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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDelitos de daños

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Título del test:
Delitos de daños

Descripción:
Penal II Primer Cuatri

Autor:
Xiana y Rodri
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
24/01/2021

Categoría:
Otros

Número preguntas: 22
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Temario:
Si Pedro autoriza a Juan para que suprima los datos informáticos que tiene en el ordenador de la oficina, la conducta de Juan: Será constitutiva de un acto lícito Será constitutiva de un delito informático Será constitutiva de un delito de daños Será constitutiva de un delito contra la intimidad.
En el delito de daños se reconoce eficacia al perdón del ofendido: En el tipo básico En el tipo atenuado En los daños por imprudencia grave cuya cuantía supere los 80.000 euros En todos los supuestos.
La persona que está autorizada para importar un sistema informático para uso propio, si cambia la configuración de su ordenador y la de sus compañeros, realiza: Una conducta constitutiva de un delito de daños Una conducta constitutiva de un delito informático Todas las respuestas son incorrectas Una conducta constitutiva de un delito de facilitar instrumentos para la comisión de delitos informáticos.
No es un elemento esencial del delito de daños: La imprudencia El dolo directo El perjuicio de ajeno El ánimo de lucro.
El legislador ha incorporado en forma de disposición común a todos los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: Una circunstancia, que en todos los casos, exime de responsabilidad criminal por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí los familiares mencionados en el art. 268 CP Una exención personal de responsabilidad o excusa absolutoria, que como tal, exime de responsabilidad criminal por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí los familiares mencionados en el art. 268 CP, siempre que no concurra violencia o intimidación o abuso de la vulnerabilidad de la víctima Una causa de justificación, que como tal, exime de responsabilidad criminal por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, los familiares mencionados en el art. 268 CP Una causa de inimputabilidad, que como tal, exime de responsabilidad criminal por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, los familiares mencionados en el art. 268 CP.
Juan modifica los datos reservados de carácter personal de Pedro que estaban incluidos en el registro público del Ayuntamiento de su localidad de residencia. La conducta de Juan será constitutiva de delito: Si se realiza por imprudencia Si se realiza en comisión por omisión Si se realiza sin autorización Si se realiza en connivencia con una autoridad.
Quien provoca dolosamente mediante una explosión el deterioro de un inmueble y pone en peligro la vida de las personas: Comete un delito contra el patrimonio Comete un delito contra el patrimonio histórico Comete un delito de daños Comete un tipo agravado de daños.
Juan interrumpe de forma grave el funcionamiento del sistema informático de su vecino trasmitiendo unos datos. Para que la conducta sea constitutiva de delito es necesario que se lleve a cabo: Con fuerza en las cosas Sin autorización Sin ánimo de lucro Con violencia.
Juan interrumpe de forma grave y sin autorización el funcionamiento del sistema informático de su vecino trasmitiendo unos datos. Su conducta será constitutiva de un delito de: Un delito de estafa Un delito de daños Un delito telemático Un delito de robo.
El que interrumpe de forma grave el funcionamiento de un sistema informático del negocio de su vecino y perjudica de forma importante la actividad de dicho negocio: Comete el tipo básico del delito de daños Comete un delito societario Comete el tipo atenuado del delito de daños informáticos Comete un tipo agravado del delito de daños en los sistemas informáticos.
La persona que intencionadamente borra sus programas informáticos y ocasiona un resultado grave: Comete un delito de daños Comete un delito informático Su conducta es atípica Comete un delito contra el patrimonio.
El que por cualquier medio, de manera grave borra unos datos informáticos que producen un resultado grave y ponen en peligro grave la seguridad de la Unión Europea: Comete un delito contra la seguridad internacional Comete un tipo agravado del delito de daños informáticos Comete un delito contra el patrimonio Comete un delito de descubrimiento de secretos.
Quien dolosamente causa daños en un edificio ajeno por valor de 200 euros: Comete el tipo básico del delito de daños Comete el tipo agravado del delito de daños Comete el tipo atenuado del delito de daños Comete una infracción administrativa.
Juan causa a su hermano Pedro daños en la moto porque los dos comparten la plaza de garaje al vivir juntos en la misma casa. Pedro lleva la moto al taller y valoran los daños causados en 1.000 euros. Juan: Comete el tipo básico del delito de daños Se le aplicará la circunstancia agravante de parentesco Estará exento de responsabilidad penal Se le impondrá la pena del delito de daños en su mitad superior.
Juan borra unos documentos electrónicos de Pedro, con su autorización, lo que ocasiona un resultado grave porque los documentos tenían un contenido valioso. La conducta de Juan sería: Constitutiva de un delito de daños Constitutiva de un delito informático Constitutiva de un delito de sabotaje informático Todas las respuestas son incorrectas.
El que borra unos documentos electrónicos de otra persona sin su autorización y de forma grave, ocasionando un grave perjuicio a su autor: Comete un delito informático Comete un delito de violación de secretos Comete un delito de daños en sistemas informáticos Comete un delito contra la propiedad intelectual.
Juan borra unos documentos electrónicamente de Pedro lo que ocasiona un resultado grave porque los documentos tenían un contenido valioso. Para que esa conducta sea constitutiva de delito es necesario: Que se realice con ánimo de lucro Que se produzca un perjuicio económico Que se realice sin autorización y de forma grave Que se realice en perjuicio de terceros.
En el delito doloso de daños, para que se considere un delito leve la cuantía del daño causado: Debe ser de 400 euros Debe ser inferior a 400 euros Debe ser superior a 400 euros No es relevante la cuantía.
Constituye un tipo agravado del delito de daños si los mismos: Se realizan para impedir el libre ejercicio de la autoridad Han originado la ruina del perjudicado por los daños Afectan a los intereses generales Todas las respuestas son correctas.
Uno de los supuestos agravados del delito de daños es: Que afecte a bienes de dominio o uso público o comunal Que afecte a una pluralidad de personas Que se haya producido con posterioridad a la comisión de un delito contra la integridad moral Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
No constituye un delito de daños: la obstaculización de forma grave del funcionamiento de un sistema informático ajeno introduciendo datos la interrupción de un sistema informático ajeno, con autorización, mediante la transmisión de datos la interrupción de un sistema informático propio, de forma grave, ocasionando daño al sistema informático la interrupción de forma grave de un sistema informático ajeno, inutilizando un sistema informático.
Los daños en bienes ajenos pueden cometerse: provocando un incendio provocando una explosión utilizando un medio potencialmente destructivo todas son correctas.
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