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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: DEONTOLOGIA Y RÉGIMEN PROFESIONAL
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Título del Test:
DEONTOLOGIA Y RÉGIMEN PROFESIONAL

Descripción:
Máster Abogacia y Procura UNED (21)

Autor:
Walter
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Fecha de Creación:
27/10/2023

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20
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Temario:
En un procedimiento civil por incumplimiento de contrato en materia de edificación, la parte demandada alega, tras la práctica de la prueba, que la licencia de obra es ilegal y que dicha cuestión va a plantearla ante la administración y, en su caso, formular una demanda contenciosa para que se declare la nulidad, ya que afecta a la decisión de fondo del pleito. Tras esta alegación, ambas partes solicitan, de común acuerdo al tribunal, que suspenda el curso de la causa antes de dictar sentencia mientras se resuelve por la administración pública competente o los órganos jurisdiccionales la cuestión de la legalidad de la licencia. ¿Es posible esta actuación de las partes?: No, ya que a efectos prejudiciales los tribunales civiles pueden conocer de asuntos que estén atribuidos a los tribunales del orden contencioso-administrativo. Sí, pero el tribunal civil tendrá luego libertad para aceptar lo que se haya resuelto en vía administrativa. No, ya que la suspensión del proceso y la posible vinculación o no del tribunal civil a lo que se resuelva en vía administrativa o contenciosa no puede depender de una actuación de las partes. Sí, y el tribunal quedará vinculado por la decisión que se adopte, sobre el tema concreto de la licencia, por el órgano competente en materia administrativa.
A consecuencia de la caída de un árbol en la finca colindante del chalet de Ramón y Francisca, sito en la localidad de Collado Villalba, su vivienda sufre daños en el tejado y una pared, cuya reparación asciende a 85.000 euros. Como no tienen seguro de vivienda que cubra esos daños, se ponen en contacto con un abogado, Raimundo, para que demande al dueño del terreno donde estaba el árbol, Jaime, cuyo domicilio está en Madrid, a fin de que repare la vivienda o pague el importe de la reparación. Dado que Raimundo no consigue que Jaime le atienda, decide formular una diligencia preliminar de juicio, a fin de que Jaime exhiba el contrato de seguro de la vivienda, si lo tuviera, con el objeto también de demandar a la compañía aseguradora. ¿Quién es competente para resolver sobre esta petición: El juez Decano de Collado Villalba. El juez Decano de Madrid. El juez de primera instancia de Collado Villalba. El juez de primera instancia de Madrid.
La Audiencia Provincial de Madrid dictó sentencia en primera instancia por la que absolvió al acusado Endrino del delito de estafa, al entender que los hechos por los que era acusado constituían un mero incumplimiento de obligaciones civiles, sin voluntad de fraude. La Sentencia fue recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia por parte del fiscal Tomás, quien consigue que en segunda instancia el tribunal de apelación revise el material probatorio y concluya que Endrino tenía la clara intención de estafar a sus víctimas. Contra la sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley. El abogado Inocencio advierte que la revocación de la resolución de instancia podría vulnerar normas procesales y sobre todo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. ¿Qué trámites debe seguir para llevar la cuestión a dicho tribunal? Tiene que recurrir en casación, pero no es necesario acudir al amparo antes de acudir al Tribunal Europeo por tratarse de jurisdicción constitucional. No tiene que recurrir ni en casación ni en amparo, al tratarse de recursos extraordinarios. No puede llevar la cuestión al Tribunal Europeo, pues solo pueden acudir los estados y la resolución que se dicte solo obliga a modificar la legislación interna. Tiene que recurrir en casación y luego en amparo ante el Tribunal Constitucional antes de presentar demanda ante el Tribunal Europeo, a fin de agotar todos los recursos internos.
Casimiro es detenido por la supuesta comisión de un delito de robo con fuerza en las cosas. Como no está de acuerdo con la detención, Casimiro solicita un “habeas corpus” ya que considera que ha sido detenido arbitraria e ilegalmente porque no había cometido ningún delito de robo, a lo sumo un delito leve de hurto que no justifica la detención. El juez de instrucción, a la vista del escrito y, sin tramitar el hábeas corpus, dicta resolución inadmitiéndolo por entender que la privación de libertad fue correcta. Dos días después, Casimiro pasa a disposición judicial y queda en libertad con obligación de comparecencia apud acta. El abogado de Casimiro intenta que se declare la nulidad de actuaciones, por no haberse tramitado el procedimiento de habeas corpus, pero el juez de instrucción la rechaza. ¿Puede interponer Casimiro recurso de amparo para que se revise la decisión de inadmisión de habeas corpus? No, pues al haberse inadmitido a trámite el hábeas corpus, no cabe recurso alguno. Sí, pero solo después de que se dicte resolución definitiva en el proceso judicial en el que se acordó la privación de libertad. No, ya que ha quedado en libertad a los dos días y por tanto el recurso de amparo carece de objeto. Sí, por vulneración del art. 17.4 de la Constitución.
