DEONTOLOGÍA_CUESTIONARIOS_CAMPUS
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Título del Test:
![]() DEONTOLOGÍA_CUESTIONARIOS_CAMPUS Descripción: TEST DE LOS CUESTIONARIOS UAX |



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A Alicia, procuradora en ejercicio, le afecta una causa de incompatibilidad establecida en el Estatuto General de la Procura, qué actuación debe Alicia llevar a cabo? Indique la respuesta correcta: a. Debe manifestarlo por escrito al tribunal donde lleve el procedimiento para que pueda seguir llevándolo. b. No debe hacer nada si el tribunal o la parte contraria no la denuncian. c. Debe comunicarlo sin excusa a la Junta de Gobierno del Colegio y cesar en la situación de incompatibilidad. d. Debe acordar con su representado la continuación del proceso o abandonar la representación. Alberto, procurador con una experiencia de más de 15 años, se está planteando ejercer de forma simultánea tanto la profesión de abogado como la de procurador. A tal fin, dirige consulta a su Colegio de Procuradores al objeto de conocer si esto es posible. El Colegio le responde: a. Que sí es posible, siempre y cuando la colegiación de ambas profesiones se efectúe en el Colegio de Abogados y de Procuradores del mismo ámbito territorial. b. Que sí es posible, aunque no se podrán ejercer de forma simultánea ambas profesiones en un mismo asunto judicial. c. Que no es posible, dado que el ejercicio de la abogacía es absolutamente incompatible con el ejercicio de la profesión de procurador, entre otras. d. Que sí es posible, sin obstáculo alguno. Ana, letrada en ejercicio, también desempeña la profesión de agente de seguros que desarrolla en el mismo despacho de abogados, anunciando ambas actividades en el portal dónde tiene su oficina. Indique la respuesta correcta: a. Sólo se le podrá impedir el ejercicio de ambas profesiones si se desarrolla en el mismo despacho. b. Solamente se podría limitar el ejercicio conjunto de dos o más profesiones si así se establece por Ley. c. El ejercicio de ambas profesiones resulta incompatible. d. El ejercicio de la abogacía es incompatible con el ejercicio de cualquier otra profesión. Ante sus desavenencias conyugales, Miguel y Patricia deciden de mutuo acuerdo poner fin a su matrimonio contratando los servicios profesionales de Carlota, abogada matrimonialista. Sin embargo, una vez elaborado el Convenio Regulador, Miguel le comunica a Carlota que "se ha buscado" otro abogado. ¿Cómo debería actuar Carlota? Indique la respuesta correcta: a. Continuaría con la defensa de Patricia siempre que se comprometa formalmente a no violar el secreto de las informaciones obtenidas por su anterior relación con Miguel. b. Deberá comunicar a Miguel que renuncia a su defensa por falta de confianza. c. Podría continuar con la defensa exclusivamente de Patricia desde el momento en que el otro abogado le solicitara la venia para defender a Miguel. d. Debería renunciar a la defensa de ambos cónyuges por existir conflicto de intereses entre ellos, salvo que ambos le autorizaran expresamente para que continuara con la defensa de Patricia. En el acto del juicio oral de un proceso civil, el Abogado Elio, al oír la declaración de un testigo de la parte contraria y cómo faltaba claramente a la verdad para engañar al Tribunal, sin pronunciar palabra alguna, comenzó a gesticular llevándose las manos a la cabeza, poniendo los ojos en blanco y dirigiendo miradas al Tribunal para hacer ostensible su desaprobación. ¿Vulneró dicha actuación el Código Deontológico de la Abogacía?. a. No, ya que estaba justificada por el ejercicio del derecho de defensa y no faltó al respeto al Tribunal ni a las partes. b. Sí, ya que no autoriza dicho Código que se hagan gestos de reproche que aludan a cualquier persona que intervenga en el juicio. c. No, pues el Código no regula conductas que puedan afectar a un testigo, pero podría ser apercibido por el Tribunal por faltar al orden debido en una vista oral. d. No, ya que se limitó a gestos socialmente admitidos y solo se prohíbe la desaprobación oral o escrita que implique falta de respeto. Fernando ha trabajado como Abogado profesional en el despacho de Sandro durante 13 años. Luisa, Abogada y con despacho propio, le ha propuesto a Fernando que se incorpore a su plantilla, siempre y cuando Fernando le revele hechos y datos de clientes de Sandro: a. Fernando podrá revelarle a Laura los hechos y datos de clientes de Sandro, siempre y cuando tenga el consentimiento de los clientes. b. Fernando no podrá divulgar ningún hecho ni dato de los clientes de Sandro hasta que haya transcurrido el plazo de 10 años desde el cese de su trabajo. c. La obligación de guardar el secreto profesional por parte de Fernando permanece incluso una vez abandonado el despacho de Sandro, sin que esté limitada en el tiempo. d. Fernando, una vez abandonado el despacho de Sandro, no tiene restricción alguna para divulgar hechos y datos de clientes de Sandro. La letrada Candela defiende a un cliente inmerso en un procedimiento laboral por despido. En el transcurso de dicho procedimiento, Candela ha intercambiado emails con el abogado de la parte contraria. El cliente cambia de letrado y le exige copia de los mensajes. ¿Puede Candela reenviarle esos emails a su cliente?. a. No, Candela no puede darle a su cliente, en ningún caso, las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte. b. No, Candela no puede reenviar correos electrónicos de otros compañeros sin su expreso consentimiento. c. Sí, porque su cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Candela tenga en su poder referente a su caso. d. Sí, porque su cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Candela tenga en su poder, salvo que expresamente el abogado contrario se lo prohíba. La Magistrada Rosa, en situación de excedencia voluntaria, quiere representar en los tribunales a su padre en un asunto arrendaticio. Pregunta a su amigo Jesús, Abogado, si puede hacerlo y qué