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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDer. Civ. (datos importantes) 17_sep_17

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Título del test:
Der. Civ. (datos importantes) 17_sep_17

Descripción:
Datos importantes de Civ I (Personas y Familia)

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
17/09/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 56
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Temario:
1. Art. 105.- El MATRIMONIO termina por: 1. Por la muerte de uno de los cónyuges 2. Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del matrimonio 3. Por sentencia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los bienes del desaparecido 4. Por divorcio 5. Todas las anteriores.
2. Art. 95.- Es nulo el matrimonio contraído por: 1. Persona mayor de 18 años. 2. La persona menor de 18 años de edad. 3. La persona menor de 20 años de edad.
3. Art. 95.- Es nulo el matrimonio contraído por: 1. La persona ligada por vínculo matrimonial disuelto. 2. La persona con discapacidad intelectual que afecte su consentimiento y voluntad. 3. Los parientes por afinidad en línea recta.
4. Art. 95.- Es nulo el matrimonio contraído por: 1. El cónyuge fallecido con el autor o cómplice del delito o tentativa de homicidio, asesinato, sicariato o femicidio del cónyuge fallecido o que haya sobrevivido. 2. La persona mayor de 18 años de edad. 3. La persona ligada por vínculo matrimonial no disuelto.
5. Art. 95.- Es nulo el matrimonio contraído por: 1. La persona con capacidad intelectual que no afecte su consentimiento y voluntad. 2. Los parientes por afinidad en línea recta. 3. Los parientes colaterales en segundo grado civil de consanguinidad.
6. Art. 95.- Es nulo el matrimonio contraído por: 1. La persona mayor de 18 años de edad. 2. El cónyuge sobreviviente con el autor o cómplice del delito o tentativa de homicidio, asesinato, sicariato o femicidio del cónyuge fallecido o que haya sobrevivido. 3. La persona no ligada por vínculo matrimonial disuelto.
7. Art. 95.- Es nulo el matrimonio contraído por: 1. Los parientes por consanguinidad en línea recta. 2. La persona con discapacidad intelectual que no afecte su consentimiento y voluntad. 3. Los parientes con consanguinidad en segundo grado civil de consanguinidad.
8. Art. 96.- Es causa de nulidad del matrimonio la falta de libre y espontáneo consentimiento por parte de alguno o de ambos contrayentes, al tiempo de celebrarse el matrimonio, sea que provenga de una o más de estas causas: 1. Discapacidad intelectual que no prive del uso de la razón 2. En el caso del matrimonio servil 3. Error en cuanto al domicilio del otro contrayente.
9. Art. 96.- Es igualmente causa de nulidad del matrimonio la falta de libre y espontáneo consentimiento por parte de alguno o de ambos contrayentes, al tiempo de celebrarse el matrimonio, sea que provenga de una o más de estas causas: 1. Amenazas graves y serias, capaces de infundir un temor irresistible 2. Discapacidad intelectual que no prive del uso de la razón 3. En el caso del matrimonio de dos personas del mismo sexo.
10. Art. 96.- Es igualmente causa de nulidad del matrimonio la falta de libre y espontáneo consentimiento por parte de alguno o de ambos contrayentes, al tiempo de celebrarse el matrimonio, sea que provenga de una o más de estas causas: 1. Error en cuanto a la identidad del otro contrayente 2. Discapacidad intelectual que no prive del uso de la razón 3. En el caso del matrimonio del mismo sexo.
11. Art. 106.- El divorcio disuelve el vínculo matrimonial y deja a los cónyuges en aptitud para contraer nuevo matrimonio, salvo las limitaciones establecidas en este Código. De igual manera, no podrá contraer matrimonio: a. Dentro de seis meses siguientes a la fecha en que se ejecutorió la sentencia b. Dentro del año siguiente a la fecha en que se ejecutorió la sentencia c. Dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se ejecutorió la sentencia.
12. Art. 107.- Por mutuo consentimiento los cónyuges pueden divorciarse en procedimiento voluntario que se sustanciará según las disposiciones del: Código Orgánico Integral Penal. Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Código Orgánico General de Procesos.
13. Art. 108.- Para el cuidado o crianza de las hijas o los hijos menores o incapaces de cualquier edad o sexo, se estará a lo que dispone el: Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Código Orgánico Integral Penal. Código Orgánico General de Procesos.
