Derecho Administrativo I - Tema 11 (2023)
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Título del Test:![]() Derecho Administrativo I - Tema 11 (2023) Descripción: Recopilatorio de convocatorias anteriores -Tema 11- Dcho. Administrativo I |




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¿Qué quiere decirse al señalarse que existen ciertas estructuras Administrativas independientes y en qué contexto se sitúan estas propiamente dichas?. a) Son administraciones normalmente del ámbito estatal que son independientes del poder ejecutivo, pero sí dependen siempre y en todo caso del poder legislativo, que nombra a sus órganos de gobierno y dirección y las somete a fiscalización económico-administrativa. b) Se trata de una cierta independencia con respecto al poder ejecutivo o Gobierno, de tipo orgánica (antesala de una cierta independencia funcional); estando situadas, ordinariamente en la estructura estatal general. c) Es una independencia funcional absoluta de todo órgano ejecutivo o legislativo estatal o autonómico; están previstas en la Constitución como tales y, en tal sentido, actúan con total autonomía. d) No existe la independencia señalada: dependen orgánicamente del Ejecutivo aunque para sus órganos de gobierno se llegan a acuerdos entre los tres poderes del Estado. En cuanto a las denominadas "Autoridades administrativas independientes de ámbito estatal" y, de acuerdo con lo establecido recientemente en la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del sector público: a. Carecen de personalidad jurídica propia aunque gozan de poderes especiales para la supervisión. b. No pueden tener en ningún caso atribuidas funciones de regulación o supervisión externa sobre un determinado sector o actividad económica. c. Su desempeño requiere de independencia funcional o una especial autonomía respecto de la Administración General del Estado. d. Persiguen un interés empresarial o comercial especial que, por su contenido, exige tal status. De acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal: a) Son entidades de derecho público con personalidad jurídica propia. b) Son entidades de derecho privado con personalidad jurídica propia. c) Son entidades de derecho público sin personalidad jurídica propia. d) Son entidades de derecho privado sin personalidad jurídica propia. Tal y como establece la LRJSP 40/2015, las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal: a) Son entidades de derecho público con personalidad jurídica propia. b) Son entidades de derecho privado con personalidad jurídica propia. c) Son entidades de derecho público sin personalidad jurídica propia. d) Son entidades de derecho privado sin personalidad jurídica propia. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) es una Administración Independiente no prevista en la Constitución. De acuerdo con la Ley Orgánica 6/2013, de 4 de noviembre, por la que se crea dicha Autoridad, el Presidente de la AIReF será nombrado: a) directamente por el Congreso de los Diputados. b) por el Consejo de Ministros, previa aceptación por la Comisión competente del Congreso de los Diputados o, en su caso, por la Comisión competente del Senado, de la persona propuesta. c) por la persona titular del Ministerio de Hacienda, previa aceptación por la Comisión competente del Congreso de los Diputados o, en su caso, por la Comisión competente del Senado, de la persona propuesta. Indique cuál de las siguientes Administraciones independientes sí está prevista en la Constitución: a) El Consejo de Seguridad Nuclear. b) Las Universidades. c) La Comisión Nacional del Mercado de Valores. d) La Agencia Española de Protección de Datos. El Consejo de Transparencia de Buen Gobierno es, en cuanto a su naturaleza jurídico-administrativo general: a) Es un organismo autónomo. b) Es una Entidad pública empresarial. c) Es una Administración independiente. d) Es una fundación del sector público estatal. La Agencia Española de Protección de Datos es, en cuanto a su ubicación y naturaleza general dentro del conjunto de Administraciones españolas: a. Es, estrictamente, un Organismo autónomo. b. Es una Entidad pública empresarial. c. Es una Administración independiente. d. Es una fundación del sector público estatal. El Banco de España es, en cuanto a su naturaleza jurídico-administrativa: a. Un organismo autónomo. b. Una entidad pública empresarial. c. Una administración independiente. d. Una fundación del sector público estatal. El Consejo de Seguridad Nuclear y las Universidades, respectivamente, qué tipo de ente público son y cuál de estas notas lo define mejor: a) Se trata, en ambos casos, de Organismos Autónomos autonómicos pues pertenecen al ámbito territorial de cada comunidad autónoma. b) Se trata de Fundaciones del sector público estatal en el caso de las Universidades, y de un organismo autónomo en el primer caso. c) Ambos son casos de Administraciones independientes; pero mientras que la autonomía institucional de las Universidades aparece reflejada en la Constitución, no sucede lo mismo en el primer caso. d) Estamos en ambos casos ante Administraciones corporativas con autonomía plena y gestión privada. El Consejo de Seguridad Nuclear y las Universidades, respectivamente, qué tipo de ente público son y qué nota, de las expuestas, lo define mejor: a) Se trata, en ambos casos, de Organismos Autónomos autonómicos pues pertenecen al ámbito territorial de cada comunidad autónoma. b) Se trata de Fundaciones del sector público estatal en el caso de las Universidades, y de un organismo autónomo en el primer caso. c) Ambos son casos de Administraciones independientes; pero mientras que la autonomía institucional de las Universidades aparece reflejada en la Constitución, no sucede lo mismo en el primer caso. d) Estamos en ambos casos ante Administraciones corporativas con autonomía plena y gestión privada. Una de las siguientes Administraciones sería un supuesto de autonomía institucional constitucionalmente garantizado (es decir, estaríamos ante una Administración independiente que sí está prevista en la Constitución): a) Las Universidades. b) El Consejo de Seguridad Nuclear. c) El Banco de España. d) La Comisión nacional de los mercados y la competencia. El Consejo de Seguridad Nuclear. a) no puede ser calificado de Administración Independiente. b) es una Administración Independiente prevista en la Constitución. c) es una Administración Independiente NO prevista en la Constitución. ¿Existe en España una Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal?: a) Sí existe, porque es una Administración