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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: DEONTOLOGIA Y RÉGIMEN PROFESIONAL
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Título del Test:
DEONTOLOGIA Y RÉGIMEN PROFESIONAL

Descripción:
Máster Abogacia y Procura UNED (8)

Autor:
Walter
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Fecha de Creación:
27/10/2023

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20
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Temario:
Usted, abogado en ejercicio, es requerido para prestar declaración en un procedimiento judicial sobre hechos que ha conocido en virtud de su profesión. Pide consejo a un compañero y éste le aconseja que no acuda a la citación ¿Puede negarse a acudir a la citación judicial? Indique la respuesta correcta. No. Aunque el letrado no deba declarar como testigo en un procedimiento (incluso finalizada la relación profesional), por hechos conocidos en virtud de dicha relación incluso si es llamado por el propio juzgado o tribunal (ni puede ser obligado a ello), sí debe atender la llamada judicial. Sí, podrá no acudir a la citación, pero previamente deberá comunicarlo al tribunal. Sí, deberá no acudir porque los hechos están amparados por el secreto profesional. No, deberá acudir y manifestar ante el secretario Judicial que no va a declarar al estar los hechos amparados por el secreto profesional, quien decretará mediante providencia que está eximido de toda responsabilidad.
Un abogado conoce en virtud de su relación profesional hechos que, en su opinión, su no revelación puede causar daños irreparables o una injusticia flagrante. ¿Puede el abogado entender que está eximido de guardar secreto profesional en atención a estas circunstancias? Indique la respuesta correcta: La concurrencia de causa grave es una de las excepciones a la obligada preservación del secreto profesional y requiere previa autorización por la Junta de Gobierno del Colegio competente. El abogado debiera acudir a dicha Junta, que será la que decidirá. No, la revelación de hechos amparados por el secreto profesional está, en todo caso, prohibida por el Estatuto General de la Abogacía Española y por el Código Deontológico de la Abogacía. Sí, se trata de una de las excepciones a la obligada preservación del secreto profesional No, pero puede buscar alternativas para solucionar el problema planteado acudiendo al juez competente, que resolverá mediante auto motivado, ponderando los bienes jurídicos en conflicto.
Mercedes, abogada en ejercicio, tramita un divorcio de mutuo acuerdo entre Marcos y Sonia. Finalizado dicho procedimiento Marcos le pide a Mercedes que presente una ejecución de la sentencia de divorcio. ¿Mercedes puede aceptar el encargo? Indique la respuesta correcta: No, ya que existe riesgo de violación del secreto profesional y conflicto de intereses. No, salvo que haya pasado un año desde la firmeza de la sentencia. Sí, siempre que Marcos le hubiera pagado los honorarios del divorcio. Sí, puede aceptar el encargo en todo caso.
Lola, abogada en ejercicio, interpone demanda de despido en defensa de Inés contra la empresa Casas S.L. dedicada a la administración de Tincas cuyos intereses también defiende Lola. ¿Su actuación es correcta? Indique la respuesta correcta: No, porque constituye una infracción de las normas deontológicas. Sí, por ser la demandada una persona jurídica. No, porque puede vulnerar la Ley de Protección de Datos. Sí, porque no constituye una infracción de las normas deontológicas ni de las normas estatutarias de la abogacía.
Marcos, abogado, defiende los intereses de los herederos de María. Iniciado el procedimiento se da cuenta de que existen intereses contrapuestos entre dos de ellos. ¿Cuál sería la consecuencia si Marcos no cesa en la defensa de los intereses de uno de los dos herederos? Indique la respuesta correcta: Comete sólo una infracción deontológica Comete una infracción deontológica, y además una penal si la contraposición de intereses se produce en un procedimiento judicial. Comete únicamente una infracción deontológica y además una infracción en materia de competencia si la defensa es en el mismo asunto. Comete una infracción deontológica y además un delito penal si la defensa es en el mismo asunto.
Julia fue durante veinte años la abogada de una entidad aseguradora. Posteriormente Julia se establece como abogado individual y un año y medio después de dejar de trabajar para dicha aseguradora, un asegurado de la misma se dirige a su despacho al objeto de encomendarle la interposición de una demanda contra dicha aseguradora. Indique la respuesta correcta: Julia no puede aceptar encargos profesionales que impliquen actuaciones contra un anterior cliente, cuando exista riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas en la relación con el antiguo cliente pueda ser violado, o que de ellas pudiera resultar beneficio para el nuevo cliente. Julia no puede aceptar encargos profesionales que impliquen actuaciones contra un anterior cliente, salvo que haya pasado más de cinco años. Julia puede aceptar encargos profesionales que impliquen actuaciones contra un anterior cliente, si ha transcurrido más de un año. Julia puede aceptar encargos profesionales que impliquen actuaciones contra un anterior cliente, con independencia de que exista riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas en la relación con el antiguo cliente pueda ser violado.