El ciudadano John Smith, británico y residente en una localidad de la Costa del Sol, realiza un viaje a Tailandia donde mantiene relaciones sexuales de pago con menores de edad del país de destino. Al llegar a España, la fiscalía, informada por un familiar de John, presenta denuncia por supuesto delito contra la libertad sexual de menores de edad. ¿Sería competente la jurisdicción española para conocer de esa investigación?: No, ya que los hechos han ocurrido en el extranjero y ni la víctima ni el autor son españoles. Sí, porque la jurisdicción española es competente para conocer de todos los delitos cometidos por españoles o residentes en el extranjero. No, ya que los hechos solo podrían perseguirse en el lugar de su comisión (Tailandia) o en el país del que es nacional John (Reino Unido). Sí, ya que el supuesto autor es residente en España y el delito es contra la libertad sexual de menores de edad.
Los Juzgados de lo Mercantil y Salas de Audiencia Provincial, con sede en Alicante, especializados en marca comunitaria, en relación con dicha materia tienen competencia: Sobre todo el territorio de la Unión Europea. Sobre el territorio del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Sobre el territorio del partido judicial de Alicante. Sobre todo el territorio nacional.
Emiliano demandó a María Luz y Juan José, reclamando la rescisión del contrato de compraventa del piso que le habían vendido, con arreglo al art. 1469 del Código Civil, dado que el inmueble tenía menos metros cuadrados que los que aparecían en la escritura. No obstante, perdió el pleito porque los jueces entendieron que la venta no se había hecho en función del número de metros cuadrados de la vivienda, como exigiría ese artículo. Descontento con el resultado, Emiliano acude a un nuevo abogado, que plantea una nueva demanda en la que solicita la nulidad del contrato por vicio de consentimiento de Emiliano, al haber incurrido en error esencial sobre el número de metros cuadrados del piso con arreglo a los arts. 1.300 y ss. del Código Civil. En ambos casos, Emiliano sigue pidiendo lo mismo, es decir, que las partes se devuelvan las prestaciones del contrato. ¿Puede el tribunal examinar las alegaciones de fondo de esta segunda demanda?: Sí, ya que el primer pleito se fundamentaba en la rescisión y ahora se basa en la nulidad del contrato, por lo que no se trata de la misma pretensión. No, ya que la demanda recae sobre el mismo bien inmueble, por lo que debieron ejercitarse todas las acciones posibles sobre el mismo que existieran entre las partes. Sí, porque ni los hechos ni los fundamentos jurídicos que se alegan en el segundo pleito son los mismos que los del primero. No, porque lo que se pide en la demanda es lo mismo, y los nuevos hechos y fundamentos pudieron y debieron haberse alegado en el primer pleito.
El letrado Mario presentó en la tasación de costas del Juzgado de Primera Instancia 77 de Madrid una minuta de honorarios por importe de 4.500 euros. La parte vencida en costas impugnó los honorarios por excesivos, al estimar que no debían rebasar la suma de 4.000 euros. Al dársele traslado de la impugnación, Mario aceptó que se redujera la minuta a la suma de 4.000 euros renunciando a lo demás y pidió el archivo del incidente. Sin embargo, el juzgado no se dio cuenta de ese escrito y tramitó un incidente de impugnación de costas dando traslado al Colegio de Abogados, que informó que la minuta era correcta con arreglo a los baremos colegiales, por lo que dictó resolución firme ratificando la tasación de costas creyendo que se mantenía la reclamación de 4.500 euros. Tanto Mario como la parte obligada al pago piden la nulidad del auto por haber incurrido en error sobre las pretensiones de las partes, pero el juzgado la rechaza afirmando que es una decisión firme. ¿Puede la parte perjudicada formular recurso de amparo constitucional?: No, porque la resolución es firme y no hay comprometido ningún derecho constitucional susceptible de recurso de amparo. Sí, porque el Tribunal Constitucional es la última instancia para revisar cualquier resolución judicial firme, sea cual sea su contenido. No, porque en materia de tasación de costas no cabe interponer recurso de amparo en ningún caso. Sí, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, ya que la resolución dictada se basa en un error manifiesto del juzgado y no cabe otro recurso contra ella.
