derecho 10
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La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera consumidor o usuario a: Todas las personas físicas aunque actúen en el ejercicio de su actividad empresaria. Las personas físicas que actúan sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial. Ninguna de las dos respuestas anteriores es correcta. El consumidor: No puede ser una sociedad. Puede actuar en el ámbito de una actividad empresarial o profesional, lo que se conoce como consumo empresarial. Puede ser cualquier sujeto del mercado que actúa para satisfacer necesidades personales. Juan Manuel ha comprado para su uso personal un ordenador de sobremesa que le enviaran a casa. En el folleto publicitario figura que con la compra de ese modelo de ordenador se regala una impresora sin coste adicional ni ningún otro requisito. Recibido el envío en su casa, el paquete contiene solo el ordenador, faltando tanto la impresora como cualquier mención a ésta en la factura de la compra. Juan Manuel: No puede exigir la entrega de la impresora porque no consta en la factura de compra. Puede exigir la entrega de la impresora siempre que demuestre que en el folleto publicitario figuraba dicho regalo. Puede exigir la entrega de la impresora siempre que al adquirir el ordenador figurase expresamente en el contrato celebrado. Las prestaciones, condiciones y garantías recogidas en las ofertas comerciales son exigibles por los consumidores: Aun cuando no figuren expresamente recogidas en el contrato celebrado. Si han sido negociadas individualmente entre las partes. Solo si en la oferta se expresa que son vinculantes para el oferente. La Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación: Establece que las condiciones generales de la contratación obligan a las partes, aunque en el contrato no se haya hecho ninguna referencia a las mismas. Establece que si surgen dudas sobre la interpretación de las condiciones generales de la contratación prevalecerá el criterio de la parte que las redactó. Las dos respuestas anteriores son erróneas. La Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación establece que no quedarán incorporadas al contrato y no serán exigibles al consumidor: Las cláusulas predispuestas que vienen impuesta por el empresario y que no han sido negociadas individualmente con el consumidor. Las condiciones generales que sean ilegibles, ambiguas, oscuras e incomprensibles. Las estipulaciones no negociadas, aunque el predisponerte informe expresamente al adherente acerca de su existencia y le facilite un ejemplar de las mismas. . Las clausulas o condiciones generales no negociadas con los consumidores y que se imponen por los empresarios (condiciones generales de la contratación). No son exigibles al consumidor adherente si son ilegibles, ambiguas, oscuras e incomprensibles. Obligan al consumidor adherente sin necesidad de que conste la aceptación expresa a su incorporación al contrato. Ambas respuestas son correctas. Las cláusulas abusivas en los contratos: Se tienen por no puestas. Son anulables, por lo que pueden ser convalidadas. Ninguna es correcta. Las cláusulas no negociadas individualmente incorporadas a un contrato que faltan a la buena fe y al justo equilibrio entre los derechos y obligaciones en perjuicio del consumidor: Son nulas de pleno derecho. Son causa de nulidad del contrato. Permiten al consumidor desistir libremente del contrato. . En los contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil: Están comprendidos aquéllos en los que se ha establecido un contacto personal e individual con el consumidor fuera del establecimiento mercantil aunque el contrato se perfeccione después en el establecimiento del empresario. El consumidor tiene derecho de desistimiento en los contratos de prestación de servicios aunque el servicio haya sido completamente ejecutado. No se incluyen las compras realizadas en el curso de una excursión organizada por el empresario durante la cual éste promociona y vende los productos que se adquieren. El contrato de crédito al consumo vinculado: Es aquél en que el empresario concede o se compromete a conceder a un consumidor un crédito, del cual puede desistir, sin que sea necesario justificación y sin penalización, devolviendo únicamente el dinero entregado. Consiste en un crédito al consumo que sirve, exclusivamente, para financiar un contrato de adquisición de un bien específico, formando ambos contratos una unidad comercial. Es un contrato en que se concede financiación para adquirir un determinado bien específico libre de intereses y de cualquier tipo de gastos. . El derecho de desistimiento del consumidor en los créditos al consumo: Permite al consumidor dejar sin efecto el contrato celebrado, con la comunicación al prestamista de las causas o motivos de su desistimiento. Exime al consumidor de pagar el interés devengado entre la fecha de disposición del crédito y la fecha de reembolso del capital. Supone que el consumidor deja de estar obligado por el contrato de adquisición y por el contrato de crédito vinculado sin que pueda imponérsele penalización alguna. Los consumidores, según la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios son: Personas físicas o jurídicas que actúan con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Todos los destinatarios finales de bienes o servicios actúen o no en el ámbito de una actividad empresarial o profesional. Destinatarios finales que contratan bienes o servicios para incorporarlos a procesos de producción, transformación, comercialización. ¿Puede ser una empresa con ánimo de lucro “consumidor”?. si. no. “Conductas colusorias” o “colusión entre empresas” para referirse en general a cualquier tipo de pacto o de acuerdo contrario a la libre competencia. verdadero. falso. Señala la FALSA: Las conductas colusorias se caracterizan por la concurrencia de: Concertación entre empresas. Daños y perjuicios a terceros. Objeto o efecto anticompetitivo. Repercusión en el mercado. El abuso de posición dominante consiste en actuar de una manera injustificadamente lesiva para el resto de las empresas. verdadero. falso. ¿Cuál de los siguientes NO es un acto de Competencia desleal?. Actos de engaño. . Prácticas engañosas sobre distintivos de calidad. Violación de secretos. Venta a pérdida. ¿Cuál de las siguientes NO se considera práctica desleal con los consumidores?. Actos de confusión. Prácticas señuelo y prácticas promocionales engañosas. Prácticas comerciales encubiertas. Prácticas agresivas. El vendedor cumple con la obligación de entrega de la cosa cuando pone la cosa a disposición del comprador en el propio establecimiento del vendedor, sin que sea necesaria la entrega material al comprador. verdadero. falso. |