Mario, abogado en ejercicio, recibe la visita de un cliente que quiere interponer una demanda contra otro cliente actual de Mario. ¿Puede Mario aceptar el encargo? Indique la respuesta correcta. No, Mario habrá de abstenerse de la representación procesal de ambos clientes o bien elegir la representación de uno de tales clientes con la autorización expresa de ambos, siempre que no se ponga en tela de juicio el secreto profesional ni la independencia del abogado. No, Mario habrá de abstenerse, en todo caso, de la representación procesal de cualquiera de los clientes al existir riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas con cualquiera de ellos pueda ser violado y afecte a la independencia del abogado. Sí, Mario tiene plena libertad de aceptar o rechazar, en todo caso, la dirección de un asunto, así como de renunciar al mismo en cualquier fase del procedimiento, siempre que no se produzca indefensión del cliente. Sí, pero Mario deberá obtener la autorización expresa del cliente que solicita su intervención profesional y del director del despacho colectivo en el que presta sus servicios.
Siguiendo el caso anterior, ¿en qué actos puede Mario intervenir sin ningún problema? Indique la respuesta correcta: Mario puede intervenir en interés de todas las partes en funciones de mediador o en la preparación de los documentos de naturaleza contractual, debiendo mantener en tal supuesto una estricta y exquisita objetividad. Mario puede intervenir asesorando a todas las partes como abogado sin ningún problema Mario no puede intervenir en ninguna acción en relación con el asunto planteado porque supone un caso de conflicto de intereses. Mario no puede intervenir salvo que el decano del colegio de Abogados en el que está inscrito le autorice de forma expresa.
Daniel es requerido en varias ocasiones por la Junta de Gobierno del colegio de abogados para aclarar una cuestión relacionada con un cliente que le ha sido asignado por turno de oficio, haciendo caso omiso porque está muy ocupado. Esta desatención a los requerimientos: Constituye infracción de las normas deontológicas puesto que está obligado a respetar a los órganos de gobierno y atender sus requerimientos con la máxima diligencia. No constituye infracción porque el requerimiento no lo hace el Consejo General de la Abogacía española, máximo órgano de gobierno de los abogados. No constituye infracción alguna porque no existen normas que especifiquen la obligación del abogado a respetar u obedecer a sus órganos de gobierno. No constituye infracción alguna puesto que los órganos de gobierno de los abogados no revisten carácter de autoridad.
Silverio, abogado de la señora Martínez en un procedimiento civil de reclamación cantidad, no comparece el día de la vista y la sentencia que se dicta es contraria a los intereses de su cliente, que además es condenada en costas. La señora Martínez se siente estafada y acude a su despacho para que ejercite acciones contra Silverio por negligencia profesional. Indique la respuesta correcta: Usted deberá buscar otro medio de resolución del conflicto antes de acudir a la vía judicial. Usted acepta e interpone demanda civil contra Silverio sin comunicárselo a éste. Usted debe, en todo caso, plantear una negociación judicial al tratarse de otro abogado. Usted no puede aceptar el encargo por tratarse de un asunto que supone el ejercicio de acciones contra un compañero.
Luís, abogado en ejercicio, sabe que la persona que dice ser el abogado de la otra parte en realidad es un abogado suspendido disciplinariamente tras haber sido sancionado por deslealtad profesional en un asunto. ¿Qué debe hacer Luís? Indique la respuesta correcta: Luís debe denunciar al Colegio de Abogados todo acto de ejercicio ilegal de la profesión de abogado. Luís debe comunicarlo al comité de actuaciones desleales del Consejo General de la Abogacía Española. Luís, no puede hacer nada porque el ejercicio de la profesión de abogado es libre e independiente. Luís únicamente puede hablar con la parte contraria y advertirle que su abogado está suspenso.
Amelia solicita con antelación suficiente la suspensión de una vista señalada para el día que tiene programada una cesárea. Su solicitud es denegada, ¿es susceptible de amparo colegial? Indique la respuesta correcta: Sí, porque se coarta su libertad necesaria para cumplir sus deberes profesionales. No, porque puede interponer los recursos procesales correspondientes. No, porque sólo procede interponer una queja el Tribunal Superior de Justicia. Sí, porque es un derecho contenido en la Ley de Igualdad.
El colegio de abogados de Madrid, comunica a Jon, abogado en ejercicio y colegiado en dicho colegio, la apertura de un expediente disciplinario consistente en una infracción grave por no haber comunicado a dicho colegio su actuación profesional en un partido distinto al de la colegiación ¿Puede Jon ser sancionado? Indique la respuesta: No, desde la entrada en vigor de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, "Ley Ómnibus", los colegios profesionales no pueden exigir a los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de la colegiación, comunicación ni habilitación alguna. No, porque cuando un abogado realiza una actuación profesional en un partido distinto al de su colegiación no debe comunicarlo al colegio profesional en el que está inscrito sino al decanato del Tribunal Superior de Justicia. Sí, porque la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, "Ley Ómnibus" mantiene la obligación de comunicar al Colegio de su colegiación cada vez que un colegiado quiera realizar una actuación profesional en un partido judicial distinto al de su colegiación, aunque permite que se realice con posterioridad a la actuación profesional. Sí, porque los abogados están obligados a comunicar al Colegio de su colegiación cada vez que quieran realizar una actuación profesional en un partido judicial distinto al de su colegiación.
