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Delitos contra la Administración de Justícia

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Título del Test:
Delitos contra la Administración de Justícia

Descripción:
Título XX del CP

Fecha de Creación: 2023/06/13

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 14

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¿Ante quien tiene que imputarse el heho en el caso de la denúncia falsa, según el artículo 456 del CP?. Ante el Juez, el Ministerio Fiscal, el funcionario judicial o el administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación. Ante un cuerpo de Seguridad con denuncia o querella. Ante el funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación.

En el caso de la denuncia falsa, ¿Cuando puede procederse contra el denunciante o acusador?. Tras sentencia provisional o firme del juez o tribunal. Tras sentencia firme, auto firme, de sobreseimiento o archivo del juez o tribunal. En cualquier momento que se presuma la falsedad.

¿Quien puede denunciar la falsedad de la imputación?. De oficio, sin perjuicio de que el hecho pueda tambien pueda perseguirse previa denuncia del ofendido. De oficio por el propio Juez o Tribunal solamente. Cualquier persona que sepa de la falsedad de la imputación.

¿Que diferencia la denuncia falsa de la simulación de delito?. Que en la denuncia falsa el hecho debe ser constitutivo de infracción penal mientras que en la simulación de delito no. En la simulación del delito se presenta ante autoridad judicial o administrativa y en la denuncia falsa en sede policial. En la denuncia falsa se imputa el hecho a un tercero conocido, mientra que que en la simulación del delito se imputa a un tercero desconocido.

¿Quue bien se protege en la simulación del delito?. A la Administración de Justícia. A la Administración y el honor de la persona. Al tercero ofendido.

¿Cuando se considerará un retardo malicioso por parte del Juez, Magistrado o Secretario?. Cuando el retardo provocado sea para conseguir más tiempo. Cuando el retardo provocado sea para hacer un descanso injustificado. Cuando el retardo provocado sea para cualquier finalidad ilegítima.

Cuando se condenará por omisión del deber de impedir delitos o promover su persecución?. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y con riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su libertad deambulatoria, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.

Cual NO es un modo de encubrimiento. Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio. Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento. Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura. Vendiendo el arma, producto, o efecto para su propio provecho.

¿Quien está exento en el encubrimiento?. Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, y parientes hasta el segundo grado por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451. Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451. Nadie está exento de la pena de encubrimiento.

¿Que es la realizacion arbitraria del propio derecho?. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación. Los sentenciados o presos que se fugaren del lugar en que estén recluidos, haciendo uso de violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas o tomando parte en motín.

¿En qué caso el falso testimonio se impondrá en su mitad superior?. Cuando el falso testimonio sea contra el reo. Cuando el tesigo sea un perito o interprete. Cuando se declare bajo coacciones.

¿En que caso el falso testimonio se impondrá la pena superior en grado?. Cuando el testigo sea un perito o interprete. Cuando el testigo sea un abogado, procurador, graduado social o representante. Cuando en consecuencia del testimonio hubiera recaido sentencia condenatoria.

?Cuando queda exento de la pena un falso testimonio?. Cuando se retracte en tiempo y forma y la verdad surta efecto antes de que se dicte la sentencia en el proceso. Cuando se retracte en tiepo y forma y la verdad surta efecto antes del juicio oral. Cuando el falso testimonio sea de un perito o interprete.

Cuando se impondrá la pena superior en grado en el caso de quebrantamiento de condena?. Se impondrá la pena superior en grado, en sus respectivos casos, si el culpable fuera un funcionario público encargado de la conducción o custodia de un condenado, preso o detenido. El funcionario será castigado, además, con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a diez años si el fugitivo estuviera condenado por sentencia ejecutoria, y con la inhabilitación especial para empleo o cargo público de tres a seis años en los demás casos. Se impondrá la pena superior en grado, en sus respectivos casos, si el culpable fuera una persona de las fuerzas Armadas encargado de la conducción o custodia de un condenado, preso o detenido. El funcionario será castigado, además, con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a diez años si el fugitivo estuviera condenado por sentencia ejecutoria, y con la inhabilitación especial para empleo o cargo público de tres a seis años en los demás casos. Se impondrá la pena superior en grado, en sus respectivos casos, si el reo fuera un funcionario público.

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