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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEderecho 3

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Título del test:
derecho 3

Descripción:
derecho 3

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
14/05/2022

Categoría:
UNED

Número preguntas: 39
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Temario:
El objeto de la obligación: No siempre es susceptible de valoración económica Puede ser determinable conforme a algún criterio o elemento previsto desde un principio, sin necesidad de nuevo acuerdo entre los interesados Ha de estar determinado desde un principio.
La entrega de la cosa en el contrato de compraventa es: Necesaria para que el contrato se perfeccione Una obligación del vendedor derivada del contrato Requisito para el pago del precio .
La obligación en la acepción de lado pasivo de una relación obligatoria es: Un derecho de crédito Un deber jurídico Una facultad de reclamación.
La conducta o comportamiento a que está obligado el deudor Ha de ser susceptible de valoración económica para poder asegurar su cumplimiento forzoso No puede ser contraria a una norma dispositiva Ambas respuestas son correctas .
El objeto de las obligaciones: Ha de determinarse necesariamente desde el momento en que se produce el vínculo jurídico Se puede determinar en un momento posterior al de producirse el vínculo jurídico conforme a algún criterio o elemento previsto desde un principio Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
La obligación de indemnizar los daños causados por acciones u omisiones culpables o negligentes: Es una obligación contractual Siempre conlleva la responsabilidad por culpa Constituye la responsabilidad civil .
Quien pretende la indemnización en los casos de responsabilidad extracontractual por culpa: Debe probar la existencia del daño, la culpa del causante y el nexo de causalidad entre el daño y el causante Debe probar la existencia del daño y que ese daño derivada de una causa concreta (por ejemplo, productos defectuosos) Debe probar la existencia de un daño derivada de una actuación del causante aunque esta no sea negligente o culposa.
En la responsabilidad civil extracontractual, la norma general es que El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia grave, está obligado a reparar el daño causado El que causa daño a otro, aunque no sea culpable, está obligado a reparar el daño causado El que causa daño a otro está obligado a reparar el daño causado si se puede probar la existencia del daño y que deriva del acto concreto de que se trate .
En nuestro Derecho la responsabilidad por los daños causados a otras personas: Es siempre una responsabilidad por culpa, de manera que sólo se es responsable si se es culpable Es siempre una responsabilidad objetiva o sin culpa, de manera que se es responsable aunque no se sea culpable La norma general es la responsabilidad por culpa, pero hay supuestos de responsabilidad objetiva .
Pepe está comiendo en el restaurante de Paco y el camarero derrama la salsa manchando su solapa. En este caso existe: Responsabilidad objetiva o sin culpa de Paco Responsabilidad por culpa exclusiva del camarero Responsabilidad por culpa de Paco por la actuación de su empleado .
Si en el caso de una obligación dineraria, el deudor se retrasa en el pago: Deberá pagar el interés que se hayan convenido Deberá indemnizar al acreedor si éste prueba los daños y perjuicios causados Deberá pagar la suma debida actualizada por referencia de determinados índices .
El deudor queda libre de responsabilidad en la relación obligatoria: Si le ofrece el pago al acreedor y éste se niega sin razón a admitirlo Si la cosa específica, objeto de entrega, se destruye por caso fortuito antes de ser entregada y antes de constituirse en mora el deudor Si cede sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas aunque éstos no cubran el importe total del crédito (sin que exista pacto alguno en este sentido) .
La obligación que asume el asegurador de indemnizar al asegurado si ocurre el siniestro, es una obligación sometida: A condición suspensiva A condición resolutoria A plazo.
Si a un deudor mancomunado se le reclama la totalidad del crédito por un acreedor: Puede oponerse a pagar, pues solo se le puede exigir su parte Debe pagar la totalidad del crédito y luego reclamar al resto de deudores la parte que a cada uno de ellos corresponde pagar No puede negarse a pagar pues, con carácter general, en la mancomunidad la deuda se considera única sin posibilidad de división.
Si A y B son acreedores mancomunados de C A puede exigir a C la totalidad del crédito B sólo puede exigir a C la parte de crédito que le corresponde a él A y B deben exigir conjuntamente a C la totalidad del crédito.
En una obligación en la que existe mancomunidad de deudores: Cada deudor está obligado al pago de la deuda en su integridad La deuda se entiende dividida en tantas partes como deudores haya Si alguno de los deudores mancomunados es insolvente, el acreedor no soportará las consecuencias de la insolvencia, ya que puede exigir a otro deudor mancomunado la totalidad del crédito.
La mancomunidad en las obligaciones divisibles supone que: La deuda se considera dividida en tantas partes como deudores existan Cada acreedor solo puede reclamar su parte del crédito y a cada deudor solo se podrá exigir su cuota correspondiente Ambas respuestas son correcta.
Si a un deudor mancomunado se le reclama la totalidad del crédito por un acreedor: Puede oponerse a pagar, pues solo se le puede exigir su parte correspondiente. Debe pagar la totalidad del crédito y luego reclamar al resto de deudores la parte que a cada uno de ellos corresponde pagar. No puede negarse a pagar pues, con carácter general, en la mancomunidad la deuda se considera única sin posibilidad de división.
