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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDERECHO ADMINISTRATIVO 1. TEMA 9

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Título del test:
DERECHO ADMINISTRATIVO 1. TEMA 9

Descripción:
D.Adm.1-Tema 9

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
22/03/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 33
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Temario:
De acuerdo con la LOTC, están legitimados para plantear un conflicto en defensa de la autonomía local a) cualquier municipio. b) cualquier provincia. c) cualquier comunidad autónoma. d) ninguna de las anteriores es correcta.
Una Sentencia que resuelva un conflicto en defensa de la autonomía local de acuerdo con la LOTC a) Declarará si existe o no vulneración de la autonomía local constitucionalmente garantizada, pero la declaración, en su caso, de inconstitucionalidad de la ley que haya dado lugar al conflicto, requerirá nueva sentencia. b) Declarará si existe o no vulneración de la autonomía local constitucionalmente garantizada, y declarará, en su caso, la inconstitucionalidad de la ley que haya dado lugar al conflicto. c) Declarará si existe o no vulneración de la autonomía local constitucionalmente garantizada, y declarará, en su caso, la inconstitucionalidad de la ley o reglamento que haya dado lugar al conflicto. d) Declarará, en su caso, la inconstitucionalidad de la ley que haya dado lugar al conflicto, pero la declaración, en su caso, de vulneración de la autonomía local consitucionalmente garantizada, requerirá nueva sentencia.
¿Cuál de estas respuestas es la más exacta en cuanto a la capacidad de un Ente Local para plantear un conflicto constitucional en garantía o defensa de su autonomía ante el TC? a) Es necesario el acuerdo mayoritario del órgano de gobierno de los entes locales recurrentes, con informe preceptivo, pero no vinculante, del Consejo consultivo de la Comunidad Autónoma correspondiente o del Consejo de Estado según el ámbito territorial al que pertenezcan las corporaciones locales. b) Es necesario el informe preceptivo vinculante del Consejo de Estado en todo caso, y la decisión del Alcalde o Presidente de la Diputación correspondiente. c) Es necesario el acuerdo mayoritario de al menos 1/7 de los municipios estatales o de los destinatarios de la norma concreta, sin otros requisitos adicionales. d) Basta con el acuerdo simple del órgano de gobierno municipal, sin otros requisitos que el informe de sus servicios jurídicos locales correspondientes.
Los conflictos en defensa de la autonomía local, regulados en la LOTC, tienen por objeto a) Normas del Estado o de las Comunidades Autónomas con rango de ley que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada. b) Normas del Estado o de las Comunidades Autónomas con rango de ley o Reglamento que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada. c) Exclusivamente normas de las Comunidades Autónomas con rango de ley o Reglamento que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada. d) Exclusivamente normas del Estado con rango de eley o Reglamento que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada.
Las denominadas "competencias municipales propias", de acuerdo con la LBRL a) Se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, atendiendo siempre a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas. b) Se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, aunque con sujeción al control y tutela del Estado y de las Comunidades Autónomas. c) Se ejercen en los términos de la delegación, que puede prever técnicas de dirección y control de oportunidad que, en todo caso, habrán de respetar la potestad de autoorganización de los servicios de la entidad local. d) Ninguna de las anteriores es correcta.
De acuerdo con la LRBRL, tras su modificación por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local de 2013, la importante competencia sobre el planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística es a) Una competencia municipal mínima u obligatoria y exclusiva en todo caso. b) Una competencia propia de los Municipios, aunque pueda estar coparticipada con otros entes superiores. c) Una competencia delegada, pues corresponde en exclusiva al Estado. d) Una actividad complementaria de los entes municipales que corresponde a las Comunidades autónomas de manera principal.
De acuerdo con los previsto en la LRBRL, el transporte colectivo urbano de viajeros es un servicio público que según sea su naturaleza debe prestarse a) Al ser un servicio mínimo u obligatorio debe prestarse en todo caso en todos los municipios. b) Por ser un seervicio necesario debe prestarse en los municipios con población superios a 5000 habitantes. c) No es una competencia mínima u obligatoria, por lo que su prestación depende de lo que establezca cada Ayuntamiento. d) Se trata de un servicio mínimo u obligatorio que debe prestarse en los municipios con población superior a 50.000 habitantes.
La competencia municipal sobre el abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales son, en ambos casos, competencias catalogables como a) Competencias delegadas. b) Competencias impropias. c) Competencias indistintas. d) Competencias propias.