requisitos debe cumplir ante el Colegio de Procuradores. Jesús le indica que, aparte de los trámites que precise ante el Consejo General del Poder Judicial: a. No precisa de otro requisito que el de ser habilitada por el Decano del Colegio de Procuradores para la defensa del asunto de su padre. c. No necesita incorporarse a ningún Colegio profesional, bastando que comunique su intervención al Procurador de la parte contraria y al Decano del Colegio de Procuradores. d. En ningún caso puede asumir la representación de su padre, al ser incompatible y causa de abstención su condición de Magistrada, aun excedente, con el ejercicio puntual de la profesión de Procurador. b. Necesitaría tener aprobado el examen de acceso a la profesión de Abogado y procurador, en los términos establecidos en la legislación vigente, además de colegiarse temporalmente en cualquier Colegio de Procuradores. Luis es abogado de Maria y de Pedro en un procedimiento penal en el que ambos son acusados de un delito de estafa cometida de común acuerdo frente a la compañía aseguradora ACCIONA. En este proceso, MariA se ha apropiado de 100.000€, pero la compañía aseguradora les acusa a ambos de haberse apropiado de dicha suma en iguales partes. ¿Es correcta la actuación de Luis al ejercer la defensa de Maria y de Pedro en dicho procedimiento?. Indique la respuesta correcta: a. Solamente si Pedro le autoriza expresamente para ello. b. Sí, aunque la defensa de ambos implique un conflicto de intereses. c. Solamente en el caso de que ambos, Maria y Pedro, le autoricen expresamente. d. No, en ningún caso. Pedro, abogado en ejercicio, está negociando el abono de una deuda que le deben a su cliente. Como quiera que no es capaz de llegar a una transacción factible, le comunica a Carlos, abogado de la parte contraria, que va a iniciar un procedimiento monitorio. Junto con la demanda adjunta todas las comunicaciones vía email que ha mantenido con Carlos para demostrar que se ha intentado la negociación del pago de la deuda y que ésta existe. ¿Ha actuado correctamente Pedro aportando esas comunicaciones? Indique la respuesta correcta: a. No, porque nunca se deben aportar comunicaciones entre abogados en un procedimiento judicial. b. Sí, porque deben primar los intereses del cliente y su defensa por encima de todo. c. Sí, porque está amparado por la libertad de defensa. d. No, porque únicamente se pueden aportar comunicaciones entre compañeros, con su autorización. Carlos recibe la visita de un inspector de Hacienda, quien le exige la exhibición de la contabilidad de su actividad y del libro de clientes como procurador en ejercicio, incluyendo toda aquella información necesaria para la exigencia de las obligaciones tributarias. Vicente le espeta al inspector que no se la puede facilitar pues, entre otros motivos, debe preservar el secreto profesional. ¿Es correcta esa aseveración?. Es un arrendamiento de servicios en todo caso. Es una compraventa. Es un arrendamiento de servicios o un arrendamiento de obra en función del encargo profesional que realice el cliente. Es un contrato de fiducia. El cliente Manuel ha encargado a la Abogada Luisa interponer una reclamación de unas rentas impagadas por un arrendamiento. Una vez presentada la demanda, Manuel no se siente muy contento con el asesoramiento de Luisa y decide consultar el asunto con la Abogada Isabel. En relación con esta situación: Isabel debe declinar el asesoramiento que le pide Manuel, so pena de incurrir en una infracción deontológica por deslealtad hacia otro compañero. Isabel, antes de emitir esta opinión, podrá dirigirse a Luisa para recabar la información que necesite. Isabel no puede emitir una opinión sobre el asunto que lleva Luisa salvo que le autorice la Junta de Gobierno del Colegio. Isabel, antes de emitir cualquier opinión sobre el asunto, deberá pedir a Manuel que comunique previamente y de manera fehaciente a Luisa el cambio de Abogado. Emilio, abogado en ejercicio, deja de pagar su cuota colegial durante un año. A pesar de los requerimientos que le efectúa el colegio no realiza el pago de la cantidad. ¿Puede el Colegio de Abogados darle de baja como colegiado? Indique la respuesta correcta: Sí, previo acuerdo de la Junta General del Colegio de Abogados. Sí, siempre que se acuerde por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados mediante resolución motivada. Nunca, porque la falta de pago de cuotas no es causa de pérdida de la condición de colegiado. No, porque se requiere una sentencia condenatoria en la que se reconozca la cantidad que se debe como paso previo a la pérdida de la condición de colegiado. Guadalupe, procuradora de los tribunales, ha tenido que ser sustituida por Enma, procuradora de los tribunales recién incorporada a la profesión. Sin embargo, Enma duda acerca de si debe estar facultada en el apoderamiento para poder sustituir a Guadalupe o si ésta debe acreditar la necesidad de dicha sustitución. Indique la respuesta correcta: Para poder ser sustituido en un procedimiento, el procurador sustituto debe encontrarse facultado en el apoderamiento además de que el procurador sustituido debe acreditar la necesidad de dicha sustitución. Para poder ser sustituido en un procedimiento es necesario que el procurador sustituto se encuentre facultado en el apoderamiento pero Carmen no debe acreditar la necesidad de la sustitución. Para poder ser sustituido en un procedimiento no es necesario que el procurador sustituto se deba encontrar facultado en el apoderamiento pero sí es necesario acreditar la necesidad de sustitución. Para poder ser sustituido en un procedimiento no es necesario que el procurador sustituto esté facultado en el apoderamiento ni es necesario acreditar la necesidad de dicha sustitución. Juan recibe el encargo de llevar un asunto de un cliente que antes estaba defendiendo Pedro, otro abogado. Juan pide la venia a Pedro, el cual se la niega porque todavía no ha cobrado sus honorarios. Indique la respuesta correcta: