Definición del ente público osakidetza - servicio vasco
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Definición del ente público osakidetza - servicio vasco Descripción: Organización rectora enumeración |




Comentarios | |
---|---|
| |
FIN DE LA LISTA |
Osakidetza es. Organismo autónomo. Ente privado. Ente público de derecho privado. Departamento de la administración de la comunidad autónoma de Euskadi. Los estatutos sociales del ente público Osakidetza-servicio vasco de salud fueron establecidos por: Ley 8/1997 del 26 de junio. Decreto 255/1997 de 11 de noviembre. Decreto 195/1996 de 23 de junio. Decreto 194/1996 23 de junio. Es falso decir que el ente público Osakidetza-servicio vasco de salud, en desarrollo de su objeto, perseguirá a través de toda sus organizaciones, entre sus fines de interés general el de: Ejecutar la provisión de asistencia sociosanitaria en la comunidad autónoma de Euskadi. Ejecutar la provisión del servicio público sanitario en la comunidad autónoma de Euskadi. Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario. Promover la docencia en ciencias de la salud. El capítulo cuarto de los estatutos sociales del ente público Osakidetza-servicio vasco de salud se denomina. Organizaciones de servicios. Organización central. Organización rectora. Régimen de gestión. Es falso decir,según la ley de ordenación sanitaria de Euskadi, que Osakidetza- servicio vasco de salud: Es un ente institucional de la comunidad autónoma del país vasco. Es de naturaleza privada. Su objetivo o finalidad es la provisión de servicios sanitarios a través de las organizaciones públicas de servicios sanitarios dependientes del mismo. En desarrollo de su objetivo el perseguirá a través de toda sus organizaciones los fines de interés general enumerados en el artículo tres de sus estatutos sociales. En desarrollo de su objeto, el ente público osakidetza servicio vasco de salud perseguirá a través de toda sus organizaciones promover las actividades de investigación,estudio y divulgación relacionadas con las mismas,de acuerdo con las líneas estratégicas y programas que establezca/n. Departamento de educación, política lingüística y cultura. La Universidad del País Vasco. Las universidades y demás instituciones competentes en la materia. El departamento de salud. En desarrollo de su objeto el ente público osakidetza servicio vasco de salud perseguira cualquier fin relacionado con su objeto que se acuerde por : El consejo de administración del ente público. El departamento de salud. Su presidente. El departamento de empleo y políticas sociales. No es un capítulo de los estatutos sociales del ente público Osakidetza-servicio vasco de salud: Organización rectora. Organización central. Organización de servicios. Organización de las escrituras públicas de provisión de servicios sanitarios. Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere el personal sanitario y no sanitario de osakidetza servicio vasco de salud, tanto en el campo específico de la salud como en los de la gestión y administración sanitaria, es un fin de interés general de: La Universidad del País Vasco. El ente público osakidetza - servicio vasco. El departamento de educación, política lingüística y cultura. El Consejo de gobierno. El decreto 255/1997, por el que se establecen estatutos sociales del ente público osakidetza servicio vasco de salud comienzan con: Una exposición de motivos. Un capítulo preliminar. Unos antecedentes. Un preámbulo. Decreto 255/1997, por el que se establecen estatutos sociales del ente público osakidetza servicio vasco de salud contiene: Un capítulo preliminar y cinco capítulos más. Dos títulos ,teniendo el primero cinco capítulos. Cinco capítulos, incluyendo el preliminar. Cinco capítulos. Solo una de las siguientes opciones es correcta, respecto a los enunciados de los capítulos del decreto 255/1997: Capítulo segundo: organizaciones de servicios. Capítulo tercero: organización central. Capítulo cuarto: régimen de gestiones. Capítulo quinto: organización rectora. Según este decreto 255/1997, el ente público osakidetza servicio vasco de salud perseguirá a través de toda sus organizaciones uno de estos fines de interés general: Proporcionar a las personas que accedan a sus servicios las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes de carácter instrumental o complementario, promoviendo especialmente la mejora continua de los niveles de información, la personalización en la atención y la calidad de la misma. Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requieren su personal sanitario y no sanitario, únicamente en el campo específico de la salud. Promocionar el desarrollo de sus recursos sanitarios y no sanitarios a través de actualizaciones y programas propios o en colaboración con otras instituciones. Cualquier otro fin relacionado con su objeto que se acuerde por el titular del departamento competente en materia de sanidad. De conformidad con lo dispuesto en la ley de ordenación sanitaria de Euskadi, el ente público Osakidetza-servicio vasco de salud: Dispone de personalidad jurídica pública diferenciada. Se sujetará a la tutela que determine el ordenamiento jurídico en función de su adscripción al departamento correspondiente. Dispone de cierta capacidad de obrar, limitada al cumplimiento de su objeto y fines. Las opciones a y B son correctas. Las funciones del consejero de sanidad como órgano rector del ente público no incluyen: Ejercer la representación del ente público y de su consejo de administración. Supervisar las operaciones del ente público y presentar al Consejo de administración los informes que considere oportunos. Ejercer toda clase de acciones, y recursos judiciales y administrativos en defensa de los derechos e intereses del ente público. Aprobar los criterios y líneas generales de actuación del ente público y de todas las organizaciones dependientes del mismo. El secretario del Consejo de administración del ente público osakidetza servicio vasco de salud: Sustituirá al presidente en caso de su ausencia, vacante o enfermedad. Podrá no ser miembro del consejo. Carecerá, en todo caso, de voz y voto en los asuntos que se deliberen. Será nombrado por el consejero de sanidad. Una de las siguientes funciones no corresponde al consejo de administración del ente público osakidetza servicio vasco de salud. Aprobar, a propuesta del director general, el plan estratégico del ente público. Adoptar los acuerdos que procedan sobre el dictado de actos administrativos en las materias de gestión que le atribuyan los estatutos sociales. Nombrar y separar al director general y, a propuesta de este último, a los directores de división de la organización central del ente público. Ejercer la representación del ente público y de su consejo de administración. Osakidetza servicio vasco de salud tiene la calificación de: Ente privado de derecho público. Sociedad pública. Departamento. Ente público de derecho privado. Es falso decir que, en desarrollo de su objeto, el ente público Osakidetza-servicio vasco de salud perseguirá a través de toda sus organizaciones, entre otros fines de interés general: Ejecutar la provisión de todo el servicio sanitario en la comunidad autónoma de Euskadi. Promocionar el desarrollo de sus recursos sanitarios a través de acciones y programas propios o en colaboración con otras instituciones. Proporcionar a las personas que accedan a sus servicios las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes de carácter instrumental o complementario. Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario. En la artículo tres de los estatutos sociales del ente público osakidetza servicio vasco de salud se denomina: Domicilio. Fines. Definición. Personalidad jurídica y capacidad de obrar. Una de las siguientes funciones si corresponde al consejo de administración del ente publico Osakidetza-servicio vasco de salud. Aprobar, a propuesta del consejero de sanidad,la estructura orgánica y normas de funcionamiento que requiera la organización central y periférica del ente público. Aprobar los presupuestos, estados financieros previsionales y memoria anual de actividades del ente público. Establecer el régimen retributivo de los directivos en el ente público. Fiscalizar y auditar la liquidación de cuentas del ente público y de su organización. |