En el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona. se sigue un procedimiento judicial por la reclamación de Francesc contra Montserrat y la Compañía aseguradora ASEGURA, como consecuencia de un supuesto accidente de tráfico en el que se vieron implicados Francesc y Montserrat. Paralelamente, al llegar un parte de lesiones al Juzgado de Instrucción nº 1 de Vilanova i la Geltrú, se incoan unas actuaciones penales en las que los Mossos d’Esquadra deducen que el accidente constituye una simulación para defraudar a la compañía aseguradora ASEGURA, y podría constituir un supuesto de estafa cometido por Francesc y Montserrat, que son imputados. El Abogado de Francesc, al enterarse de lo sucedido, insta al Juez de Primera Instancia para que plantee un conflicto de competencia con el orden jurisdiccional penal. ¿Puede plantearse dicho conflicto y ante qué órgano?: Sí, puede plantearse, y será resuelto por la Audiencia Provincial de Barcelona, órgano superior común a los dos juzgados. Sí, puede plantearse, y será resuelto por una sala especial del Tribunal Supremo. No, ya que no es posible suscitar conflictos de competencia entre órganos judiciales de distintos órdenes jurisdiccionales, sino únicamente cuestiones prejudiciales. No, ya que los jueces civiles no pueden plantear cuestiones de competencia al orden penal.
Inés y Álvaro se encuentran al frente de un despacho de abogados especializado en derecho penal, en el que prestan sus servicios una empleada administrativa y un pasante. Dado que tratan datos de los clientes que se relacionan con el despacho, ¿deben nombrar a un delegado de protección de datos? Sí, ya que deben nombrar un delegado siempre que traten datos personales. No, dado que un despacho de abogados no está sujeto a las obligaciones de la legislación de protección de datos, sino a los deberes deontológicos y legales de confidencialidad. Sí, ya que es la persona que se va a responsabilizar de las medidas técnicas y organizativas apropiadas para el tratamiento de los datos, pudiendo ser cualquiera de los dos abogados o la administrativa. No, ya que no tratan datos a gran escala ni se encuentran dentro de los supuestos de obligación legal de nombramiento de delegado, pero pueden hacerlo voluntariamente.
El Despacho Bermúdez&Pérez que cuenta con 300 abogados en toda España, lleva a cabo tratamientos de datos de sus clientes y proveedores. ¿Qué obligaciones tiene con respecto a estos tratamientos? Debe eliminar todos los datos que tengan más de dos años de antigüedad. Inscribir los ficheros en que consten esos datos ante la Agencia Española de Protección de Datos. Comunicar los tratamientos realizados a su Colegio de Abogados. Elaborar un Registro de Actividades de Tratamiento y tenerlo a disposición de la Agencia Española de Protección de datos.
El abogado Juan Carlos ha renunciado a seguir defendiendo a Manuel en un tema penal por motivos económicos, al no haber abonado la provisión de fondos solicitada. Manuel acude a tu despacho y te encarga continuar con la defensa de dicho asunto. ¿Qué deberéis hacer? Solicitar a Juan Carlos la venia profesional antes de la primera actuación, que no podrá negarla. Necesariamente firmar hoja de encargo y presupuesto de honorarios antes de realizar cualquier actuación. Comunicar a Juan Carlos el encargo realizado por Manuel antes de realizar la primera actuación. Podéis personaros en el procedimiento en nombre de Manuel.
Isabel es contratada por un despacho de abogados bajo el régimen del Real Decreto 1331/2006 sobre la prestación de la actividad profesional de abogado en despachos de abogados. En su contrato se incluye un pacto de permanencia de dos años y durante su relación se le da formación especializada por parte del despacho. Al cabo de once meses, Isabel comunica su intención de dejar voluntariamente el despacho. ¿Puede obligarle el despacho a permanecer en su puesto de trabajo hasta cumplirse los dos años pactados? No, pero el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. Sí, pero Isabel tendrá derecho a una reducción de jornada en los términos que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. No, pero el despacho podrá exigirle que finalice los asuntos encomendados que tenga. No, pero el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo, que en ningún caso podrá ser superior a los gastos que hubiera soportado el despacho como consecuencia de la formación o especialización.
Se está tramitando un procedimiento penal frente al abogado Miguel por, presuntamente, haberse apropiado indebidamente de fondos de su cliente. ¿Cuál debe ser la actuación del Colegio de Abogados donde se cometieron los hechos al tener conocimiento de los mismos? No deberá llevar a cabo ninguna actuación hasta la terminación del procedimiento penal por los mismos hechos. El Colegio de Abogados podrá incoar un procedimiento sancionador por dichos hechos y suspender su tramitación hasta la terminación del procedimiento penal. El Colegio de Abogados no podrá llevar a cabo ninguna actuación en virtud del principio non bis in ídem. El Colegio de Abogados deberá incoar obligatoriamente el procedimiento sancionador y deberá suspender su tramitación hasta que recaiga pronunciamiento firme de la autoridad judicial.