La venia no se puede denegar. Ante una situación así, Juan debe pedir amparo al Juzgado decano del lugar. No se puede dar la venia si no te han pagado los honorarios. Juan debe hacer todas las gestiones que sean posibles sin poder sustituir al abogado anterior hasta que cobre los honorarios debidos. Juan, abogado, es contratado por Eva para ejercitar una acción penal contra Luís, otro compañero abogado porque no le entregó la cantidad correspondiente a una consignación judicial que recogió en nombre de su cliente Eva. ¿Qué actuaciones tiene que llevar a cabo Juan con relación a las normas que rigen la profesión?. Indique la respuesta correcta: No debe comunicarlo al Decano para ver si considera oportuno realizar una labor de mediación, toda vez que ello sólo es necesario cuando la acción penal se ejerce por el abogado en nombre propio y no en nombre de un cliente. Comunicarlo previamente al Decano por si éste considera oportuno realizar una labor de mediación. No debe hacer nada puesto que la comunicación al Decano sólo es obligatoria antes del ejercicio de acciones civiles, pero no penales. Comunicarlo al otro Abogado para que quede enterado antes de iniciar el proceso penal contra él. La procuradora Juani recibe por el Juzgado acto de comunicación en los autos de juicio verbal a fin de practicar emplazamiento de la demandada con entrega de la demanda y documentos. La procuradora, ante la imposibilidad de practicarlo en tiempo, lo entrega a su Oficial habilitado con autorización firmada para que lo practique y firme en su nombre. ¿Puede considerarse la comunicación debidamente realizada?. No hace falta autorización firmada. Los Procuradores podrán ser auxiliados en el desempeño de sus actividades por Oficiales habilitados, sin excepción alguna. Sí, el acto es válido, ya que puede practicarse por procurador, Oficial habilitado o tercera persona que preste sus servicios para el procurador, siempre que cuente con autorización. No, el acto no es válido al no haberse practicado conforme a las formalidades legales del art 440 LEC, pudiendo incurrir incluso en responsabilidad civil, penal y disciplinaria. Sí, se permite la sustitución por Oficial habilitado siempre que se haga constar en la diligencia de recepción que el Oficial actúa con la correspondiente autorización de su procurador. María, abogada en ejercicio y colegiada en el Colegio de Abogados de Vigo, tiene que actuar en un juzgado de Madrid y así lo hace, sin haber comunicado tal intervención ni a su Colegio ni al Colegio de Abogados de Madrid. Indique la respuesta correcta: María debe comunicar en todo caso su intervención a ambos Colegios. María debe participar su intervención al Colegio de Abogados en cuyo ámbito se encuentra la sede judicial en la que va a actuar. María, con anterioridad a su primera intervención, debe comunicar al Colegio de Abogados de su residencia su actuación en el ámbito de otro colegio profesional. María ha actuado correctamente. Marta, colegiada ejerciente, acepta que Juan, licenciado en derecho, trabaje para ella en su despacho, al objeto de -según las propias palabras de Juan- “adquirir la suficiente experiencia que me permita poder colegiarme y ejercer la profesión, sin necesidad de tener que superar la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado”. Tanta es la experiencia y práctica que adquiere Juan, que Marta no tiene inconveniente en enviarlo al Juzgado sustituyéndola en los asuntos de turno de oficio que ella tiene asignados, haciéndose pasar Juan por abogado integrado en el despacho de Marta. Ante esta actuación, ¿Tienen competencia los Colegios de Abogados en materia de intrusismo profesional?. Sí. Los Colegios de Abogados tienen, entre sus funciones, las de adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional, lo que implica la adopción de medidas tanto frente al colegiado, como frente a la persona que ejerce la profesión sin estar colegiada. Sí, pero solo frente a Marta, dado que ella sí está colegiada, mientras que Juan no lo está. No. Los Colegios de Abogados no tienen competencia en materia de intrusismo profesional, ya que ésta corresponde al Ministerio de Justicia. No. Al ser una actuación realizada ante los Tribunales de Justicia, son estos los únicos competentes para adoptar las medidas necesarias frente al intrusismo profesional. Patricia, colegiada ejerciente, dirige escrito a su Colegio notificando el cambio de domicilio profesional. En el escrito comunica que, a partir de ahora, dicho domicilio lo constituirán las propias instalaciones colegiales sitas en el Palacio de Justicia, dado que cuentan con una sala de trabajo con ordenadores, impresora, fotocopiadora, Internet, etc., así como con despachos privados para poder recibir a los clientes. Patricia adeuda las cuotas colegiales de los últimos meses. ¿Qué le contestará el Colegio de Abogados?. Que se accede a su petición, dado que, como colegiada, tiene derecho a utilizar las instalaciones colegiales como propias y publicitar que esa será su dirección profesional de ahora en adelante. Que se accede a su petición, siempre y cuando abone el uso intensivo y particular de las referidas instalaciones, mediante la suscripción del correspondiente contrato. Que no es posible acceder a su petición, recordándole el deber de todo abogado de mantener despacho profesional abierto en el territorio del Colegio en cuyo ámbito esté incorporado y ejerza habitualmente su profesión. Que no es posible acceder a su petición, dado que adeuda cuotas colegiales, lo que le impide el uso de las instalaciones colegiales para el fin solicitado. Beatriz pretende colegiarse por primera vez como Abogada ejerciente y, aunque reside en Valencia y va a establecer allí su despacho, decide hacerlo en el Colegio de Madrid, por ser la cuota mensual más barata. ¿Cómo se resuelve su solicitud de colegiación?. Debe denegarse, pues para matricularse en un colegio es necesario tener un despacho en su demarcación. Debe aceptarse