14. Art. 110.- Son causas de divorcio: 1. El adulterio de uno de los cónyuges. 2. Los buenos tratos con dignidad y cariño contra la mujer o miembros del núcleo familiar. 3. El estado habitual de falta de armonía de una de las voluntades en la vida matrimonial.
15. Art. 110.- Son causas de divorcio: Las amenazas leves de un cónyuge contra la vida del otro. La tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro. Los actos ejecutados por uno de los cónyuges con el fin de involucrar al otro o a los hijos en actividades lícitas.
16. Art. 110.- Son causas de divorcio: La condena ejecutoriada a pena privativa de la libertad menor a diez años. El que los dos cónyuges sean ebrios consuetudinarios o toxicómanos. El abandono injustificado de cualquiera de los cónyuges por más de seis meses ininterrumpidos.
17. Art. 116.- Si se disolviere el vínculo matrimonial por la causal de abandono injustificado: se tomarán en cuenta los bienes que hubiere adquirido el cónyuge agraviado con su trabajo exclusivo, para la liquidación de la sociedad conyugal, pues dichas adquisiciones se considerarán como patrimonio personal de tal cónyuge. no se tomarán en cuenta los bienes que hubiere adquirido el cónyuge agraviado con su trabajo exclusivo, para la liquidación de la sociedad conyugal, pues dichas adquisiciones se considerarán como patrimonio familiar de la sociedad conyugal. no se tomarán en cuenta los bienes que hubiere adquirido el cónyuge agraviado con su trabajo exclusivo, para la liquidación de la sociedad conyugal, pues dichas adquisiciones se considerarán como patrimonio personal de tal cónyuge.
18. Art. 118.- Toda demanda de divorcio de un cónyuge contra el otro se tramitará en procedimiento: ordinario. sumario. especial.
19. CAPITULO III PROCEDIMIENTO SUMARIO Art. 332.- Procedencia.- Se tramitarán por el procedimiento _________ el divorcio contencioso. Si previamente no se ha resuelto la determinación de alimentos o el régimen de tenencia y de visitas para las y los hijos menores de edad o incapaces, no podrá resolverse el proceso de divorcio o la terminación de la unión de hecho. La o el juzgador, en todos los casos, deberá señalar la pensión provisional de alimentos a favor de las hijas e hijos menores de veintiún años o con discapacidad conforme con la ley. ordinario especial sumario.
20. Art. 102.- Una de las solemnidades esenciales para la validez del matrimonio es: 1. La comparecencia de una de las partes, por sí o por medio de apoderado especial, ante la autoridad competente. 2. La presencia de dos testigos hábiles; 3. La expresión libre y espontánea del consentimiento del Juez y los contrayentes y la determinación obligatoria de quien administrará la sociedad conyugal.
21. Art. 102.- Otra de las solemnidades esenciales para la validez del matrimonio es: 1. La constancia de carecer de impedimentos dirimentes 2. La presencia de tres testigos hábiles 3. El otorgamiento y suscripción de la resolución correspondiente.
22. Art. 124.- La acción de divorcio por las causales previstas en el artículo 110 prescribe en el plazo de: Dos años Un año 3 años.
1Art. 124.- La acción de divorcio por las causales previstas en el artículo 110 prescribe en el plazo de un año, de la siguiente manera: En las causales uno, cinco y seis, contado desde En las causales dos, tres y cuatro contado desde En la causal siete desde.
No se podrá pactar que la sociedad conyugal tenga principio antes de celebrarse el matrimonio o después de que este termine. Toda estipulación en contrario es nula. V F.
2. Los que se hayan casado en nación extranjera y pasaren a domiciliarse en el Ecuador, se mirarán como separados de bienes siempre que, en conformidad a las leyes bajo cuyo imperio se casaron, no haya habido entre ellos sociedad de bienes? V F.
23. Art. 180.- El cónyuge que, por decisión de los contrayentes conste como tal en el acta de matrimonio o en las capitulaciones matrimoniales, tendrá la administración _________ de la sociedad conyugal. El administrador se sujetará a las obligaciones determinadas en la ley y en las capitulaciones matrimoniales, de haberlas. especial extraordinaria Ordinaria.
Una según corresponda: Frutos Civiles Frutos Naturales.