De acuerdo con las antes citada LBRL, la recogida de residuos y la limpieza viaria es a) Una competencia municipal mínima u obligatoria. b) Una competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas. c) Una competencia municipal delegada. d) Una competencia municipal complementaria.
En relación con la posibilidad de constituir Consorcios por parte de las enetidades locales puede afirmarse, conforme a la LBRL, que a) Las entidades locales pueden constituir Consorcios con otras Administraciones públicas pero nunca con entidades privadas. b) Las entidades locales pueden constituir Consorcios con entidades privadas pero nunca contra otras Adiministraciones públicas. c) Las entidades locales no puede constituir Consorcios. d) Las entidades locales pueden constituir Consorcios con otras Administraciones públicas o con entidades privadas que cumplan ciertos requisitos.
No es una competencia propia de las provincias, de acuerdo con el régimen general establecido por la LBRL con las últimas modificaciones a) La dirección de la política urbanística de los municipios integrados en la provincia correspondiente, sin perjuicio de la competencia estatal en la materia. b) La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada. c) La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias del resto de las Administraciones públicas. d) La prestación de servicios públicos de carácter supra municipal y, en su caso, supra comarcal y el fomento o, en su caso, coordinación de la prestación unificada de servicios municipales.
De acuerdo con la mencionada LBRL, la prestación de los servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes es una competencia de a) La administración de la comunidad autónoma correspondiente. b) La Diputación o entidad equivalente. c) La Administración General del Estado d) La administración de la comunidad autónoma o del Estado, en función de la población municipal.
¿Es posible por parte del Estado la disolución de los órganos de las Corporaciones locales y la convocatoria de nuevas elecciones parciales, mientras se administra provisionalmente el ente local correspondiente? ¿En qué caso? a) No es posible puesto que el TC ha eliminado cualquier control directo de los entes locales, solamente siendo posibleun control jurisdiccional de sus actuaciones. b) Sí es posible, cuando se trate de una gestión gravemente dañosa para los intereses generales y suponga el incumplimiento de obligaciones constitucionales, mediante acuerdo de Consejo de Ministros, con conocimiento del Consejo de gobierno de la Comunidad Autónoma y acuerdo previo favorable del Senado. c) Sí, mediante acuerdo del Senado con informe favorable del TC; correspondiendo la administración al primero. d) No, salvo que se menoscabe la competencia del Estado o de una Comunidad Autónoma y mediante acuerdo del respectivo Consejo de gobierno (el Consejo de Ministros o el del gobierno autónomo).
¿Podría realizarse un control gubernativo directo con disolución de los órganos de las corporaciones locales? ¿cuándo, con qué condiciones y en qué caso? a) Nunca puede ocurrir tal situación, dado el carácter fuerte del principio de autonomía municipal constitucionalmente garantizado; solamente podrán impugnarse sus actos, a posteriori, ante la jurisdicción correspondiente. b) Solamente en aquellos casos en los que no se puede constituir gobierno local por falta de acuerdo de los concejales elegidos en un proceso electoral o que se presente una moción de censura sin candidato alternativo c) Mediante convocatoria de elecciones parciales y con la provisional administración ordinaria de la corporación, en casos de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga el incumplimiento de las obligaciones constitucionales. d) Sin necesidad de convocar elecciones, mediante la administración directa sin plazo, en caso de gestión gravemente dañosa para el interés general.
Según la LBRL, la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales a) Podrá acordarse por el Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con consentimiento del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente o a solicitud de este y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Congreso de los Diputados b) Podrá acordase por el Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado. c) Podrá acordarse por el Consejo de gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Ministros o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado. d) Podrá acordarse por el Consejo de gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, a iniciativa y con consentimiento del Consejo de Ministros o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Congreso de los Diputados.
Las relaciones de control y tutela del gobierno sobre las corporaciones locales pueden llegar hasta a) la prisión de los miembros de una corporación local. b) la amonestación política de los autores de la infracción correspondiente. c) la eliminación del municipio del mapa de entes locales. d) la disolución de los órganos de las corporaciones locales en unos supuestos tasados.
De acuerdo con LBRL, cuando la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas considere, en el ámbito de las respectivas competencias, que un acto o acuerdo de alguna Entidad local infringe el ordenamiento jurídico a) podrán anular dicho acto o acuerdo directamente. b) podrán requerir a la entidad local para que anule dicho acto o acuerdo, o bien impugnarlo directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. c) podrán requerir a la entidad local para que anule dicho acto o acuerdo, pero no impugnarlo directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. d) podrán suspender dicho acto o acuerdo y, posteriormente, una vez instruido el correspondiente procedimiento, podrán anularlo.
