Derecho Administrativo
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Título del Test:
![]() Derecho Administrativo Descripción: Comprende cuestiones básicas del Derecho Administrativo |



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La Administración Pública. constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación. La administración pública no constituye un servicio a la colectividad y no se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación. La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los derechos de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación. El Código Orgánico Administrativo. regula el ejercicio de la función administrativa de los organismos que conforman el sector público. regula el sistema procesal administrativo. regula el ejercicio de la función administrativa de los organismos que conforman el sector publico y privado. principios de la Administración Publica. EFICACIA. EFICIENCIA. JERARQUIA. DESCONCENTRACION. PARTICIPACION. CALIDAD. DESCENTRALIZACION. COORDINACION. PLANIFICACION. TRANSPARENCIA. Principio de evaluación. Las administraciones públicas deben crear y propiciar canales permanentes de evaluación de la satisfacción de las personas frente al servicio público recibido. Las personas accederán a la información pública y de interés general, a los registros, expedientes y archivos administrativos, en la forma prevista en este Código y la ley. La actuación administrativa se somete a la Constitución, a los instrumentos internacionales, a la ley, a los principios, a la jurisprudencia aplicable y al presente Código. Principio de juridicidad. La actuación administrativa se somete a la Constitución, a los instrumentos internacionales, a la ley, a los principios, a la jurisprudencia aplicable y al presente Código. La función administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución objetiva de funciones. Se presume que los servidores públicos y las personas mantienen un comportamiento legal y adecuado en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes. Principio de responsabilidad. El Estado responderá por los daños como consecuencia de la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos o las acciones u omisiones de sus servidores públicos o los sujetos de derecho privado que actúan en ejercicio de una potestad pública por delegación del Estado y sus dependientes, controlados o contratistas. El Estado responderá por los daños como consecuencia de la falta o eficiencia en la prestación de los servicios públicos o las acciones u omisiones de sus servidores públicos o los sujetos de derecho privado que actúan en ejercicio de una potestad pública por delegación del Estado y sus dependientes, controlados o contratistas. La actuación administrativa se somete a la Constitución, a los instrumentos internacionales, a la ley, a los principios, a la jurisprudencia aplicable y al presente Código. Principio de proporcionalidad. Las decisiones administrativas se adecúan al fin previsto en el ordenamiento jurídico y se adoptan en un marco del justo equilibrio entre los diferentes intereses. Se presume que los servidores públicos y las personas mantienen un comportamiento legal y adecuado en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes. El Estado hará efectiva la responsabilidad de la o el servidor público por actos u omisiones dolosos o culposos. No hay servidor público exento de responsabilidad. Administración Pública. La administración pública comprende las entidades del sector público previstas en la Constitución de la República. La administración pública no comprende las entidades del sector público y privado previstas en la Constitución de la República. Administración Pública Central. El Presidente de la República es responsable de la administración pública central que comprende: 1. La Presidencia y Vicepresidencia de la República 2. Los ministerios de Estado 3. Las entidades adscritas o dependientes 4. Las entidades del sector público cuyos órganos de dirección estén integrados, en la mitad o más, por delegados o representantes de organismos, autoridades, funcionarios o servidores de entidades que integran la administración pública central. si. no. comprende las entidades del sector público previstas en la Constitución de la República. administración publica. entidad administrativa. administración publica central. Las actuaciones administrativas. ACTO ADMINISTRATIVO. HECHO ADMINISTRATIVO. ACTO NORMATIVO DE CARACTER ADMINISTRATIVO. ACTO DE SIMPLE ADMINISTRACION. CONTRATO ADMINISTRATIVO. Es el acuerdo de voluntades productor de efectos jurídicos, entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno ejerce una función administrativa. acto normativo. contrato administrativo. hecho administrativo. Es toda actividad material, traducida en operaciones técnicas o actuaciones físicas, ejecutadas en ejercicio de la función administrativa, productora de efectos jurídicos directos o indirectos, sea que exista o no un acto administrativo previo. hecho administrativo. acto administrativo. contrato administrativo. es toda declaración unilateral de voluntad, interna o entre órganos de la administración, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma indirecta. acto de simple administración. acto administrativo. acto normativo de carácter administrativo. Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de una competencia administrativa que produce efectos jurídicos generales, que no se agota con su cumplimiento y de forma directa. Acto normativo de carácter administrativo. Acto administrativo. Hecho administrativo. Son requisitos de validez: 1. Competencia 2. Objeto 3. Voluntad 4. Procedimiento 5. Motivación. verdadero. falso. Eficacia del acto administrativo. El acto administrativo será eficaz una vez notificado al administrado. La ejecución del acto administrativo sin cumplir con la notificación constituirá, para efectos de la responsabilidad de los servidores públicos, un hecho administrativo viciado. El acto no administrativo será eficaz una vez notificado al administrado. La ejecución del acto administrativo sin cumplir con la notificación constituirá, para efectos de la responsabilidad de los servidores públicos, un hecho administrativo viciado. El acto administrativo será eficaz una vez notificado al administrado. La ejecución del acto administrativo sin cumplir con la notificación no constituirá, para efectos de la responsabilidad de los servidores públicos, un hecho administrativo viciado. Retroactividad del acto administrativo favorable. La administración pública puede expedir, con efecto retroactivo, un acto administrativo, solo cuando produzca efectos favorables a la persona y no se lesionen derechos o intereses legítimos de otra. verdadero. falso. 1. Razones de legitimidad, cuando se declara su nulidad. 2. Revocatoria, en los casos previstos en este Código. 3. Cumplimiento, cuando se trata de un acto administrativo cuyos efectos se agotan. 4. Caducidad, cuando se verifica la condición resolutoria o se cumple el plazo previsto en el mismo acto administrativo o su régimen específico. 5. Ejecución de los derechos o cumplimiento de las obligaciones que se deriven de él, de conformidad con la ley, si no se ha previsto un régimen específico. responden a;. causas de nulidad del acto administrativo. la extinción del acto administrativo. Razones de legitimidad. cuando se declara su nulidad. en los casos previstos en este Código. cuando se trata de un acto administrativo cuyos efectos se agotan. Cumplimiento. cuando se trata de un acto administrativo cuyos efectos se agotan. cuando se verifica la condición resolutoria o se cumple el plazo previsto en el mismo. de los derechos o cumplimiento de las obligaciones que se deriven de él, de conformidad con la ley, si no se ha previsto un régimen específico. caducidad. cuando se verifica la condición resolutoria o se cumple el plazo previsto en el mismo acto administrativo o su régimen específico. cuando se declara su nulidad. cuando se trata de un acto administrativo cuyos efectos se agotan. nulidad del acto administrativo es. Es válido el acto administrativo mientras no se declare su nulidad. El acto administrativo puede ser anulado total o parcialmente. La declaración de nulidad puede referirse a uno, varios o a todos los actos administrativos contenidos en un mismo instrumento. cuando se verifica la condición resolutoria o se cumple el plazo previsto en el mismo acto administrativo o su régimen específico. 1. Sea contrario a la Constitución y a la ley. 2. Viole los fines para los que el ordenamiento jurídico ha otorgado la competencia al órgano o entidad que lo expide. son casales de... nulidad. extinción. . Se dictó sin competencia por razón de la materia, territorio o tiempo. . Se dictó fuera del tiempo para ejercer la competencia, siempre que el acto sea gravoso para el interesado. son causales de... nulidad. extinción. Razones de legitimidad, cuando se declara su nulidad. Revocatoria, en los casos previstos en este Código. son causales de... extinción. nulidad. . Determine actuaciones imposibles. . Resulte contrario al acto administrativo presunto cuando se haya producido el silencio administrativo positivo, de conformidad con este Código. son causales de... nulidad. extinción. Cumplimiento, cuando se trata de un acto administrativo cuyos efectos se agotan. . Caducidad, cuando se verifica la condición resolutoria o se cumple el plazo previsto en el mismo acto administrativo o su régimen específico. son causales de... nulidad. extinción. Se origine en hechos que constituyan infracción penal declarada en sentencia judicial ejecutoriada. Se origine de modo principal en un acto de simple administración son causales de... nulidad. extinción. |