Relaciones los tipos de cosas según su definición (Libro II, Bienes): CORPORALES INCORPORALES Muebles Inmuebles Fungibles No fungibles.
24. Art. 588.- Se reputan inmuebles, aunque por su naturaleza no lo sean, las cosas que están permanentemente destinadas al uso, cultivo y beneficio de un inmueble, sin embargo de que puedan separarse sin detrimento. Tales son, por ejemplo: a) Las losas de un pavimento b) Los tubos de las cañerías c) Los utensilios de labranza o minería d) Los animales actualmente destinados al cultivo o beneficio de una finca, con tal que hayan sido puestos en ella por el dueño de la finca; Los abonos existentes en ella, y destinados por el dueño de la finca a mejorarla; Las prensas, calderas, cubas, alambiques, toneles y máquinas que forman parte de un establecimiento industrial adherente al suelo, y que pertenecen al dueño de éste e) Los animales que se guardan en conejeras, pajareras, estanques, colmenas, y cualesquiera otros vivares, con tal que éstos adhieran al suelo, o sean parte del suelo mismo, o de un edificio f) Los animales semovientes. 1. a, b, c, d, e, f. 2. b, c ,d, e ,f. 3. a, c, d, e, f.
25. Las casas y heredades se llaman... Predios. Predios o fundos. Fundos.
26. Art. 587.- Las plantas son inmuebles... mientras estén en cajones mientras estén en macetas mientras adhieren al suelo por sus raíces.
27. Art. 589.- Los productos de los inmuebles, y las cosas accesorias a ellos, como las hierbas de un campo, la madera y fruto de los árboles, los animales de un vivar, se reputan __________, aún antes de su separación, para el efecto de constituir un derecho sobre dichos productos o cosas en favor de otra persona que el dueño. Lo mismo se aplica a la tierra o arena de un suelo, a los metales de una mina, y a las piedras de una cantera. inmuebles muebles semovientes.
28. Art. 590.- Las cosas de comodidad u ornato que se clavan o fijan en las paredes de las casas y pueden removerse fácilmente sin detrimento de las mismas paredes, como estufas, espejos, cuadros, tapicerías, se reputan _________. Si los cuadros o espejos están embutidos en las paredes, de manera que formen un mismo cuerpo con éstas, se considerarán parte de ellas, aunque puedan separarse sin detrimento. inmuebles muebles semovientes.
29. Art. 592.- Cuando por la ley o el hombre se usa de la expresión bienes muebles, sin otra calificación, se comprenderá en ella todo lo que se entiende por cosas muebles, según el Art. 585. En los muebles de una casa ______ comprenderá el _______, los documentos y papeles, las colecciones científicas o artísticas, los libros o sus estantes, las medallas, las armas, los instrumentos de artes y oficios, las joyas, la ropa de vestir o de cama, los carruajes o caballerías o sus arreos, los granos, caldos, mercancías, ni en general otras cosas que las que forman el ______ de una casa. se - dinero - ajuar no se - dinero - ajuar no se- dinero - patrimonio.
Art. 593.- Las cosas muebles se dividen en: corpóreas y no corpóreas fijas y movibles fungibles y no fungibles.
31. Las especies monetarias, en cuanto perecen para el que las emplea como tales, son cosas: Semifungibles No fungibles Fungibles.
32. Art. 167.- La especie adquirida durante la sociedad no pertenece a ésta, aunque se haya adquirido a título oneroso, cuando la causa o título de la adquisición ha precedido a la sociedad. Por consiguiente, ___ pertenecerán a la sociedad: 5. El ________________ que se consolida con la propiedad que pertenece al mismo cónyuge. Sólo __________ pertenecerán a la sociedad. no - derecho de usufructo - los frutos si - derecho de usufructo - las rentas no - derecho de renta - los frutos.
33. De lo expuesto podemos deducir que el haber de la sociedad conyugal, se clasifica en: total y parcial absoluto y relativo general y específico.
34. El haber Absoluto se refiere a: Bienes que ingresan a la sociedad conyugal, sin cargo de restitución. Bienes que ingresan a la sociedad conyugal, con cargo parcial de restitución. Bienes que aportare uno de los cónyuges o ambos a la sociedad conyugal; este aporte puede ser en dinero, cosas fungibles, especies muebles, si pertenecieron al aportante antes del matrimonio, la sociedad debe restituir su valor.