¿En qué casos cabe un control de legalidad de un acto emitido por un Ayuntamiento ante la Jurisdicción contencioso-administrativa? a) cuando infrinja el ordenamiento jurídico; cuando menoscabe una competencia del Estado o de una comunidad autónoma, interfiera su ejercicio o exceda de la propia competencia municipal; y cuando atente gravemente al interés general de España. b) solo cuando un acto sea contrario a la Constitución y haya sido sometido a un proceso ante el Tribunal Constitucional con resultado negativo. c) cuando sea sometido a un proceso de amparo ante el TC por parte de un particular o sea objeto de un recurso de insconstitucional por el Estado o la Comunidad Autonoma correspondiente. d) solamente cuando atente gravemente contra el interés general de España, pues el resto de casos deben ser sometidos, en exclusiva, ante la sala de conflictos del TC.
La convocatoria y posterior sesión del Pleno municipal debe cumplir, de acuerdo con la LRBRL, los siguientes requisitos generales a) hacerse con, al menos, dos días hábiles de antelación (salvo las extraordinarias convocadas como urgentes); y la sesión será pública de manera general. b) puede convocarse en cualquier momento por el Alcalde, señalando el orden del día de acuerdo con el resto de concejales; siendo públicas en todo caso. c) salvo en el caso de las urgentes, deben convocarse con, al menos, una semana de antelación; el orden del día es potestativo de la propia sesión, que puede alterarlo o modificarlo con libertad plena d) no puede convocarse una sesión sin acuerdo previo en la sesión anterior, la cual también fija el orden del día (salvo para el caso de las extraordinarias).
¿Qué actos de las corporaciones locales ponen fin a la vía administrativa? a) los del Pleno, los Alcaldes o Presidentes y las Juntas de Gobierno b) los de las autoridades anteriormente mencionadas y los de órganos inferiores en los casos que resuelven por delegación de éstas. c) los del Pleno y las Juntas de gobierno. d) los de los Alcaldes o Presidente.
De acuerdo con la LBRL los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan a) siempre por mayoría simple de los miembros presentes b) siempre por mayoría absoluta. c) como regla general por mayoría simple de los miembros presentes. d) como regla general, por mayoría absoluta.
¿Puede aprobarse un Acuerdo municipal no comprendido en el orden del día de una sesión municipal ordinaria u extraordinaria? ¿en qué caso o casos? a) Nunca en las sesiones extraordinarias. Sí en las sesiones ordinarias, si hay especial y previa declaración de urgencia realizada por el órgano correspondiente, con le voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. b) No, en ningún caso; son nulos de pleno derecho todos los acuerdos aprobados sin estar incluídos en el orden del día. c) Sí, en las sesiones extraordinarias, si hay mayoría de miembros y aceptan la urgencia; pero nunca en las sesiones ordinarias. d) Si, en todo tipo de sesiones siempre y cuando el Pleno así lo acepte por mayoría reforzada y así se axima del informe previo preceptivo.
Conforme señala la LBRL en el procedimiento de aprobación de las ordenanzas locales a) hay un trámite de información pública y audiencia a los interesados. b) hay un trámite de audiencia a los interesados, pero no de información pública. c) no hau trámite de información pública, ni audiencia a los interesados, pero sí de audiencia a las asociaciones de vecinos. d) ninguna de las anteriores es correcta.
De acuerdo con la LBRL, podrán impugnar los actos y acuerdos de las entidades locales que incurran en infracción del ordenamiento jurídico a) cualquiera de los miembros de las Corporaciones, en todo caso. b) los miembros de las Corporaciones que hubieran votado en contra de tales actos y acuerdos, se hubieran abstenido, o estuvieran ausentes por causa justificada c) los miembros de las Corporaciones que hubieran votado en contra de tales actos y acuerdos. d) ninguna de las anteriores es correcta.
¿En qué casos no cabe un control de legalidad por parte de la jurisdicción contencioso-administrativa en un acto emitido por un Ayuntamiento, según la LBRL y el resto de normativa específica? a) cuando menoscabe una competencia del Estado o Comunidad Autónoma, interfiera su ejercicio o exceda de la propia competencia municipal. b) cuando atente gravemente al interés general de España. c) cuando el acto en cuestión, aunque no infrinja el ordenamiento jurídico, sea económicamente inviable y así lo establezca el Tribunal de Cuentas en un proceso de revisión previo. d) cuando infrinja el ordenamiento jurídico, en general.