María, está sancionada con la suspensión en el ejercicio profesional por un plazo de dos meses, adquiriendo firmeza la sanción con fecha 15 de julio de 2014. María cursa baja en el colegio de abogados con fecha 16 de julio de 2014. El 20 de septiembre de 2014, María causa nueva alta en el colegio de abogados. ¿Puede María ejercer en ese momento? Indique la respuesta correcta: No, porque una sanción colegial firme se suspende cuando el abogado sancionado cursa su baja en el colegio y se reinicia cuando el abogado sancionado causa nueva alta en el colegio. No, porque la ejecución de cualquier sanción se suspende sólo si el abogado sancionado cursa baja en el Colegio por un período de dos años. Sí, porque una sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión sólo se ejecuta en los primeros meses del año en que se causa la nueva alta. Sí, porque cualquier sanción colegial firme se extingue cuando el abogado sancionado cursa baja del Colegio.
Jorge ha sido cliente del abogado Álvaro desde el año 2005 hasta el 15 de abril de 2014, fecha en la que finaliza la relación profesional. El 16 de abril de 2014 Jorge presenta una queja contra Álvaro por una actuación profesional indebida cometida el 11 de abril de 2011 en un procedimiento judicial que finalizó el 2 de abril de 2013. ¿Podría sancionarse la actuación de Álvaro en caso de considerarse acreditados los hechos objeto de queja? Indique la respuesta correcta. No, porque la infracción, aún en caso de considerarse como muy grave, habría prescrito. Sí, porque la infracción no habría prescrito ya que la relación profesional terminó el 15 de abril de 2014. Sí, porque el procedimiento terminó el 2 de abril de 2013. Sí, porque el plazo de prescripción de las infracciones no es aplicable en los expedientes disciplinarios incoados a abogados.
Amanda tiene por norma y de manera habitual impugnar las minutas de honorarios que los compañeros presentan en tasaciones de costas dilatando así el pago de las mismas por sus clientes. ¿La actitud de Amanda constituye alguna infracción? Indique la respuesta correcta: Sí, la conducta del abogado que impugne sin razón y con carácter habitual las minutas de sus compañeros constituye una infracción deontológica. Sí, porque aún cuando puede impugnar de forma habitual las minutas de sus compañeros no ha obtenido autorización expresa de sus clientes. No, porque la actuación de Amanda está amparada en el deber de defensa de los intereses legítimos de los clientes y del efectivo derecho de su defensa. No, porque los abogados deben impugnarse las minutas ya que así está establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Margarita, abogada del Sr. Pérez, acaba de ganar un asunto en el que su cliente cobrará una determinada cantidad. Hasta la fecha su cliente no le ha proveído de fondos y el asunto ha finalizado. ¿Puede Margarita detraer de la suma que va a percibir su cliente el importe de su minuta? Indique la respuesta correcta: Sí, Margarita puede detraer de la suma el importe de su minuta si su cliente lo autoriza expresamente. No, Margarita debe, en todo caso, interponer el correspondiente procedimiento de reclamación de honorarios. No, en ningún caso un abogado puede detraer de la suma cantidad alguna. Sí, Margarita puede detraer de la suma el importe de su minuta porque está en su derecho y debe cobrar la minuta, sin necesidad de obtener la autorización de su cliente.
José, abogado penalista con más de 25 años de experiencia, habitualmente recibe consultas de abogados recién incorporados a la profesión respecto de asuntos que los mismos tienen encargados, por cuyo motivo se está planteando la posibilidad de cobrar dichas consultas. ¿Sería correcto ese cobro? Indique la repuesta correcta: No, porque el abogado de mayor antigüedad en el ejercicio de la profesión debe prestar orientación desinteresada a los de recién incorporación que le soliciten consejo. No, salvo que le autorice el Colegio de Abogados en el que está inscrito. Sí, pero sólo si entre ellos media hoja de encargo en la que se especifique el importe de los honorarios. Sí, porque no hay ninguna limitación para que un abogado tenga como cliente a otro abogado y cobre por ello.
Se estima la demanda de Mateo, beneficiario de justicia gratuita y la sentencia condena a la otra parte a abonarle la cantidad de 20.000,00 €, sin costas. ¿Tiene derecho el abogado a cobrar honorarios al cliente? Indique la respuesta correcta: Sí, porque el cliente ha obtenido un resultado económico favorable. Sí, siempre y con independencia del resultado del pleito. No, sólo puede cobrar al cliente si le imponen las costas. No, porque Mateo disfruta del beneficio de justicia gratuita.
Lucía, abogada del turno de oficio, es designada en un asunto civil en segundo lugar después de un trámite de insostenibilidad, pero considera que la pretensión sigue siendo insostenible. Indique la respuesta correcta: Lucía puede presentar informe de insostenibilidad ante la Comisión de Asistencia Jurídica gratuita en el plazo de 15 días. Lucía puede presentar informe de insostenibilidad ante la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados en el plazo de 15 días. Lucía puede negarse a llevar la defensa del asunto. Lucía está obligada a ejercer la defensa del asunto. .
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