por el principio de colegiación única. Debe aceptarse, pues en España rige la libertad de elección de colegio. Debe denegarse, ya que hay que colegiarse donde se tiene el despacho único o principal. De acuerdo con la regulación que recoge el Estatuto General de la Abogacía, si un Colegio quiere modificar sus Estatutos particulares, ¿qué procedimiento habrá de seguirse?. El Consejo General de la Abogacía Española elaborará el proyecto y su aprobación le corresponde a la Junta de Gobierno del Colegio correspondiente. No es necesaria la aprobación del Consejo General de la Abogacía Española porque habrá de estarse en todo caso a lo que haya aprobado el Colegio correspondiente. El proyecto de modificación ha de ser aprobado por Junta General extraordinaria del Colegio y sometido al Consejo General de la Abogacía Española para su aprobación. No es necesario que intervenga el Consejo General de la Abogacía Española porque se trata de una mera modificación. El abogado Sergio, incorporado como ejerciente al Colegio de Abogados de Toledo el 2 de abril de 2019, quiere votar en las elecciones a miembros de junta de gobierno de su Colegio, que han sido convocadas con fecha 1 de septiembre de 2019. ¿Puede Sergio votar en las elecciones conforme a lo que dispone el Estatuto General de la Abogacía Española?. Sí, puede participar como elector desde el mismo día de la colegiación. No, porque todavía no lleva seis meses colegiado al convocarse las elecciones. Sí, puede participar como elector porque lleva más de tres meses colegiado al convocarse las elecciones. No, porque los colegiados no pueden participar en las elecciones que se convoquen en su primer año de colegiación. En el Colegio de Abogados de Tarragona han cesado la totalidad de los cargos de la Junta de Gobierno, por lo que se ha constituido una Junta Provisional entre sus miembros más antiguos. Indique la respuesta correcta: Las elecciones deberán celebrarse dentro de los quince días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los treinta días hábiles siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los treinta días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Jaume se ha incorporado el 10 de enero de 2021 a un Colegio de Abogados como no ejerciente. En las elecciones que se convocan el 25 de abril de 2021 para nombrar al Decano y demás cargos de la Junta de Gobierno de dicho Colegio, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta en relación a la participación que en ellas puede tener Jaume?. Podrá presentarse como candidato a más de un cargo de los que hayan de ser elegidos en esa convocatoria. No podrá participar como elector porque no ha transcurrido el plazo necesario para poder participar. Podrá participar como elector, si bien su voto no tiene igual valor que el de los Abogados ejercientes. Podrá presentarse para ser elegido Decano porque ha transcurrido el plazo que fija el Estatuto General de la Abogacía Española desde que se incorporó. Juan Luis acaba de aprobar la prueba de acceso a la profesión de abogado y decide presentar la documentación pertinente para su colegiación ante el Colegio de Abogados de Málaga. La Junta de Gobierno de dicho Colegio acuerda denegar la admisión de Juan Luis, fundamentando la decisión en el hecho de que, en el ámbito territorial del Colegio, la proporción entre abogados y población supera la ratio aconsejable según criterios objetivos, es decir, que hay más abogados en ejercicio de los necesarios. ¿Es correcta la decisión de la Junta de Gobierno?. Sí, porque los Colegios de abogados tienen, entre sus fines, evitar la masificación de la profesión, siempre que las medidas adoptadas no sean contrarias a las normas de competencia. No, porque el Estatuto General de la Abogacía establece que no podrá limitarse el número de los componentes de los Colegios de Abogados, ni cerrarse temporal o definitivamente la admisión de nuevos colegiados. No, porque esa competencia la tiene atribuida expresamente el Decano del Colegio de abogados. No, porque esa competencia la tiene atribuida expresamente el Consejo General de la Abogacía Española. La Junta de gobierno del Colegio de Abogados de Huesca ha impuesto a María una sanción al considerar que ha incumplido sus deberes profesionales. María quiere recurrir la sanción impuesta por lo que se plantea los pasos a seguir. Indique la respuesta correcta: María no puede recurrir la sanción ya que es obligado para los abogados el respeto a los acuerdos de la Junta de Gobierno y su consiguiente cumplimiento. María puede recurrir la sanción ante la jurisdicción civil, en caso de que la sanción sea indebida y cause perjuicios económicos y morales al abogado sancionado. María puede recurrir la sanción ante el Consejo General o Consejo Autonómico, pero éstos agotan las vías de recurso por tratarse de acuerdos internos de la abogacía. María puede recurrir la sanción ante el Consejo General de la Abogacía Española o el Consejo Autonómico correspondiente, en su caso, y posteriormente ante la jurisdicción contencioso administrativa. Luis, procurador colegiado en Santander y con residencia y despacho abierto en dicha ciudad, decide cambiar de domicilio profesional sin comunicarlo al colegio de procuradores. Un cliente del turno de oficio se queja ante el colegio porque no lo encuentra en la dirección que se expresa en la designación ¿Puede Luis cambiar de domicilio profesional sin comunicarlo al colegio de procuradores al que pertenece?. Sí, porque los procuradores tienen libertad de establecimiento. No, porque es descortés con otros compañeros de profesión. Sí, siempre que haya publicitado el cambio de domicilio y consten sus datos de localización en la guía telefónica. No, porque el código deontológico exige comunicar al colegio las circunstancias personales que afecten al ejercicio profesional. Luis, procurador de los tribunales, acaba de obtener el título profesional de abogado y ha procedido a su colegiación en el Colegio de Abogados