Independiente prevista en la Constitución. b) Sí existe, aunque no está prevista o contemplada en la Constitución. c) No, pues aunque su creación está prevista en el Derecho de la Unión Europea, todavía no se ha creado en España. ¿Existe en España un Consejo de Transparencia y Buen Gobierno?: a) Sí existe, porque es una Administración Independiente prevista en la Constitución. b) Sí existe, aunque no está previsto o contemplado en la Constitución. c) No existe, aunque su creación está prevista en el Derecho de la Unión Europea, todavía no se ha creado en España. ¿Existe en España un Consejo de Transparencia y Buen Gobierno?. a) Sí existe, como una Administración Independiente prevista en la Constitución. b) Sí existe, aunque no está previsto o contemplado en la Constitución. c) No existe, pues aunque su creación está prevista en el Derecho de la Unión Europea, todavía no se ha creado en España. El Consejo de Seguridad Nuclear: a) No puede ser calificado de Administración Independiente. b) Es una Administración Independiente prevista en la Constitución. c) Es una Administración Independiente no prevista en la Constitución. La resolución que dicte la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por la que resuelva los conflictos que le sean planteados por los operadores económicos: a) será vinculante para las partes sin posibilidad de interponer recurso alguno contra la misma. b) será vinculante para las partes sin perjuicio de los recursos que procedan. c) no será vinculante para las partes. La aplicación de lo dispuesto por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en materia de conductas que supongan impedir, restringir y falsear la competencia, es una competencia que, según las recientes reformas de nuestras estructuras públicas, corresponde a: a) En exclusiva a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. b) En particular a la Autoridad Nacional de Defensa de la competencia con exclusividad. c) A la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y a la Comisión del Mercado de las telecomunicación y la Energía, en sus ámbitos respectivos. d) La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos autonómicos y de las propias de la jurisdicción competente. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, según la vigente regulación: a. no está investida de potestades públicas. b. sí está investida de potestades, como la arbitral o la sancionadora, pero no de la potestad reglamentaria. c. sí está investida de potestades, como la potestad reglamentaria, pero no la arbitral o la sancionadora. d. sí está investida de potestades, como la potestad reglamentaria, la arbitral o la sancionadora. ¿Cuáles son las potestades principales que la Ley 3/2013 de 4 de junio establece para la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia?: a) Arbitral, de mediación y, en determinados casos, la sancionadora. b) Reglamentaria, expropiatoria, y sancionadora. c) Reglamentaria, arbitral y sancionadora. d) De mediación, y de arbitraje y conciliación. En relación con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha de afirmarse que: a) no está investida de potestades públicas para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados, ya que éstas corresponden a los correspondientes Ministerios. b) está investida de potestades públicas especialmente potentes para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados, como son la potestad expropiatoria, la reglamentaria y la sancionadora. c) está investida de potestades públicas especialmente potentes para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados, como son la potestad reglamentaria, la arbitral administrativa y la sancionadora. En relación con las potestades de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia puede afirmarse: a) que no está investida de la potestad reglamentaria. b) que podrá dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución de las leyes, reales decretos y órdenes ministeriales que se aprueben en relación con los sectores sometidos a su supervisión cuando le habiliten expresamente para ello. c) que podrá dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución de las leyes, reales decretos y órdenes ministeriales que se aprueben en relación con los sectores sometidos a su supervisión sin necesidad de previa habilitación. Dos empresas que operan en el sector eléctrico tienen una disputa que no logran resolver. Una de ellas propone que sometan la disputa voluntariamente a un arbitraje de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC); pero la otra considera que no es posible, porque la CNMC no tiene esta función. Después de estudiar la legislación correspondiente llega a la conclusión de que: a) No es posible, pues la CNMC no ostenta ningún tipo de potestad arbitral. b) Sí es posible, pues la CNMC tiene funciones de arbitraje, tanto de derecho como de equidad, en disputas que le sean sometidas por los operadores económicos. c) Sí es posible, pues la CNMC tiene funciones de arbitraje, aunque solo de equidad, a las que los operadores deben someter obligatoriamente todas sus disputas. ¿Cuáles son las potestades principales que la Ley 3/2013 de 4 de junio establece para la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia?. a) Arbitral, de mediación y, en determinados casos, la sancionadora. b) Reglamentaria, expropiatoria, y sancionadora. c) Reglamentaria, arbitral y sancionadora. d) De mediación, y de arbitraje y conciliación. ¿Cuáles son las potestades principales que la Ley 3/2013 de 4 de junio establece para la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia?: a. Arbitral, de mediación y, en determinados casos, la sancionadora. b. Reglamentaria, expropiatoria, y sancionadora. c. Reglamentaria, arbitral y sancionadora. d. De mediación, y de arbitraje y conciliación. ¿Está investida de algún tipo de potestades públicas la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de acuerdo con su estatuto jurídico?. a) Sí está investida de potestades públicas, especialmente potentes para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados, como sería el caso de la potestad expropiatoria y de la reglamentaria, aunque no la sancionadora. b) Para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados no está investida de potestades, ya que éstas corresponden a los Ministerios correspondientes. c) Sí está investida de potestades públicas, especialmente poderosas como la potestad reglamentaria, arbitral administrativa y sancionadora en orden a asegurar su autoridad sobre los sectores regulados. |