencione la necesidad de escuchar a las víctimas para evaluar su concreta situación, los daños causados por el delito y sus necesidades derivadas de ello. Según David Garland (2005), ¿cómo se entiende la relación entre los derechos de las víctimas y los delincuentes?. Se asume un juego político de suma cero, en el que lo que el delincuente gana lo pierde la víctima y estar “de parte” de las víctimas automáticamente significa ser duro con los delincuentes. “los grupos de presión de víctimas, o de colectivos a ellas ligados, en la medida en que se ocupan de determinar cambios legislativos penales defienden legítimamente lo que han identificado como sus intereses. Pero no han de poseer un estatus privilegiado, ni en el debate social ni en su influencia sobre la decisión legislativa a adoptar”. alertaban antes de la discusión del anteproyecto de ley, deficiencias en nuestro modelo de Política Criminal y la expansión del populismo punitivo. donde sin escuchar los postulados de la Criminología, se favorecen políticas cada vez más restrictivas en materia penal y penitenciaria como la reivindicación del cumplimiento íntegro de las penas, la eliminación de beneficios penitenciarios o la progresiva inutilización de figuras como la libertad condicional u otras que puedan favorecer la resocialización del delincuente (medidas alternativas, suspensión o sustitución de la condena). Según Díez Ripollés (en Renart, 2015), ¿cuál es la postura sobre los grupos de presión de víctimas en relación con los cambios legislativos penales?. Se asume un juego político de suma cero, en el que lo que el delincuente gana lo pierde la víctima y estar “de parte” de las víctimas automáticamente significa ser duro con los delincuentes. “los grupos de presión de víctimas, o de colectivos a ellas ligados, en la medida en que se ocupan de determinar cambios legislativos penales defienden legítimamente lo que han identificado como sus intereses. Pero no han de poseer un estatus privilegiado, ni en el debate social ni en su influencia sobre la decisión legislativa a adoptar”. alertaban antes de la discusión del anteproyecto de ley, deficiencias en nuestro modelo de Política Criminal y la expansión del populismo punitivo. donde sin escuchar los postulados de la Criminología, se favorecen políticas cada vez más restrictivas en materia penal y penitenciaria como la reivindicación del cumplimiento íntegro de las penas, la eliminación de beneficios penitenciarios o la progresiva inutilización de figuras como la libertad condicional u otras que puedan favorecer la resocialización del delincuente (medidas alternativas, suspensión o sustitución de la condena). Señala la respuesta FALSA sobre los considerandos de la Directiva 2012/29/UE mencionada: La presente Directiva establece normas de carácter mínimo. Los Estados miembros pueden ampliar los derechos establecidos en la presente Directiva con el fin de proporcionar un nivel más elevado de protección. Los derechos establecidos en la presente Directiva se han de entender sin perjuicio de los derechos del infractor. El término «infractor» se refiere a la persona condenada por un delito. Sin embargo, a los efectos de la presente Directiva, también hace referencia a los sospechosos y a los inculpados, antes de que se haya reconocido la culpabilidad o se haya pronunciado la condena, y se entiende sin perjuicio de la presunción de inocencia. La Directiva establece que no es necesario informar a las víctimas sobre su derecho a recurrir contra una decisión de puesta en libertad del infractor. Señala la respuesta FALSA sobre los considerandos de la Directiva mencionada: Se debe informar a las víctimas de todo derecho a recurrir contra una decisión de puesta en libertad del infractor, si tal derecho existe en la legislación nacional. La presente Directiva establece normas de carácter mínimo. Los Estados miembros pueden ampliar los derechos establecidos en la presente Directiva con el fin de proporcionar un nivel más elevado de protección. Los derechos establecidos en la presente Directiva se han de entender sin perjuicio de los derechos del infractor. La Directiva considera que los derechos de las víctimas son primordiales y no hace referencia a los derechos de los infractores. Señala la respuesta FALSA sobre las críticas al Anteproyecto de Ley según el profesor Renart: Colisiona con el principio de resocialización recogido en la Constitución Española. Los derechos de las víctimas se han de entender sin perjuicio de los derechos del infractor. Se sobrepasa lo establecido en la Directiva. El cumplimiento de penas es una potestad exclusiva del estado. El cumplimiento de penas es una potestad exclusiva del estado, pero el Anteproyecto propone que las víctimas puedan determinar la duración de las penas. Señala la respuesta FALSA sobre las críticas al Anteproyecto de Ley según el profesor Renart: No existen disposiciones similares en el derecho comparado europeo. Es contraria a nuestra tradición penal, procesal y penitenciaria. Porque el objetivo que pretender el legislador se podría conseguir con la profundización de la relación entre la víctima y el Ministerio Fiscal. El Anteproyecto respeta plenamente la relación entre la víctima y el Ministerio Fiscal, sin embargo, no se considera que este sea un elemento suficiente para la protección de la víctima. |