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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Administrativo III

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Título del test:
Derecho Administrativo III

Descripción:
Examen Junio 2019 - 1ª Semana

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
16/07/2019

Categoría:
UNED

Número preguntas: 27
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Temario:
NO es un contrato típico en la LCSP: El contrato de concesión de obras. El contrato de concesión de servicios. El contrato de concesión de bienes de dominio público. El contrato de servicios.
Son contratos excluidos de la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público: Los contratos in-house. Los contratos de suministro. Los contratos de servicios. Los contratos de obra.
No es susceptible de recurso especial en materia de contratación: El anuncio de licitación de un contrato de obras con un Ministerio con un valor de 4.000.000 de euros. El pliego de un contrato de suministro con un organismo autónomo con un valor de 4.000.000 de euros. El acuerdo de adjudicación de un contrato de servicios de un Ministerio con un valor de 4.000.000 de euros. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
No son competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las siguientes cuestiones: Las relativas a la preparación y adjudicación de los contratos administrativos. Las relativas a los efectos, modificación y extinción de los contratos administrativos. Las que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas. Las cuestiones referidas a efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores.
No es un procedimiento de adjudicación de contratos del sector público: El procedimiento abierto. El procedimiento abierto sin publicidad. El procedimiento restringido. El procedimiento negociado sin publicidad.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación NO ostenta la prerrogativa de: Interpretar los contratos administrativos. Modificar los contratos administrativos por razones de interés público. Modificar los contratos del sector público por razones de interés de la Administración. Declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato.
En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a modificación de los contratos administrativos: Deberá darse audiencia al contratista. No es necesario darse audiencia al contratista. Sólo deberá darse audiencia al contratista si el valor estimado del contrato es superior a 15.000 euros. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar: Por la resolución del contrato. Por la imposición de las penalidad diarias en proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. El órgano de contratación podrá acordar la inclusión en el pliego de cláusulas administrativas particulares de las penalidades que, atendiendo a las especiales características del contrato, se considere necesarias para su correcta ejecución y así se justifique en el expediente. Todas las respuestas anteriores son correctas.
Los contratos celebrados por entidades del sector público que siendo poder adjudicador no reúnan la condición de Administraciones Públicas tiene la consideración de: Contratos privados. Contratos administrativos. Contratos administrativos si superan el umbral de 15.000 euros. Todas las respuestas anteriores son incorrectas.
En el caso de los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de una concesión de servicios: La obligación de indemnización corresponde siempre al concesionario. La obligación de indemnización corresponde al concesionario, salvo cuando los daños y perjuicios hayan sido ocasionados por causas imputables a la Administración. Los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de la ejecución de una concesión de servicios nunca son indemnizables. Los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de la ejecución de una concesión de servicios sólo pueden ser reclamados a la Administración, la cual podrá posteriormente repercutir la indemnización al contratista.
En el marco de la responsabilidad patrimonial de la Administración, el deber de indemnizar se extiende a lesiones que los particulares sufran: En sus bienes o derechos. Sólo en sus bienes. Sólo en sus derechos. En sus bienes, si son muebles, y en sus derechos si son patrimoniales.
La reclamación de indemnización por los daños producidos por un acto administrativo que ha sido anulado debe presentarse: En el plazo de un año desde que el acto anulado fue dictado. En el plazo de un año desde que se notificó la resolución administrativa o la sentencia definitiva que anuló el acto. Dentro del plazo general de presentación de recursos, es decir, un mes. La reclamación por daños producidos por un acto administrativo anulado no prescribe nunca.
La reclamación de responsabilidad por actos de la Administración de Justicia: Se debe presentar ante el Ministerio de Justicia. Se debe presentar ante el Ministerio de Justicia, si es un órgano jurisdiccional adscrito al Estado, o ante la Consejería de Justicia autonómica correspondientes, si es un órgano jurisdiccional adscrito a la Comunidad Autónoma. Se debe presentar directamente ante el órgano jurisdiccional que dictó la resolución judicial que produjo los daños. Sólo cabe por actuaciones no judiciales de los Jueces y Tribunales, pues si se admitieran reclamaciones por daños producidos por resoluciones judiciales erróneas se estaría cuestionando la independencia del Poder Judicial.
La expropiación forzosa NO podrá ser acordada por: El Estado. Una Provincia. Un Municipio. Un organismo autónomo.
Para proceder a la expropiación forzosa será indispensable la previa declaración de utilidad pública o interés social del fin a que haya de afectarse el objeto expropiado. Verdadero. Con excepción de las expropiaciones de bienes muebles. Con excepción de las expropiaciones de bienes inmuebles. Falso.