De acuerdo con la LBRL a) los vecinos podrán ejercer en nombre de la entidad local las acciones necesarias en defensa de los bienes y derechos de ésta cuando, previo el oportuno requerimiento, la corporación local no las hubiera ejercitado. b) los vecinos poddrán ejercer en nombre de la entidad local las acciones necesarias en defensa de los bienes y derechos de ésta cuando la corporación local no las hubiera ejercitado, sin necesidad de previo requerimiento. c) los vecinos no podrán ejercer acciones en nombre de la entidad local, pero sí solicitar a la Comunidad Autónoma que sea ella la que ejercite la acción en nombre de la entidad local d) los vecinos no podrán ejercer acciones en nombre de la entidad local, pero sí solicitar dicho ejercicio al Ministerio de Administraciones Públicas, previo dictamen vinculante del Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma.
Los actos y acuerdos de las entidades locales pueden ser impugnados en vía contencioso-administrativa a) solo por el Estado y las Comunidades Autónomas. b) por los sujetos legitimados en el régimen general del proceso contencioso-administrativo, el Estado, las Comunidades Autónomas y los miembros de la Corporación que hubieren votado en contra. c) por los sujetos legitimados en el régimen generaldel proceso contencioso-administrativo, el Estado, y el Ministerio Fiscal. d) sólo por los miembros de la Corporación que se hubieran abstenido o hubieran votado en contra.
Usted ha sido elegido concejal en un Ayuntamiento formando parte, una vez constituido el Pleno, de un grupo de la oposición. Ante la recalificación de unos terrenos llevada a cabo por el Pleno del Ayuntamiento Ud. no está de acuerdo. ¿Qué y cómo puede hacer para tratar de impedirla? a) No puede porque los órganos de la Administración no pueden interponer recurso contra los actos de la misma; tendrá que esperar a que la Comunidad Autónoma o la Delegación del Gobierno actúen contra el acto en cuestión. b) Sí, puede interponer recurso ante la jurisdicción civil en todo caso. c) Sólo puede interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa si hubiere votado en contra de tal acto en el Pleno en cuestión. d) Sólo y exclusivamente puede recurrir si estuviere legitimado con arreglo al régimen general del proceso contencioso-administrativo (es decir, que le afecte directamente tal recalificación o situaciones similares).
De acuerdo con lo previsto en la LRBRL, cuando, previo el opoortuno requerimiento, la entidad local no ejercitara las acciones precisas en defensa de sus bienes y derechos podrá ejercitarlas en nombre de la entidad local a) la administración del Estado b) la administración de la Comunidad Autónoma. c) los vecinos, la administración del Estado o la administración de la Comunidad Autónoma. d) los vecinos.
¿Prevé la Ley de Bases de Régimen Local de disolver los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales? No, en ningún caso Si, por el Consejo de Ministros, previo acuerdo favorable del Senado Sí, por el Consejo de Ministros o por el Consejo de Gobierno de la correspondiente Comunidad Autónoma, previo acuerdo favorable de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.
De acuerdo con lo previsto en la LBRL, si una Entidad Local adoptara actos o acuerdos que atentaran gravemente al interés general de España, el Delegado del Gobierno, previo requerimiento para su anulación al Presidente de la Corporación, efectuado dentro de los diez días siguientes al de la recepción de aquellos podrá suspenderlos y adoptar las medidas pertinentes para la protección de dicho interés no podrá suspenderlos pero sí impugnarlos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa pretendiendo su anulación podrá anularlos directamente y adoptar todas las medidas pertinentes para la protección de dicho interés.
Las competencias de los municipios están establecidas en la Constitución no están establecidas en la Constitución, sino que se establecen de manera completa y acabada por la LBRL no están establecidas en la Constitución, ni tampoco se establecen de forma completa en la LBRL.
Los miembros de las corporaciones locales que hubieran votado en contra de los actos y acuerdos de la corporación de acuerdo con lo previsto en la LBRL están legitimados para impugnar dichos actos o acuerdos no están legitimados para impugnarlos, porque ello supondría una excepción al principio de que las minorías deben acatar los acuerdos de las mayorías. no están legitimados para impugnarlos aunque pueden exigir responsabilidad patrimonial a la corporación.
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