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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Administrativo II

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Título del test:
Derecho Administrativo II

Descripción:
Tema 2: El acto administrativo (II): eficacia y ejecución

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
14/12/2023

Categoría:
UNED

Número preguntas: 42
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Temario:
La jurisprudencia distingue entre validez y eficacia de los actos administrativos: La primera supone la concurrencia en el acto de todos los elementos que lo integran y tiene lugar desde el momento que se dictan o acuerdan, mientras que la segunda se refiere a la producción temporal de efectos que puede supeditarse a la notificación, publicación o aprobación posterior de un acto válido. La primera se refiere a la producción temporal de efectos que puede supeditarse a la notificación, publicación o aprobación posterior de un acto válido, mientras que la segunda supone la concurrencia en el acto de todos los elementos que lo integran y tiene lugar desde el momento que se dictan o acuerdan. La primera supone la concurrencia en el acto de todos los elementos que lo integran y tiene lugar desde que se notifica, pública o aprueba el acto válido, mientras que la segunda se refiere a la producción temporal de efectos que se producen desde el momento que se dictan o acuerdan.
Los actos de la Administración serán válidos y producirán efecto desde ...... que se notifiquen al administrado. que resulten firmes en vía administrativa, salvo que en ellos se disponga otra cosa. desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
La notificación de un acto administrativo: Puede ser rechazada por el interesado. Si es defectuosa, el acto carece de eficacia, sin que nuestro ordenamiento jurídico permita que este vicio sea convalidable. Si no se puede practicar en el lugar designado por el interesado, por no hallarse éste presente en el momento de entregarse la notificación, se hará constar dicho extremo en el expediente, y se tendrá por efectuado el trámite.
¿Cómo ha de realizarse la notificación cuando los interesados en el procedimiento sean desconocidos? Por medio de anuncio en el Boletín Oficial del Estado Por medio de un anuncio en el Diario Oficial que corresponda. Por medio de anuncio en el Boletín Electrónico del Estado.
En los supuestos de notificación infructuosa se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, y se volverá a repetir el intento de notificación una sola vez y en una hora distinta, dentro de los tres días siguientes. se hará constar esta circunstancia en el expediente, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento. la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado”. .
La notificación del acto administrativo mediante tablón de anuncios, se permite cuando: Los interesados en un procedimiento son desconocidos, se ignora el lugar de la notificación o el medio, o bien, cuando se intenta la notificación V no se ha podido practicar. Los interesados han designado este medio para ser notificados. Los interesados en un procedimiento son conocidos pero se ignora el lugar en que ha de series notificada la decisión.
El plazo en que debe iniciarse la notificación de un acto .... Es de 10 días a partir de la fecha en el que el acto fue dictado Es de 15 días a partir de la fecha en que el acto fue dictado Es de 1 mes a partir de la fecha en que el acto fue dictado.
Si el interesado rechaza la notificación Se hará constar esta circunstancia en el expediente y se repetirá por una sola vez dentro de los tres días siguientes. Se hará constar en el expediente especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el procedimiento. Se hará constar esta circunstancia en el expediente y se repetirá dos veces más dentro de los tres días siguientes.
Toda notificación ha de contener: La sucinta referencia de los hechos y fundamentos de derecho tenidos en cuenta en la resolución del asunto con indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, los recursos que procedan, órgano y plazo ante el que ha de interponerse La sucinta referencia de los fundamentos de derecho tenidos en cuenta para la adopción de la resolución. El texto íntegro de la resolución con indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, los recursos que procedan, órgano y plazo ante el que ha de interponerse.
El plazo en que deberá iniciarse la notificación es ………………….. a partir de la fecha en que el acto sea dictado. diez días cinco días un mes.
Toda notificación ha de contener: La sucinta referencia de los hechos y fundamentos de derecho tenidos en cuenta en la resolución del asunto con indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, los recursos que procedan, órgano y plazo ante el que ha de interponerse La sucinta referencia de los fundamentos de derecho tenidos en cuenta para la adopción de la resolución. El texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos .
¿Surtirán efecto las notificaciones que, conteniendo el texto íntegro del acto, omitiesen alguno de los demás requisitos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común? Sí. A partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación, o interponga cualquier recurso que proceda. Sí. En todo caso. Las notificaciones defectuosas no surtirán ningún efecto al ser nulas de pleno derecho.