Si el propietario rechazara el precio fundado ofrecido por la Administración, se pasará el expediente de justiprecio: A la abogacía del Estado. Al Jurado provincial de expropiación. Al Juzgado de lo Contencioso-administrativo. A ninguno de los anteriores.
Son funcionarios de carrera: Quienes, en virtud de contrato, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho laboral para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter temporal.
La condición de personal eventual: No podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública pero sí para la promoción interna dentro de ella. Podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública si fue nombrado personal eventual de carácter permanente y a resultas de un proceso selectivo. Podrá constituir mérito para la promoción interna dentro de la Función Pública si como personal eventual realizó funciones de confianza o de asesoramiento especial. Nunca puede constituir mérito para el acceso a la Función Pública y tampoco para la promoción interna dentro de ella.
El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público configura como de libre implantación, en las correspondientes Funciones Públicas, por las leyes de desarrollo de aquel: La evaluación del desempeño y el directivo público profesional. Solo la evaluación de desempeño. Sólo el directivo público profesional. Tanto la evaluación del desempeño como el directivo público profesional deben ser obligatoriamente implantados en cada Función Pública por las leyes de desarrollo del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las Mesad de Negociación en la Función Pública están integradas: Por representantes de las Administraciones Públicas y, en representación de los empleados públicos, por organizaciones sindicales y por Cuerpos de funcionarios. Por representantes de las Administraciones Públicas y, en representación de los empleados públicos, por organizaciones sindicales, por Cuerpos de funcionarios y asociaciones de funcionarios. Por representantes de las Administraciones Públicas y, en representación de los empleados públicos, por organizaciones sindicales y por los Delegados y Juntas de Personal. Por representantes de las Administraciones Públicas y, en representación de los empleados públicos, por organizaciones sindicales.
Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, se preverán específicamente en: Las relaciones de puestos de trabajo. Los planes de ordenación de recursos humanos. La plantilla presupuestaria. La Oferta de Empleo Público.
Para poder participar en procesos selectivos de ingreso en la Función Pública, además de los requisitos generales previstos en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (nacionalidad, edad, capacidad funcional y ausencia de prohibiciones legales), ¿qué condiciones son necesarias para poder exigir requisitos específicos adicionales? Para participar en procesos selectivos de ingreso sólo es posible exigir los requisitos generales establecidos en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Para participar en procesos selectivos de ingreso en la Función Pública, podrá exigirse el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar, debiendo establecerse, en todo caso, de manera abstracta y general. Para participar en procesos selectivos de ingreso en la Función Pública sólo podrán exigirse requisitos específicos adicionales a los generales previstos en el Texto Refundido del EBEP cuando tales requisitos específicos vengan establecidos por Ley. El establecimiento de requisito específicos adicionales a los generales previstos en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público no queda sujeto a ninguna condición, quedando a la libre apreciación de la Administración al elaborar las bases de cada proceso selectivo.
¿Cuál de los siguientes supuestos no es una causa de pérdida de la condición de funcionario? La renuncia del funcionario a tal condición. La supresión del puesto de trabajo que ocupa un funcionario. La jubilación total del funcionario. La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.
En el sistema retributivo regulado por la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública de 1984, el complemento específico: Retribuye la progresión en la carrera administrativa en función del nivel del puesto desempeñado. Retribuye las condiciones particulares del puesto de trabajo que se desempeña en atención a su especial dificultad técnica, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad. Retribuye el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o la iniciativa en el desempeño de las funciones. Retribuye una cantidad específica cifrada y atribuida discrecionalmente por la Administración en función de la progresión en la evolución en la carrera administrativa del funcionario.
El instructor de un expediente disciplinario que se instruye respecto a un funcionario público: Podrá ser funcionario o personal laboral al servicio de la Administración. Deberá ser necesariamente funcionario público perteneciente a cualquier cuerpo o escala. Deberá ser necesariamente funcionario público perteneciente a cuerpo o escala de igual o superior grupo al del inculpado. Podrá ser cualquier empleado público siempre que pertenezca a un cuero o escala de igual o superior grupo al del inculpado.
El contrato típico por el que uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objetivo del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio es: El contrato de concesión de obras. El contrato de concesión de servicios. El contrato de servicios. El contrato de suministro.
La separación del servicio de los funcionarios interinos: Comportará la revocación de su nombramiento y sólo podrán sancionar la comisión de faltas muy graves. Comportará la revocación de su nombramiento y sólo podrán sancionar la comisión de faltas graves. No comportará la revocación de su nombramiento y sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves. No comportará la revocación de su nombramiento y sólo podrá sancionar la comisión de faltas graves.
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