de Zamora. Sin embargo, pretende seguir perteneciendo a su Colegio de Procuradores y utilizar la denominación de procurador. ¿Puede seguir colegiado y utilizar dicha denominación? Indique la respuesta correcta: No, porque dada la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía, Luis debe cesar toda su actividad como procurador y proceder a darse de baja de su Colegio, aunque puede seguir utilizando la denominación de procurador de los tribunales. No, porque dada la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía, Luis debe cesar toda su actividad como procurador, darse de baja de su Colegio y dejar de utilizar la denominación de procurador de los tribunales. No, porque dada la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía, Luis debe cesar toda su actividad como procurador y no podrá utilizar la denominación de procurador de los tribunales, si bien puede continuar colegiado como no ejerciente. Sí, siempre y cuando añada la expresión de no ejerciente, Luis podrá seguir perteneciendo a su Colegio profesional y utilizar de denominación de procurador de los tribunales. Un procurador incorporado a un determinado colegio de abogados de España: Podrá ejercer en un territorio distinto al de su colegiación, debiendo comunicarlo al colegio en cuyo ámbito vaya a intervenir. Sólo podrá prestar sus servicios profesionales en el ámbito territorial de su colegio . Podrá actuar profesionalmente en el ámbito territorial de cualquier otro colegio previa habilitación y pago de contraprestaciones económicas. Podrá prestar sus servicios profesionales en el ámbito territorial de cualquier otro colegio sin exigírsele con carácter previo actuación alguna. Antonio acaba de obtener el título profesional de abogado, por lo que presenta su solicitud de incorporación en el Colegio de Abogados de Ourense. ¿Quién y cómo deberá resolver dicha solicitud, según el Estatuto General de la Abogacía?. El Decano, previo informe vinculante de la Junta de Gobierno. El Decano, mediante resolución motivada, previo informe de la Junta de Gobierno del Colegio. La Junta de Gobierno, previas las diligencias e informes que procedan, en resolución motivada. La Junta de Gobierno, previo informe vinculante del Decano. El artículo 25 (Conservación de documentos) y la disposición final séptima de la L 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, obligan a un despacho de procuradores a: Conservar durante un período mínimo de 10 años la documentación en que se formalice el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley, almacenando las copias de los documentos de identificación a que se refiere el artículo 3.2 en soportes ópticos, magnéticos o electrónicos que garanticen su integridad, la correcta lectura de los datos, la imposibilidad de manipulación y su adecuada conservación y localización. Conservar durante un período mínimo de 5 años la documentación en que se formalice el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley, almacenando las copias de los documentos de identificación a que se refiere el artículo 3.2 en soportes ópticos, magnéticos o electrónicos que garanticen su integridad, la correcta lectura de los datos, la imposibilidad de manipulación y su adecuada conservación y localización. Conservar durante un período mínimo de 10 años la documentación en que se formalice el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley, almacenando los documentos de identificación a que se refiere el artículo 3.2 en cualquier soporte válido. Conservar durante un período mínimo de 5 años la documentación en que se formalice el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley, almacenando las copias de los documentos de identificación a que se refiere el artículo 3.2 en soportes físicos que garanticen su integridad, la correcta lectura de los datos, la imposibilidad de manipulación y su adecuada conservación y localización. El despacho Nerea y asociadas, con sede en Bilbao, que no realiza ningún tratamiento para el ejercicio de funciones públicas, no ha implantado las medidas de seguridad necesarias respecto a los datos personales de sus proveedores. ¿Cuál es la autoridad competente para sancionar esta infracción?. La Agencia Vasca de Protección de Datos. La Agencia Española de Protección de Datos. El Consejo General de la Abogacía. EL Colegio de Abogados de Bizkaia. En el caso anterior, si María fuera Procuradora se plantea si tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA. o en la Mutualidad General de los Procuradores, para cubrir sus necesidades de prevención social. En el despacho colectivo le explican que: No tiene que darse de alta en el RETA, porque se le dará de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, si bien puede darse de alta voluntariamente en la Mutualidad General de los procuradores para complementar su pensión. Tiene que darse de alta en el RETA o en la Mutualidad General, al igual que los procuradores que trabajan por cuenta propia. Queda sujeta al Régimen General de la Seguridad Social y no puede darse de alta en la Mutualidad General de los procuradores mientras mantenga una relación meramente laboral con el despacho. Tiene que darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad General de los procuradores, pero no en el RETA. Laura, abogada que presta servicios para un despacho colectivo de abogados bajo el régimen de una relación laboral de carácter especial desconoce si le es de aplicación la normativa deontológica y estatutaria que afecta a la actividad profesional de los abogados. Consultada la normativa al respecto, ¿Cómo debe actuar Laura respecto de las normas que rigen la profesión? Indique la respuesta correcta: Tiene derecho a actuar, en todo momento, de acuerdo con los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado, incluidas las éticas y deontológicas. Tiene derecho a no seguir las órdenes o instrucciones cuando éstas vulneren los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado , incluidas las éticas y deontológicas, salvo que se le haya comunicado por escrito. Tiene derecho, si fuera socio del despacho, a actuar, en todo momento, de acuerdo con los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado , incluidas las éticas y deontológicas. Debe actuar en todo momento atendiendo las órdenes o instrucciones de su empleador, sin valorar su adecuación a normas éticas de la profesión de abogado. Luis quiere incorporarse como abogado en el Colegio de Abogados de León para ejercer por cuenta propia y desconoce que obligaciones debe cumplir para cubrir su previsión social. Indique la respuesta correcta: Luis debe de darse de alta únicamente en el régimen especial de trabajadores autónomos. Luis sólo debe de cumplir con sus obligaciones fiscales, y darse de alta previamente en un Colegio Profesional. Luis debe de darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad de la Abogacía. Luis debe darse de alta en la correspondiente Mutua o en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social. María suscribe un contrato con un despacho colectivo para prestar sus servicios de abogada por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral. En un momento dado, el Colegio de Abogados requiere al despacho colectivo para que aporte los contratos de colaboración y de trabajo que se hayan suscrito con otros abogados a fin de verificar que se ajustan al Estatuto General de la Abogacía. ¿Es ello posible?. Sí, ya que los Colegios de Abogados están habilitados para solicitar de los despachos, individuales o colectivos, cuanta documentación puedan conservar sobre su organización y los casos que tramiten, a fin de comprobar la regularidad de su actividad. Sí, ya que los Colegios de Abogados pueden exigir, a tales fines, la presentación de dichos contratos de colaboración y trabajo. No, ya que dichos contratos están bajo secreto profesional. No, ya que los Colegios de Abogados pueden exigir la presentación de los contratos de colaboración, pero no los que se sujeten al derecho laboral, pues son competencia exclusiva de la jurisdicción social. Pablo, Adrián y Jose ponen en marcha un gabinete jurídico bajo la fórmula de Sociedad Limitada Profesional. ¿Quién es el responsable de los ficheros de datos que se traten? Indique la respuesta correcta: El responsable será el administrador de la SLP. Las personas jurídicas no tienen responsabilidad desde el punto de vista de la Protección de Datos. La responsable será la SLP. El responsable sera el socio capitalista mayoritario de la SLP. Pascual es abogado. Decide asociarse con Carlos, creando el Gabinete Jurídico “ Lex”. Ambos deciden compartir desde ese momento sus clientes. ¿Qué actuaciones deben llevar a cabo en relación con los clientes con los que previamente contaba cada uno de ellos? Indique la respuesta correcta: Basta con que uno de los dos abogados solicite el consentimiento a sus clientes. Ambos deberán solicitar su consentimiento para la cesión de sus datos a fin de que el Gabinete Jurídico “Lex” pueda proceder al tratamiento de los mismos. Los clientes no tienen nada que decir al respecto, pues se trata de una relación entre responsable de fichero y encargado de tratamiento. Los clientes deberán consentir la cesión de datos forzosamente. Sergio, Antonio y Olivia se han colegiado y creado un despacho colectivo mediante una sociedad profesional, quedando encargado Antonio, como administrador solidario, de solicitar la inscripción en el registro colegial correspondiente. Como Antonio pospone indefinidamente la tarea, el Colegio, percatándose de que hay varios abogados con una misma dirección profesional, inicia el correspondiente expediente. Indique quién va a recibir el requerimiento colegial. La sociedad profesional y el administrador de la sociedad, exclusivamente. Todos los abogados integrantes de la sociedad profesional. El administrador de la sociedad, exclusivamente. La sociedad profesional, exclusivamente. Carlos, Abogado, presenta una queja en el Colegio de Abogados de Lucena contra su compañera María por haber facilitado al Juzgado copia de la correspondencia mantenida entre ellos. Incoado y tramitado el expediente y antes de la propuesta de resolución, Carlos decide retirar la denuncia y manda un email en tal sentido al Colegio. ¿Qué es lo que tiene que hacer el Colegio?. Continuar el expediente hasta su resolución, que habrá de ser necesariamente absolutoria por el desistimiento del denunciante. Archivar el expediente de plano y sin más trámite, por carencia de objeto. Archivar el expediente, dada la condición de interesado del denunciante. Continuar con el expediente hasta su resolución, que ha de ser motivada en caso de ser sancionadora. El abogado Enrique asesora puntualmente a una empresa de servicios en relación con el despido de un trabajador por supuesta infracción disciplinaria muy grave. Una vez verificado el despido, Enrique, sin comentárselo a la empresa, se pone en contacto con el trabajador, acuerda con él ejercer su defensa y presenta en su nombre una demanda por despido improcedente. ¿Ha podido incurrir en alguna responsabilidad el citado letrado?. Sí, puede haber incurrido en un delito de deslealtad profesional del artículo 467 del Código Penal. Sí, exclusivamente de naturaleza deontológica, por vulneración del deber de lealtad, pudiendo ser sancionado por su Colegio de Abogados. No, ya que solo ha realizado un asesoramiento puntual y no ha defendido a la empresa ante los tribunales. No, salvo que la empresa le hubiera prohibido expresamente defender o representar a la parte contraria en caso de conflicto judicial. El Abogado Francisco de Borja recibe el encargo de tramitar una demanda de responsabilidad extracontractual contra una constructora, por parte de Manuel, peatón que resultó lesionado grave por caída de materiales de la obra cuando paseaba por la calle. Olvidando que la acción prescribía en el plazo de un año desde el accidente, Francisco de Borja dedicó varios meses a estudiar la viabilidad de la acción y a preparar la documentación del caso. Cuando presentó la demanda, la parte contraria invocó la prescripción de la acción, por lo que la Sentencia fue desestimatoria y las costas se impusieron a su cliente. ¿Ha podido cometer Francisco de Borja algún delito?. No, sin perjuicio de la responsabilidad civil en que haya incurrido. No, pero sí una infracción disciplinaria muy grave por negligencia. Sí, y además una infracción disciplinaria muy grave, por haber cometido un delito en el ejercicio de su profesión. Sí, un delito de deslealtad profesional por imprudencia grave. En el mismo caso anterior, pero por una falta disciplinaria grave se le impuso una sanción de suspensión a Verónica por un plazo de dos meses.