35. El haber relativo se refiere a: Bienes que ingresan a la sociedad conyugal, sin cargo de restitución. Bienes que aportare uno de los cónyuges o ambos a la sociedad conyugal; este aporte puede ser en dinero, cosas fungibles, especies muebles, si pertenecieron al aportante antes del matrimonio, la sociedad debe restituir su valor. Bienes que ingresan a la sociedad conyugal, con cargo parcial de restitución.
36. La Administración de la sociedad conyugal puede ser: Cierta o incierta interna o externa ordinaria o extraordinaria.
Una con líneas según corresponda la ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL: ORDINARIA EXTRAORDINARIA.
37. El Art. 189 del Código Civil establece las causas por las cuales se disuelve la sociedad conyugal; puede ser por: vía indirecta o consecuencial vía directa o consecuencial vía directa o indirecta.
38. Las causales de la terminación del matrimonio se encuentran estipuladas en el Artículo ______ del Código Civil. 95 189 105.
39. En la muerte presunta, por el decreto de __________ se disuelve la sociedad conyugal. Según se encuentra normado en el Art. 70 del Código Civil. poseisón definitiva posesión temporal posesión provisional.
40. Sacados los bienes que por confusión ingresaron a la sociedad conyugal y deducida las recompensas, se obtiene un ___________ que toma el nombre de ___________, que se dividirá por _________ entre los dos cónyuges. residuo económico - liquidación - cuartas partes residuo ganancial - bono - terceras partes residuo líquido - gananciales - mitades.
41. Art. 191.- Disuelta la sociedad, se procederá inmediatamente a la formación de un ________ y _________de todos los bienes que usufructuaba o de que era responsable, en el término y forma prescritos para la ___________________. inventario - tasación - sucesión por causa de muerte glosario - un inventario - sucesión por muerte presunta listado - cantidad exacta - sucesión por representación.
Art. 193.- Aquel de los cónyuges o sus herederos que ___________ hubieren ocultado o distraído alguna cosa de la sociedad, perderán su porción en la misma cosa, y estarán obligados a restituirla doblada. gravemente culpablemente dolosamente .
43. Art. 198.- Hechas las antedichas deducciones, el residuo se dividirá por __________ entre los dos cónyuges. terceras partes tres cuartas partes mitades .
44. Art. 204.- El cónyuge podrá renunciar mientras no haya entrado en su poder alguna parte del haber social, a título de gananciales. Hecha una vez la renuncia, no podrá rescindirse, a menos de probarse que el cónyuge o sus herederos han sido inducidos a renunciar por engaño o por justificable error acerca del verdadero estado de los negocios sociales. Esta acción rescisoria prescribirá en ______ años, contados desde la disolución de la sociedad. 3 6 4.
45. Uno de los efectos de la renuncia a los gananciales es: Acrecimiento entre testadores. Liberación de responsabilidad respecto a terceros. Confusión matrimonial. Insubsistencia de ciertos derechos y obligaciones.
46. Art. 150.- Se conoce con el nombre de ____________________ las convenciones que celebran los esposos o los cónyuges antes, al momento de la celebración o durante el matrimonio, relativas a los bienes, a las donaciones y a las concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o de futuro. capitulaciones matrimoniales sociedad conyugal administración absoluta.
Art. 151.- Las capitulaciones matrimoniales se otorgarán por ___________ , o en el _____________. Si se refieren a ________ , se inscribirán en el ________________ correspondiente y, en todo caso, se anotarán al margen de la ______________. escritura pública - acta matrimonial - vehículos - registro mercantil - partida de matrimonio escritura pública - acta matrimonial - inmuebles - registro de la propiedad - partida de matrimonio escritura pública - acta de defunción - registro de la propiedad - partida de matrimonio.
48. En general, pueden modificarse en las capitulaciones matrimoniales, las reglas sobre la administración de la sociedad conyugal, siempre que no sea en perjuicio de terceros. V F.
49. Art. 155.- Las capitulaciones matrimoniales no se entenderán ___________ otorgadas y ________ modificarse antes o __________ el matrimonio, de común acuerdo entre los cónyuges. revocablemente - no podrán - durante irrevocablemente - podrán - después irrevocablemente - podrán - durante .
50. Las capitulaciones matrimoniales son convenciones que celebran los esposos o cónyuges, sobre bienes y adquisiciones? V F.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso