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TEST DERECHO ADMINISTRATIVO

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Título del Test:
TEST DERECHO ADMINISTRATIVO

Descripción:
TEST TEMA 8

Fecha de Creación: 2023/07/04

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 10

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Temario:

e-Administración significa: Una nueva tipología de administración paralela a las administraciones territoriales. Una forma de relación entre la Administración pública y los ciudadanos interesados basada en la utilización de nuevas tecnologías. La denominación que reciben las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas. Una abreviación de la expresión ¨especific-Administration¨.

La primera norma que reconoció el Derecho de los ciudadanos a la comunicación electrónica fue?. La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Ley 59/2003, de Firma Electrónica. La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

A la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que estos dan soporte, de compartir datos y de posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos se denomina: Neutralidad tecnológica. Interoperabilidad. Adaptabilidad. Intermodalidad.

La primera norma que reguló relaciones jurídico-administrativas obligatorias fue: La Ley 58/2003, General Tributaria, respecto a tributos específicos y personas determinadas. La Ley 39/1992, para gestorías. La Ley 11/2007, respecto a las personas jurídicas. El RD 1671, de 6 de noviembre en relación a los procedimientos cuya implementación electrónica ya se hubiera producido efectivamente.

La Ley 39/2015: Ha modificado parcialmente la Ley 11/2007. Ha derogado totalmente la Ley 11/2007. No ha afectado a la Ley 11/2007. Ha derogado parcialmente la Ley 11/2007, dejando vigentes determinados preceptos.

El Registro electrónico de apoderamiento viene regulado en: La LPAC. La LRJSP. El RD 150/2015, por el que se regula el procedimiento de la inscripción de apoderamientos ante la Administración Pública. No esta normativamente previsto, si no que se constituye en una práctica necesaria de Administración al producirse la información del procedimiento.

Las normas relativas a la plataforma de pagos electrónicos contenidas en la LPAC entraran en vigor: El dos de octubre de 2016. El dos de octubre de 2018. Ya han entrado en vigor. El dos de octubre de 2019.

El principio de intangibilidad de las garantías del interesado y del procedimiento es una manifestación del principio de: Proporcionalidad. Igualdad. Simplificación. Imparcialidad.

La identificación de los ciudadanos ante la Administración pública electrónica, según la LPAC, puede hacerse: Mediante cualquier sistema que cuente con registro previo como usuario que permita garantizar su identidad. A través de cualquier sistema de los utilizados para la identificación de la Administración Pública. Exclusivamente a través del DNI-e, por imposición de la Ley de Firma Electrónica. Exclusivamente a través del DNI-e, por imposición de la LPAC.

Respecto a la firma electrónica, según la LPAC, el principio de proporcionalidad supone que esta solo se podrá imponer necesariamente, entre otras actuaciones, para lo siguiente: Recibir notificaciones. Identificarse ante la Administración Pública. Interponer recursos. Realizar pagos.

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