¿Cuál es el periodo de tiempo que debe transcurrir para que se cancele la anotación de la sanción en su expediente personal?. La anotación de la sanción se cancelará, siempre que no hubiera incurrido en nueva responsabilidad disciplinaria, cuando haya transcurrido el plazo de un año. La anotación de la sanción se cancelará, siempre que no hubiera incurrido en nueva responsabilidad disciplinaria, cuando haya transcurrido el plazo de tres años. La anotación de la sanción se cancelará, siempre que no hubiera incurrido en nueva responsabilidad disciplinaria, cuando haya transcurrido el plazo de seis meses. La anotación de la sanción se cancelará, siempre que no hubiera incurrido en nueva responsabilidad disciplinaria, cuando haya transcurrido el plazo de cinco años. La abogada María Fernanda asesora a unos clientes en la compraventa de un inmueble y, como consecuencia de dicha labor, asume el encargo de satisfacer al vendedor la suma de 5.000 €, en concepto de arras, que le entregan sus clientes sin extender ningún recibo. Sin embargo, María Fernanda se gasta el dinero en la compra de un vehículo de segunda mano y, cuando sus clientes le reclaman que devuelva dicha suma, niega haberla recibido. ¿Ha podido incurrir en alguna responsabilidad?. Solamente en responsabilidad disciplinaria. Solamente en responsabilidad penal. Sí, en responsabilidad penal y disciplinaria. No, ya que no hay documentación que justifique la recepción del dinero de los clientes. Lourdes, procuradora de los tribunales ejerciente en Madrid y afilada a la Mutualidad de los Procuradores, quiere saber si dicha mutualidad es una entidad privada o pública. ¿Cuál de las siguientes respuestas sería la correcta?. La Mutualidad de Procuradores es una institución de previsión social, que tiene la naturaleza de entidad pública de previsión social profesional, con ánimo de lucro. La Mutualidad de Procuradores es una institución de previsión social, que tiene la naturaleza de entidad privada de previsión social profesional, sin ánimo de lucro. La Mutualidad de Procuradores es una institución de previsión social, que tiene la naturaleza de entidad pública de previsión social profesional, sin ánimo de lucro. La Mutualidad de Procuradores es una institución de previsión social, que tiene la naturaleza de entidad privada de previsión social profesional, con ánimo de lucro. Pepe no tiene confianza en su abogado Ramón, quien le asesora en materia mercantil, y resEmma, abogada en ejercicio, ha sido citada en forma por un tribunal para comparecer ante ellos. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello? Indique la respuesta correcta: Sí, puede ser sancionada disciplinariamente, pero no ser sancionada civil o penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de otro tipo de responsabilidad por el daño procesal, puede ser sancionada disciplinariamente. Restituto, letrado en ejercicio del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, acude a un juicio que tenía señalado en Toledo, presentándose en el mismo en estado de ebriedad. Su cliente pone el hecho en conocimiento del Colegio de Abogados al que pertenece Restituto. ¿Cómo procederá la comisión de deontología del Colegio de Abogados de Madrid? Indique la respuesta correcta: Remitirá la queja al Colegio de Abogados de Toledo por ser el competente. Abrirá una Información Previa y dará traslado al letrado denunciado para que presente alegaciones. Abrirá directamente expediente disciplinario al letrado. Remitirá la queja presentada por el cliente a la Guardia Civil de Toledo, por si la misma considera oportuno abrir diligencias penales. Usted ha sido sancionado por una infracción leve. Sin embargo, cree que ya ha transcurrido el tiempo de prescripción de la misma, pero tiene dudas acerca del mismo. ¿Cuál sería el tiempo de prescripción de las infracciones leves? Indique la respuesta correcta: El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de dos años. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de un año. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de seis meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de tres meses. Victoria es sancionada como autora de una falta disciplinaria leve, por faltar al respeto a los miembros de la Junta de Gobierno de su Colegio. ¿Cuál de las siguientes sanciones se le podrá imponer?. Multa con un máximo de 1.500 euros. Realización de trabajos en beneficio del Colegio. Suspensión del ejercicio de la Procura por un plazo de seis meses. Expulsión del Colegio. Ana, letrada de la parte condenada en costas en un procedimiento ordinario recibe la tasación de costas solicitada por la parte adversa ganadora del litigio, de la que discrepa por considerar mal aplicado los criterios de honorarios para las tasaciones de costas, que se contienen en la minuta del letrado. Indica la respuesta correcta: Ana impugna los honorarios por indebidos y excesivos ya que considera que no se aplicaron bien los criterios de honorarios para las tasaciones de costas del Colegio. Ana solicita del juzgado que se requiera al letrado minutante, para que confeccione una nueva minuta adaptada a los honorarios del Colegio. Ana impugna los honorarios del letrado solamente por