2) ¿Cómo ha de realizarse la notificación cuando los interesados en el procedimiento sean desconocidos? Por medio de anuncio en el Boletín Oficial del Estado Por medio de un anuncio en el Diario Oficial que corresponda. Por medio de anuncio en el Boletín Electrónico del Estado.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿cómo debe actuar la Administración cuando ignore el lugar de notificación del interesado? . La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Diario Oficial que corresponda. La notificación se hará por medio de un edicto publicado en el Diario Oficial que corresponda.
La notificación en papel debe hacerse en el domicilio del interesado y de no hallarse presente en el momento de la entrega, podrá practicarse la notificación: entregándosela a cualquier persona mayor de 15 años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. entregándosela a cualquier persona mayor de 14 años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad entregándose a cualquier persona mayor de edad que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.
13,- Si la notificación de un acto administrativo no contiene la expresión de los recursos que procedan, no producirá efectos, al omitir un requisito esencial. surtirá efecto a partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance del acto objeto de notificación, o interponga cualquier recurso que proceda. será invalida, y deberá practicarse nuevamente.
La ejecutividad es lo mismo que: Ejecutoriedad Ejecutivo Impositivo.
La ejecución forzosa de los actos administrativos puede proceder: siempre, previo apercibimiento siempre que no se suspenda por un juez de acuerdo con la ley. previo apercibimiento~ salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de los tribunales,.
La ejecutoriedad de los actos administrativos exige los siguientes requisitos: Que exista un acto administrativo que sea ya plenamente eficaz y ejecutivo y que la ejecución vaya precedida del oportuno requerimiento o apercibimiento previo Que exista un acto administrativo desfavorable para el interesado que no se encuentre suspendido de eficacia y vaya precedida del oportuno requerimiento o apercibimiento previo Que exista un acto administrativo que voluntariamente no haya ejecutado el administrado previo requerimiento o apercibimiento.
Las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la ejecutoriedad de los actos administrativos, ha de cumplir las siguientes condiciones: Que exista un acto administrativo previo, que sea eficaz y que la ejecución vaya precedida del oportuno requerimiento o apercibimiento. Que exista un acto administrativo previo que sea eficaz y que la ejecución vaya precedida del oportuno requerimiento o apercibimiento, siempre y cuando el acto no esté inmerso en una ejecución judicial. Que exista un acto administrativo previo, que sea eficaz y que la ejecución vaya precedida del oportuno requerimiento o apercibimiento judicial.
6) Las Administraciones Públicas podrán proceder a la ejecución forzosa de los actos administrativos a través de sus órganos competentes en cada caso, mediante apercibimiento, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de los Tribunales. a través de sus órganos competentes en cada caso, previa resolución motivada, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de los Tribunales. a través de sus órganos competentes en cada caso, previo acuerdo motivado, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de los Tribunales.
……….. es la forma de ejecución de los actos que imponen a los particulares la entrega de un bien determinado del que aquellos están en la posesión; si el particular no lo entrega, la Administración toma posesión de él por medio de sus funcionarios. La ejecución de bienes El apremio sobre el patrimonio La ocupación.
Dentro de ..................... cabe incluir los diversos supuestos de interdictum proprium en recuperación de los bienes de dominio público y patrimoniales La ocupación El apremio sobre el patrimonio La ejecución por coerción sobre el obligado por el acto administrativo.
............es la forma de ejecución de los actos que imponen a los particulares la entrega de un bien determinado del que aquellos están en la posesión; si el particular no lo entrega, la Administración toma posesión de él por medio de sus funcionarios. La ejecución de bienes o el apremio sobre el patrimonio La ejecución subsidiaria La ocupación.
La ocupación es una forma de ejecución del acto administrativo que se utiliza cuando: La Administración quiere garantizar el cumplimiento de las obligaciones de dar que se concretan en una suma de dinero, sea por causa tributaria o cualquiera otra. La Administración cumplimenta los actos dictados en protección de sus bienes, como los que implican la recuperación de los bienes de dominio público y patrimoniales. La Administración lleva a efecto los actos que imponen al ciudadano una actividad material y fungible que, por no ser personalísimos pueden ser realizados por sujeto distinto del obligado.
................. es la forma de ejecución de los actos que imponen a los particulares la entrega de un bien determinado del que aquéllos están en la posesión; si el particular no lo entrega, la Administración toma posesión de él por medio de sus funcionarios. El apremio sobre el patrimonio. La ocupación La ejecución subsidiaria.
........... es la forma de ejecución de los actos que impone a los particulares la entrega de un bien determinado del que aquéllos están en posesión el apremio sobre el patrimonio la ejecución subsidiaria la ocupación.