La solidaridad en las obligaciones: Supone que la deuda se considera única, de forma que la deuda no se entiende dividida en tantas partes como deudores existan Significa que la deuda se entiende dividida en tantas partes como deudores existan Nunca viene impuesta por la ley .
La solidaridad convencional en las obligaciones: Viene establecida obligatoriamente en la ley Depende de la realización o no de determinados acontecimientos futuros o inciertos Se establece expresamente por los interesados.
Existe solidaridad de acreedores cuando: Todos los acreedores deben exigir al deudor el cumplimiento de la prestación íntegra Se requiere la concurrencia de una mayoría de acreedores para poder exigir al deudor el cumplimiento de la prestación íntegra Cada acreedor puede exigir al deudor el cumplimiento de la prestación íntegra .
La consignación de la cosa debida ante la autoridad judicial exige: Que el acreedor se niegue injustificadamente a recibir la prestación Que el acreedor haya cedido su crédito sin el consentimiento del deudor Que el acreedor no haya reclamado el crédito .
La consignación de la cosa debida: Libera al deudor de responsabilidad, sin necesidad de aceptación por el acreedor o declaración judicial Consta de dos fases sucesivas: el ofrecimiento de pago y la consignación propiamente dicha Ambas son correctas.
Si una obligación consiste en la entrega de una suma de dinero y se pacta entre los interesados que puede pagarse con la entrega de un pagaré, el pago se entenderá realizado cuando: Se entregue el pagaré Se pague el pagaré Se emita el pagaré .
Si un sastre se compromete a hacer un traje a medida y no cumple dicha obligación: Se mandará hacer a su costa, se encargará a un tercero que haga lo que debió hacer el sastre Se transformará la obligación del deudor en una obligación de pagar una suma de dinero equivalente al valor de la prestación no realizada El acreedor únicamente tiene la acción de indemnización de daños y perjuicios que comprende el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral .
Si se encarga una escultura exclusiva y ésta se pierde o se destruye sin culpa del escultor (deudor): El deudor debe sustituirla por otra de la misma clase La obligación se extingue pues el cumplimiento se hace imposible para el deudor Ninguna respuesta es correcta .
En el caso de obligaciones genéricas, si las cosas que han de entregarse se destruyen: El cumplimiento por el deudor se hace imposible al perecer el género La obligación se extingue y, en consecuencia, el deudor no ha de cumplir El deudor sigue obligado a realizar la entrega de las cosas debidas .
Con carácter general, para que el acreedor tenga derecho a la indemnización de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del deudor, es necesario: Que se pruebe la existencia de los daños y perjuicios y que el incumplimiento sea imputable al deudor Tan solo probar que ha existido un daño Únicamente probar que existe una conducta dolosa en el incumplimiento del deudor .
La responsabilidad del deudor por sus deudas es: . Universal Personal Personal y universal .
La responsabilidad patrimonial universal del deudor Se refiere solo a las obligaciones o deudas de origen legal no a las de origen contractual Es exclusiva de personas físicas o jurídicas empresarios Comprende todos sus bienes, presentes o futuros, salvo el mínimo que la ley declara inembargable para su subsistencia .
La transmisión de una deuda requiere: El consentimiento del primitivo deudor, del que asume la deuda y del acreedor El consentimiento del primitivo deudor y del deudor que asume la deuda, siendo innecesario el consentimiento del acreedor Solo el consentimiento del acreedor.
Si se cede un crédito es necesario: El consentimiento del deudor El consentimiento de quien asume el crédito Ninguna es correcta .
Para la transmisión de una deuda Basta con el consentimiento del primitivo deudor y del que asume la deuda Solo requiere el consentimiento del acreedor Requiere del consentimiento del deudor primitivo y del que asume la deuda y del acreedor .
La cesión de créditos: Supone la transmisión del derecho de crédito que el acreedor tiene frente al deudor a un tercero que presta su consentimiento Requiere del consentimiento expreso del deudor para su eficacia Supone la cesión de toda la posición que ostenta una de las partes en un contrato .
Si Juan (deudor) tiene una deuda con Pedro (acreedor) y Pedro quiere ceder ésta a Manuel, es necesario que presten su consentimiento: : Juan, Pedro y Manuel Pedro y Manuel Manuel y Juan .
La cesión de un crédito requiere: El consentimiento del acreedor que cede el crédito y el consentimiento del que lo asume El consentimiento del acreedor que cede el crédito, el consentimiento del acreedor que lo asume y del deudor Ninguna es correcta.
En los títulos valores: La posesión del título no exime al tenedor-acreedor de probar su derecho La transmisión del documento exige la notificación de la transferencia al deudor para que éste quede vinculado con el nuevo acreedor El adquirente del documento adquiere la titularidad de los derechos que incorpora con independencia de la posición jurídica que tuviera su transmitente.
La prescripción y la caducidad: Son causas de extinción de los derechos por el transcurso del tiempo Pueden interrumpirse por un acto de ejercicio del derecho Deben ser invocadas por el demandado en juicio para que sea tenida en cuenta por el Juez .
La prescripción de la obligación del deudor a satisfacer la deuda: Requiere de su alegación frente al juez para que pueda apreciarse No se interrumpe por la reclamación del acreedor Supone la pérdida del derecho por el mero transcurso del plazo fijado en la ley.
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