Carlos es un abogado que interviene en un proceso penal como acusación en nombre de su cliente Marcos, y consigue una condena de prisión de 3 años para Esteban. Una vez firme la sentencia y, con Esteban en prisión cumpliendo condena, Carlos tiene noticias de que una de las pruebas utilizadas, la más fundamental para la condena de Esteban, es falsa y se debía a una falsificación realizada por su cliente Marcos. ¿Cuál debe ser el comportamiento de Carlos? Comunicar la existencia de dicha falsificación al abogado de Esteban para que interponga recurso de revisión. Hacer pública dicha circunstancia a los efectos que procedan dada la gravedad de la situación. Comunicárselo al abogado contrario, pero previamente avisarle a su cliente Marcos de las consecuencias de dicha comunicación. No comunicar nada de cuanto ha tenido conocimiento al encontrarse sometido al secreto profesional.
La abogada Amanda colabora con el abogado Alejandro en la tramitación de diversos asuntos judiciales, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 75% para la primera y 25% para el segundo ¿Es correcto este acuerdo? Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los abogados. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente. Dicha actuación será correcta si el cliente conoce el pacto de honorarios y lo acepta de manera expresa. El acuerdo es correcto puesto que hay una colaboración profesional.
Isabel, cliente de Marta, a quién le ha encomendado la defensa de sus intereses en el procedimiento judicial de separación que ha iniciado frente a ella su marido David, tiene sospechas de que su letrada, Marta, pudiera tener relaciones de amistad con el abogado de David, y así se lo expone a Marta. ¿Qué debe hacer Marta? Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, exclusivamente de manera verbal, aunque Isabel lo solicitara por escrito, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes. Marta no tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel ninguna situación que aparentemente pudiera afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, exclusivamente de manera verbal, aunque Isabel lo solicitara por escrito, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, pero no las referidas a sus relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con los representantes de la parte contraria. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, incluso por escrito si Isabel se lo solicitara del mismo modo, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes.
Andrea y Luis están divorciados. Andrea se fue a vivir a Francia por lo que la custodia de los hijos menores quedó a cargo de Luis, manteniendo la patria potestad compartida. Tras unos meses, Luis acude al despacho de su abogada Ana y le comunica que está pasando un mal momento económico al carecer de ingresos y para que sus hijos no queden desasistidos ha solicitado la custodia temporal de la Diputación para los menores. Luis le pide a Ana que no comunique esa circunstancia al abogado de su ex mujer. Ana, tras informarle de que la madre debería conocer la situación, respeta la petición de Luis. ¿Ha sido correcta su actuación? No, porque la patria potestad es compartida y por tanto una situación así debe ser conocida y consensuada por ambos progenitores. No, porque el deber de secreto profesional no es ilimitado y absoluto y debe primar el interés del menor y derecho del cónyuge no custodio a conocer la situación. Sí, porque la abogada de Luis solo debe defender los intereses de su cliente. Sí, porque la abogada está obligada por el secreto profesional.
Marta defiende a dos demandados en un procedimiento de responsabilidad civil, planteando uno de ellos que la responsabilidad es del otro. ¿Qué debería hacer Marta? Debería renunciar a la defensa de ambos clientes, salvo autorización expresa de los dos para intervenir en defensa de uno de ellos. Debería renunciar a la defensa de uno de ellos, el último que le encomendó su defensa. Debería seguir con el procedimiento hasta que se dicte sentencia para no generar indefensión a ninguno de ellos. Debería renunciar a la defensa de ambos clientes en todo caso.
Maite es clienta habitual de Sandro, abogado de su confianza con el que lleva trabajando muchos años. En fecha reciente, Maite encomienda a Sandro que le lleve un nuevo asunto y le pide firmar, con anterioridad, una hoja de encargo para conocer con seguridad el importe de los honorarios y su forma de pago. ¿Cuál es la actuación que debería tener Sandro ante esta solicitud de hoja de encargo?: Debe de negarse porque supone una desconfianza impropia en las relaciones entre abogado y cliente. Debe suscribirla porque es una obligación de los abogados en todos los casos firmar una hoja de encargo, aunque no se lo hubiera solicitado Maite. Debe negarse porque para eso están los criterios orientadores para tasaciones de costas. Debe suscribir la hoja de encargo porque su cliente se lo pide.
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