Los medios de ejecución forzosa: Se eligen siempre discrecionalmente en su aplicación por la Administración. La elección de los medios de ejecución forzosa no es discrecional. A veces es discrecional, dependiendo del tipo de asuntos de que se trate.
…………………………….. se utiliza para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de dar que se concretan en una suma de dinero, sea por causa tributaria o por cualquiera otra. la ejecución de bienes o el apremio sobre el patrimonio mobiliario e inmobiliario del ejecutado. la ejecución subsidiaria. la ejecución por coerción sobre el obligado por el acto administrativo. .
…………………………… se utiliza para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de dar que se concretan en una suma de dinero, sea por causa tributaria o cualquier otra. La ejecución de bienes o el apremio sobre el patrimonio La ejecución subsidiaria La ocupación.
La multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas las otras dos respuestas son incorrectas nunca se podrá imponer para actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado.
La imposición de multas coercitivas por la Administración ... impide imponer otras sanciones al administrado al ser incompatibles con éstas es independiente de las sanciones que pudieran imponerse al administrado y compatible con ellas no cabe en los supuestos de actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado.
La multa coercitiva es: Un medio de ejecución forzosa incompatible con cualquier otro tipo de sanciones. Una sanción incompatible con otros medios de ejecución forzosa. Un medio de ejecución forzosa independiente y compatible con sanciones que puedan imponerse.
La multa coercitiva procede cuando: Entre otros supuestos, se trate de actos personalísimos en que sea posible además la compulsión directa sobre las personas. Entre otros supuestos, cuando la Administración la estima conveniente para la ejecución del acto. Entre otros supuestos, se trate de actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre las personas.
La ejecución subsidiaria de un acto administrativo se produce cuando: Por la naturaleza de la acción, el ciudadano ha de llevar a cabo en la ejecución una acción personalísima en la que nadie puede sustituirle. Por la naturaleza de la acción que se precisa llevar a cabo, esta puede ejecutarse, indistintamente, por el ciudadano obligado o por sus herederos y, en este último caso, se le exigirían daños y perjuicios. Por la naturaleza de la acción que se precisa llevar a cabo, esta no es personalísima y puede ser realizada por sujeto distinto al obligado, al que se exigiría el importe de los daños y perjuicios, incluso con carácter cautelar.
La ejecución subsidiaria se utiliza para: garantizar el cumplimiento de las obligaciones de dar que se concretan en una suma de dinero, sea por causa tributaria o cualquier otra. llevar a efecto los actos que imponen al ciudadano una actividad material y fungible que pueden ser realizados por sujeto distinto del obligado. ejecutar actos cuando se trata de prestaciones que, por ser personalísimas e infungibles, no sirven otros medios de ejecución.
¿En qué supuestos procede el ejercicio de la ejecución subsidiaria como medio de ejecución forzosa? cuando se trate de actos que, por no ser personalísimos, puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. cuando se trate de actos personalísimos. cuando se trate de actos sobre los que proceda también la compulsión sobre las personas.
Podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas en los casos en que la ley expresamente lo autorice, y dentro siempre del respeto debido a su dignidad y a los derechos reconocidos en la Constitución: Los actos administrativos autorizatorios Los actos administrativos que impongan una obligación de hacer o soportar Los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar.
La compulsión sobre las personas exige: Un previo acto formal y personal de intimación para el debido cumplimiento del acto u orden de cuya ejecución se trata Un previo acto escrito de intimación para el debido cumplimiento del acto u orden de cuya ejecución se trata. Un previo acto personal de intimación para el debido cumplimiento del acto u orden de cuya ejecución se trata.
De entre los distintos medios de ejecución forzosa previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿cuál de ellos puede emplear una Administración Pública para aquellos actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar, siempre dentro del respeto debido a su dignidad y a los derechos reconocidos en la Constitución? Multa coercitiva Apremio sobre el patrimonio Compulsión sobre las personas.
Señale qué medio de ejecución forzosa puede emplear una Administración Pública para aquellos actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar, en los casos en que la Ley expresamente lo autorice, y dentro siempre del respecto a la dignidad ya los derechos reconocidos en la Constitución. Multa coercitiva Compulsión sobre las personas. Apremio sobre el patrimonio.
La aplicación de la ejecución forzosa mediante ............... sólo es lícita cuando los demás medios de ejecución no se corresponden en absoluto con la naturaleza de la situación creada, además de que la ley, como en todo medio de ejecución forzosa, expresamente lo autorice Apremio sobre el patrimonio Ocupación Compulsión sobre las personas.
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