excesivos. Ana impugna los honorarios por indebidos, ya que considera que no se aplicaron bien los criterios de honorarios para las tasaciones de costas del Colegio. Benito, que ha ganado un procedimiento judicial, recibe de su compañera Fortunata, Abogada de la parte contraria, la suma de 40.000 € como pago del importe de la condena impuesta a su cliente. Antes de entregar a su cliente esta cantidad, Benito deduce de la misma el importe de los honorarios que ya tenía acordados con su cliente. ¿Es correcta la actuación de Benito?. Sí, porque ya había acordado los honorarios con su cliente. No, porque no puede deducir sus honorarios de fondos que no son suyos, salvo que lo haya pactado expresamente con su cliente. Sí, porque es una compensación de deudas líquidas, vencidas y exigibles. No, porque los Abogados no pueden nunca cobrar cantidades en nombre de sus clientes. Disconforme con la minuta de honorarios que le pasa su letrado, la clienta Carmen, que no es abogada, acude al Colegio para solicitar el baremo orientador sobre honorarios que pueda existir en el indicado Colegio. Indique qué es lo que le contestará el Colegio: Que el baremo orientador solo se facilita al Juzgado y a los letrados. Que el Colegio no tiene baremos orientadores, pues están prohibidos. Que no puede facilitarle el baremo, pues es un documento de uso exclusivo por los abogados. El Colegio le entregará un baremo orientador, porque está obligado a hacerlo al ciudadano que se lo solicita. El Abogado Olivier colabora con la abogada Patricia, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 80%-20%. ¿Es correcto este acuerdo? Indique la respuesta correcta: Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los Abogados. La actuación solo sería correcta si el reparto de honorarios fuera al 50% para cada abogado. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el Abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente. La actuación es correcta, puesto que hay una colaboración profesional. El letrado Javier, tras la correspondiente negociación extrajudicial, consigue que su cliente Ana sea indemnizada en una cantidad de 12.000€, cantidad que Javier recibe en su cuenta bancaria para posteriormente transferírsela a Ana. Ana recibe una transferencia de 10.000€, y pregunta a Javier, qué ha ocurrido con los 2.000€ que faltan, Javier le contesta que ha detraído sus honorarios de la indemnización. ¿Puede Javier cobrar sus honorarios de esta manera? Indique la respuesta correcta: No, nunca se pueden detraer honorarios de fondos ajenos. Sí, los honorarios se pueden cobrar de lo obtenido en una negociación extrajudicial. No, no se puede quedar con fondos que corresponden al cliente, salvo que tenga autorización para hacerlo recogida en la hoja de encargo o escrito posterior del cliente. Sí, debe cobrarlos de esta manera porque estando en su cuenta bancaria le capacita para ello. Juan ganó con costas un juicio ordinario y solicitó la tasación de las costas aportando una minuta en la que se invocan los “criterios de honorarios para costas” de su Colegio. ¿Es correcta la actuación de Juan? Indica la respuesta correcta: Si, porque Juan ya ha cobrado de su cliente. Sí, porque los criterios de honorarios solo existen para tasación de costas y jura de cuentas. No porque Juan puede fijar los honorarios que estime oportuno. No porque al ser las costas un crédito del cliente, Juan solo puede tasar las costas por la misma cantidad que haya cobrado a su cliente. Julia, abogada en ejercicio, firma una Hoja de Encargo con su cliente en el que especifica que sus honorarios supondrán el 10% de lo que se obtenga en el procedimiento. ¿Es correcta esta forma de fijar los honorarios? Indique la respuesta correcta: Sí, existe libertad de pacto y pueden decidir, cliente y abogado, libremente. No, es preciso fijar una cuantía determinada. Sí, siempre y cuando se indique expresamente el IVA aplicable. No, porque el pacto de cuota Litis está prohibido. Manuel perdió un juicio ordinario, con condena en costas. La parte contraria solicita la tasación de costas y aporta la minuta de un letrado diferente al que llevó el procedimiento, por haber éste causado baja en el ejercicio profesional. Indique la respuesta correcta: Manuel impugna los honorarios por excesivos al no corresponder la minuta al letrado que llevo el procedimiento. Manuel impugna los honorarios por indebidos al no corresponder la minuta al letrado que llevó el procedimiento. Manuel solicita del juzgado requiera al cliente para que aporte la minuta del anterior letrado. Manuel decide no impugnar la minuta ya que el crédito de costas pertenece al cliente, con independencia del letrado que solicite la tasación. María solicita a Carlos una provisión de fondos para aceptar el encargo profesional de presentación de una demanda, acordando que dicho pago se efectuaría en el plazo de 20 dias. Carlos no hace el pago y María no presenta la demanda. ¿Ha actuado María correctamente? Indique la respuesta correcta: No, porque ante todo debe presentar la demanda y luego, en su caso, exigir el pago de los honorarios por la vía que corresponda, incluso reclamándolos judicialmente. No, porque el plazo para el pago de las provisiones de fondos es de un mes. No, porque está prohibido solicitar provisiones de fondos. Sí. Un potencial cliente le pide, con carácter previo a la prestación del servicio, que le facilite un presupuesto inicial de su minuta. ¿Puede usted dárselo? Indique la respuesta correcta: Sí, debe informarle del coste total pero no tiene obligación de detallarlo hasta que no se haya firmado el contrato con el cliente. No, porque no es posible adelantar de forma previa el coste económico de un asunto, si bien podrá informarle sobre los aranceles. No, porque la obligación es de presentar una previsión del coste total pero no de forma detallada. Sí, cuando el cliente lo solicite, el procurador tendrá que ponerle a su disposición un presupuesto suficientemente detallado. |




